«CAPÍTULO III · Estrategia estatal de infraestructura verde y de la conectividad y restauración ecológicas

Disposición adicional única. Gasto público

Las medidas incluidas en esta ley no podrán suponer ningún incremento de dotaciones, ni de retribuciones, ni de otros gastos de personal.

Disposición final primera. Modificación de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental

1. El párrafo b) del artículo 2.1 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, queda redactado de la siguiente manera:

Disposición final segunda. Modificación de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera

Se añade un tercer párrafo al apartado 2 del artículo 13 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, de forma que el apartado 2 del artículo 13 quedará redactado de la siguiente manera:

Disposición final tercera. Incorporación del Derecho de la Unión Europea

Esta ley incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres, y el Reglamento 511/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativo a las medidas de cumplimiento de los usuarios del Protocolo de Nagoya sobre al acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización en la Unión.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor

La presente ley entrará en vigor a los quince días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».