Como pagar las multas de tráfico en período voluntario impuestas por el Ayuntamiento de Barcelona

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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El trámite le informará sobre los lugares donde se deberá dirigir para efectuar el pago de las multas de tráfico en período voluntario y cancelar la deuda pendiente con el Ayuntamiento de Barcelona.

¿Qué puede hacer?

Puede abonar el importe de las multas de tráfico que se encuentran en período voluntario de pago.

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

1. Multas interpuestas por la Guardia urbana:

Con el boletín amarillo de la denuncia se puede pagar en las 48 horas siguientes en cualquier Unidad Territorial de la Guàrdia Urbana (de lunes a viernes) donde se entregará un recibo para pagar en las entidades bancarias colaboradoras, o bien se cobrará allí directamente.

Las multas impuestas con sistema PDA se pueden pagar al momento al agente. Si el aviso lleva código de barras, se dispone de un plazo de 20 días para efectuar el pago, en cualquier entidad colaboradora.

Si el aviso no dispone de código de barras, puede recoger la notificación en las Unidades Territoriales de la Guàrdia Urbana y podrá pagar en el plazo de 20 días, en cualquier entidad colaboradora.

2. Multas interpuestas por vigilantes de áreas de aparcamiento regulado (zonas azules y área verde):

Si encuentra un aviso de denuncia del área verde y/o zona azul, así como los avisos de denuncia de cualquier estacionamiento (doble fila, carga y descarga, etc), siempre en un plazo no superior a 5 días podrá dirigirse a los depósitos municipales no finalistas: Sant Genís, Badajoz y Joan Miró.

Estas multas siempre se generan con sistema PDA. Estos avisos, tambien de color amarillo, se diferencian de los emitidos por la Guardia Urbana porque solo figura el número de matrícula, la fecha y el número de aviso.

En el depósito se entregará la notificación, que podrá pagarse en el plazo de 20 días en cualquier entidad colaboradora.

En los casos de infracciones que conlleven la posible retirada del carnet no se entregará recibo para pagar y se cobrará en efectivo en la Guardia Urbana.

3. Si dispone de la notificación de la denuncia puede efectuar el pago, con descuento, en cualquier caja o banco de los que se indican en la notificación.

4. Si dispone de la notificación de la sanción puede efectuar el pago, sin descuento alguno, en cualquier caja o banco de los que se indican en la notificación.

Si no dispone del documento de pago, consulte el trámite "Copia del documento para efectuar el pago de multas de tráfico del Ayuntamiento de Barcelona".

Si desea efectuar el pago a través de llamada al Teléfono gratuïto del Civismo o de manera telemática, consulte el trámite "Pago de tributos municipales, precios públicos y multas con targeta bancaria o con cargo a la cuenta corriente o libreta".

¿Quién lo puede pedir?

Puede pagarlo cualquier persona.

Documentación

La documentación que hace falta aportar es la siguiente:

  • el boletín amarillo de la denuncia o
  • el aviso (en el caso de zonas azul y verde) o
  • la notificación de la denuncia o
  • la notificación de la sanción

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

Pago con descuento o presentación de alegaciones: 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la fecha de recepción de la notificación.

Pago sin descuento: una vez finalizado el periodo de pago con descuento, dispondrá de 25 días naturales más para efectuar el pago sin reducción alguna.

Precio

    Trámite gratuïto.

    Deberá abonar el importe de la multa impuesta.

    En las denuncias por infracciones leves, graves o muy graves sin pérdida de puntos entregadas en mano o notificadas en el domicilio (excepto en las multas impuestas por no identificar al conductor y en las de uso de inhibidores de radar), si el pago se realiza en el plazo de 20 días naturales a contar des del día siguiente de la recepción de la notificación, el importe de la denuncia se reducirá en un 50%.

    Los efectos del pago con descuento son los siguientes:

    • La renuncia a efectuar alegaciones. En el caso que se formulen se han de considerar no presentadas.
    • La finalización del procedimiento, sin necesidad de dictar resolución expresa, el día en que se efectue el pago.
    • La finalización de la vía administrativa, quedando como única vía el orden jurisdiccional contencioso administrativo.
    • El plazo para interponer recurso contencioso administrativo se inicia al día siguiente del día en que se efectue el pago de la multa.
    • La firmeza de la sanción en la vía administrativa desde el momento del pago, que produce efecto pleno des del día siguiente.

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