Ayudas para la creación y/o mantenimiento de bancos de libros de texto en los centros privados concertados (Curso 2015/2016)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Fecha de publicación:

19 de octubre de 2015

Objeto:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas destinadas a la adquisición de libros de texto para la creación y/o mantenimiento de bancos de libros de texto en los centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León que impartan niveles obligatorios de enseñanza, para el préstamo y reutilización por parte de su alumnado, para el curso escolar 2015/2016.

Los bancos de libros de texto estarán compuestos por los materiales impresos no fungibles, que los centros docentes, en desarrollo de los contenidos establecidos en la normativa vigente, hayan seleccionado para su utilización en el curso escolar 2015/2016. No formarán parte de los bancos de libros de texto los correspondientes a primero y segundo curso de educación primaria, por no ser susceptibles de reutilización. Por el mismo motivo no se incluyen aquellos materiales no reutilizables asociados a los libros de texto.

¿Quién lo puede solicitar?:

Centros privados concertados de la Comunidad de Castilla y León que cumplan los requisitos

¿Qué requisitos debo cumplir?:

Los centros deben impartir enseñanzas de educación primaria y educación secundaria obligatoria, y comprometerse a crear o mantener, si ya los tuvieran constituidos, bancos de libros de texto en el centro con destino a su préstamo y reutilización por el alumnado.

Cuantía:

  • La cuantía individualizada de la ayuda a conceder a cada centro se determinará por aplicación de los criterios de valoración establecidos.
  • El importe máximo de la ayuda a conceder a cada centro beneficiario será de TRES MIL QUINIENTOS EUROS (3.500 ?).

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud, en modelo normalizado Anexo I, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Educación y firmada por el director del centro.
La solicitud incluirá declaración responsable, relativa a diferentes extremos, presupuesto económico desglosado, explicativo de las cantidades solicitadas, y una breve memoria que deberá incluir los siguientes aspectos:
a) Método de difusión e información del proyecto de creación y/o mantenimiento del banco de libros, diseñado por la dirección del centro en colaboración con el consejo escolar, dirigido a las familias del centro, con objeto de que conozcan sus características y requisitos, facilitando su colaboración y participación.
b) Fórmulas utilizadas para incentivar la participación de las familias del centro, en la organización y gestión del banco de libros.
c) Procedimiento y calendario para la constitución del banco de libros, solicitando la colaboración de las familias, editoriales u otras entidades en la donación de libros de texto.
d) Criterios para la adjudicación de libros de texto procedentes del banco de libros a las familias solicitantes, siguiendo las recomendaciones establecidas.
e) Recomendaciones al alumnado sobre el uso de los libros, procedentes del banco, garantizando su buen uso y devolución al centro a la finalización del curso escolar, en condiciones de reutilización.
f) Procedimiento para la catalogación y control de las existencias del banco de libros.
g) Órgano o comisión para el desarrollo de las operaciones inherentes a la gestión del banco de libros.h) Herramientas y metodologías para la logística de la gestión.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 20 de octubre de 2015 hasta el 30 de octubre de 2015

Más Detalles:

El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 DÍAS HÁBILES desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio

Lugar y Forma de presentación:

Presencial

Electrónico

Organismo:

Responsable:

Gestor:

Dirección General de Innovación y Equidad Educativa

Que resuelve:

Consejero de Educación

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver la convocatoria y publicar la resolución será de 3 MESES desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera sido publicada la resolución se podrán entender DESESTIMADAS las solicitudes.
La resolución, con expresión de los datos identificativos del centro y la subvención asignada, será publicada en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación y será objeto de publicidad en el portal de educación de la Junta de Castilla y León por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación.
Cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, fueran de cuantía superior a 3.000 euros, se les dará publicidad en el «Boletín Oficial de Castilla y León», con expresión de la convocatoria, la aplicación presupuestaria, cantidad concedida y finalidad de la subvención.

Notificaciones:

  • En el Tablón de anuncios del organismo competente.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional:

CREACIÓN, MANTENIMIENTO Y TITULARIDAD DE LOS BANCOS DE LIBROS

Para la creación y/o mantenimiento del banco de libros de texto, el centro podrá utilizar el sistema que estime más conveniente. En cualquier caso, los plazos y procedimientos que se determinen para la gestión del banco de libros, se orientarán a que las operaciones de intercambio y préstamo de libros de texto se realicen, según las disponibilidades del centro, dentro del primer trimestre del curso escolar 2015/2016.

Aparte de los adquiridos con éstas ayudas públicas, los bancos de libros de texto de los centros se compondrán fundamentalmente de los libros aportados por las familias que voluntariamente soliciten la donación y obtención de libros del referido banco. Asimismo las familias podrán también optar por donar únicamente libros de texto al centro de forma desinteresada, renunciando a cualquier contraprestación. Paralelamente, el banco de libros podrá nutrirse de aportaciones de empresas editoriales u otras entidades, públicas y privadas.

En cumplimiento del objetivo principal de estas ayudas, cual es contribuir a la satisfacción de las necesidades de libros de texto de los alumnos, el centro procurará conseguir equilibrar en primer lugar donaciones y peticiones de las familias, intentando no obstante reservar la mayor parte de la subvención concedida por la administración educativa, así como las donaciones de libros realizadas de forma desinteresada, a atender a las familias en situación socioeconómica más desfavorable, con independencia de que, por su parte, hubieran realizado o no donaciones.

Los libros donados por las familias de los alumnos, junto con los que pudieran haber sido donados por otros particulares, empresas editoriales o entidades públicas o privadas, pasarán a ser propiedad del centro escolar, y formarán parte del banco de libros del mismo, con destino al préstamo y reutilización en cursos posteriores.

JUSTIFICACIÓN

Los centros privados concertados que hayan recibido ayudas para la creación y/o mantenimiento de sus bancos de libros de texto deberán presentar, en el plazo máximo de 10 DÍAS desde la publicación de la concesión de la subvención, una cuenta justificativa firmada por director del centro


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Sección Agraria Comarcal de Ciudad Rodrigo-Salamanca

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