Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

  • Este trámite autoriza el funcionamiento de las sociedades de personas (sociedad colectiva, en comandita simple o de capital e industria)

    ¿Qué necesito?

    A- Formulario de constitución. Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ, seleccioná el trámite "Constitución de sociedades...", completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.

    B- Dictamen de precalificación profesional, conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15, emitido por escribano público si la sociedad se constituye por escritura pública, o por abogado, si se constituye por instrumento privado. Asimismo, deberá acompañarse Dictamen de precalificación profesional emitido por graduado en ciencias económicas, en el caso que todos o parte de los bienes aportados no sean sumas de dinero.

    C- Primer testimonio de escritura pública de constitución o instrumento privado original -con sus firmas certificadas por escribano público, o bien ratificadas ante la Inspección General de Justicia.

    D- Instrumento de fijación de la sede social, en el caso de que no conste en el acto constitutivo, conforme lo dispuesto por el art. 66 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15.

    E- Documentación que acredite la aceptación del cargo por parte de los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, si no comparecieron al acto constitutivo, con sus firmas certificadas notarialmente.

    F- Copia simple y fotocopia protocolar (con margen ancho de 8 cm) de la documentación indicada en los apartados (C), (D) y (E) anteriores y copia protocolar del apartado (B).

    G- Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios.

    H- Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente presentada por los administradores y miembros del órgano de fiscalización.

    Tené en cuenta

    La documentación aquí detallada es pertinente para sociedades constituidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291.
    Si elegís la opción de trámite común deberás hacerlo en el horario de 9.30 a 14.00hs, previa solicitud de turno. Si optás por el trámite urgente, presentalo, sin turno previo, de 8 a 9hs.

    2

    Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00 hs. previa solicitud de turno. Si lo presentaste como urgente, retiralo sin turno previo de 8 a 9hs.

    3

    Si sos matriculado y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:
    - Horario de atención general, de 9:30 a 14:00hs. previa solicitud de turno. Recepción de trámites urgentes, de 9:30 a 11:00hs. sin turno previo.
    - Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación, tanto en su modalidad común como urgente.
    - La consulta de vistas y el retiro del trámite deberás hacerlo en la sede central de IGJ.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Trámite común: 24 módulos
    Trámite urgente: 96 módulos

    Calculá el valor del trámite

    Pedir turno

  • Autorizar a una sociedad comercial a funcionar como una Sociedad por Acciones.

    ¿Qué necesito?

    1.-Formulario de constitución. Ingresar en "Formularios" y seleccionar el trámite "Constitución de sociedades...". A su vez, el formulario de Reserva de denominación social, si ésta se hubiere efectuado y estuviese vigente.
    Aplicativo Registro Nacional de Sociedades: las sociedades del artículo 299 de la Ley de Sociedades Comerciales Nº 19550 y modif. con jurisdicción en la CABA y las sociedades comerciales no incluidas en el artículo 299 de la Ley 19550 y modif. con jurisdicción en la CABA que opten por utilizar este procedimiento, deberán además generar el Formulario F185 para su posterior presentación ante la IGJ, luego de su validación. Acceder desde aquí. En Descargas tenés disponible el instructivo sobre el procedimiento de carga.
    Constitución de SA en 24 horas. Si la presentación se realiza mediante esta opción, se deberá presentar también la copia del Formulario 185 de la AFIP, y de la constancia de su presentación ante dicho organismo. Este nuevo requisito es excluyente. Acceder desde aquí. En Descargas tenés disponible el instructivo sobre el procedimiento de carga. El trámite de constitución de SA en 24 horas se presenta mediante modalidad urgente, sin turno previo, de 8 a 9hs. en sede central o de 9:30 a 11:00hs en los colegios profesionales (exclusivo matriculados).

    (*) Importante: para la presentación de trámites en IGJ que requieran el F185 de AFIP se deberá contar con los siguientes servicios habilitados en AFIP:
    1. IGJ - Inscripción de Sociedades - Presentación de declaraciones Juradas
    Presentación de Declaraciones Juradas para la obtención de CUIT
    2. IGJ - Comunicación del estado del trámite de inscripción de Sociedades
    IGJ - e-Ventanilla - Solicitud de CUIT de Sociedades
    Antes de realizar la presentación del trámite en IGJ se deberá consultar el estado del trámite en AFIP, para verificar si la transacción se encuentra validada o, por el contrario, contiene observaciones efectuadas por dicho organismo. Esta consulta deberá realizarse a través del servicio referido en el ítem 2 (IGJ - Comunicación del estado del trámite de inscripción de Sociedades).

    2.- Dictamen de precalificación profesional, emitido por escribano público. Asimismo, deberá acompañarse Dictamen de precalificación profesional de graduado en ciencias económicas en el caso que

    (i) todos o parte de los bienes aportados no sean sumas de dinero; o

    (ii) cuando participara como accionista otra sociedad (excepto cuando el objeto de la participante sea exclusivamente financiero o de inversión).

    El profesional dictaminante deberá:

    1) Expedirse sobre la capacidad de los constituyentes.

    2) Dictaminar de conformidad con los recaudos requeridos por el art. 50 de la Resolución General IGJ Nº 7/15 si los constituyentes son personas físicas y/o jurídicas y en este caso si han sido constituidas en la república o en el extranjero.

    3) Dictaminar si se registran socios que no fueren personas físicas:

    i) Datos de personería jurídica, jurisdicción, capacidad para constituir y/o participar en sociedad comercial. Contratos de Fideicomisos, inscripción conforme el Título V del Libro III del Anexo "A" de la Resolución General IGJ Nº 07/15.

    ii) Número correlativo (de corresponder).

    iii) Entidad extranjera:

    a) Fecha de último régimen informativo anual presentado.

    b) Fecha de último régimen informativo anual aprobado.

    c) Fecha de último estado contable presentado (art. 118 Ley Nº 19.550).

    La falta del diligente cumplimiento por la entidad extranjera de los subincisos a), b) o c), no obstará a la inscripción del presente trámite, siempre que los votos emitidos no fueran determinantes, por sí solos o en concurrencia con los de otros participantes, para la formación de la voluntad social.

    iv) Entidades de bien público (sólo en caso de Sociedades Anónimas art 446 RG IGJ 7/15): Dictaminar si las acciones fueron adquiridas a título oneroso o gratuito (art 447 RG IGJ 7/15).

    4) Consignar la denominación social y en su caso expedirse respecto de las previsiones contenidas en los artículos 62 y 63 de la Resolución General IGJ Nº 7/15.

    5) Dictaminar si se formuló reserva de denominación y, en su caso, estado de vigencia de la misma.

    6) Consignar la sede social y el modo de fijación de la misma (incluida en el articulado o fuera del mismo).

    7) Consignar el capital social, cuadro de suscripción y forma de integración y, si fuere en efectivo, indicar la modalidad adoptada para su acreditación conforme alternativas normadas en el artículo 69 de la Resolución General IGJ Nº 7/15.

    8) Dictaminar si se aplicó el artículo 70 de la Resolución General IGJ Nº 7/15.

    9) Consignar el plazo de duración de la sociedad y la forma de su cómputo.

    10) Consignar nómina y datos personales de los miembros de los órganos de administración y fiscalización en su caso, indicando la constitución del domicilio especial y expidiéndose sobre la aceptación de cargos, indicando el plazo de duración de los mandatos.

    11) Dictaminar sobre el cumplimiento de la garantía que deben prestar los administradores sociales conforme artículos 76 y 77 de la Resolución General IGJ Nº 7/15.

    12) Dictaminar sobre la precisión, determinación y unicidad del objeto social.

    13) Consignar fecha de cierre de ejercicio económico.

    14) Dictaminar sobre las causales de disolución previstas estatutariamente.

    15) Dictaminar sobre los recaudos de incorporación de herederos.

    16) Dictaminar sobre las limitaciones y restricciones contractuales respecto al régimen de transferencia de acciones y cesiones de cuotas.

    17) Dictaminar si la sociedad se encuentra comprendida en alguno de los supuestos del artículo 299 de la Ley 19.550, especificando el inciso correspondiente.

    18) Dictaminar sobre la pluralidad de socios.

    3.- Primer testimonio de escritura pública de constitución.

    4.- Instrumento de fijación de la sede social, en el caso que la misma no conste en el acto constitutivo, conforme lo dispuesto por el art. 66 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15.

    5.- Documentación que acredite la aceptación del cargo por parte de los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en su caso, si no comparecieron al acto constitutivo, con sus firmas certificadas notarialmente.

    6.- Documentación que acredite la constitución de la garantía que deben prestar los directores titulares conforme lo previsto por el art. 76 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15. En caso que el director haya obtenido un seguro de caución podrá acompañarse copia de la póliza de seguro de caución correspondiente suscripta por el profesional dictaminante.

    7.- Constancia de la publicación prevista por el art. 10 de la Ley Nº 19.550 en el Boletín Oficial (se deberá acompañar la impresión de la publicación obtenida del sitio de internet correspondiente, la cual deberá presentarse firmada por el interesado, representante legal, persona debidamente autorizada, o por el profesional dictaminante).

    8.- Acreditación de la integración de los aportes. Al efecto deberá acompañarse el original correspondiente a la boleta del depósito realizado en el Banco de la Nación Argentina de aportes dinerarios y/o la documentación que corresponda a aportes no dinerarios o la documentación que acredite el modo opcional previsto en el art. 69 incs. 1 y 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15, en su caso. El depósito de los aportes dinerarios debe ser por el mismo porcentaje previsto en el contrato social -el cual legalmente no puede ser inferior a un veinticinco por ciento-, salvo las Sociedades Anónimas Unipersonales que deberán acreditar la integración del 100% del capital suscripto. Con respecto a la realización de aportes en especie resultan aplicables los arts. 70 a 74 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. N° 7/15. Al efecto, deberá proveerse la documentación allí indicada en cada caso.

    9.- Copia simple y protocolar de la documentación indicada en los apartados (3), (4) y (5) anteriores y copiaprotocolar del apartado (2).

    10.- Comprobante de pago de la tasa de constitución. La tasa se obtiene desde esta página web ingresando en "Tasas". Se abonan en cualquier sucursal del Banco Nación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en las cajas de IGJ.

    11.- Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente conforme artículo 511 del Anexo "A" de la Resolución General IGJ N° 7/15: debe ser presentada por los administradores y miembros del órgano de fiscalización.

    Nota: Estos requisitos son para la inscripción de la sociedad con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291.
    Si elegís la opción de trámite común deberás hacerlo en el horario de 9.30 a 14.00hs, previa solicitud de turno. Si optás por el trámite urgente, presentalo, sin turno previo, de 8 a 9hs.

    2

    Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00 hs. previa solicitud de turno. Si lo presentaste como urgente, retiralo sin turno previo de 8 a 9hs.

    Si sos matriculado y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:
    - Horario de atención general, de 9:30 a 14:00hs. previa solicitud de turno. Recepción de trámites urgentes, de 9:30 a 11:00hs. sin turno previo.
    - Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación, tanto en su modalidad común como urgente.
    - La consulta de vistas y el retiro del trámite deberás hacerlo en la sede central de IGJ.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Trámite común: 32 módulos
    Trámite urgente: 128 módulos
    Calculá el valor del trámite

    Pedir turno

  • Para evitar demoras en la realización de los trámites, es importante que realices una consulta online antes de concurrir al organismo para conocer si el trámite posee alguna vista.

    A su vez, a través de este servicio podrás acceder al contenido completo de la vista, como así también realizar la impresión de la misma.

    En caso de que se indique vista y no se encuentre disponible, deberás enviar un correo a infoigj@jus.gov.ar y solicitar la publicación de la misma.

    ¿A quién está dirigido?

    Cualquier ciudadano que desee obtener información sobre un trámite iniciado en la IGJ.

    ¿Cómo hago?

    1

    1.- Realizar la "Consulta de Trámites y Vistas" sobre trámites iniciados en la Inspección General de Justicia (IGJ). Podrás consultar ingresando número correlativo o denominación de la entidad, o número de trámite.

    Web del Tramite

  • Si posees armas, municiones o demás materiales controlados, y tenés dudas sobre cómo registrar tu tenencia legal, podés enviar un formulario de consulta.

    ¿Qué necesito?

    • Formulario Ley 23.979 correspondiente debidamente cumplimentado y con firma certificada. Lo adquirís en la Sede Central del organismo: Bartolomé Mitre 1465/9 (CABA) o en sus Delegaciones de todo el país.
    • De considerarlo necesario, puedes ampliar o aclarar la petición a través de una nota y adjuntar la documentación que estimes necesaria.

    ¿Cómo hago?

    1. Acercate a la sede del ANMaC que elegiste y entregá la documentación.
    2. Retiralo en la misma sede.

    ¿Cuánto cuesta?

    • $200

    ¿Cuánto demora?

    • Común: 10 a 30 días hábiles.

    Contacto

    Línea gratuita 0800-999-3293 (Centro de Atención Telefónica al Ciudadano)

    Correo electrónico: info@renar.gov.ar

  • Este trámite te permite consultar vía Internet cuál es el Registro Automotor en el que está radicado cualquier auto, moto o maquinaria.

    ¿A quién está dirigido?

    Cualquier interesado que tenga el número de patente.

    ¿Qué necesito?

    Número de patente de vehículo por el que vas a consultar.

    ¿Cómo hago?

    1

    Consultá en línea el número de patente del automotor.

    2

    Aguardá a que el sistema te dé la información.

    Creá tu cuenta en Mi Argentina y validá tu identidad para ver la información de la radicación de dominio de tu vehículo.

    Ingresá a Mi Argentina

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Consultar en línea

  • Realizá el seguimiento de trámites correspondientes a documentos, certificados e informes de dominio de inmuebles radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    ¿A quién está dirigido?

    Cualquier ciudadano que desee conocer el estado de su trámite.

    ¿Qué necesito?

    Debés tener los datos del número de entrada y la fecha de entrada del trámite.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al buscador.

    2

    Completá el número de entrada y la fecha de entrada del trámite.

    3

    Consultá.

    Consultar en línea

  • Este trámite te permite consultar personalmente todos los antecedentes del dominio del vehículo en el Registro Seccional correspondiente, desde su inscripción hasta la misma fecha de la consulta.

    ¿A quién está dirigido?

    A cualquier particular o mandatarios profesionales.

    ¿Qué necesito?

    Ser mayor de 18 años.

    Documento identificatorio:

    • Si sos argentino: DNI (LC o LE sólo si tenés más de 75 años).
    • Si sos extranjero sin residencia: pasaporte; con residencia permanente: DNI; de países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte.
      La constancia de Documento en trámite no acredita identidad.

    ¿Cómo hago?

    1

    Semipresencial

    1.- Completá la Solicitud electrónica en la página web de DNRPA. Buscá allí el trámite llamado Consulta de legajo.

    2.- Presentá la documentación en el Registro donde está radicado el vehículo y completá allí el Formulario TP que te van a entregar.

    3.- Consultá allí la información histórica de tu legajo.

    2

    Presencial

    1.- Presentá la documentación en el Registro donde está radicado el vehículo y completá allí el Formulario Solicitud Tipo 02 que te van a entregar. Si sos mandatario matriculado, abogado, procurador, escribano o contador públicos no tenés que presentar dicha Solicitud Tipo 02, sino tu matrícula o credencial, en original y copia.

    2.- Consultá allí la información histórica de tu legajo.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    Te lo entregan en el momento.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Tené en cuenta

    Los aranceles varían en función de si el vehículo es una moto o un auto. Los aranceles involucrados son:

    • Consulta de legajo.
    • Certificado de firma.
    • Formulario TP.

    Consultá los aranceles de acuerdo con la categoría de tu vehículo.

    El Formulario 02 es gratuito si certificás la firma ante el Registro Seccional y presentás el trámite en ese momento.

    Web del Tramite

  • Este trámite permite saber si el título de su publicación está en uso dentro de la zona de distribución. La consulta es obligatoria para la primera inscripción y para los registros anuales vencidos.

    ¿A quién está dirigido?

    A editores que deseen sacar al mercado una nueva publicación.

    ¿Qué necesito?

    Estar registrado en TAD.

    Comprobante de pago del trámite por depósito o transferencia bancaria.

    DNI, Pasaporte. Original y copia.

    Datos del trámite completos

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a TAD, buscá " Consulta de título de publicación periódica" e iniciá el trámite.

    2

    Subí la documentación obligatoria y complementaria.

    3

    Al finalizar se otorgará un número de Expediente Electrónico (carátula variable), el cual deberás presentar impreso junto al comprobante de pago y la obra.

    4

    Podés presentar tu obra en Sede Central, Sede La Plata o enviarla por correo postal.

    Consultas

    Si tenés alguna duda, comunícate telefónicamente al (+54 11) 4124-7200, por correo electrónico a: correspondencia_dnda@jus.gob.ar o acercate a la Receptoría más cercana.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $180.00

    Para pagar este trámite se debe realizar depósito o transferencia bancaria a:
    Titular: CAPIF – Cámara Argentina de Productores Independientes Fonográficos
    CUIT: 30-52172973-9
    CBU Nº: 01106004-20060000016335
    Cta. N°: 60000016/33
    Banco: Banco de la Nación Argentina - Sucursal 0096 Av. Corrientes.

    Teléfono: (54 11) 4124 – 7200.
    Correo Electrónico: periodicas_dnda@jus.gov.ar.
    Desde el interior del país: correspondencia_dnda@jus.gov.ar.

    Iniciar trámite en TAD

  • Si inscribió o renovó su registro de Publicación Periódica ante la DNDA, debe declarar periódicamente los ejemplares editados.

    ¿Qué necesito?

    Estar registrado en TAD.

    Comprobante de pago del trámite por depósito o transferencia bancaria.

    DNI, Pasaporte. Original y copia.

    Datos del trámite completos

    IMPORTANTE: datos que deberá declarar
    • Título de la Publicación Periódica
    • Domicilio y teléfono de la publicación
    • Periodicidad
    • N° de ediciones a declarar
    • Fecha de publicación
    • Soporte (Papel/Digital)

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a TAD, buscá " Declaración de ediciones de Publicación Periódica" e iniciá el trámite.

    2

    Subí la documentación obligatoria y complementaria.

    3

    Al finalizar se otorgará un número de Expediente Electrónico (carátula variable), el cual deberás presentar impreso junto al comprobante de pago y la obra.

    4

    Podés presentar tu obra en Sede Central, Sede La Plata o enviarla por correo postal.

    A partir de 1 de julio de 2019 no se otorgaran más turnos. Todos los tramites deberán realizarse a través de la plataforma TAD.
    Posteriormente y según corresponda, se deberá presentar la obra junto a las carátulas en:

    • Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en Moreno 1230, de 9:30 a 14:30.
    • La Plata, provincia de Bs. As, en Av. 532 N° 1211 e/ 19 y 20, de 8:00 a 14:00.
    • Consulta también en las receptorías del interior de país.
    • Consulta también en las filiales de SADAIC en el interior del país.

    Para realizar tu trámite por correo postal comunícate a: correspondencia_dnda@jus.gov.ar

    Consultas:
    Por teléfono: (+54 11) 4124-7200 Sede Central - (+54 221) 425-4987 Sede La Plata
    Por correo electrónico: info_dnda@jus.gov.arautorlaplata@jus.gob.ar

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $145.00

    por cada período declarado en el trámite.

    Para pagar este trámite se debe realizar depósito o transferencia bancaria a:
    Titular: CAPIF – Cámara Argentina de Productores Independientes Fonográficos
    CUIT: 30-52172973-9
    CBU Nº: 01106004-20060000016335
    Cta. N°: 60000016/33
    Banco: Banco de la Nación Argentina - Sucursal 0096 Av. Corrientes.

    Teléfono: (54 11) 4124 – 7200.
    Correo Electrónico: periodicas_dnda@jus.gov.ar.
    Desde el interior del país: correspondencia_dnda@jus.gov.ar.

    Iniciar trámite en TAD

  • Podés realizar la gestión personalmente o por correo postal.

    ¿A quién está dirigido?

    A editores de publicaciones ya registradas.

    ¿Qué necesito?

    Formulario H completo. Mirá el modelo (no es apto para presentar).

    ¿Cómo hago?

    1

    Personalmente

    2

    Por correo postal

    • Realizá un depósito o transferencia bancaria a CAPIF, CUIT: 30- 52172973-9; CBU: 01106004-20060000016335, Banco Nación, sucursal Nº 0096, cuenta corriente Nº 60000016/33, por el total del monto de los formularios solicitados, más la tasa correspondiente.

    • Enviá por fax (+54 11 4124-7231) o por correo electrónico correspondencia_dnda@jus.gob.ar una fotocopia nítida de la constancia de pago y detallá: nombre, apellido, domicilio y cantidad de formularios que solicitás (con un teléfono de contacto).

    • Aguardá el envío del formulario H a través del correo postal.

    • Remití el formulario completo, también por correo postal, a la Dirección Nacional del Derecho de Autor, Moreno 1230, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CP C1091AAZ).

    Consultas

    Si tenés alguna duda, comunicate con la Dirección Nacional de Derecho de Autor:

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $145.00

    Iniciar trámite en TAD

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