Si sos artista argentino o residente (plástico, músico, escritor, realizador cinematográfico, bailarín, actor, escenógrafo, director de teatro, arquitecto, diseñador, artesano, etc.), podés solicitar un microcrédito ante el Fondo Nacional de las Artes (FNA) para el desarrollo de tu trabajo creativo.
Podés destinarlo, entre otros fines, a: compra de instrumentos musicales, equipamiento de filmación, cerámica, telares, enmarcado de obras, equipamiento informático, edición de libros o CD, montaje de obras, viajes de perfeccionamiento artístico.
Características: bajo monto, otorgamiento rápido, devolución a corto plazo y requisitos mínimos. Si presentás ingresos comprobables no te exigen garante.
¿A quién está dirigido?
A artistas de distintas disciplinas que necesiten financiamiento para llevar a cabo sus actividades.
¿Qué necesito?
Formulario de solicitud, completo y firmado.
Nota dirigida al Presidente del FNA, detallando destino, monto y número de cuotas.
Planilla de alta de beneficiario, completa y firmada.
CV lo más completo posible, con constancias y comprobantes de estudios y/o trayectoria declarados.
En el caso de solicitud para obras escritas: fotocopia de la obra a editar. Para montaje de obra: contrato de sala. Para instrumentos musicales o electrónicos: declaración jurada de los que ya tenés. Para viajes de estudio o perfeccionamiento: itinerario con fecha de partida y regreso, institución, lugar y/o maestro elegidos, fotocopia de invitación –si existiera-.
Tres (3) presupuestos de los gastos proyectados o factura proforma de los bienes que pensás comprar.
Si trabajás en relación de dependencia: original y fotocopia del último recibo de sueldo donde conste antigüedad (13 meses como mínimo). Si sos monotributista, constancia del último pago y de inscripción en AFIP. Si no tenés ingresos comprobables, deberá tenerlos tu garante o codeudor.
Resumen de tus tarjetas de crédito.
Si tenés otros préstamos ya contraídos: certificación bancaria.
Si sos casado: nota de asentimiento conyugal, completa y firmada. Si sos divorciado: acta de matrimonio con inscripción legal de la sentencia (Descargá la nota de asentimiento conyugal en esta misma página).
Declaración jurada de salud completa y firmada (Descargá el formulario en esta misma página).
DNI: original y fotocopia, al igual que para el garante o codeudor –en caso de que no tengas ingresos fijos comprobables-.
¿Cómo hago?
1
Descargá los formularios, completalos con letra clara y sin tachaduras. Firmalos y hacelos firmar por tu garante y/o codeudor.
2
Registrate en la plataforma web del Fondo Nacional de las Artes.
3
Presentá la documentación a través de la plataforma web.
Si acercás documentación, hacelo al Fondo Nacional de las Artes: Alsina 673, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 16.
4
Aguardá la respuesta a tu solicitud por parte del Fondo Nacional de las Artes.
Concedido el préstamo, vas a contar con un plazo de hasta veinte (20) días corridos para comunicar si lo aceptás o no.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
La tramitación de solicitud no tiene ningún costo.
Web del Tramite
Como artista o integrante de una organización artístico-cultural sin fines de lucro, podés solicitar un préstamo hipotecario ante el Fondo Nacional de las Artes (FNA) para refaccionar o comprar un inmueble donde desarrollar actividades artísticas.
Características
La garantía es hipotecaria.
En caso de que no cuentes con ingresos suficientes para el pago de las cuotas, podés presentar un codeudor que asuma la responsabilidad de los pagos.
Tu cónyuge no puede ser garante del préstamo, pero sí codeudor.
¿A quién está dirigido?
A los artistas o integrantes de organizaciones artístico-culturales sin fines de lucro.
¿Qué necesito?
Formulario de solicitud, completo y firmado.
Nota dirigida al Presidente del FNA, detallando destino, monto y número de cuotas. Si presentás un codeudor, nota donde se comprometa a pagar en tiempo y forma.
Planilla de alta de beneficiario, completa y firmada (Descargala desde esta misma página).
CV lo más completo posible, con constancias y comprobantes de estudios y trayectoria declarados.
Si trabajás en relación de dependencia: original y fotocopia del último recibo de sueldo donde conste antigüedad (13 meses como mínimo). Si sos monotributista, constancia del último pago y de inscripción en AFIP. Si no tenés ingresos comprobables, deberá tenerlos tu garante o codeudor.
Resumen de tus tarjetas de crédito y del garante y codeudor.
Si vos, el codeudor o el garante tienen otros préstamos ya contraídos: certificación bancaria.
Si sos casado: nota de asentimiento conyugal, completa y firmada. Si sos divorciado: acta de matrimonio con inscripción legal de la sentencia.(Descargá la nota de asentimiento conyugal en esta misma página)
Declaración jurada de salud completa y firmada. (Descargá el formulario del seguro de vida en esta página).
DNI: original y fotocopia, al igual que para el garante o codeudor.
Comprobantes que respalden los bienes manifestados. No podrán estar gravados ni ser bien de familia. En el caso de automotores, detalle de rodados.
Para compra
Fotocopia del título de propiedad del inmueble a adquirir.
Original y fotocopia del último comprobante de pago del impuesto inmobiliario.
Si es propiedad horizontal: fotocopia del reglamento de copropiedad.
Tasación del inmueble, hecha por profesional habilitado.
Plano del inmueble aprobado por el municipio o constancia correspondiente, indicando superficie destinada a taller, sala o estudio.
Para mejoras o refacciones
Plano existente del inmueble y de lo que vas a refaccionar, ampliar o construir.
Descripción de la obra a realizar.
Cómputo métrico y presupuesto (con valores unitarios y totales de cada ítem).
Presupuesto extendido por profesional habilitado que realizará la obra.
Plazo de ejecución de obras y forma de pago convenida.
¿Cómo hago?
1
Descargá los formularios, completalos con letra clara y sin tachaduras. Firmalos y hacelos firmar por tu garante y/o codeudor.
2
Registrate en la plataforma web del Fondo Nacional de las Artes.
3
Presentá la documentación a través de la plataforma web.
Si acercás documentación, hacelo al Fondo Nacional de las Artes Alsina 673, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 16.
4
Aguardá la respuesta a tu solicitud.
Concedido el préstamo, tendrás un plazo de hasta veinte (20) días corridos para comunicar si lo aceptás o no.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
El trámite de solicitud no tiene ningún costo.
Web del Tramite
Como músico, escritor, realizador cinematográfico, bailarín, actor, escenógrafo, director de teatro, artista plástico, arquitecto, diseñador, artesano, etc., podés solicitar un préstamo personal ante el Fondo Nacional de las Artes (FNA) para el desarrollo de tus actividades creativas.
Lo podés destinar, entre otros fines, a: compra de instrumentos musicales, equipamiento de filmación, cerámica, telares, enmarcado de obras, equipamiento informático, edición de libros o CD, montaje de obras, viajes de perfeccionamiento artístico.
Importante
Es indispensable la presentación de un garante.
En caso de que no cuentes con ingresos suficientes para el pago de las cuotas, podés presentar un codeudor que asuma la responsabilidad de los pagos.
Tu cónyuge no puede ser garante del préstamo, pero sí codeudor.
Si sos jubilado con actividad independiente, podés solicitar el crédito sin pasar de los 75 años al momento de cancelación. En caso contrario, lo podés pedir con un codeudor.
Tu garante y/o codeudor no pueden estar jubilados ni tener 60/65 años (según corresponda) a la fecha de cancelación.
¿A quién está dirigido?
A los artistas (músicos, actores, escritores, bailarines, directores de cine y teatro, plásticos, diseñadores, etc.) que necesitan financiar sus actividades creativas.
¿Qué necesito?
Formulario de solicitud, completo y firmado.
Nota dirigida al Presidente del FNA, detallando destino, monto y número de cuotas. Si presentás un codeudor, nota donde se comprometa a pagar en tiempo y forma.
Planilla de alta de beneficiario, completa y firmada.
CV lo más completo posible, con constancias y comprobantes de estudios y/o trayectoria declarados.
En el caso de solicitud para obras escritas: fotocopia de la obra a editar. Para montaje de obra: contrato de sala. Para instrumentos musicales o electrónicos: declaración jurada de los que ya tenés. Para viajes de estudio o perfeccionamiento: recorrida con fecha de partida y regreso, institución, lugar y/o maestro elegidos, fotocopia de invitación –si existiera-.
Tres (3) presupuestos de los gastos proyectados o factura proforma de los bienes que pensás comprar. Si son bienes usados, el vendedor deberá dejar sentada esa condición.
Si trabajás en relación de dependencia: original y fotocopia del último recibo de sueldo donde conste antigüedad (13 meses como mínimo). Si sos monotributista, constancia del último pago y de inscripción en AFIP. Si no tenés ingresos comprobables, deberá tenerlos tu garante o codeudor.
Resumen de tus tarjetas de crédito y del garante y codeudor.
Si vos, el codeudor o el garante tienen otros préstamos ya contraídos: certificación bancaria.
Si sos casado: nota de asentimiento conyugal, completa y firmada. Si sos divorciado: acta de matrimonio con inscripción legal de la sentencia.
Declaración jurada de salud completa y firmada.
DNI: original y fotocopia, al igual que para el garante o codeudor.
Comprobantes que respalden los bienes manifestados. No podrán estar gravados ni ser bien de familia. En el caso de automotores, formulario de detalle de rodados, completo y firmado.
¿Cómo hago?
1
Descargá los formularios, completalos con letra clara y sin tachaduras. Firmalos y hacelos firmar por tu garante y/o codeudor.
2
Registrate en la plataforma web del Fondo Nacional de las Artes.
3
Presentá la documentación a través de la plataforma web.
4
Aguardá la respuesta a tu solicitud por parte del Fondo Nacional de las Artes. Concedido el préstamo, tendrás un plazo de hasta veinte (20) días corridos para comunicar si lo aceptás o no.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Web del Tramite
Si como músico argentino estás interesado en promover tu obra en el mundo, el INAMU te orienta para que puedas participar de convocatorias en distintas ferias y mercados musicales.
Por no tratarse de convocatorias propias del Instituto, la elección de los beneficiarios está siempre a cargo de las entidades organizadoras de los eventos.
¿A quién está dirigido?
A solistas o conjuntos musicales de nuestro país que cuenten con al menos un disco editado de manera profesional.
¿Qué necesito?
Contar con al menos un disco editado profesionalmente.
Tener videos en buena calidad que promocionen a la banda o al solista, en vivo o en estudio.
Haber realizado giras comprobables en nuestro país en el último año y/o en el exterior.
Tener notas de prensa o promoción en redes de los shows o lanzamientos e información a modo de "gacetilla" que cuenten sobre la propuesta del o los postulantes.
Contar con redes sociales propias como facebook, instagram, twitter, bandcamp, etc., activas.
Tener fotos de la banda o solista en alta resolución.
Contar con toda la información del solista o conjunto en español e inglés.
Tené en cuenta que...
Si aún no reunís los requisitos para presentarte con estas herramientas, recordá que el INAMU abre anualmente sus convocatorias de fomento, otorgando subsidios y vales de producción para realizar producciones discográficas, presentaciones en vivo, giras, audiovisuales, difusión y proyectos editoriales.
¿Cómo hago?
1
Primero, registrate como músico nacional.
2
Consultá las convocatorias abiertas del INAMU y seleccioná aquella que te interese.
3
Presentá tu solicitud de la forma que prefieras: en línea, en forma presencial o por correo postal.
4
Aguardá los resultados de las entidades evaluadoras y su publicación.
5
Si sos seleccionado, hacé la rendición del subsidio, concretá la participación en el circuito socio cultural en el que te postulaste y retirá la aprobación de la rendición.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Web del Tramite
La Biblioteca del Museo Nacional de Bellas Artes te ofrece de martes a sábados este servicio de consulta de materiales bibliográficos relacionados con su colección y con las artes visuales en general.
Podés consultar previamente el catálogo en línea
¿A quién está dirigido?
A artistas, investigadores, docentes, estudiantes y público interesado en la temática.
¿Cómo hago?
1
Acercate hasta la sede del Museo Nacional de Bellas Artes: Avenida Del Libertador 1473, de martes a viernes de 11 a 17 y los días sábados de 10.30 a 15.30 h.
2
Seleccioná el servicio que necesites:
- Consultas in situ en modernas instalaciones.
- Referencia especializada en arte: orientación en la búsqueda de temáticas relacionadas con las artes visuales y selección del material en los soportes existentes (libros, publicaciones periódicas, archivos de prensa y catálogos de venta).
- Consulta de base de datos y catálogo colectivo.
- Atención de consultas vía e-mail, correo, teléfono o fax.
- Elaboración de bibliografías especializadas: selección de material bibliográfico sobre un tema determinado o sobre la obra de un autor con información revelada del acervo bibliográfico. Los pedidos pueden hacerse personalmente o por correo electrónico.
- Boletín informativo sobre las novedades bibliográficas.
- Servicio de fotocopias.
Si sos investigador, contás con:
- Uso de espacio exclusivo.
- Reserva de libros en forma telefónica (54-11 5288-9972) o por correo electrónico: biblioteca@mnba.gob.ar.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Consultar en línea
La Biblioteca Nacional brinda visitas guiadas, tanto para el público en general como para instituciones educativas. Si la propuesta te interesa, te detallamos cómo hacerlo.
¿A quién está dirigido?
A toda persona interesada en conocer la institución y su historia.
¿Cómo hago?
1
Visita personal
1.- Acercate al hall central de la Biblioteca Nacional, Agüero 2502, Ciudad de Buenos Aires, en los siguientes días y horario:
- Lunes a sábados a las 16 hs.
2.- Participá de la visita guiada.
El recorrido se inicia con puntualidad con las personas presentes a la hora indicada en el hall de la Biblioteca.
2
Visitas grupales
Para instituciones y establecimientos educativos: nivel inicial (sala de 4 años en adelante), primario, secundario y terciarios o universitarios de carreras de bibliotecología, de lunes a viernes a las 10 o a las 14 hs. La visita dura aproximadamente una hora y media, y tiene un cupo de 30 alumnos.
- Información y reservas: Comunicate con el Departamento de Exposiciones y Visitas Guiadas al teléfono: (+54 11) 4808-6000, interno 1024 o vía correo electrónico a: visitas@bn.gov.ar.
Para universidades: Visitas para grupos de profesores y/o estudiantes de Arquitectura, Diseño Gráfico, Ingeniería u otras carreras relacionadas.
- Información y reservas: Comunicate con el Archivo Patrimonio Histórico Constructivo Edificio al teléfono: (+54 11) 4808-6059 o vía correo electrónico a: arpahico@bn.gov.ar.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Web del Tramite
Las exposiciones del Museo están planificadas para que cada visitante las recorra de martes a domingo en el horario de 14 a 19, de modo particular y sin necesidad de guía. Sin embargo, si querés hacer un recorrido guiado, la institución te ofrece visitas guiadas programadas para el público en general y para grupos escolares u organizaciones e instituciones.
¿A quién está dirigido?
Al público en general y a estudiantes, docentes y comunidades educativas y culturales.
¿Cómo hago?
1
Visita personal
Acercate al Museo de la Lengua, Av. Las Heras 2555, Ciudad Autónoma de Buenos Aires los martes o jueves a las 14.30.
Participá de la visita guiada.
2
Visitas grupales
Como responsable de la institución o coordinador del grupo, comunicate por correo electrónico a: visitas@bn.gov.ar o al teléfono: (+ 54 11) 4808 -6000 (interno 1024).
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Web del Tramite
Obtener el reconocimiento de la Comisión Nacional de Bibliotecas Populares (CONABIP), a través del cumplimiento de los requisitos vigentes, para poder incorporarse al régimen específico, establecido por la Ley 23.351, la misma puede ser consultada en: Ley 23.351.
¿A quién está dirigido?
El trámite debe ser efectuado por los interesados y /o personas autorizadas a tal fin mediante documento fehaciente.
¿Qué necesito?
1.- Copia certificada del Acta de Fundación de la Biblioteca Popular.
2.- Copia certificada de los Estatutos de constitución de la asociación civil, que presente los sellos del organismo que otorga la personería jurídica.
3.- Copia certificada del Instrumento por el cual se le otorga la Personería Jurídica.
4.- Informe descriptivo y fundamentado por el Delegado Federativo y el Gubernamental, tanto en caso afirmativo (en carácter de aval) como negativo.
5.- Copia certificada de la Asamblea que elige la Comisión Directiva.
6.- Copia certificada del Acta donde se autoriza el pedido de reconocimiento y registro ante CONABIP.
7.- Planilla de Relevamiento de Datos de las Bibliotecas Populares,.
8.- Documentación que acredite un mínimo de SEIS (6) meses de funcionamiento. A tal fin, se podrán admitir recortes periodísticos, certificaciones de autoridades, fotografías, etc. Consignar Proyectos de extensión comunitaria realizados durante el mismo período.
9.- Consignar Proyectos de extensión comunitaria realizados durante el mismo período.
10.- Toda otra documentación adicional que la Biblioteca quiera presentar orientada a certificar su buen funcionamiento (inventario, padrón de socios, estadísticas de préstamos) será valorada por la Unidad Técnica, la que podrá en esos casos, recomendar que se la tenga en cuenta para futuras solicitudes de subsidios.
11.- Dos fotografías:
- Fachada de la Biblioteca (del cartel con la denominación y horario de atención).
- Interior, donde se aprecien la/s sala/s y la colección bibliográfica.
12.- Plano de la localidad con la ubicación de la Biblioteca Popular. En caso de existir en la localidad otras bibliotecas populares, por favor marcarlas en el mismo plano.
¿Cómo hago?
1
1.- Presentar la documentación personalmente en el horario de 10:00 a 17:00 de Lunes a Viernes o remitirla por correo postal a la CONABIP sita en Ayacucho 1578 (C1112AAB), Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Vigencia
Ilimitada.
Descargar Documento
Si tu biblioteca popular recibió un subsidio para enfrentar los gastos corrientes, te orientamos sobre cómo presentar la rendición de cuentas de los fondos percibidos. Tené en cuenta que ellos deben haber sido utilizados en su totalidad para el destino solicitado y esta rendición tiene carácter de Declaración Jurada.
¿A quién está dirigido?
Al presidente o apoderado legal y al Tesorero de la biblioteca popular que recibió el subsidio.
¿Qué necesito?
1.- Declaración emitida por Autoridad Responsable, es decir, el/la Presidente/a o Apoderado/a legal y el/la Tesorero/a de la biblioteca popular, en carácter de Declaración Jurada, donde se exprese que los fondos recibidos fueron empleados según el fin para el que se ha entregado el dinero. Deberá remitirse una Declaración Jurada por cada Resolución del Ministerio de Cultura que se rinda.
2.- Planilla con el detalle de las erogaciones realizadas, Nº de Factura, Proveedor, tipo de gasto, Importe.
3.- Presentación en original de la documentación contable respaldatoria (facturas, recibos) o en caso de que la misma deba ser guardada por la institución, una fotocopia de los originales autenticados por el/la Presidente/a o Apoderado/a legal y el/la Tesorero/a de la biblioteca popular. Toda la documentación deberá estar firmada por Presidente y Tesorero en el anverso (frente) de la misma y en tinta azul.
La falta de un comprobante sólo podrá ser reemplazada por un informe formalmente escrito, el cual se encuentre avalado por Autoridad Pública Competente, es decir, la Policía del lugar, Juez de Paz, Escribano Público o Intendente. El informe deberá contener todos los motivos que impidieron a la biblioteca popular contar con un comprobante, conjuntamente con los detalles en los que se utilizó el dinero (descripción de los bienes o servicios adquiridos, precio unitario de los bienes o servicios, importe total abonado, y la identidad del vendedor o prestador de servicios, D.N.I., domicilio, nombre o razón social, así como la firma de conformidad de la parte prestadora y de la biblioteca popular).
Requisitos de las facturas o recibos:
1.- No podrán presentar Facturas del tipo A y M.
2.- La Biblioteca solamente podrá presentar Facturas/Recibos del tipo B (Responsable Inscripto) o Facturas/Recibos C de Responsables Monotributo.
A partir del 01/07/2015, de acuerdo lo establecido por la RG (AFIP) 3749, los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado (IVA), deberán emitir comprobantes (Facturas, recibos, notas de débito/crédito) de manera electrónica (Comprobantes Electrónicos).
Están exceptuados de entregar comprobantes electrónicos quienes emitieran el comprobante fuera de su local comercial o en el domicilio del cliente (por ejemplo: servicio de plomería, electricistas, etc.)
3.- Los comprobantes que se presenten para respaldar los gastos realizados deben tener indicada como fecha de facturación la que se encuentre comprendida entre la fecha de acreditación del subsidio en la cuenta bancaria de la biblioteca popular y la fecha en que se presente la rendición de cuentas.
4.- Las facturas/recibos deberán tener las siguientes características:
Completados con letra legible.
Deberán ser llenados todos los espacios con la misma lapicera y la misma letra.
No se podrá corregir ninguno de los espacios completados, ya sea con correctores líquidos o bien con cintas.
No podrán presentar roturas y/o daños.
No podrán presentarse si se encuentran arregladas con parches, tanto de papel, cintas o plastificadas. En caso de duda, no se aceptará como válido dicho comprobante.
Los datos que deben contener son:
Fecha.
Nombre de la Biblioteca respetando la Personería Jurídica.
Dirección.
CUIT.
IVA exento.
Detalle de los artículos comprados y los precios que correspondan.
Total de la factura.
Todos estos datos deberás estar escritos con letra legible.
Verificar que la factura contenga (generalmente se observan al pie):
Datos de la imprenta.
Fecha de impresión.
El Código de Autorización de Impresión (CAI) (Las facturas “C” no lo poseen) o el Código de Autorización Electrónica (CAE).
De corresponder (sí se trata de una factura B), la fecha de vencimiento.
Importante: La fecha que figure en la factura, debe ser posterior a la fecha de impresión y o igual a la fecha de vencimiento.
5.- De acuerdo a la normativa vigente, la CONABIP no contemplará aquellas erogaciones canceladas con tarjetas de crédito.
6.- En caso de tratarse de la compra de libros, es necesario que en la factura se detalle la cantidad de libros que se han adquirido indicando el título de las obras. Asimismo, de comprar libros usados, dañados o de oferta, estos datos deben presentarse discriminados en la factura, indicando el precio de mercado que posean.
7.- Si la compra de libros incluye libros nuevos y otros (usados, dañados y/o de oferta), es necesario que se discriminen las distintas condiciones en la factura. En caso de que la factura no posea todos estos datos, se considerará como válida la presentación de la factura juntamente con la presentación del remito. De no poseer esta documentación, es imprescindible que se presente la nota de inventario de la biblioteca popular. En caso contrario, no se aceptarán los comprobantes.
8.- Si en un comprobante no se encontrasen los datos de los artículos comprados, o bien faltaran datos de la biblioteca (nombre y dirección de la misma), el mismo deberá acompañarse con un remito de la empresa donde conste el detalle de los artículos comprados y los datos completos de la biblioteca.
9.- Las facturas o recibos deben estar firmados por el presidente y el tesorero y tener el sello de la biblioteca, al igual que en las planillas de rendición, en el anverso de la factura/recibo (frente de las facturas/recibos), y no en el dorso de la misma.
10.- Asimismo para los pagos de honorarios con los fondos de subsidios, deberá seguir lo estipulado en la Ley Complementaria Permanente de Ejecución del Presupuesto Nacional - 11.672, t.o.1943 – que, con respecto a la aplicación de subsidios, establece lo siguiente:
- ARTÍCULO 2º — Ninguna institución subvencionada por el Estado, podrá destinar más del CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de la suma que perciba por tal concepto, a la atención de sueldos, viáticos o imputaciones equivalentes.*
Requisitos de los tickets:
1.- Deben encontrarse sin enmiendas ni tachaduras. Es decir:
Deberán ser legibles.
No se podrá corregir ninguno de los espacios completados, ya sea con correctores, líquidos o bien con cintas.
No podrán estar rotos o dañados.
Deberá tener impreso el controlador fiscal (CF DGI). En caso de duda, no se aceptará como válido dicho comprobante.
2.- Deben contener todos los datos:
¿Cómo hago?
1
1.- Presentar la documentación personalmente en el horario de 10:00 a 17:00 de Lunes a Viernes o remitirla por Correo Postal a la CONABIP sita en Ayacucho 1578, C1112AAB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Descargar Documento
A través de este servicio, te asistimos en la tramitación necesaria para constatar la utilización efectiva de los fondos destinados a tu biblioteca popular, verificando que el dinero recibido se utilizó totalmente para los fines por los que fue solicitado.
¿A quién está dirigido?
A miembros de la Comisión Directiva de la biblioteca. La declaración tendrá carácter de Declaración Jurada y debe ser refrendada por el Presidente o Apoderado Legal y el Tesorero de la institución, acreditando que los fondos fueron utilizados para el destino solicitado.
¿Qué necesito?
1.- Declaración emitida por Autoridad Responsable, es decir, el/la Presidente/a o Apoderado/a legal y el/la Tesorero/a de la biblioteca popular, en carácter de Declaración Jurada, donde se exprese que los fondos recibidos fueron empleados según el fin para el que se ha entregado el dinero. Deberá remitirse una Declaración Jurada por cada Resolución del Ministerio de Cultura que se rinda.
2.- Una Planilla con el detalle de las erogaciones realizadas, Nº de Factura, Proveedor, tipo de gasto, Importe.
3.- Presentación en original de la documentación contable respaldatoria (facturas, recibos) o en caso de que la misma deba ser guardada por la institución, una fotocopia de los originales autenticados por el/la Presidente/a o Apoderado/a legal y el/la Tesorero/a de la biblioteca popular. Toda la documentación deberá estar firmada por Presidente y Tesorero en el anverso (frente) de la misma y en tinta azul.
La falta de un comprobante sólo podrá ser reemplazada por un informe formalmente escrito, el cual se encuentre avalado por Autoridad Pública Competente, es decir, la Policía del lugar, Juez de Paz, Escribano Público o Intendente. El informe deberá contener todos los motivos que impidieron a la biblioteca popular contar con un comprobante, conjuntamente con los detalles en los que se utilizó el dinero (descripción de los bienes o servicios adquiridos, precio unitario de los bienes o servicios, importe total abonado, y la identidad del vendedor o prestador de servicios, D.N.I., domicilio, nombre o razón social, así como la firma de conformidad de la parte prestadora y de la biblioteca popular).
Requisitos de las facturas o recibos:
1.- No podrán presentar Facturas del tipo A y M.
2.- La Biblioteca solamente podrá presentar Facturas/Recibos del tipo B (Responsable Inscripto) o Facturas/Recibos C de Responsables Monotributo.
A partir del 01/07/2015, de acuerdo lo establecido por la RG (AFIP) 3749, los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado (IVA), deberán emitir comprobantes (Facturas, recibos, notas de débito/crédito) de manera electrónica (Comprobantes Electrónicos).
Están exceptuados de entregar comprobantes electrónicos quienes emitieran el comprobante fuera de su local comercial o en el domicilio del cliente (por ejemplo: servicio de plomería, electricistas, etc.)
3.- Los comprobantes que se presenten para respaldar los gastos realizados deben tener indicada como fecha de facturación la que se encuentre comprendida entre la fecha de acreditación del subsidio en la cuenta bancaria de la biblioteca popular y la fecha en que se presente la rendición de cuentas.
4.- Las facturas/recibos deberán tener las siguientes características:
Completados con letra legible.
Deberán ser llenados todos los espacios con la misma lapicera y la misma letra.
No se podrá corregir ninguno de los espacios completados, ya sea con correctores líquidos o bien con cintas.
No podrán presentar roturas y/o daños.
No podrán presentarse si se encuentran arregladas con parches, tanto de papel, cintas o plastificadas. En caso de duda, no se aceptará como válido dicho comprobante.
Los datos que deben contener son:
Fecha.
Nombre de la Biblioteca respetando la Personería Jurídica.
Dirección.
CUIT.
IVA exento.
Detalle de los artículos comprados y los precios que correspondan.
Total de la factura.
Todos estos datos deberás estar escritos con letra legible.
Verificar que la factura contenga (generalmente se observan al pie):
Datos de la imprenta.
Fecha de impresión.
El Código de Autorización de Impresión (CAI) (Las facturas “C” no lo poseen) o el Código de Autorización Electrónica (CAE).
De corresponder (sí se trata de una factura B), la fecha de vencimiento.
Importante: La fecha que figure en la factura, debe ser posterior a la fecha de impresión y o igual a la fecha de vencimiento.
5.- De acuerdo a la normativa vigente, la CONABIP no contemplará aquellas erogaciones canceladas con tarjetas de crédito.
6.- En caso de tratarse de la compra de libros, es necesario que en la factura se detalle la cantidad de libros que se han adquirido indicando el título de las obras. Asimismo, de comprar libros usados, dañados o de oferta, estos datos deben presentarse discriminados en la factura, indicando el precio de mercado que posean.
7.- Si la compra de libros incluye libros nuevos y otros (usados, dañados y/o de oferta), es necesario que se discriminen las distintas condiciones en la factura. En caso de que la factura no posea todos estos datos, se considerará como válida la presentación de la factura juntamente con la presentación del remito. De no poseer esta documentación, es imprescindible que se presente la nota de inventario de la biblioteca popular. En caso contrario, no se aceptarán los comprobantes.
8.- Si en un comprobante no se encontrasen los datos de los artículos comprados, o bien faltaran datos de la biblioteca (nombre y dirección de la misma), el mismo deberá acompañarse con un remito de la empresa donde conste el detalle de los artículos comprados y los datos completos de la biblioteca.
9.- Las facturas o recibos deben estar firmados por el presidente y el tesorero y tener el sello de la biblioteca, al igual que en las planillas de rendición, en el anverso de la factura/recibo (frente de las facturas/recibos), y no en el dorso de la misma.
10.- Asimismo para los pagos de honorarios con los fondos de subsidios, deberá seguir lo estipulado en la Ley Complementaria Permanente de Ejecución del Presupuesto Nacional - 11.672, t.o.1943 – que, con respecto a la aplicación de subsidios, establece lo siguiente:
ARTÍCULO 2º — Ninguna institución subvencionada por el Estado, podrá destinar más del CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de la suma que perciba por tal concepto, a la atención de sueldos, viáticos o imputaciones equivalentes.
Requisitos de los tickets:
1.- Deben encontrarse sin enmiendas ni tachaduras. Es decir:
Deberán ser legibles.
No se podrá corregir ninguno de los espacios completados, ya sea con correctores, líquidos o bien con cintas.
No podrán estar rotos o dañados.
Deberá tener impreso el controlador fiscal (CF DGI). En caso de duda, no se aceptará como válido dicho comprobante.
2.- Deben contener todos los datos:
¿Cómo hago?
1
1.- Presentar la documentación personalmente en el horario de 10:00 a 17:00 de Lunes a Viernes o remitirla por Correo Postal a la CONABIP sita en Ayacucho 1578, C1112AAB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Descargar Documento