Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

  • Obtener la matrícula de despachante de aduana.

    ¿A quién está dirigido?

    La persona afectada personalmente por el trámite o en su defecto, representante legal.

    ¿Qué necesito?

    1.- Formulario de Matrícula de Despachante de Aduana. Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.

    2.- Certificado emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, acreditando la inexistencia de antecedentes penales. El trámite es personal y el certificado tiene treinta (30) días corridos de vigencia desde su expedición.

    3.- Certificado del Archivo de Actuaciones Notariales sobre pedidos de quiebra contra el interesado o presentación en concurso preventivo del mismo. Se obtiene en el Palacio de Tribunales, Talcahuano Nº 550, subsuelo, de 8:00 a 13:00 hs, mediante la presentación de una nota completada a máquina o por computadora. Tiene treinta (30) días corridos de vigencia desde su expedición. Podés acceder a un modelo de nota desde las Descargas de esta sección. Descargá el archivo denominado "Modelo nota requisito punto 3".

    4.- Nota de presentación indicando, con carácter de declaración jurada, los datos personales del solicitante (sugerimos ver el modelo para su confección, disponible en Descargas de esta sección):

    • nombres y apellidos

    • número de documento nacional de identidad

    • fecha y lugar de nacimiento

    • estado civil

    • nacionalidad

    • domicilio real

    • domicilio comercial, debiendo éste hallarse situado dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

    • su firma certificada judicial o notarialmente o por la Policía Federal Argentina. En caso de certificarse por escribano de provincia, ratificar la firma por el Colegio correspondiente a la jurisdicción.

    5.- Copia autenticada por escribano del certificado de aprobación de examen expedido por la Administración Nacional de Aduanas.

    6.- Copia reducida de margen ancho (8 cms) de la documentación indicada en los apartados (2), (3), (4) y (5) anteriores.

    7.- Comprobante de pago de la tasa retributiva de servicios a nombre de quien lo solicita. La tasa se obtiene desde el servicio de emisión de tasas de la página web de IGJ y se abona en cualquier sucursal del Banco Nación Argentina o en las cajas de IGJ.

    Nota:

    La documentación que se solicita es pertinente para despachantes radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    ¿Cómo hago?

    1

    Los trámites de matrículas individuales (comerciante, martillero, corredor no inmobiliario y despachante de aduana) se presentan por Mesa de Entradas en el horario de 9.30 a 14.00 hs. Es necesario solicitar turno previo. Si optás por el trámite urgente, presentalo, sin turno previo, de 8 a 9hs.

    2

    Una vez inscripta la matrícula, el trámite se retira en el sector Matrículas, tercer piso de Av Paseo Colón 285, en el horario de 10.00 a 14.00 hs. sin turno.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Trámite Común: 12 módulos
    Trámite urgente: 48 módulos
    Calculá el valor del trámite

    Pedir turno

  • Si una chapa patente de tu vehículo está muy deteriorada o te la robaron, tenés que tramitar un duplicado de esa identificación metálica ante el Registro donde está radicado el automotor.

    ¿A quién está dirigido?

    A los propietarios de autos o motos cuya chapa patente se haya deteriorado o haya sido robada.

    ¿Qué necesito?

    Documento identificatorio:

    • Si sos argentino: DNI (LC o LE sólo si tenés más de 75 años).
    • Si sos extranjero sin residencia: pasaporte; con residencia permanente: DNI; de países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte.
    • La constancia de Documento en trámite no acredita identidad.
    • Si sos el representante legal o apoderado, deberás presentar documentos que prueben esa representación que invocás.

    Título del vehículo.

    Cédulas del vehículo.

    Si la pérdida o el robo afectó solamente a una de las placas, deberás presentar la restante.

    ¿Cómo hago?

    1

    Semipresencial

    1. Completá la Solicitud electrónica, buscando el trámite llamado reposición de placa metálica, para luego complementar la tramitación de manera presencial en el Registro.

    2. De forma opcional: podés abonar en línea.

    3. Acercate al registro con la documentación correspondiente y completá allí los formularios que te van a entregar:

    • Solicitud TP
    • Formulario 59 (solo en caso de que el trámite lo realice un tercero).

    4. Te entregarán unas placas provisorias de papel en letras y números rojos, hasta la entrega de los duplicados de la chapa patente.

    5. Retirá las chapas definitivas en el plazo que te indiquen en el Registro. Para hacerlo vas a tener que presentar la cédula verde.

    2

    Presencial

    1. Presentá la documentación en el Registro donde está radicado el vehículo y completá allí los formularios que te van a entregar:

    • Formulario 02
    • Formulario 59 (solo en caso de que el trámite lo realice un tercero)

    2. Pagá allí los aranceles.

    3. Te entregarán unas placas provisorias de papel en letras y números rojos, hasta la entrega de los duplicados de la chapa patente.

    4. Retirá las chapas definitivas en el plazo que te indiquen en el Registro. Para hacerlo vas a tener que presentar la cédula verde.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Tené en cuenta

    El Formulario 02 es gratuito si certificás la firma ante el Registro Seccional y presentás el trámite en ese momento.


    Los aranceles varían en función de si el vehículo es una moto o un auto. Los involucrados son:

    • Placa metálica – Reposición de modelo anterior.
    • Certificado de firma.
    • Formulario TP.
    • Solicitud deuda / multa / infracción.
    • Formulario 13.


      Podés encontrar estos aranceles en la guía, de acuerdo con la categoría de tu vehículo.

    Vigencia

    Las chapas patente tienen vigencia hasta que no se puedan leer más o te falte una o ambas.

    Web del Tramite

  • Autorizar a una Asociación Civil a funcionar como tal.

    ¿Qué necesito?

    Formulario. Ingresar en Formularios y seleccionar el trámite "Autorización para funcionar como persona jurídica". A su vez, si se efectuó la reserva de denominación social y estuviera vigente, presentar la constancia del trámite.

    Dictamen de precalificación profesional conforme al art. 50, inc. 2 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 07/15 emitido por escribano público atento que el acta constitutiva o fundacional debe ser instrumentada en escritura pública. Se deberá acompañar también, dictamen de graduado en ciencias económicas si el patrimonio de la asociación se integrare total o parcialmente con bienes que no sean sumas de dinero.

    Primer testimonio de escritura pública firmado por todos los constituyentes e integrantes de los órganos sociales que se designen. El mismo debe contener la trascripción del acta constitutiva o fundacional, la cual deberá contener:

    • Lugar y fecha de la constitución.
    • Datos personales de los constituyentes.
    • La identificación de los constituyentes.
    • El nombre de la entidad con el aditamento del tipo social antepuesto o pospuesto.
    • El objeto social.
    • Fijación de la sede social, con la identificación precisa-mención de calle, número, piso, oficina en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En los estatutos puede efectuarse sólo la indicación del domicilio limitada al ámbito jurisdiccional.
    • El plazo de duración o si la entidad es a perpetuidad.
    • La aprobación de los estatutos. El texto de los mismos puede formar parte del acta o suscribirse por separado, el que deberá prever, en forma adicional a los requisitos de los sub-incisos anteriores:

      • El régimen de administración y representación.
      • La fecha de cierra del ejercicio económico anual.
      • En su caso las clases o categorías de asociados o de consejeros y prerrogativas y deberes de cada una;
      • El régimen de ingreso, admisión, remoción, renuncia, sanciones disciplinarias, exclusiones de asociados y recursos contra las decisiones.
      • Las causales de disolución.
      • El procedimiento de liquidación.
      • El destino de los bienes después de la liquidación pudiendo atribuirlos a una entidad de bien común, pública o privada que no tenga fin de lucro y que esté domiciliada en la República Argentina.
    • Elección de autoridades, precisando los cargos de presidente, secretario y tesorero, datos personales y término de sus mandatos, número de documento nacional de identidad, CUIL o CUIT, nacionalidad, profesión, estado civil, aceptación de dichos nombramientos, denuncia de domicilios reales y especiales y deberá acompañarse la del nombramiento realizado y declaración jurada de no hallarse afectados por inhabilidades e incompatibilidades legales o reglamentarias para ocupar los cargos. Tanto la constitución del domicilio especial como la declaración de inhabilidades e incompatibilidades requieren la firma hológrafa del otorgante, pueden realizarse de manera conjunta.

    • Decisión de solicitar la autorización para funcionar como persona jurídica, autorizando a una o más personas para gestionarla, presentar y retirar documentación, realizar depósitos bancarios y extraerlos y facultándolas para aceptar las modificaciones que formule la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, y proceder con arreglo a ellas, salvo que por su significación sea necesaria la decisión de los constituyentes.

    Demostración del patrimonio social inicial de, como mínimo, la suma de pesos mil ($1.000.-) con excepción de aquellas que tengan el objeto previsto en el artículo 6, apartado 1) de la RG IGJ 7/15, en cuyo caso el monto mínimo será de pesos doscientos ($200.-).

    • Puede ser acreditado mediante los siguientes medios, conjunta o alternativamente, según la clase de bienes que compongan el patrimonio:
    • Bienes que no sean sumas de dinero: Estado Contable o Inventario de Bienes certificado por contador público e informe de dicho profesional indicando el contenido de cada uno de los rubros que lo integran y el criterio de valuación utilizado, fundamentando su procedencia.
    • Sumas de dinero: mediante depósito en el Banco de la Nación Argentina (cuenta depósitos oficiales - boleta depósitos varios) realizado a nombre de la entidad en formación, para su retiro oportuno por su presidente o persona autorizada una vez que sea otorgada la autorización para funcionar como persona jurídica o bien mediante la manifestación expresa en la escritura pública de constitución, del escribano público autorizante, de que por ante él los constituyentes obligados a la integración del patrimonio inicial, en cumplimiento de dicha obligación, hacen entrega de los fondos correspondientes a los administradores nombrados en ese acto y que éstos los reciben de conformidad; podrá igualmente constar que dicha entrega se hace al mismo escribano público autorizante, con cargo a él de entregar los fondos a la administración de la entidad una vez autorizada ésta a funcionar.

    En caso de haber recibido donaciones o aportes de terceros por montos que superen la suma de $200.000 o el equivalente en especie en un solo acto o en varios actos que individualmente sean inferiores a dicha cifra pero en conjunto la superen, realizados por una o varias personas relacionadas en un período no superior a los TREINTA (30) días, se deberá presentar la Declaración Jurada sobre la licitud y origen de los fondos, conforme al modelo incluido en el Anexo XXV de la RG IGJ 7/15.

    En caso de que las donaciones o aportes de terceros mencionados superen la suma de $400.000 o el equivalente en especie, se deberá acompañar, además, documentación respaldatoria y/o información que sustente el origen declarado de los fondos. La declaración Jurada deberá estar certificada.

    Nómina de los miembros de los órganos directivo y de fiscalización: Debe presentarse con especificación de cargo, término de duración en los cargos, número de documento nacional de identidad (DNI), CUIT o CUIL -según corresponda-, estado civil, domicilio real y constituido de cada uno de los integrantes.

    Declaración Jurada art. 511 del Anexo "A" de la Resolución General IGJ N° 07/15 sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente: debe ser presentada por cada uno de los integrantes de la comisión directiva y del órgano de fiscalización. Ver más información.

    Vinculación con entidades extranjeras

    Si del acta constitutiva o de la denominación u objeto de la entidad surgiere vinculación con una entidad constituida en el extranjero que conforme a su acto constitutivo y/o a las condiciones de su existencia legal conforme a la ley de su lugar de constitución o su domicilio, reúna a criterio de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, caracteres análogos a los de asociaciones civiles, federaciones o confederaciones, cámaras empresarias o fundaciones reguladas por el derecho argentino, deberá acreditarse la existencia y vigencia de la entidad constituida en el extranjero, acompañando copia de sus instrumentos de constitución, reformas y constancias de autorización y/o registro, según corresponda; dicha documentación deberá cumplir con los recaudos formales requeridos por el art. 277 Y 278 del Anexo "A" de la Resolución General I.G.J. Nº 7/15 para las sociedades constituidas en el extranjero, pudiendo también protocolizarse la misma.

    Las entidades del exterior contempladas en el párrafo anterior que pretendan participar en el constitución o incorporarse posteriormente a las entidades locales contempladas en los artículos 352, 354, 355 y 356 (asociaciones civiles, federaciones o confederaciones, cámaras empresarias o fundaciones) deberán acreditar su capacidad legal para hacerlo y obtener autorización de la Inspección general de Justicia , cumpliendo en lo pertinente con lo dispuesto por el Art 377 del Anexo "A" de la Resolución General IGJ N° 07/15 (Conforme art. 357 2do. Párrafo).

    Importante

    • Con carácter previo a resolver sobre la autorización para funcionar, se realizarán visitas de inspección dirigidas a determinar con precisión las condiciones en que las entidades se propongan funcionar para el cumplimiento de sus objetivos.

    • Una vez que la entidad ha sido autorizada a funcionar, deberá proceder a la individualización y rúbrica de sus libros. Cumplido ello, en el Libro de Actas deberá transcribirse el acta constitutiva, la cual también deberá ser firmada allí por todos los constituyentes.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentar la documentación en la mesa de entradas de IGJ con turno previo. El mismo se obtiene desde la página web de IGJ ingresando en Sistema de turnos web.

    2

    Deberá solicitar un turno, tanto para presentar la documentación en mesa de entradas como para retirar el trámite cuando se encuentre finalizado. El horario de atención de la mesa de entradas es de 9.30 a 14.00.

    Si sos matriculado y realizás la presentación en la sede de tu colegio profesional deberás tener en cuenta:
    - Horario de atención general, de 9:30 a 14:00hs. previa solicitud de turno. Recepción de trámites urgentes, de 9:30 a 11:00hs. sin turno previo.
    - Los trámites recibidos en los colegios son procesados por IGJ el día hábil inmediato posterior a la fecha de presentación, tanto en su modalidad común como urgente.
    - La consulta de vistas y el retiro del trámite deberás hacerlo en la sede central de IGJ.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Trámite común: 6 módulos
    Calculá el valor del trámite

    Pedir turno

  • Tené en cuenta que la solicitud debe efectuarse hasta cinco (5) días hábiles antes de la realización de la asamblea o reunión que corresponda.

    ¿Qué necesito?

    A) Formulario de "Pedido de asistencia de inspector a asambleas". Para obtenerlo ingresá en Formularios IGJ. Completá los datos, imprimilo, abonalo y presentalo junto al resto de la documentación.

    B) Acreditación de la calidad invocada por el solicitante, con patrocinio letrado (en caso de sociedades por acciones).

    C) Explicación de las razones del pedido e indicación de la fecha, hora y lugar de realización del acto y el orden del día previsto para el mismo. Se acompañará asimismo, si las hubiere, copias de las comunicaciones o publicaciones correspondientes a la convocatoria.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá el formulario del trámite y toda la documentación indicada anteriormente en la Mesa General de Entradas de la Inspección General de Justicia, Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00hs, previa solicitud de turno. Si el trámite tiene habilitada la opción urgente y optás por ella, presentalo, sin turno previo, de 8 a 9hs.

    2

    Una vez finalizado, retiralo por Av. Paseo Colón 291, en el horario de 9.30 a 14.00 hs. previa solicitud de turno. Si lo realizaste urgente, retiralo sin turno previo de 8 a 9hs.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Asociaciones civiles/extranjeras sin fines de lucro: 5 módulos (trámite común)
    Asociaciones civiles de segundo y tercer grado: 6 módulos (trámite común)
    Fundaciones: 6 módulos (trámite común)
    Sociedades accionarias: 10 módulos (trámite común) / 40 módulos (trámite urgente)
    Sociedades incluidas en el art. 299 Ley 19.550: 12 módulos (trámite común) / 46 módulos (trámite urgente)

    Calculá el valor del trámite

    Pedir turno

  • Debés realizar este trámite si tu arma no posee número de serie de fábrica.

    ¿A quién está dirigido?

    A quienes posean un arma sin número de serie.

    ¿Qué necesito?

    Formulario Leyes 23.283 y 23.412 correspondiente.

    Los adquirís en la Sede Central del organismo: Bartolomé Mitre 1465/9 (CABA) o en sus Delegaciones de todo el país.

    ANMaC evalúa la procedencia de la petición.

    ¿Cómo hago?

    1

    Acercate a la sede del ANMaC que elegiste y entregá el formulario

    2

    Retiralo en la misma sede.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 10 días

    común

    El trámite lleva: 5 días

    urgente

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $200.00

    Vigencia


    Sujeto a la autorización de tenencia.

  • Si necesitás solicitar una fotocopia de cualquier constancia que esté en el legajo del Registro de Radicación del vehículo, necesaria para poder hacer otro trámite (por ejemplo, fotocopia de un Formulario 08, de un Formulario 13 de Rentas por alta o baja en un distrito, de factura para la AFIP, etc.), te indicamos cómo hacerlo.

    ¿A quién está dirigido?

    El titular del automotor puede pedir cualquier constancia, los terceros sólo copias de los formularios o solicitudes tipo.

    ¿Qué necesito?

    • Documento identificatorio:

      • Si sos argentino: DNI (LC o LE sólo si tenés más de 75 años).
      • Si sos extranjero sin residencia: pasaporte; con residencia permanente: DNI; de países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o pasaporte.
      • La constancia de Documento en trámite no acredita identidad.
      • Si sos el representante legal o apoderado, deberás presentar documentos que prueben esa representación que invocás.
    • Formulario 02. Si completaste en línea la Solicitud Tipo TP (Trámite Posterior), te lo van a imprimir en el mismo Registro.

    ¿Cómo hago?

    1

    En línea:

    1.- Completá la Solicitud electrónica, para complementar luego el trámite de manera presencial en el Registro.
    2.- De forma opcional: podés abonar en línea.

    Personalmente:

    1.- Presentá la documentación en el Registro elegido.
    2.- Si no abonaste en línea, pagá allí los aranceles.
    3.- Retirá la fotocopia certificada al día siguiente.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Consultá los aranceles.

    El Formulario 02 es gratuito si certificás la firma ante el Registro Seccional y presentás el trámite en ese momento.

    Web del Tramite

  • Los detalles y requisitos de los trámites se encuentran especificados en el LIBRO IX de la RG IGJ N° 07/2015.

    ¿Qué necesito?

    Contar con usuario TAD

    Tener habilitado el servicio Trámites a distancia a través de AFIP utilizando clave fiscal nivel 2 o superior.

    Accedé al instructivo desde la opción Descargas de esta sección.

    ¿Cómo hago?

    1

    • Ingresá a TAD
    • Seleccioná el trámite Pedido de informes de libros rubricados.
    • Completá el formulario
    • Verificá tus datos
    • Realizá el pago

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    Podés realizar el seguimiento del trámite en el buzón de "Mis Trámites" de TAD.

    Web del Tramite

  • Si sos personal de Fuerzas Policiales, Penitenciarias, Armadas o de Seguridad, ya sea que estés en actividad o retirado, y querés tener un arma, debes obtener una credencial de tenencia que es la constancia que te habilita a mantener el arma en tu poder, transportarla descargada y separada de sus municiones y usarla con fines lícitos (caza, tiro deportivo, etc).

    ¿Qué necesito?

    Tener previamente la credencial de Legítimo Usuario de Armas de Fuego.

    Si el arma no está registrada en el ANMaC, tenés que solicitar su reempadronamiento formulario de Reempadronamiento de Armas de Fuego, junto con la solicitud de la tenencia.

    Una fotografía color del arma completa.

    Fotografías en las que se encuentren estampados la marca y el número de serie del arma, con un grado de nitidez suficiente que permita observar a simple vista los datos requeridos.

    La solicitud electrónica de autorización de tenencia.

    Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes por cada arma.

    Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes, detallando el tipo y calibre de la munición. Lo podés adquirir en la Sede Central del organismo: Bartolomé Mitre 1465/9 (CABA) o en sus Delegaciones de todo el país.

    ¿Cómo hago?

    1

    Completá la solicitud electrónica

    2

    En caso de dudas sobre cómo hacerlo, consultá el manual de solicitudes electrónicas o el instructivo rápido de solicitudes electrónicas.

    3

    Presentá la documentación completa en la Sede Central del organismo: Bartolomé Mitre 1465/9 (CABA) o en sus Delegaciones de todo el país.

    4

    Retirá la documentación emitida por el ANMaC en la delegación en la que iniciaste el trámite o pedí que te la manden por correo. En este último caso, vas a tener que solicitarlo expresamente.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 10 días

    común

    El trámite lleva: 5 días

    urgente

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $500.00

    Tenencia de armas de uso civil (trámite común)

    $500.00

    Tenencia de armas de uso civil condicional (trámite común)

    $1000.00

    Tenencia de armas de uso civil (trámite urgente, cada 5 credenciales)

    $1000.00

    Tenencia de armas de uso civil condicional (trámite urgente, cada 5 credenciales)

    $300.00

    Tarjeta de consumo de munición

    Vigencia


    Definitiva (siempre y cuando esté vigente la credencial de legítimo usuario).

  • Si vos o tu empresa poseen instalaciones completa o parcialmente blindadas, deberás solicitar la correspondiente tenencia ante ANMaC.

    ¿A quién está dirigido?

    A propietarios de instalaciones parcial o totalmente blindadas.

    ¿Qué necesito?

    Tener previamente la credencial de Legítimo Usuario o inscripción como usuario correspondiente vigente.

    Una nota extendida en papel membrete del usuario firmada por su representante legal, contando con la debida certificación de firma, quien acreditará su condición de Legitimo Usuario vigente en la categoría correspondiente. Si el responsable legal no es Legítimo Usuario puede presentar DNI y certificado de antecedentes penales. Dentro de la nota se debe declarar el lugar de emplazamiento de la instalación blindada y su tipo. En el caso de que el lugar de emplazamiento de la instalación blindada se corresponda con la vía pública, deberás contar además con la correspondiente autorización municipal.

    Formularios Leyes 23.283 y 23.412. Los podés adquirir en la Sede Central del organismo: Bartolomé Mitre 1465/9 (CABA) o en sus Delegaciones de todo el país.

    Certificado del fabricante consignando los siguientes datos: Marca; Modelo; Nivel de Resistencia Balística; Número de Serie y Código del Certificado y demás datos identificatorios del Usuario que lo adquiera. Además, el Certificado deberá indicar los números de Certificación ANMaC (Norma MA.02) de los materiales utilizados en la construcción de la Instalación Blindada, suscripta por el representante legal o representante técnico del fabricante o importador con su firma debidamente certificada; o la Verificación Técnica de Instalación Blindada debidamente confeccionada; o la Certificación de repotenciación de Instalación Blindada.

    Importante

    Si contás con alguna instalación previa a las sanción de la normativa vigente de la cual no se determinó el nivel de resistencia balística tenés que solicitar la verificación técnica de instalación blindada , la cual será realizada por usuarios autorizados. En este caso, la tenencia se emitirá luego de que adjuntes el Certificado de Verificación de Instalación Blindada. En ella constarán: datos completos del tenedor, datos de los materiales utilizados en la instalación completamente o parcialmente blindado, código del certificado de verificación, lugar de emplazamiento y vistas fotográficas que detallen toda la instalación.


    Si el material tiene número de serie original, éste se respetará al momento de la emisión de la de tenencia. Si el material careciere de número de serie original, debés solicitar el otorgamiento del mismo a través de la incorporación de la solicitud de otorgamiento de número para instalaciones blindadas , la que tenés que valorizar mediante los Formularios Leyes 23.283 y 23.412. Los materiales transparentes deberán contar con su etiqueta de identificación donde conste la homologación de material certificado acorde con la Norma MA.02. (Disposición 417/15 y 366/17).

    ¿Cómo hago?

    1

    Completá la solicitud electrónica para la credencial de Legítimo Usuario individual de Armas de Fuego. En caso de dudas sobre cómo hacerlo, consultá el manual de solicitudes electrónicas o el instructivo rápido de solicitudes electrónicas.

    2

    Presentá la documentación completa en Sede Central del organismo: Bartolomé Mitre 1465/9 (CABA) o en sus Delegaciones de todo el país.

    3

    Retirá la documentación emitida por el ANMaC en la delegación en la que iniciaste el trámite

    Tené en cuenta...

    • En caso que la instalación blindada deba trasladarse, tenés que notificar a ANMaC de manera previa y con una antelación no menor a 96 horas hábiles administrativas.

    • Debés informar a ANMaC todo cambio en los datos contemplados en el certificado del fabricante, debiendo presentar uno nuevo con las modificaciones. En éste tienen que constar todos los datos de la instalación blindada y no solamente la modificación efectuada. Esta presentación se realiza mediante los formularios valorizados.

    • Si querés solicitar la repotenciación de la instalaciones blindadas, debés adjuntar el correspondiente certificado de repotenciación de “Instalación Completamente Blindada” o “Instalación Parcialmente Blindada” según corresponda, expedido por usuario autorizado por ANMaC. En este caso, la tenencia se emitirá luego de haber adjuntado el certificado de repotenciación, donde constarán: datos completos del tenedor, datos de la instalación completa o parcialmente blindada y el código del certificado de repotenciación. Si el material tiene número de serie original, éste se respetará al momento de la emisión de la tenencia. Si el material careciere de número de serie original, deberás solicitar su otorgamiento a través de la incorporación de la solicitud de otorgamiento de número para instalaciones blindadas, la que debés valorizar mediante la utilización de Formularios Leyes 23.283 y 23.412.

    • La verificación o repotenciación solo podrá ser efectuada por aquellos usuarios comerciales inscriptos en el rubro Fabricante de Materiales de Usos especiales - Verificación y Repotenciación de Instalaciones Blindadas, que posean sus instalaciones habilitadas a tales efectos. Deberán contar en todos los casos con un responsable técnico que tenga como mínimo la categoría de Legítimo Usuario de Materiales de Usos Especiales y acreditada solvencia técnica.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 20 días

    días hábiles

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $2500.00

    Vigencia


    Definitiva (siempre y cuando esté vigente la credencial de legítimo usuario).

  • Acá podes seguir los pasos correctos para realizar la pre-inscripción al ProFAE 2020.

    ¿A quién está dirigido?

    Abogados de la Administración Pública

    Modalidades y orientaciones de la carrera
    • Semipresencial: se cursa una vez por semana, en el día y horario que corresponda según la Orientación elegida.
    • Virtual: (con prioridad para aquellos postulantes que residan y presten servicios a más de 50 km. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires): se trabaja en plataforma Moodle.

    El PROFAE consta de dos ciclos: Ciclo Común y Ciclo Orientado, que se desarrollan durante un cuatrimestre cada uno. Al momento de solicitar la pre-inscripción, el cursante deberá seleccionar la Orientación de su preferencia.

    Para la modalidad SEMIPRESENCIAL, la oferta académica es la siguiente:

    • Asesoramiento Jurídico del Estado: martes de 9 a 13 hs., martes de 14 a 18 hs. o miércoles de 9 a 13 hs.
    • Gestión judicial de los intereses del Estado: miércoles de 14 a 18 hs. o jueves de 14 a 18 hs.
    • Relaciones laborales y régimen disciplinario: jueves de 9 a 13 hs.

    La modalidad VIRTUAL brinda las tres orientaciones, las que se cursan de manera asincrónica.

    ¿Qué necesito?

    Leer el Reglamento General de la ECAE.

    Enviar una NOTA a través del Sistema GDE, dirigida al usuario Ayelén Tomasini (AYTOMASINI), con copia a Silvina Martínez Pardies y Graciela Etchetto (SMARTINE y GGETCHETTO), de la DNECAE#PTN utilizando la Nota modelo que descargas acá.

    Curriculum Vitae actualizado y firmado.

    Certificación de situación de revista expedida por el área de RRHH de tu organismo.

    Formulario electrónico de pre-inscripción que emite el Sistema de Gestión Académica.

    Si postulás y no contás con el Sistema GDE, deberás enviar una nota de igual tenor con la documentación solicitada digitalizada (evitar foto o captura de pantalla), en archivo adjunto, a la casilla de correo: profae-2020@ptn.gov.ar

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al SGA, elegí la modalidad y orientación de tu preferencia, completa los datos de la pre-inscripción y guarda el documento.

    2

    Envía una NOTA mediante el Sistema GDE con toda la documentación solicitada al usuario Ayelén Tomasini (AYTOMASINI), con copia a Silvina Martínez Pardies y Graciela Etchetto (SMARTINE y GGETCHETTO), de la DNECAE#PTN.
    Utiliza la Nota modelo que descargas acá como referencia.

    3

    Para la entrevista personal, entrá en Mi Argentina o creá tu cuenta y solicitá un turno en línea y preséntate el día que corresponda.

    Todos los archivos deben ser en formato pdf, no incluyas fotos o capturas de pantalla para la documentación adicional.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 30 minutos

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia


    Preinscripciones: hasta la primer semana de febrero 2020.
    Entrevistas: hasta la tercer semana de febrero 2020.

    • La nómina de postulantes admitidos será publicada en la página web de la Escuela una vez concluido el análisis de antecedentes y las entrevistas de admisión, en fecha a confirmar.

    • Si por cualquier motivo se desistiera de la solicitud de preinscripción ya cursada, deberá comunicarse tal circunstancia de manera fehaciente por los medios indicados (GDE o mail), a efectos de poder brindar a otro postulante la vacante que quede disponible.

    • Oportunamente, la Escuela informará el calendario y cronograma de actividades para el año 2020, así como también todo lo relativo a aulas, acceso a plataforma virtual y demás cuestiones administrativas atinentes al desarrollo del ProFAE.

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.