Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

  • Para resguardar la sanidad de los tubérculos de papa empleados como material de propagación, el INASE habilita y controla el funcionamiento de los Laboratorios de Análisis de Papa Semilla que certifican dicha sanidad.

    ¿A quién está dirigido?

    A todo laboratorio que desee realizar análisis fitosanitarios de papa semilla.

    ¿Qué necesito?

    El solicitante debe presentar la siguiente documentación:

    Documentación del postulante a Director Técnico:

    • Copia del DNI
    • Copia de título de grado y/o posgrado
    • Copia de la matrícula profesional
    • Curriculum vitae (listar únicamente las publicaciones de los últimos 5 años)

    Documentación del postulante a reemplazante autorizado (en el caso de asignar uno)

    • Curriculum vitae
    • Copia de DNI

    Anexos de la Resolución 428/15:

    • Anexo I-A: Datos del laboratorio, adjuntando croquis (en el mismo se debe indicar los sectores que se listan en el punro Instalaciones del Anexo III).
    • Anexo I-B: Término de compromiso del director técnico.
    • Anexo I-C: Listado de analistas (en caso de corresponder)
    • Anexo I-D: Detalle del equipamiento (indicar únicamente el equipamiento que se utilizara para el alcance solicitado)
    • Anexo I-E: Designacion de reemplazante autorizado (en caso de corresponder)

    Anexo II-A: análisis virológicos:

    • Protocolo DAS-ELISA. Se debe ajustar a lo descripto en el Anexo III. Debe quedar especificado que tipo de matriz se va a analizar (brote de tubérculo y/o hoja), que tipos de controles positivos y negativos utilizara y criterio de interpretación de resultados.
    • Documento de Adopción del método DAS-ELISA
    • Protocolo de brotación
    • Documento de adopción del método brotación

    Anexo II-B: análisis nematológicos:

    • Protocolo de análisis de nematodos que se debe ajustar al establecido en Anexo III.
    • Documentación de adopción del método análisis nematologico.

    Anexo III - Registro y Formularios de funcionamiento de laboratorios de análisis fitosanitario de papa semilla

    • Resolución INASE Nº 428/15

    • Toda la documentación debe estar debidamente firmada por el director técnico. Tanto el protocolo como el documento de adopción del método deben contar con todos los datos identificatorios del laboratorio y director técnico para su correcta individualización, como asimismo, estar sellados y firmados por el director técnico en cada una de sus hojas.

    ¿Cómo hago?

    1

    Pagar el monto correspondiente al servicio: “Auditorías de habilitación/acreditación”.

    2

    Enviar a laboratorios@inase.gov.ar el comprobante del pago indicando a que servicio requerido corresponde.

    3

    Enviar por correo postal los anexos de la Resolución 428/15 con el resto de la documentación solicitada.

    4

    Aguardar la evaluación de la documentación presentada, cuyo resultado será notificado vía mail o correo postal.

    5

    Aprobada la documentación de habilitación, se coordinará con el laboratorio una auditoria de habilitación previo envió de los Formularios de buen funcionamiento del laboratorio

    6

    Aprobada la auditoria de habilitación, el laboratorio debe comunicarse al Registro Nacional del Comercio y Fiscalización de Semillas para inscribirse o actualizar sus categorías vigentes.

    7

    El laboratorio recibe el certificado de habilitación correspondiente.

    Envio de documentación:

    Av. Belgrano 450 - Planta Baja. Mesa de entradas INASE, CP: C1092AAR - CABA.
    Dirigido a: Dirección de Calidad. Laboratorio de Marcadores Moleculares y Fitopatología.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 6 meses

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $8000.00

    Es el arancel en concpeto de: Auditorías de habilitación/acreditación que incluye el estudio de documentación, auditoría in situ y seguimiento de hallazgos y acreditación/habilitación final, si correspondiere.

    Vigencia

    365 días

    Hasta el 31/03 más próximo, pasado ese lapso se renovará con el pago de la anualidad en el RNCyFS de la categoría I subcategoría 2, en los casos en los que se continúe cumpliendo con todos los requisitos técnicos.

  • Para resguardar la sanidad de los plantines de frutilla empleados como material de propagación vegetativa, el INASE habilita y controla el funcionamiento de los laboratorios de diagnóstico de enfermedades de plantines de frutilla.

    ¿A quién está dirigido?

    A todo laboratorio que desee realizar diagnóstico de enfermedades de plantines de frutilla, forme parte del proceso de certificación de plantines de frutilla o no.

    ¿Qué necesito?

    Nota de solicitud de habilitación

    Documentación del postulante a Director Técnico:

    • Copia del DNI
    • Copia de título de grado (Ing. Agrónomo o Lic. en Ciencias Biológicas)
    • Copia de la matrícula profesional
    • Curriculum vitae (listar únicamente las publicaciones de los últimos 5 años)

    Documentación del postulante a Ejecutor de los análisis (en el caso de asignar uno)

    • Copia de título de grado (Ing. Agrónomo o Lic. en Ciencias Biológicas)
    • Copia de la matrícula profesional

    Anexos de la Resolución 293/13:

    • Anexo I-A: solicitud de habilitación de laboratorios de diagnóstico de enfermedades de frutilla.
    • Anexo I-B: Término de compromiso del postulante a director técnico y del ejecutor de los análisis (si no fueran la misma persona)

    Planillas y registros de funcionamiento del laboratorio

    • Resolución INASE N° 293/13
    • Toda la documentación debe estar debidamente firmada y sellada por el postulante a director técnico, y debe poseer los datos identificatorios del laboratorio para su correcta individualización.

    ¿Cómo hago?

    1

    Pagar el monto correspondiente al servicio: “Auditorías de habilitación/acreditación”.

    2

    Enviar al mail laboratorios@inase.gov.ar el comprobante del pago indicando a que servicio requerido corresponde.

    3

    Enviar por correo postal los anexos de la Resolución 293/13 con el resto de la documentación solicitada.

    4

    Aguardar la evaluación de la documentación presentada cuyo resultado será notificado vía mail o correo postal.

    5

    Aprobada la documentación de habilitación se coordinará con el laboratorio una auditoria de habilitación.

    6

    Recibida la notificación de cierre de la auditoria de habilitación el laboratorio deberá, en un plazo de 20 días, inscribirse o actualizar sus categorías vigentes en el Registro Nacional del Comercio y Fiscalización de Semillas.

    7

    El laboratorio recibe el certificado de habilitación correspondiente.

    El envío postal deberá realizarlo a Av. Belgrano 450 - Planta Baja, “Mesa de entradas INASE”, CP: C1092AAR - CABA.
    Dirigido a: Dirección de Calidad. Laboratorio de Marcadores Moleculares y Fitopatología.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 3 meses

    Tiempo promedio. Puede variar dependiendo de cuánto tiempo tome el proceso de auditoria.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $8000.00

    Es el arancel en concepto de auditorías de habilitación/acreditación que incluye el estudio de documentación, auditoría in situ, seguimiento de hallazgos y acreditación/habilitación final, si correspondiere.

    Vigencia

    365 días

    Hasta el 31/03 más próximo, pasado ese lapso se renovará con el pago de la anualidad en el RNCyFS de la categoría I subcategoría 2, en los casos en los que se continúe cumpliendo con todos los requisitos técnicos.

  • A los fines de resguardar la calidad y sanidad de los materiales de propagación de plantas cítricas y/o sus partes que se encuentren en disponibilidad para la entrega al productor, el INASE habilita y controla el funcionamiento de los laboratorios que certificaran dicha calidad y sanidad.

    ¿A quién está dirigido?

    A todo laboratorio que desee realizar diagnóstico de enfermedades para plantas cítricas y/o sus partes, forme parte del proceso de certificación o no.

    ¿Qué necesito?

    Nota de solicitud de habilitación

    Anexo I de la Res.SAGPyA Nº 98/03

    Documentación del postulante a Director Técnico:

    • Copia del DNI
    • Copia autenticada del título profesional
    • Copia de la matrícula profesional
    • Curriculum vitae (listar únicamente las publicaciones de los últimos 5 años)

    Documentación del postulante a Reemplazante autorizado (en el caso de asignar uno)

    • Copia del DNI
    • Copia autenticada del título profesional
    • Copia de la matrícula profesional
    • Curriculum vitae (listar únicamente las publicaciones de los últimos 5 años)

    Toda la documentación debe estar debidamente firmada y sellada por el postulante a director técnico, y debe poseer los datos identificatorios del laboratorio para su correcta individualización.

    Conocer Normas de funcionamiento de los laboratorios de diagnóstico de enfermedades de plantas cítricas de vivero y sus partes:

    ¿Cómo hago?

    1

    Pagar el monto correspondiente al servicio: “Auditorías de habilitación/acreditación”.

    2

    Enviar al mail laboratorios@inase.gov.ar el comprobante del pago indicando a que servicio requerido corresponde.

    3

    Enviar por correo postal los anexos de la Resolución 98/03 con el resto de la documentación solicitada.

    4

    Aguardar la evaluación de la documentación presentada cuyo resultado será notificado vía mail o correo postal.

    5

    Aprobada la documentación de habilitación se coordinará con el laboratorio una auditoria de habilitación.

    6

    Recibida la notificación de cierre de la auditoria de habilitación el laboratorio deberá en un plazo razonable, inscribirse o actualizar sus categorías vigentes en el Registro Nacional del Comercio y Fiscalización de Semillas (RNCyFS).

    7

    El laboratorio recibe el certificado de habilitación correspondiente.

    El envío postal deberá realizarlo a Av. Belgrano 450 - Planta Baja, Mesa de entradas INASE, CP: C1092AAR - CABA
    Dirigido a: Dirección de Calidad. Laboratorio de Marcadores Moleculares y Fitopatología.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 3 meses

    Depende de cuánto tiempo tome el proceso de auditoria

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $8000.00

    Es el arancel en concepto de auditorías de habilitación/acreditación que incluye el estudio de documentación, auditoría in situ, seguimiento de hallazgos y acreditación/habilitación final, si correspondiere.

    Vigencia

    365 días

    Hasta el 31/03 más próximo, pasado ese lapso se renovará con el pago de la anualidad en el RNCyFS de la categoría I subcategoría 2, en los casos en los que se continúe cumpliendo con todos los requisitos técnicos.

  • Todo establecimiento que elabore productos veterinarios debe estar habilitado por el Senasa.
    Dada la importancia de los productos veterinarios en el diagnóstico, la prevención, tratamiento y erradicación de las enfermedades de los animales en la producción de alimentos y su impacto sobre la salud, todo producto deberá cumplir con las más exigentes normas de calidad, materias primas, procesos de producción y de productos terminados, para lo cual se tendrán por referencia las de organismos reconocidos internacionalmente.

    ¿A quién está dirigido?

    Interesados en habilitar un establecimiento elaborador de productos veterinarios.

    ¿Qué necesito?

    Presentar nota haciendo referencia al expediente de la firma, solicitando la habilitación del establecimiento.

    Fotocopia autenticada de la habilitación municipal acorde a la actividad a desarrollar a nombre del solicitante ante el Senasa.

    En caso de no coincidir la titularidad se deberá adjuntar la documentación que acredite el derecho de usufructo de la misma.

    Plano de ubicación, con sus vías de acceso UNO en DOSMIL (1:2000), en el caso de tratarse de establecimientos ubicados en áreas no urbanas.

    Copia del plano UNO en CIEN (1:100) aprobado por la Municipalidad.

    Esquema coincidente con el plano indicando dependencias, equipos fijos e instalaciones.

    Memoria descriptiva física-edilicia.

    Descripción del tipo de producto veterinario a elaborar.

    ¿Cómo hago?

    1

    Acercate a la Dirección de Productos Veterinarios, de lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 16 en Av. Paseo Colón N° 367 P.B CABA.

    2

    Nota: Puede solicitar una entrevista con un técnico. La misma se acordará con una antelación de 24 a 48 horas según disponibilidad para los días martes y jueves, de 9 a 11 y de 14 a 16 y tendrán una duración máxima de 30 minutos. Se realizarán en Av. Paseo Colón N° 367 piso 4° cfrente, CABA, teléfono: (+54 - 11) 4121-5487.

    3

    Aboná el arancel que corresponda, ver Medios de Pago habilitados del Senasa.

    Dirección de Productos Veterinarios
    Av. Paseo Colón N° 367, Piso 4° cfrente, C1063ACD, CABA.
    Teléfono: (+54 - 11) 4121-5487 (Área técnica) y (+54 - 11) 4121-5000 internos 6642 y 6968 (Mesa de entradas).
    Correo electrónico: dpv@senasa.gob.ar.
    Horario de atención: de lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 16.

    Normativa:
    Resolución ex Senasa Nº 345/1994.
    Resolución ex Senasa N° 765/1996.
    Resolución Senasa N° 681/2002.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $63635.00

    Habilitación de establecimiento. 1 U.

  • Si tenés un establecimiento de productos lácteos y/o apícola, debés habilitarlo ante el Senasa.

    ¿A quién está dirigido?

    Titulares de establecimientos de productos lácteos y apícolas.

    ¿Qué necesito?

    Nota del titular o apoderado de la empresa interesada, al señor Director Regional del Centro Regional del Senasa correspondiente a la localización geográfica del establecimiento, con los siguientes datos:

    . Razón social.
    . Número de CUIT.
    . Domicilio industrial, teléfono y correo electrónico.
    . Domicilio legal, teléfono y fax.
    . Ubicación del establecimiento.
    . Actividades a desarrollar.
    . Anexar documentación técnica.

    Documentación técnica:

    • Dos ejemplares del plano de planta en escala de 1:100, indicando las dependencias y ubicación de los equipos e instalaciones, sistemas de ventilación e iluminación, flujo de personas, materias primas y productos. El mismo podrá estar aprobado por profesional competente en los casos en que la ubicación catastral en su distrito así lo requiera o firmado por el responsable técnico del establecimiento.

    • Memoria descriptiva del proceso de extracción de miel, indicando la capacidad instalada, abastecimiento de materias primas, tratamientos físicos que se realicen y cualquier otra información adicional.

    • Memoria descriptiva de las condiciones edilicias o constructivas de planta, indicando los materiales de construcción y el revestimiento de las distintas dependencias.

    • Constancia de inscripción ante la AFIP. Fotocopia autenticada de la documentación que acredite propiedad, locación o comodato del establecimiento, certificada por Escribano Público, Juez de Paz o funcionario público actuante.

    • Fotocopia autenticada de los estatutos sociales (cuando se trate de persona jurídica) debidamente certificada por Escribano Público Nacional, Juez de Paz o funcionario público actuante.

    • Constancia o autorización de radicación/localización catastral otorgada por autoridad municipal o provincial, según corresponda.

    • Dos fotos del establecimiento. Una de la planta general del establecimiento y una con el detalle de la zona de extracción propiamente dicha o zona limpia.

    • Planos de desagües industriales, memoria descriptiva del proceso de evacuación de efluentes, o certificación de aprobación de efluentes, aprobados o habilitados por autoridad municipal, provincial o habilitados por autoridad municipal, provincial o nacional competente.

    • Análisis físico-químico y microbiológico de agua, con no más de 6 meses de emisión, otorgado por un organismo oficial o por un laboratorio de la red Oficial del Senasa.

    • Libro de Movimientos para su rubricación o indicación del uso de planillas computarizadas a los efectos de ser utilizado por el responsable de la sala, para registrar y mantener actualizados los datos correspondientes a la producción de miel y su destino. Para el último caso, las planillas deben archivarse foliadas y firmadas por el funcionario del Senasa actuante en los controles. Tanto el libro como las planillas deberán respetar el modelo incorporado como Anexo II de la Resolución SENASA Nº 186/2003.

    • Libro de Novedades o de Actas para su rubricación, a los efectos de ser utilizado por los inspectores en la fiscalización del establecimiento.

    • Constancia de pago del arancel por aprobación establecido por el Senasa o por los gobiernos provinciales en caso de corresponder.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la documentación en los Centros Regionales o Ministerios de Producción Agropecuaria o similares de los Gobiernos Provinciales en las Provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro y Santiago del Estero.

    2

    Aboná el arancel que corresponda, ver Medios de pago habilitados del Senasa.

    Dirección de Inocuidad y Calidad de Productos de Origen Animal
    Av. Paseo Colón Nº 367, Piso 5° cfrente, C1063ACD, CABA.
    Teléfono: (+54 - 11) 4121-5157 / 5163 / 5164.
    Correo electrónico: apicola@senasa.gob.ar
    Horario de atención:
    Centros Regionales: lunes a viernes de 8 a 14.
    Casa Central: lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.
    Gobiernos provinciales, solicitar información en las áreas autorizadas.

    Coordinación de Establecimientos Lácteos y Apícolas
    Av. Paseo Colón Nº 367, Piso 5° cfrente, C1063ACD, CABA.
    Teléfono: (54-11) 4121-5157 / 5164.
    Correo electrónico: celya@senasa.gob.ar
    Horario de atención:
    Centros Regionales: lunes a viernes de 8 a 14.
    Casa Central: lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.
    Gobiernos provinciales, solicitar información en las áreas autorizadas.

    Normativa:
    Resolución Senasa Nº 870/2006
    Decreto 2.687

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $4290.00

    Habilitación de salas de extracción de miel.

    $8580.00

    Habilitación de acopios, depósitos y/o salas de fraccionamiento y homogeneizado para exportación de miel y establecimientos lácteos para tránsito federal e internacional.

  • Los propietarios de playas de lavado y desinfección de vehículos para el transporte de ganado deberán tramitar su habilitación ante el Senasa y cumplir los requisitos establecidos.

    ¿A quién está dirigido?

    Propietarios de playas de lavado y desinfección de transportes.

    ¿Qué necesito?

    Solicitud de habilitación, mediante nota firmada por el interesado.

    Copia de título de propiedad del terreno sobre el que está edificada la playa.

    Copia contrato de locación si la playa fuera explotada por otro u otras personas que no sean el dueño del terreno.

    Copia autorización municipal o permiso referente al local donde funciona la playa.

    Copia documentación de obras Sanitarias u otra autoridad competente, que autorice el tipo de desagüe de las servidas de la playa.

    Plano de la playa debidamente firmado.

    Transferencia de la playa de lavado:

    Nota del solicitante de la transferencia (en caso de sociedades) consignando el exacto domicilio urbano o rural de las instalaciones, firmada y con número de documento de identidad.

    Copia autorización municipal o permiso referente al local donde funciona la playa a nombre del nuevo titular.

    Copia documentación de obras Sanitarias u otra autoridad competente, que autorice el tipo de desagüe de las servidas de la playa a nombre del nuevo titular.

    Fotocopia del contrato social si se trata de una sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio.

    Fotocopia de la escritura traslativa de dominio o del contrato de locación del predio.

    Si querés consultar el listado de lavaderos autorizados por Senasa ingresá desde aquí

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a la plataforma TAD:

    2

    Completá el formulario de solicitud de inscripción.

    3

    Adjuntá la documentación.

    4

    Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico.

    5

    Aboná el arancel que corresponda: ver los medios de pagos habilitados del Senasa.

    Coordinación General de Sistemas de Gestión Sanitaria
    Av. Paseo Colón Nº 367, piso 4º, cfrente, C1063ACD, CABA.
    Teléfono: (+54 - 11) 4121-5252 (Área técnica)
    Correo electrónico: dcgype@senasa.gob.ar
    Horario de atención: de lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.

    Normativa:
    Resolución Senasa N° 238/2013
    Resolución Senasa N° 810/2009
    Resolución ex Senasa N° 809/1982
    Resolución ex Senasa N° 275/1972

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $2145.00

    Habilitación de playas de lavado y desinfección de vehículos de transporte de ganado, predios feriales y/o predios cuarentenarios.

    Vigencia


    Se mantiene habilitado hasta que requiera actualización según cambios en el predio.

    Iniciar trámite en TAD

  • Todos los medios de transporte terrestre y acuático de animales (semirremolque, camión y acoplado, embarcaciones, furgones, cisternas, camiones playos, tráileres, camionetas y otros vehículos particulares adaptados para tal fin), debe tener la habilitación sanitaria emitida por el Senasa.

    ¿A quién está dirigido?

    Propietarios o autorizados del medio de transporte de animales en pie.

    ¿Qué necesito?

    Completar el formulario "Solicitud de habilitación sanitaria/renovación de habilitación sanitaria de transporte de animales vivos”

    Someter la unidad a inspección en el mismo lugar que solicita la habilitación sanitaria.

    Abonar el arancel de inspección, habilitación sanitaria y mantenimiento del registro de habilitación que corresponda según la categoría del transporte.

    El personal del Senasa tomará un mínimo de CUATRO (4) fotografías del transporte donde se puedan observar ambos laterales, el interior y la cara posterior. En todos los casos se visualizará la identificación del dominio, salvo la correspondiente al interior.

    CUIT

    Cédula verde/azul

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a la plataforma TAD.

    2

    Completá el formulario de solicitud de inscripción.

    3

    Adjuntá la documentación.

    4

    Vas a recibir la confirmación en tu correo electrónico.

    5

    Aboná el arancel que corresponda: ver los medios de pagos habilitados de Senasa.

    Coordinación General de Sistemas de Gestión Sanitaria
    Av. Paseo Colón Nº 367, piso 4º cfrente, C1063ACD, CABA.
    Teléfono: (+54 - 11) 4121-5252 (Área técnica)
    Correo electrónico: dcgype@senasa.gob.ar
    Horario de atención: de lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.

    Normativa:
    Resolución Senasa N° 581/2014
    Resolución Senasa N° 14/2015

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $27.00

    Certificado único de lavado y Desinfección de vehículos para el transporte de animales vivos de transporte de ganado.

    $1500.00

    Habilitación, inspección y renovación anual en el Registro Nacional de Transporte para transporte de ganado - Categorías A y B.

    Vigencia


    Un (1) año.
    Rehabilitación anual.

    Iniciar trámite en TAD

  • Si sos propietario de un transporte de traslado de productos, subproductos y derivados de origen animal, necesitás la tarjeta de habilitación de Senasa.

    ¿A quién está dirigido?

    Personas físicas o jurídicas que quieran transportar productos, subproductos y derivados de origen animal.

    ¿Qué necesito?

    Cédula verde o título de propiedad.

    Nota: Si la habilitación es a nombre de otra persona distinta al titular del vehículo , deben hacer un comodato de uso.

    Características físicas del vehículo (carrocería o caja, fija o móvil, contenedor, camión playo, semi-remolque, cisterna, bodega, vagón u otro), número de dominio si correspondiera, nombre, documento de identidad y domicilio del titular.

    5 (cinco) fotos del vehículo (frente, atrás, laterales y adentro). Se aceptan en formato digital.

    Constancia de CUIT vigente del titular.

    Categorías:
    A) Isotérmico con equipo mecánico de frío. Comprende a la categoría A de transporte definida en Numeral 28.3 (Decreto N° 4238/1968).
    B) Isotérmico sin equipo mecánico de frío que podrá ser acondicionado adicionalmente con refrigerantes autorizados, según los requerimientos de conservación del producto a transportar.
    Comprende a las Categorías B y C definidas en el Numeral 28.3 (Decreto N° 4238/1968).
    C) Vehículos utilitarios equipados con caja cerrada tipo furgón. Comprende la Categoría D definida en el Numeral 28.3 (Decreto N° 4238/1968).
    D) Camiones playos y volquetas.

    ¿Cómo hago?

    1

    Comunicate con los Centros Regionales y Oficinas locales autorizados correspondiente para acordar lugar, día, y horario en que se iniciará el trámite de habilitación del vehículo.

    2

    Presentá la documentación en los Centros Regionales y Oficinas locales autorizados.

    3

    Se realiza por parte del Senasa una inspección en el lugar.

    Nota:
    Solicitá la inspección del transporte ante un Inspector Veterinario de un establecimiento habilitado para tránsito federal.

    4

    Aboná el arancel de habilitación y permanencia en los registros que fije el Senasa y corresponda según la categoría del vehículo. Ver medios de pago habilitados de Senasa.

    5

    Obtenés la tarjeta de habilitación de transporte.
    Importante:
    Los medios de transporte habilitados tienen que exhibir en el exterior, en la parte posterior y en ambos laterales de la caja, contenedor o cisterna, en forma bien legible, en letras y números arábigos de una altura no inferior a ocho (8) centímetros, la siguiente leyenda:

    • TRANSPORTE DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS – SENASA Nº................. (donde se consignará el número de inscripción otorgado por el SENASA – Numeral 28. 8 del Decreto N° 4238/1968)
    • En el caso de tratarse de vehículos para transportar subproductos incomestibles, la leyenda a utilizarse será:
      TRANSPORTE DE SUBPRODUCTOS INCOMESTIBLES – SENASA Nº..............

    Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal
    Av. Paseo Colón N° 367, Piso 5° frente, C1063ACD, CABA
    Teléfono: (+54 - 11) 4121-5155 / 5156
    Correo electrónico: dipoa@senasa.gob.ar

    Normativa:
    Resolución ex SENASA Nº 745/1993, incorporada al Capítulo XXVIII del Decreto N° 4238/1968.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $1500.00

    Habilitación de transporte.

    Vigencia


    1 (un) año.

  • Si estas interesado en habilitar un laboratorio de análisis de semillas para informar los resultados de análisis a terceros, necesitas contar con la habilitación del INASE.

    ¿A quién está dirigido?

    A toda persona física o jurídica que desee poner en funcionamiento un Laboratorio de Análisis de Semillas físico-botánicas para realizar análisis a terceros, con el fin de evaluar la calidad de las semillas.

    ¿Qué necesito?

    Formulario de solicitud de habilitación

    Documentación firmada por el postulante a Director Técnico:

    • Fotocopia de la matrícula profesional
    • Fotocopia del titulo
    • Fotocopia del DNI
    • Certificado de participación del Curso de Formación de Nuevos Directores Técnicos de Laboratorios. Si ya realizaste el curso en otra oportunidad, deberás adjuntar el certificado de participación.

    Documentación del laboratorio:

    • Fotocopia del plano del laboratorio o croquis a escala.
    • Fotocopia del plano de localización del laboratorio.

    • Aprobación de auditoría.

    Res INASE Nº 236/18

    ¿Cómo hago?

    1

    Descargar, completar y enviar por correo postal el Formulario de Solicitud, la documentación correspondiente al postulante a Director Técnico y del Laboratorio.

    2

    Una vez recibida la aprobación de la documentación presentada en el punto 1, se indicarán los pasos a seguir.

    3

    Pagar y realizar el Curso de Formación de Nuevos Directores Técnicos de Laboratorios.

    4

    Solo quienes haya aprobado el Curso de Formación de Nuevos Directores Técnicos de Laboratorios deberán pagar la auditoria de habilitación de laboratorio de análisis de semillas y conjuntamente enviar la documentación descripta en el archivo Checklist Habilitación.

    5

    Aprobar la auditoria de habilitación.
    En caso de haberse detectado en la auditoria no conformidades descargar el Instructivo y Formulario de Levantamiento de NC - Habilitación

    6

    Inscripción en la categoría “I” en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de semillas del INASE. (Ver Trámites Relacionados)

    Entrega de documentación:

    • Presentarse personalmente de lunes a viernes de 10:00 a 12:00 y de 14:00 a 16:00 hs a Paseo Colón 922 4°piso
    • Enviar por correo postal a Av. Belgrano 450 - C.P:C1092AAR – PB - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dirigido a la Dirección de Calidad - Área: Gestión de Laboratorios.

    Formas de Pago

    Realización del Curso de Formación de Nuevos Directores Técnicos de Laboratorio: Laboratorio Central de Análisis de Semillas

    Cronograma y temario del Curso

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 6 meses

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $5000.00

    Curso de Formación de Nuevos Directores Técnicos

    $8000.00

    Auditoria de Habilitación

    Vigencia

    365 días

    Hasta el 31/03 más próximo, pasado ese lapso se renovará con el pago de la anualidad de la categoría I subcategoría 1, en los casos en los que se continúe cumpliendo con todos los requisitos técnicos.

  • La libreta sanitaria equina es de uso obligatorio para los equinos de exportación transitoria y para los destinados al turf, al salto y adiestramiento. Asimismo, para los que residan o ingresen a hipódromos y clubes hípicos y de uso optativo para el resto de los equinos.

    ¿A quién está dirigido?

    Propietarios de equinos.

    ¿Qué necesito?

    Acreditación del profesional que realiza la apertura de la habilitación.

    Acreditación del profesional que realiza la extracción de sangre.

    Inscripción en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios - RENSPA

    ¿Cómo hago?

    1

    Acercate las oficinas del Senasa autorizadas y presentá la documentación.

    2

    Aboná el arancel que corresponda, ver Medios de pago habilitados de Senasa.

    Programa Equinos
    Av. Paseo Colón Nº 367, piso 4º, cfrente, C1063ACD, CABA.
    Teléfono: (+54 - 11) 4121-5411
    Correo electrónico: equinos@senasa.gob.ar.
    Horario de atención: de lunes a viernes de 10 a 13 y de 14 a 17.

    Normativa:
    Resolución Senasa N° 617/2005

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    $185.00

    Habilitación y registro de libreta sanitaria equina - 1U

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