«Sección 9.ª Impuesto sobre el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados

Disposición derogatoria única

Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en la presente ley.

Disposición final única. Entrada en vigor

Uno. La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dos. Las modificaciones incorporadas en los artículos 56 y 65 del presente Convenio Económico resultarán de aplicación a partir del 1 de enero de 2020.