Ayudas para el desplazamiento de los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios durante (2015-2016)
Históricas cerradas
Inicio: 16 junio 2016 | Fin: 02 julio 2016Referencia
74826
¿Qué es? >
- Ayuda económica para la financiación de los gastos por los desplazamientos efectuados para el desempeño del trabajo durante el curso 2015-2016.
¿Quién puede? >
- Se podrán consultar los
requisitos
en el apartado Información relacionada en la columna derecha de esta ficha.
¿Qué necesitas presentar? >
-
1. Solicitud,
Ver apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha.
2. Certificado acreditativo de la dificultad del uso del transporte público.
3. Fotocopia compulsada de la Tarjeta y cupón de Abono Transporte Anual, Abono mensual o Abono de 30 días, según corresponda.
4. Fotocopia compulsada de otro título de transporte nominal y justificante de pago,
5. Horario/s del centro/s.
6. Certificado de empadronamiento (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria su aportación),
7. Horario individual.
8. Certificación de haber prestado servicios efectivos. Sólo para funcionarios interinos (en su caso).
9. DNI/NIE del representante (en su caso) (Si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud, no será necesaria su aportación).
10. Documento de otorgamiento de la representación (en su caso).
11. Otros (indicar)
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
¿Cómo lo solicito? >
- En el apartado Gestión de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2
, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
a) Presentación por Internet (ver Guía de Tramitación).
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse tramitar, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Tramitación >
-
Calendario de actuaciones
22/11/2016 Relación definitiva de adjudicatarios y excluidos (Tramo II)
(Ver listados en el apartado Gestión/Listados en la columna derecha de esta ficha).31/10/2016 Relación definitiva de adjudicatarios (Tramo I)
(Ver listados en el apartado Gestión/Listados en la columna derecha de esta ficha).17/10/2016 Relación provisional de adjudicatarios y excluidos, junto con el anexo de los códigos de zonas tarifarias reflejadas en los listados (Tramo II)
(Ver listados en el apartado Gestión/Listados en la columna derecha de esta ficha).* Plazo para presentar subsanaciones: Del 18 al 31 de octubre ambos inclusive.
(Ver modelo de subsanación en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha)06/10/2016 Relación provisional de adjudicatarios (TRAMO I)
(Ver listados en el apartado Gestión/Listados en la columna derecha de esta ficha).* Plazo para presentar subsanaciones: Del 7 al 21 de octubre ambos inclusive.
(Ver modelo de subsanación en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha)
Normativa Aplicable >
- * Orden 1868/2016, de 9 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases y se convocan las ayudas para el desplazamiento para el curso escolar 2015-2016, destinadas a los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios al servicio de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 141, de 15 de junio).
Órgano Responsable >
-
Consejería de Educación y Juventud
D. G. de Recursos Humanos
Plazos y efectos del silencio administrativo >
-
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Gestión
Listados (11)
Información relacionada
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio
Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid
Tel. 914382275
D.G. de Industria, Energía y Minas
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D.G. de Trabajo
Calle Princesa 5, 28008, Madrid
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Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La
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