TÍTULO VI · Disposiciones en materia de solvencia

Artículo 8. Modificación de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros

(Derogado) .

Disposición adicional única. Reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito

(Derogado) .

Disposiciones transitorias primera a quinta

(Derogadas) .

Disposición transitoria sexta. Régimen transitorio para determinados miembros de órganos de gobierno

Los miembros de los órganos de gobierno que deban cesar en el ejercicio de su cargo como consecuencia de lo dispuesto en el apartado tres del artículo 1 de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, lo harán cuando concluya el mandato que ostenten a la entrada en vigor del presente Real Decreto-Ley y, en todo caso, antes de transcurridos tres años desde dicha entrada en vigor, sin que en ningún caso sea posible su renovación.

Disposiciones transitorias séptima a novena

(Derogadas) .

Disposición derogatoria única. Derogación normativa

(Derogada) .

Disposición final primera. Títulos competenciales

(Derogada) .

Disposición final segunda. Entrada en vigor

El presente Real Decreto-Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».