Solicitar una franquicia para importar obras de arte
Información Rápida
Objetivo
Permite a compradores o importadores de obras de arte solicitar una franquicia del 50% sobre el IVA para favorecer el mercado de obras de arte y a los artistas.
¿Quién puede solicitarlo?
Compradores o importadores de obras de arte.
Requisitos principales
- CUIL o CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior, o ser usuario registrado en Mi Argentina.
- Datos precisos de la/s obra/s: autor, tipo de objeto, técnicas de producción, materiales, dimensiones, valor de mercado y moneda.
Plazos
No especificado.
Duración del trámite
48 horas hábiles
Información adicional
El beneficio de franquicia para la importación de obras de arte ha sido dispuesto por <a href="blank:#https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/decreto-279-1997-42595/texto">Decreto N.° 279/1997</a>.
Resumen
Este trámite permite solicitar una franquicia para la importación de obras de arte originales, objetos de colección y antigüedades, facilitando el intercambio artístico-cultural.
Quién puede usar este servicio
Compradores o importadores de obras de arte.
Antes de empezar
Es importante contar con la documentación necesaria y estar registrado en Mi Argentina o tener clave fiscal nivel 2 o superior.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- CUIL o CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior o ser usuario registrado en la aplicación Mi Argentina.
- Factura o declaración jurada de valor de la/s obra/s, digitalizada.
- Datos precisos de la/s obra/s: autor, tipo de objeto, técnicas de producción, materiales, dimensiones expresadas en centímetros, su valor de mercado y la moneda.
- Imágenes de la/s obra/s: las imágenes deben contar con un número identificador.
Costes y plazos
- El trámite es gratuito.
- El tiempo estimado de resolución es de 48 horas hábiles.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Ingresá a TAD- Obras de Arte / Aplicación de franquicia - Decreto N° 279/97 (modificado por el decreto N°1044/98).
- Para validar tu identidad e iniciar el trámite, elegí una de las opciones: AFIP o Mi Argentina.
- Completá la información necesaria inicialmente. TAD te indicará cuál información es obligatoria.
- Primer formulario: País de procedencia de la obra de arte, cantidad de bienes, motivo -si es importación o compra en el mercado local-, su valor total y en qué moneda está expresado. El valor debe coincidir con la factura o con la declaración jurada de valor que tendrás que adjuntar más adelante en esta solicitud.
- Segundo formulario: Se llama “Detalle Bienes Culturales por Autor” y te solicitarán los datos del autor y de la/s obra/s de arte. Debés utilizar un formulario por autor. Para declarar varias obras de un mismo autor, tenés que cliquear el signo más (+) en color azul que aparece justo después de los datos del autor.
- Adjuntá una imagen de cada obra de arte y la factura o declaración jurada de valor.
- Una vez cargada la información, los formularios obligatorios y las imágenes, hacé clic en Confirmar Trámite.
- Luego de haber confirmado el trámite se te notificará a través TAD la emisión de tu franquicia en el término de dos días hábiles administrativos, salvo que te notifiquen sobre la necesidad de realizar subsanaciones sobre la solicitud.
Información sobre cada etapa
Es importante completar todos los campos obligatorios en los formularios y adjuntar la documentación requerida para evitar demoras en el trámite.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez confirmada la solicitud, se te notificará a través de TAD la emisión de la franquicia en un plazo de dos días hábiles administrativos.
Siguiente pasos
Te recomendamos anotar el número de expediente, descargar toda la documentación electrónica oficial en tu ordenador e imprimirla. Esta es la documentación que presentarás ante AFIP para hacer efectiva la aplicación de la franquicia para obra de arte.




