Alegaciones contra la aprobación de instrumentos de planeamiento urbanístico

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Trámite determinado por la Ley de Urbanismo durante el proceso de aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico: planes especiales urbanísticos, planes de mejora urbana, estudios de detalle, modificaciones del Plan General Metropolitano y suspensiones de licencias.

Después de la aprobación inicial del instrumento de planeamiento, de un balance de plan o de un acuerdo de suspensión preventiva de licencias por el órgano municipal competente, se publica un anuncio de exposición al público en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y en un diario de máxima divulgación.

En el anuncio se da un plazo, generalmente de un mes a partir de la publicación en el BOP, para poder presentar alegaciones (excepto en las suspensiones preventivas de licencias).

Los instrumentos que se exponen se refieren a la calificación del suelo, determinación de los sistemas de gestión en su caso (expropiaciones, reparcelación, etc) y ordenación (alturas, volumen, usos, etc) todo con carácter general, no a los aspectos concretos de edificación, ni al inicio de la gestión, ni a los proyectos de urbanización o de obras (de calles, plazas...).

¿Qué puede hacer?

Puede presentar alegaciones contra la aprobación de instrumentos de planeamiento urbanístico (PGM, MPGM, PMU...)

¿Qué necesita saber?

¿Cómo se hace el trámite?

Consulta de los instrumentos de planeamiento (PGM, MPGM, PMU...):

  1. Acceda al Buscador de Planeamiento, Calificaciones y Convenios donde encontrará el listado de los planes que estan en plazo de exposición al público a efectos de presentación de alegaciones, con una ficha resumen general del objeto y plano.
  2. También puede efectuar la consulta del documento completo en la Oficina de Información Urbanística. En este caso es necesario concertar cita previa llamando al 010, Teléfono de Información y Trámites, o bien de manera telemática, accediendo a este enlace.

Presentación de alegaciones:

  1. La presentación de alegaciones, dentro del plazo correspondiente, se hace mediante instancia entregada en el registro de la Gerencia de Ecología o bien en cualquier Oficina de Atención Ciudadana o enviada por correo postal certificado. Se debe hacer constar en la instancia el título del plan de planeamiento contra el cual se alega.

Después

  • Si presenta alegaciones, una vez el plan de planeamiento pase al siguiente trámite (aprovación provisional o definitiva), el interesado recibirá una notificación del acuerdo del Consejo Municipal con el informe sobre el resultado de las alegaciones y el trámite que se puede hacer contra el mismo, según sea el caso.

¿Quién lo puede pedir?

Cualquier persona puede ver el documento que se encuentra en trámite y puede presentar alegaciones.

¿Dónde se puede hacer?

Fechas

Plazo para presentar alegaciones / interponer recurso:

  • Documento en aprobación inicial: un mes para presentar alegaciones, contado desde el día siguiente al de la última de las dos publicaciones obligatorias (BOPB o prensa de difusión diaria), o desde el día siguiente al de notificación del acuerdo. El plazo de un mes puede cambiar si el acuerdo de aprobación inicial establece otro.
  • Documento en aprobación definitiva: dos meses para interponer recurso contencioso administrativo o bien cualquier otro recurso que se considere pertinente, contados desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el BOPB.

Plazo de respuesta por parte de la administración:

  • Dos meses, siempre que la documentación administrativa y técnica esté correcta.

Precio

    Trámite gratuito.

Organismo responsable

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