«CAPÍTULO IX · Prestaciones familiares
Artículo 20. Exigencia de estar al corriente de pago para el acceso a las prestaciones de la Seguridad Social
Artículo 21. Consentimiento del interesado a efectos de remisión a la entidad gestora de datos médicos, a los efectos del reconocimiento de las prestaciones económicas
Se añade una nueva disposición adicional, la cuadragésima, en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, con la siguiente redacción:
Artículo 22. Régimen de la asistencia sanitaria de los funcionarios procedentes del extinguido Régimen Especial de Funcionarios de la Administración local
Se añade una nueva disposición adicional, la cuadragésima primera, en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, con la siguiente redacción:
Artículo 23. Modificación de la Ley de Procedimiento Laboral
Artículo 24. Modificaciones de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social
Se modifican los artículos 21, 22 y 23 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, en los términos siguientes: Seis. Se modifica el párrafo b) del apartado 1 del artículo 23, que queda redactado en los términos siguientes:
Disposición adicional primera. Infracciones en el orden social
Disposición adicional segunda. Pensión de jubilación
Disposición adicional tercera. Cuentas de la Seguridad Social
Disposición adicional cuarta. Contratación en la Seguridad Social
Disposición derogatoria única. Derogación normativa
b) La disposición adicional decimocuarta de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. c) Los artículos 2 y 3 del Real Decreto-Ley 1/2000, de 14 de enero, sobre determinadas medidas de mejora de la protección familiar de la Seguridad Social. d) Los artículos 153 a 159, ambos inclusive, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 1/1994, de 20 de junio.