«LIBRO VI · DEL PROCEDIMIENTO PARA EL JUICIO SOBRE DELITOS LEVES»
Disposición final tercera. Modificación de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado
Se suprime la letra e) de los apartados 1 y 2 del artículo 1 de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado. Las letras f), g), h), i), j), k) y l) del apartado 2 del artículo 1 pasan a ser e), f), g), h), i), j) y k).
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea
Se añade una disposición adicional cuarta a la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, con el siguiente contenido:
Disposición final quinta. Desarrollo reglamentario
Se habilita al Gobierno para que apruebe las disposiciones reglamentarias precisas para regular la estructura, organización, funcionamiento y actividad de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.
Disposición final sexta. Incorporación de Derecho de la Unión Europea
Mediante esta Ley se incorporan al Derecho español: b) La Directiva 2009/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, por la que se establecen normas mínimas sobre las sanciones y medidas aplicables a los empleadores de nacionales de terceros países en situación irregular. c) La Directiva 2011/93/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil. d) La Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas. e) La Directiva 2013/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de agosto de 2013, relativa a los ataques contra los sistemas de información y por la que se sustituye la Decisión Marco 2005/222/JAI del Consejo. f) La Directiva 2014/42/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, sobre el embargo y el decomiso de los instrumentos y del producto del delito en la Unión Europea. g) La Directiva 2014/62/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a la protección penal del euro y otras monedas frente a la falsificación.
Disposición final séptima. Disposiciones con carácter de ley ordinaria
Tienen carácter de ley ordinaria los apartados Cincuenta y cuatro a Sesenta y ocho del artículo único, las disposiciones adicionales primera, segunda y tercera, las disposiciones transitorias tercera y cuarta y las disposiciones finales primera, segunda, cuarta y quinta de la presente Ley Orgánica, así como el artículo 128 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Disposición final octava. Entrada en vigor
La presente Ley Orgánica entrará en vigor el 1 de julio de 2015.