CAPÍTULO I · Revalorización de pensiones
Artículo 37. Índice de revalorización de pensiones
Las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, así como de Clases Pasivas del Estado, experimentarán en 2015 con carácter general un incremento del 0,25 por ciento, en los términos que se indican en los artículos correspondientes de esta Ley.