Generalitat de Cataluña

  • Determinadas actividades y centros están obligados legalmente a disponer de planes de autoprotección (PAU), con el fin de prevenir y controlar posibles situaciones de riesgo por causas internas o externas. Las personas competentes para elaborar y firmar estos planes de autoprotección han de obtener previamente una acreditación de la Generalidad de Catalunya.

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    IMPORTANTE: El formulario de solicitud y el anexo obligatorio han cambiado a partir del día 18 de abril de 2016. Si teneis en vuestro PC formularios o anexos obligatorios anteriores a esta fecha, no os servirán para hacer la tramitación. Hay que descargar el nuevo formulario y anexo obligatorio antes de rellenarlos, los cuales se encuentran en el Paso 1. Solicitar la acreditacion y hacer el pago.

    A quién va dirigido

    • A las personas físicas que quieran desarrollar o desarrollen su actividad como personal técnico competente para elaborar planes de autoprotección (PAU).
    • A las personas jurídicas, empresas o administraciones públicas que quieran acreditar personal a su cargo como personal técnico competente para elaborar planes de autoprotección.

    Organismo responsable

    Normativa

    Trámites relacionados

    Solicitar la acreditación presentada por la entidad (empresa o administración pública)

    Plazos

    Se puede solicitar la acreditación en cualquier momento.

    Documentación

    Únicamente es necesario presentar el formulario de solicitud cumplimentado y firmado digitalmente. Se trata de un formulario inteligente que lleva incorporados los anexos siguientes:

    Anexo obligatorio

    Para que el solicitante haga constar los datos de formación y titulación, experiencia profesional y tipo de acreditación que solicita, en relación con la persona para la que se solicita la acreditación. Se recomienda descargar y rellenar primero este anexo obligatorio.
    Anexo opcional de acreditación de experiencia

    1. El formulario de solicitud lleva incorporado, además, un anexo opcional para acreditar la experiencia en la elaboración de planes de autoprotección, que sólo será necesario adjuntar en el caso de que sea necesario, según la normativa, demostrar la experiencia para obtener la acreditación. La acreditación por experiencia se puede hacer mediante:
    2. Certificado o certificados de ayuntamientos, consejos comarcales o entes supramunicipales donde haya prestado servicio en protección civil un mínimo de tres años.
    3. Certificado o certificados de la elaboración de planes de autoprotección de interés para la protección civil local antes de la entrada en vigor del Decreto 82/2010, de 29 de junio, o de elaboración de planes de protección civil local.
      Certificado o certificados de elaboración de planes de autoprotección de interés para la protección civil de Cataluña.


    Se debe adjuntar un anexo opcional diferente para cada persona que firme el certificado, es decir, tantos anexos opcionales como firmantes. Si se aporta más de un anexo opcional de acreditación de experiencia, habrá comprimirlos y adjuntarlos como un único archivo. Se admite la firma escaneada de los certificados.
    Anexo opcional con otros certificados de acreditación de experiencia

    Además, el solicitante puede aportar cualquier otro certificado de acreditación de experiencia en la elaboración de planes de autoprotección de que disponga la persona para la que se solicita la acreditación. Se admite la firma escaneada de estos certificados. Igualmente, si se aporta más de un certificado, será necesario comprimirlos y adjuntarlos como un único archivo.
    Anexo con la titulación universitaria

    No será necesario aportar la titulación universitaria si el solicitante da su consentimiento (en el formulario de solicitud) para que la Generalitat consulte sus datos relativos a titulación universitaria. Si no se da este consentimiento, se deberá adjuntar la titulación universitaria correspondiente como un anexo más del formulario de solicitud.

    En el caso de que el solicitante dé su consentimiento, la Generalitat dispone de información completa de las carreras siguientes:

    • Ingenierías y arquitecturas (técnica y superior).
    • Peritos y aparejadores.
    • Licenciados en odontología, medicina y cirugía, farmacia, veterinaria, médicos y farmacéuticos especialistas, ayudantes técnicos sanitarios y diplomados en enfermería.
    • Licenciados en derecho, ciencias económicas y ciencias empresariales.
    • Diplomados en informática y traducción e interpretación.

    En cuanto al resto de titulaciones universitarias, la Generalitat dispone de información completa a partir del año 1991.
    Por tanto, el solicitante deberá adjuntar la titulación universitaria de que disponga como anexo al formulario de solicitud sólo si tiene que acreditar una titulación universitaria diferente de las enumeradas y, además, esta titulación es igual o anterior 1991.

    Tasas

    48,90 euros, a ingresar después de enviar la solicitud.

    Por internet

    Puntos de información
    ? Dirección General de Protección Civil

    ? Oficinas de Gestión Empresarial (OGE)

    ? Servicios Territoriales de Interior en Girona

    ? Servicios Territoriales de Interior en Lleida

    ? Servicios Territoriales de Interior en Tarragona

    ? Servicios Territoriales de Interior en el Alto Pirineo y Aran

    ? Servicios Territoriales de Interior en la Cataluña Central

    ? Servicios Territoriales de Interior en las Tierras del Ebro

    ? Instituto de Seguridad Pública de Cataluña

    Pago de la tasa

    Una vez enviado el formulario de solicitud, el sistema generará un acuse de recibo (que contiene, entre otros datos, el número de registro y el día y hora de presentación), que acredita que la solicitud ha quedado registrada al sistema. Este acuse de recibo contiene, además, una carta de pago con los datos necesarios para realizar el pago de la tasa.

    A partir del 25 de abril de 2016 La Caixa deja de aceptar pagos en metálico a través de ventanilla y, por lo tanto, el pago de cualquier trámite de la Generalitat requerirá disponer de una tarjeta bancaria, de crédito o débito, para poder efectuarlo. Por lo tanto, los pagos se podrán hacer:

    • Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": en este caso el pago se puede hacer con una tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa"/CaixaBank. En este caso, el resguardo expedido por el terminal sirve como comprobante del pago.

    Solicitar la acreditación presentada por el interesado (persona física)

    Plazos

    Se puede solicitar la acreditación en cualquier momento.

    Documentación

    Únicamente es necesario presentar el formulario de solicitud cumplimentado y firmado digitalmente. Se trata de un formulario inteligente que lleva incorporados los siguientes anexos:

    Anexo obligatorio

    Para que el solicitante haga constar sus datos de formación y titulación, experiencia profesional y tipo de acreditación que solicita. Se recomienda descargar y rellenar primero este anexo obligatorio.

    Anexo opcional de acreditación de experiencia

    El formulario de solicitud lleva incorporado, además, un anexo opcional para acreditar la experiencia en la elaboración de planes de autoprotección, que sólo deberá adjuntar en los casos en que sea necesario, según la normativa, demostrar la experiencia para obtener la acreditación. La acreditación por experiencia se puede hacer mediante:

    1. Certificado o certificados de ayuntamientos, consejos comarcales o entes supramunicipales donde haya prestado servicio en protección civil un mínimo de 3 años.
    2. Certificado o certificados de la elaboración de planes de autoprotección de interés para la protección civil local antes de la entrada en vigor del Decreto 82/2010, de 29 de junio, o de elaboración de planes de protección civil local.
    3. Certificado o certificados de elaboración de planes de autoprotección de interés para la protección civil de Cataluña.

    Se debe adjuntar un anexo opcional diferente para cada persona que firme el certificado, es decir, tantos anexos opcionales como firmantes. Si se aporta más de un anexo opcional de acreditación de experiencia, habrá que comprimirlos y adjuntarlos como un único archivo. Se admite la firma escaneada de los certificados.

    Anexo opcional con otros certificados de acreditación de experiencia

    Además, el solicitante podrá aportar cualquier otro certificado de acreditación de experiencia en la elaboración de planes de autoprotección de que disponga. Se admite la firma escaneada de estos certificados. Igualmente, si se aporta más de un certificado, será necesario comprimirlos y adjuntarlos como un único archivo.

    Anexo con la titulación universitaria

    No será necesario aportar la titulación universitaria si el solicitante da su consentimiento (en el formulario de solicitud) para que la Generalidad consulte sus datos relativos a titulación universitaria. Si no se da este consentimiento, se deberá adjuntar la titulación universitaria correspondiente como un anexo más del formulario de solicitud.

    En el caso de que el solicitante dé su consentimiento, la Generalidad dispone de información completa de las carreras siguientes:

    • Ingenierías y arquitecturas (técnica y superior).
    • Peritos y aparejadores.
    • Licenciados en odontología, medicina y cirugía, farmacia, veterinaria, médicos y farmacéuticos especialistas, ayudantes técnicos sanitarios y diplomados en enfermería.
    • Licenciados en derecho, ciencias económicas y ciencias empresariales.
    • Diplomados en informática y traducción e interpretación.

    En cuanto al resto de titulaciones universitarias, la Generalidad dispone de información completa a partir del año 1991.
    Por tanto, el solicitante deberá adjuntar la titulación universitaria de que disponga como anexo al formulario de solicitud sólo si tiene que acreditar una titulación universitaria diferente de las enumeradas y, además, esta titulación es igual o anterior 1991.

    Tasas

    48,90 euros, a ingresar después de enviar la solicitud.

    Por internet

    Puntos de información
    ? Dirección General de Protección Civil

    ? Oficinas de Gestión Empresarial (OGE)

    ? Servicios Territoriales de Interior en Girona

    ? Servicios Territoriales de Interior en Lleida

    ? Servicios Territoriales de Interior en Tarragona

    ? Servicios Territoriales de Interior en el Alto Pirineo y Aran

    ? Servicios Territoriales de Interior en la Cataluña Central

    ? Servicios Territoriales de Interior en las Tierras del Ebro

    ? Instituto de Seguridad Pública de Cataluña

    Pago de la tasa

    Una vez enviado el formulario de solicitud, el sistema generará un acuse de recibo (que contiene, entre otros datos, el número de registro y el día y hora de presentación), que acredita que la solicitud ha quedado registrada al sistema. Este acuse de recibo contiene, además, una carta de pago con los datos necesarios para realizar el pago de la tasa.

    A partir del 25 de abril de 2016 La Caixa deja de aceptar pagos en metálico a través de ventanilla y, por tanto, el pago de cualquier trámite de la Generalitat requerirá disponer de una tarjeta bancaria, de crédito o débito, para poder efectuarlo. Por tanto, los pagos se podran realizar:

    • Por Internet, mediante Línea Abierta: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html y con targeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria.
    • Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": en este caso el pago se podrá hacer con una tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o cuenta corriente de "La Caixa"/CaixaBank. El resguardo expedido por el terminal sirve como comprovante del pago.
    • También en las oficinas de Gestión Empresarial (OGE) indicadas en el apartado anterior "Puntos de información".

  • Acreditación para personas que han creado start-ups y han vivido de primera mano el crecimiento de su empresa y que ahora quieran participar como tutores en el programa Start-up Catalonia, Red de aceleradoras, para ofrecer un acompañamiento personalizado y experto en otras nuevas empresas.

    Con la acreditación como tutores, estas personas contribuyen directamente con su experiencia al desarrollo real del proyecto de crecimiento de otras start-up en función de la metodología y las bases establecidas en el programa debidamente anunciadas por ACCIÓ.

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    Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descargéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede pasar que se prente una versión obsoleta.

    A quién va dirigido

    A personas físicas que cumplan los requisitos (consultar en el apartado correspondiente)

    Organismo responsable

    Normativa

    Acreditar tutores

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud finaliza el 21 de octubre de 2014

    Requisitos

    1. Titulación universitaria oficial española o de algun estado miembro del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), u homologada en España en caso de que sea de un país tercero.
    2. Estar trabajando por cuenta propia o cuenta ajena.
    3. Tener experiencia demostrable como a emprendedor y/o en crecimiento empresarial. En este sentido, hay que cumplir, como mínimo, con uno de los siguientes requisitos:

    • Haber sido fundador o socio de una o más empresas (quedan excluidas las empresas relacionadas con la consultoría, asesorías jurídicas, gestorías de empreses, restauración y la inmobiliaria), que haya creado ocupación y que hayan tenido una duración mínima de 3 años.
    • Ser o haber sido CEO de una empresa, que haya tenido un mínimo de 10 trabajadores, durante un mínimo de 3 años.
    • Que haya formado parte del equipo directivo de una empresa durante un mínimo de 5 años.

    4. No dedicarse profesionalmente a la consultoría de empresas del perfil del programa Start-up Catalonia.
    5. Participar en la sesión informativa obligatoria que ACCIÓ convocará, si cabe, para estos tutores

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Otras Informaciones

    Los tutores son una pieza clave del programa de aceleración. Son personas con experiencia empresarial como emprendedores y en hacer crecer empresas.
    Cada start-up participando en el programa, podrá seleccionar a aquel tutor que considere más adecuado según sus necesidades. Una vez aceptada la relación entre el tutor y el start-up, el tutor establecerá una relación formal con la aceleradora y el start-up correspondientes.
    Consulta el directorio de tutores
    Si te interesa participar en el programa como tutor, consulta los requisitos y llena, dentro del plazo establecido, la siguiente ficha de tutor donde tendrás que adjuntar un fichero nom-cognoms.zip con la siguiente documentación:

    Para la acreditación de las solicitudes presentadas se constituirá una Comisión de validación formada por personal del área de Start-up Catalonia.
    Una vez realizado el proceso de validación de las solicitudes presentadas en base a los requisitos establecidos en la presente Resolución, la Comisión elaborará una propuesta de Resolución para el Consejero/a Delegado/a de ACCIÓ, formada por aquellos solicitantes que cumplan con todos los requisitos, a fin que sean acreditados como tutores de Start-up Catalonia, Red de aceleradoras, del Programa Catalunya Emprèn.

    Por internet

  • Permite reconocer oficialmente los perros de asistencia que acompañan a las personas con discapacidad y ejercer el derecho de acceso al entorno.

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    A quién va dirigido

    A las personas con discapacidad visual, auditiva o física, o que sufren transtornos del espectro autista, diabetes, epilepsia o otras enfermedades que se reconozcan, que sean usuarias de un perro de asistencia y a los centros de adiestramiento de estos perros.

    Organismo responsable

    Normativa

    Trámites relacionados

    Solicitar la acreditación

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    1. En caso que la persona usuaria disponga de NIE, original y fotocopia o fotocopia compulsada del NIE de la persona.
    2. En caso que una persona actue como a representante legal y disponga de NIE, original y fotocopia o fotocopia compulsada del NIE de la persona representante legal, si es necesario.
    3. Documentación acreditativa de la representación legal en caso de que la persona usuaria sea menor de edad o incapacitada legalmente.
    4. Fotografía en color de la persona usuaria de cuerpo entero con el perro de asistencia, con unas dimensiones recomendadas de 10 cmx15 cm, preferentemente en formato digital.
    5. Documento sanitario oficial completo o pasaporte europeo que acredite que el perro cumple con las condiciones higiénicas y sanitarias, así como el número de identificación electrónica (microchip). (Original y fotocopia, o fotocopia compulsada).
    6. Contrato de cesión del perro y/o de seguimiento de la unidad de vinculación por parte del centro. (Original y fotocopia, o fotocopia compulsada).
    7. Póliza de seguro de responsabilidad civil del perro, con un límite de cobertura mínimo de 150.000 ?. (Original y fotocopia, o fotocopia compulsada).
    8. En caso de que el centro de adiestramiento se encuentre situado fuera de Cataluña, documentación que lo acredite como miembro de pleno derecho de una asociación o federación internacional de perros de asistencia. (Original y fotocopia, o fotocopia compulsada). Esta documentación es opcional.

    Requisitos

    El perro debe cumplir los siguientes requisitos:

    Estar adiestrado por un centro de adiestramiento reconocido por el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, o en el caso de un centro situado fuera de Cataluña, por una entidad que sea miembro de pleno derecho de una asociación o de una federación internacional de perros de asistencia.

    Estar adiestrado específicamente para cubrir necesidades concretas de la persona con quien está vinculada.

    Cumplir unas condiciones higiénicas y sanitarias estrictas.

    Seguir las revisiones veterinarias anuales y mantener actualizado el documento sanitario y/o el pasaporte europeo.

    Llevar un microchip implantado que lo identifique electrónicamente.

    Tener un aspecto saludable y limpio.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Sin la acreditación una persona acompañada de su perro de asistencia no puede ejercer su derecho de acceso al entorno al amparo de la Ley 19/2009, de 26 de noviembre, del acceso al entorno de las personas acompañadas de perros de asistencia.

    El procedimiento de acreditación de condición de perro de asistencia empieza con la solicitud del centro de adiestramiento o del propio usuario.

    Los perros lazarillo adiestrados o adquiridos en instituciones internacionales reconocidas y otorgados a sus usuarios por la Organización Nacional de Ciegos de España (ONCE) tienen reconocida automáticamente la condición de perro de asistencia. No obstante se debe solicitar la adecuación de la acreditación de dichos perros a los requisitos de reconocimiento y de identificación que se establecen en la Ley 19/2009, de 26 de noviembre.

    Acreditación e identificación de los perros de asistencia:

    • El otorgamiento de la acreditación de perro de asistencia conlleva:
      • a) La inscripción de la unidad de vinculación al Registro de centros de adiestramiento y unidades de vinculación.
      • b) La expedición y entrega del carnet y del distintivo de identificación oficiales.

    Infracciones:

    • El incumplimiento de lo que dispone la Ley puede comportar sanciones por valor de 300 y 9.000 euros.

    Si tenéis problemas para descargar formularios PDF con el navegador de Google Chrome, consultad esta página.

    Por internet

    Presencialmente

    El formulari de solicitud se puede presentar en:

  • El personal de los centros que utilizan animales vertebrados para la experimentación tiene que estar especializado y acreditado por el Departamento de Territorio y Sostenibilidad en una de las cuatro categorías siguientes:

    • Personal para atender los animales (o cuidador).
    • Personal experimentador.
    • Personal investigador.
    • Personal asesor en bienestar animal.
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    A quién va dirigido

    Al personal que trabaja en centros donde se experimenta con animales y que pertenece a cualquiera de las categorías mencionadas.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la acreditación (personas)

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:

    1. Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte de la persona solicitante.
    2. Fotocopia de las titulaciones académicas pertinentes.
    3. Fotocopia de la documentación acreditativa de haber sido declarado apto en un curso homologado
    4. Documentación acreditativa de experiencia previa (currículum, relación de publicaciones, etc.).

    Requisitos

    1. El personal para atender los animales tiene que tener una formación en las materias indicadas en la normativa adjunta, obtenida mediante la realización de un curso homologado.
    2. El personal experimentador tiene que tener una formación universitaria en el área de ciencias, ciencias de la salud o en el área técnica, rama agraria, que se tiene que complementar con la realización del curso homologado en que hace referencia la normativa; o bien tener la formación profesional siguiente:
      • Ciclo formativo de explotaciones ganaderas o bien,
      • Ciclo formativo de laboratorio de la familia profesional química, que se tiene que complementar con la realización del curso homologado a que hace referencia la normativa o bien con la superación del módulo de manejo de los animales de experimentación impartido dentro del ciclo formativo de explotaciones ganaderas.
    3. El personal investigador tiene que disponer de una licenciatura en biología, medicina, veterinaria, farmacia, psicología o cualquier otra titulación universitaria superior en que se incluyan enseñanzas específicas en zoología, anatomía y fisiología animales y tiene que tener una formación de posgrado en las materias que se indican en la normativa.
    4. El personal asesor en bienestar animal, además de la formación universitaria exigida al personal investigador, tiene que tener una experiencia mínima de dos años como personal investigador y acreditar una experiencia práctica o una formación especializada en las temáticas que se indican en la normativa.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Se entiende por:

    1. Personal para atender los animales: persona o personas encargadas de cuidar de los animales y de los aspectos prácticos de su cría y bienestar.
    2. Personal experimentador: persona o personas que participan en la realización de procedimientos en los cuales se utilizan animales de experimentación.
    3. Personal investigador: persona o personas con titulación universitaria superior específica encargadas del diseño y control de los procedimientos con animales vivos, así como del análisis de sus resultados y de los métodos aplicados para disminuir el padecimiento del animal.
    4. Personal asesor en bienestar animal: persona o personas con titulación universitaria superior específica encargadas de supervisar el bienestar y el estado de salud de los animales, así como de las tareas de asesoramiento en relación con el bienestar de los animales.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    También se puede presentar:

    • Por los medios que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

    Solicitar la acreditación (centros)

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    • Relación/es de alumnos que han obtenido la calificación de apto del curso/cursos, firmado/s por el responsable del Centro (Modelo M0640-DO3).
    • Copia de la documentación acreditativa del representante.

    Únicamente será necesario aportar la siguiente documentación en caso de no autorizar al Departamento de Territorio y Sostenibilidad para obtenerla:

    • Copia DNI / NIF / NIE del responsable y del representante.

    Requisitos

    1. El personal para atender los animales tiene que tener una formación en las materias indicadas en la normativa adjunta, obtenida mediante la realización de un curso homologado.
    2. El personal experimentador tiene que tener una formación universitaria en el área de ciencias, ciencias de la salud o en el área técnica, rama agraria, que se tiene que complementar con la realización del curso homologado en que hace referencia la normativa; o bien tener la formación profesional siguiente:
      • Ciclo formativo de explotaciones ganaderas o bien,
      • Ciclo formativo de laboratorio de la familia profesional química, que se tiene que complementar con la realización del curso homologado a que hace referencia la normativa o bien con la superación del módulo de manejo de los animales de experimentación impartido dentro del ciclo formativo de explotaciones ganaderas.
    3. El personal investigador tiene que disponer de una licenciatura en biología, medicina, veterinaria, farmacia, psicología o cualquier otra titulación universitaria superior en que se incluyan enseñanzas específicas en zoología, anatomía y fisiología animales y tiene que tener una formación de posgrado en las materias que se indican en la normativa.
    4. El personal asesor en bienestar animal, además de la formación universitaria exigida al personal investigador, tiene que tener una experiencia mínima de dos años como personal investigador y acreditar una experiencia práctica o una formación especializada en las temáticas que se indican en la normativa.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Se entiende por:

    1. Personal para atender los animales: persona o personas encargadas de cuidar de los animales y de los aspectos prácticos de su cría y bienestar.
    2. Personal experimentador: persona o personas que participan en la realización de procedimientos en los cuales se utilizan animales de experimentación.
    3. Personal investigador: persona o personas con titulación universitaria superior específica encargadas del diseño y control de los procedimientos con animales vivos, así como del análisis de sus resultados y de los métodos aplicados para disminuir el padecimiento del animal.
    4. Personal asesor en bienestar animal: persona o personas con titulación universitaria superior específica encargadas de supervisar el bienestar y el estado de salud de los animales, así como de las tareas de asesoramiento en relación con el bienestar de los animales.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    También se puede presentar:

    • Por los medios que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

  • El objeto de este procedimiento consiste en la obtención de una acreditación del tramo de renta familiar y de una beca Equidad para la minoración de los precios de los créditos para estudiantes de las universidades que se relacionan a continuación, para el curso 2015-2016.

    Leer más

    Contacto: beques_equitat.agaur@gencat.cat

    Plazo: Desde el 12 al 31 de marzo de 2016.

    Plazo extraordinario para los estudiantes que formalicen la primera matrícula del curs 2015-2016 con posterioridad al 15 de octubre de 2015 (si os matriculastéis en el primer semestre no podéis solicitar la beca)


    A quién va dirigido

    A estudiantes matriculados en una de las siguientes universidades:

    • Universidad de Autónoma de Barcelona
    • Universidad de Barcelona
    • Universidad de Lérida
    • Universitat Oberta de Cataluña
    • Universidad Politécnica de Cataluña
    • Universidad Rovira i Virgili

    O en uno de los siguientes centros adscritos:

    • Instituto de Seguridad pública de Cataluña (ISPC), centro adscrito a la Universidad de Barcelona
    • Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial de Barcelona (EUETIB), centro adscrito consorciado a la Universidad Politécnica de Cataluña
    • Escuela Ingeniería de Igualada (EII), centro adscrito consorciado a la Universidad Politécnica de Cataluña.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes es del 12 al 31 de marzo de 2016

    Requisitos

    Requisitos generales

    Estudiantes que se matriculen por primera vez de los créditos de unos estudios conducente a la obtención de un título universitario oficial de grado o de primero y/o segundo ciclo impartido en un centro propio de una de las siguientes universidades públicas de Cataluña (Universidad Autónoma de Barcelona, Universidad de Barcelona, Universidad de Lérida, Universidad Politécnica de Cataluña, Universidad Rovira i Virgili ) o de la Universitat Oberta de Catalunya (UOC).

    Matricularse de los estudios que figuran en el punto anterior en uno de los siguientes centros adscritos:Instututo de Seguridad Pública de Cataluña (ISPC), centro adscrito a la Universidad de Barcelona, Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Industrial de Barcelona (EUETIB), adscrita a la Universidad Politécnica de Cataluña y Escuela de Ingeniería de Igualada (EEI), adscrita a la Universidad Politécnica de Cataluña.

    Tener la nacionalidad española o de cualquier estado miembro de la Unión Europea. En el caso de los estudiantes no comunitarios, se aplica lo que dispone la Ley orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de las personas extranjeras en España y su integración social. En el caso de los estudiantes que no tienen la nacionalidad española, se requiere que el estudiante o las personas que lo sustentan hayan trabajado en España el año 2014.

    También pueden solicitar la acreditación del tramo de renta familiar y/o la beca Equidad para la aminoración de los precios de los créditos de los estudios universitarios las personas que tengan un título universitario oficial de primer ciclo (diplomado, arquitecto técnico, ingeniero técnico o maestro) y quiera cursar estudios de un segundo ciclo universitario (licenciado, arquitecto o ingeniero).

    No pueden solicitar la acreditación del tramo de renta familiar y/o la beca Equidad las personas que están en posesión de alguna titulación universitaria oficial o cumplen los requisitos legales para su obtención, excepto que se trate de estudiantes que hayan obtenido sus títulos universitarios oficiales previos únicamente en universidades privadas o en centros docentes adscritos que aplican precios privados.

    Sólo se podrá presentar una solicitud dentro del plazo de presentación de solicitudes.

    Requisitos económicos

    No se podrá superar los tramos de renta familiar computable y los tramos de patrimonio establecidos a la convocatoria.

    Beca Equidad

    Para las personas que soliciten la beca Equidad, el porcentaje de minoración se calculará de acuerdo con lo que se establece en la convocatoria.

    Esta minoración quedará sujeta a la disponibilidad presupuestaria. En caso de que se supere la disponibilidad presupuestaria prevista para unos o más umbrales de renta, el criterio de prelación será la renta familiar computable.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Plazos

    Del12.03.2016al 31.03.2016

    El formulario de solicitud permite solicitar:

    • La acreditación del tramo de renta familiar (de carácter exclusivamente informativo).
    • la beca Equidad para la minoración de los precios de los créditos de los estudios universitarios.

    Con el fin de solicitar la beca Equidad, habrá que marcar la casilla correspondiente del formulario.
    Para las personas que única y exclusivamente soliciten su tramo de renta familiar, la AGAUR emitirá la acreditación correspondiente que se tendrán que descargar a través del portal Trámites gencat.
    Para las personas que soliciten el tramo de renta familiar y la beca Equidad, la AGAUR emitirá primero la acreditación del tramo de su renta familiar, que se tendrán que descargar a través de Trámites gencat, y posteriormente, una vez comprobados los requisitos, se publicará la resolución que determina el porcentaje de minoración del precio de los créditos matriculados por primera vez, y que se publicará en la página web y en el tablón de anuncios de AGAUR. Este porcentaje estará sujeto en todo caso a la disponibilidad presupuestaria.

    Por internet

    Para más información pueden consultar la web http://www.matriculauniversitaria.cat/

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat

  • Para el curso académico 2016-2017 se ha implementado un único formulario para solicitar la Acreditación de carácter económico para matricularse como becario/ária condicional (MATRC) y la Acreditación del tramo de renta familiar y beca Equidad (EQUIDAD). Por tanto, rellenando un único formulario solicitareis:

    - Procedimiento MATRC: Acreditación de carácter económico con el efecto exclusivo de formalizar la matrícula sin el pago previo de los precios públicos de los servicios académicos, para el curso 2016-2017. Es decir, en caso de obtener una Acreditación positiva, el estudiante se podrá matricular con la condición de becario/ária condicional, si cumple el resto de condiciones que establece su universidad.

    - Procedimiento EQUIDAD: Acreditación de un tramo de renta familiar, por un lado, y beca EQUIDAD para la minoración del precio público de los créditos para el curso 2016-2017, por el otro. Esto implica que este procedimiento tiene dos resultados, la acreditación del tramo de renta, de carácter informativo, y posteriormente, la beca Equidad, que implica la minoración del precio público de los créditos matriculados por primera vez, si es el caso.

    Record que cada procedimiento tiene sus requisitos propios y por tanto, se generaran dos respuestas que es podrán descargar desde el Portal Trámites de la Generalitat.

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    Contacto: beques.agaur@gencat.cat

    Plazo: El plazo de presentación de solicitudes es del 13 de julio al 15 de octubre 2016.

    Cualquier consulta sobre los trámites del pago de la matrícula universitaria, es necesario ponerse en contacto con la universidad

    A quién va dirigido

    Procedimiento MATRC:

    A los estudiantes que se matriculen de una enseñanza que conduzca a la obtención del título de grado, de primer o segundo ciclo y de máster universitario en un centro propio de una universidad pública de Cataluña.

    Procedimiento EQUIDAD:

    A estudiantes que se matriculen de una enseñanza que conduzca a la obtención de un título universitario oficial de grado o de primer o segundo ciclo (quedan excluidos los estudios de máster) impartidos en un centro propio de una de las siguientes universidades:

    • Universidad Autónoma de Barcelona
    • Universidad de Barcelona
    • Universidad de Gerona
    • Universidad de Lérida
    • Universidad Oberta de Cataluña
    • Universidad Politécnica de Cataluña
    • Universidad Pompeu Fabra
    • Universidad Rovira i Virgili

    O en uno de los siguientes centros adscritos:

    • Instituto Nacional de Educación Física (INEFC), centro adscrito a la Universidad de Barcelona.
    • Instituto de Seguridad pública de Cataluña (ISPC), centro adscrito a la Universidad de Barcelona.
    • Instituto Nacional de Educación Física (INEFC), centro adscrito a la Universidad de Lérida.
    • Escuela de Ingeniería de Igualada (EEI), centro adscrito consorciado a la Universidad Politécnica de Cataluña.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes es del 13 de julio al 15 de octubre 2016.

    Requisitos

    Requisitos comunes

    1. Cumplir los requisitos de renta y patrimonio familiar descritos en el apartado IV de la convocatoria

    Requisitos específicos EQUIDAD

    1. Tener nacionalidad española o de cualquier estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, han de tener la condición de residentes permanentes o acreditar ser trabajadores por cuenta propia o ajena.

    En el caso de estudiantes no comunitarios, se aplica lo que se dispone en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

    Los requisitos se han de cumplir a 31 de diciembre de 2015.

    2. Quedan excluidos las personas que están en posesión de alguna titulación universitaria oficial o cumplen los requisitos legales para su obtención, excepto que la hayan obtenido en centros no cubiertos por el sistema público de financiación, así como el estudiantado que haya superado los estudios de un único primer ciclo y quiera proseguir sus estudios en un segundo cicle no adaptado al espacio europeo de educación superior.

    3. No olviden que aquellos estudiantes con el tramo de renta familiar 1 están obligados a solicitar la beca de carácter general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD).

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras Informaciones

    Procedimiento MATRC

    La obtención de la acreditación no comporta el derecho a la beca de carácter general que convoque el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que quedará condicionada a su solicitud y al cumplimiento de lo que prevea la convocatoria correspondiente. Esto incluye nuevamente la revisión del cumplimiento de los requisitos económicos.

    Las universidades podrán tener en cuenta el resto de requisitos previstos en la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a la hora de formalizar la matrícula sin el pago del precio público de los servicios académicos correspondientes. Así mismo, la universidad también podrá tener en cuenta su calendario y requisitos de matriculación y/o normativa interna para dar validez a la acreditación

    Procedimiento EQUIDAD

    La acreditación del tramo de renta familiar informará al estudiante del tramo de renta (de 1 a 6) que le corresponde.

    Para el estudiantado de ingeniería que solicite una beca Equidad, cumpla los requisitos que prevé la base 2 y sus estudios hubieran quedado afectados el curso académico 2012-2013, por el cambio de nivel del B al C de coeficiente de estructura docente, las universidades aplican una reducción de 3,76 (tres con setenta y seis) euros por crédito matriculado por primera vez, antes de aplicar el porcentaje de minoración correspondiente.

    Recordad solicitar la beca de carácter general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD) una vez se abra el plazo de presentación de solicitudes (los años anteriores se publicó el mes de agosto)

    Plazos

    Del13.07.2016al 15.10.2016

    El formulario de solicitud es único y permite solicitar:

    La acreditación del tramo de renta familiar y beca Equidad para la minoración del precio público de los créditos de los estudios universitarios. (Procedimiento EQUIDAD).
    La acreditación de carácter económico con el efecto exclusivo de poder formalizar la matrícula con la condición de becario/becaria condicional. (Procedimiento MATRC).
    La persona solicitante deberá formalizar la solicitud de acuerdo con el modelo normalizado por vía electrónica a través de "Trámites gencat", en la página web http://web.gencat.cat/es/tramits/index.html.

    Por internet

    Para más información pueden consultar la web http://www.matriculauniversitaria.cat.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat

  • Las personas extranjeras titulares de una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena que quieran realizar simultáneamente actividades lucrativas por cuenta propia pueden obtener una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, compatible con la de cuenta ajena.

    Será preciso acreditar la compatibilidad entre ambas actividades lucrativas, en relación a su objeto y características, duración y jornada laboral.

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    Para hacer el pago de este trámite es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito).

    Para realizar el trámite se puede presentar la solicitud directamente en el registro de las oficinas habilitadas para su recogida.

    A quién va dirigido

    A las personas extranjeras con una autorización vigente de residencia y trabajo por cuenta ajena.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la modificación

    Plazos

    La compatibilidad se puede solicitar en cualquier momento durante la vigencia de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena de la que es titular la persona trabajadora.

    Documentación

    Documentación a adjuntar por la persona solicitante (persona trabajadora extranjera):

    Requisitos

    Requisitos relativos a la residencia
    Tener una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena vigente.
    Requisitos relativos al ámbito laboral

    1. Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige a las personas con nacionalidad española para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
    2. Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como la titulación necesaria para las profesiones cuyo ejercicio se exija homologación específica y, en su caso, la colegiación cuando así se requiera.
    3. Acreditar que la inversión prevista para la implantación del proyecto es suficiente y la incidencia, si procede, en la creación de empleo.
    4. Acreditar la compatibilidad del ejercicio de ambas actividades lucrativas, en relación con el objeto y características, duración y jornada laboral.

    Tasas

    Para efectuar el pago es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito). Vías de pago:

    • Por Internet, mediante la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria
    • Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa" / CaixaBank.

    Consulta de las tasas
    No hay que pagar tasa de residencia, ya que sólo se solicita autorización de trabajo. Están exentos de pagar la tasa de trabajo, con la justificación documental correspondiente, las autorizaciones de trabajo por un período igual o inferior a seis meses.

    Altres Informacions

    Tramitación
    La autorización será solicitar la persona trabajadora extranjera personalmente o mediante representante legal, ante cualquiera de las oficinas habilitadas para su recogida, o en cualquier registro administrativo de Cataluña.

    Observaciones

    1. La autorización administrativa que se conceda tendrá una duración equivalente al período de vigencia de la autorización por cuenta ajena de la que es titular la persona trabajadora, excepto en el supuesto de que la actividad proyectada tenga una duración inferior.
    2. Si se quiere información más detallada, se puede ver el artículo 201 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por la que se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, actualizado con la Ley 2/2009.

    Presencialmente

    Introduzca los datos que se le vaya solicitando y obtendrá el formulario de solicitud que tiene incorporada la carta de pago de la tasa de trabajo con el importe correspondiente.

    Se puede presentar en diversos lugares:

  • Convocatoria para la acreditación y la atribución de la cuota de representatividad institucional de las asociaciones empresariales más representativas en el ámbito de Cataluña por un plazo de cuatro años.

    Leer más

    Plazo: del 6 de octubre al 5 de noviembre de 2015.

    A quién va dirigido

    A las organizaciones empresariales más representativas de acuerdo con la disposición adicional sexta del Texto refundido del estatuto de los trabajadores.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la acreditación

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 6 de octubre al 5 de noviembre de 2015.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    • Listado de las empresas afiliadas directa o indirectamente, de acuerdo con el modelo G146NQRAE-001.
      Se debe presentar este documento en formato digital editable (Memoria USB, DVD o CD).

    Requisitos

    Las organizaciones empresariales deben estar inscritas en la Oficina Pública de depósito de estatutos de organizaciones sindicales y empresariales de trabajadores del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Altres Informacions

    La cuota de representatividad que se obtenga debe resultar de contrastar el número de afiliaciones de empresas presentadas por cada organización empresarial respecto del número total de empresas afiliadas a las organizaciones que se hayan presentado a la convocatoria.

    La resolución de atribución de la cuota de representatividad tiene una vigencia de cuatro años a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación. Una vez transcurrido este plazo se deberá volver a solicitar su atribución.

    Plazos

    Del06.10.2015al 05.11.2015

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

  • Se establece un proceso de acreditación para los profesionales que deseen participar como asesores en los diferentes programas de ACCIÓ. Estos profesionales, con diferentes especialidades, contribuyen directamente al desarrollo real del proyecto de internacionalización y de innovación empresarial de los diferentes programas de apoyo a la empresa, en función de la metodología y las bases establecidas en cada programa debidamente anunciadas por ACCIÓ. Este proceso de acreditación tiene como objetivo contribuir a la competitividad de las empresas catalanas, poniendo a su disposición a profesionales altamente cualificados para llevar a cabo estas tareas.

    Leer más

    Plazo de solicitud: del 20 de junio al 31 de diciembre de 2015.

    A quién va dirigido

    A los trabajadores/as autónomos.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la acreditación

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 20 de junio al 31 de diciembre de 2015.

    Requisitos

    La participación en el proceso está abierta a todos los asesores que cumplan los requisitos establecidos para las diferentes áreas de experiencia y los 7 ámbitos sectorials prioritarios del RIS3CAT (punto 2 del Anexo de la Resolución EMO/1281/2015, de 15 de mayo).
    Requisitos generales:

    1. Titulación universitaria oficial española o de algún país miembro del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), u homologada en España en caso de que sea de un país tercero.
    2. Mínimo 10 años de experiencia profesional en empresa privada demostrable específicamente en el área por la que se acredita, y de estos 10 años, un mínimo de 3 años en asesoría especializada en PYMEs, también específicamente en el área por la que acredita, salvo aquellas áreas con un requisito de experiencia específico.
    3. Aportar referencias específicas de, como mínimo, tres proyectos en el área para la que se solicita la acreditación (salvo en el caso de Compra Pública Innovadora, en el que se podrá aportar referencias de entidades públicas, y de Horizon 2020, en el que habrá que aportar referencias de, como mínimo, un proyecto presentado a los programas Marco de la UE o Horizon 2020).
    4. Disponer de perfil en LinkedIn donde se especifique formación, experiencia y se presenten los servicios para los que se posiciona como experto.
    5. Aceptar las condiciones de colaboración y el código deontológico.
    6. Inscribirse y asistir de forma obligatoria a las sesiones informativas sobre las condiciones y metodología de los programas de ACCIÓ que éste convoque, que contengan las áreas de experiencia y los ámbitos sectoriales para los cuales se acreditan.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    La renovación anual no será automática ya que se deberá asistir a una sesión informativa organizada por ACCIÓ anualmente. La acreditación como asesor un año no es garantía para el año siguiente.

    Áreas de experiencia

    • Estrategia.
    • Internacionalización.
    • Márqueting y ventas.
    • Márqueting digital.
    • Operaciones y logística.
    • Finanzas y control de gestión.
    • Organizació y recursos humanos.
    • Legal.
    • Gestión de la innovación.
    • Conceptualización y diseño de productos.
    • Fiscalidad en I+D+i.
    • Patent box.
    • Agente de patentes y marcas.
    • Economía verde.
    • Desarrollo tecnológico.
    • Horizon 2020.
    • Compra pública innovadora.

    Ámbitos sectoriales RIS3CAT

    • Industrias relacionadas con el diseño.
    • Alimentación.
    • Industrias basadas en la experiencia.
    • Química, energía y recursos.
    • Industrias de la movilidad sostenible.
    • Industrias de la salud.
    • Sistemas industriales.

    ¿Cómo colaboran los asesores?
    Los asesores apoyan en la implementación de los programas de ACCIÓ en los ámbitos para los que se han acreditado, en función de la metodología y las bases establecidas en cada programa debidamente anunciadas.

    • Aportan una visión objetiva sobre el estado de situación de la empresa en relación con la competencia y ayudan a identificar las actuaciones clave y oportunidades para mejorar los resultados de la empresa.
    • Transfieren herramientas que ayudan a mejorar la gestión diaria de la empresa en el ámbito específico para el que se han acreditado.
    • Ayudan a la implementación de acciones de mejora en el área específica y establecer la metodología para que la empresa pueda realizar actuaciones de este tipo de forma habitual.
    • Actúan de enlace entre la empresa y los responsables de ACCIÓ y garantizan la aplicación de la metodología de los Programas.

    Más información en el web de ACCIÓ

    Plazos

    Del20.06.2015al 31.12.2015

    Por internet

  • El titular o explotador de un recurso minero o de un establecimiento de beneficio, puede subcontratar una parte de los trabajos a otras empresas. Esta subcontratación debe formalizarse mediante un contrato en el que se especifique claramente cuál es el tipo de trabajo que se subcontrata y la duración prevista. Este hecho debe ponerse en conocimiento de la autoridad competente con una comunicación, en la que se harán constar los datos de la explotación, del titular o explotador, del director facultativo y del titular de la empresa subcontratada , declarando que el director facultativo y el titular de la empresa subcontratada se comprometen a cumplir tanto el reglamento de normas básicas de seguridad minera como la normativa de prevención de riesgos laborales vigentes.

    Leer más

    Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descargéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede pasar que se prente una versión obsoleta.

    A quién va dirigido

    A titulares / explotadores de derechos mineros que quieran subcontratar una parte de los trabajos a realizar.

    Organismo responsable

    Normativa

    Aprobar trabajos subcontratados por recursos mineros

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación a adjuntar a la sol licitud:

    Documentación

    Tasas

    No hay tasas asociadse a este trámite.

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal

    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las oficinas de gestión empresarial o en cualquier oficina de registro de entrada. En este último caso, la resolución no será en ningún caso inmediata.

    Por correo electrónico

    Por correo postal

    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las oficinas de gestión empresarial o en cualquier oficina de registro de entrada. En este último caso, la resolución no será en ningún caso inmediata.

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