Ayuntamiento de Valencia

  • Descripció

    Orientació per a la implantació/obertura d'Activitats, AMB OBRA de condicionament, pel que fa al tipus de tramitació de s'ha de seguir.

    La implantació o obertura de qualsevol activitat de caràcter comercial, industrial, professional o de servicis que vaja a desenvolupar-se en el terme municipal de València, haurà de ser posada en coneixement de l'Ajuntament, per a obtindre, si és el cas la pertinent autorització municipal.

    Si per a la implantació/obertura de l'activitat, vosté necessita realitzar una obra de condicionament haurà d'optar pel procediment conjunt d'Obra + Activitat que corresponga al seu cas particular. Açò és necessari perquè no es produïsquen obres que puguen ser incompatibles amb la implantació posterior de l'Activitat.
    En funció de les característiques de l'activitat que desitge implantar, i de la complexitat de l'obra de condicionament, vosté podrà acollir-se a un tipus de tramitació o un altre. Per això, és important que:

    1. Identifique el tipus de tramitació d'acord amb la actividat que desitja implantar

    2. Identifique el tipus d'Obra segons la seua naturalesa i complexitat.

    Procediments conjunts d'OBRA + ACTIVITAT,

    IMPORTANT: Per a identificar els tipus de tramitació que corresponen a LA SEUA Activitat i a LA SEUA Obra de condicionament previ, pot ajudar-se dels enllaços anteriors.
    Una vegada haja determinat en quin tipus de tramitació s'engloba la seua Activitat concreta, i també segons l'envergadura de l'Obra de condicionament a realitzar, haurà d'optar pel procediment conjunt adequat.

    Per a Activitats tramitades per COMUNICACIÓ AMBIENTAL PRÈVIA:

    En cas d'Obres TIPUS I tramitades per Declaració Responsable:

    Procedimient: Procediment conjunt de Declaració Responsable d'Obres Tipus I i Comunicació Ambiental Prèvia per l'Apertura de l'Activitat

    Tramitat a: Servici de Llicencies d'Obra

    En cas d'Obres TIPO II tramitades per Declaració Responsable:

    Procedimient: Procedimient conjunt de Declaració Responsable d'Obres Tipus II i Comunicació Ambiental Prèvia per l'Apertura de l'Activitat

    Tramitat a: Juntes de Districte

    En cas d'Obres tramitades pel procediment de Llicencia:

    Procediment: Procediment conjunt de Llicencia d'Obra i Comunicació Ambiental Prèvia per l'Apertura d'Activitat

    Tramitat a: Servici de Llicencies d'Obra

    Per a Activitats tramitades per DECLARACIÓ RESPONSABLE:

    En cas d'Obres tramitades per Declaració Responsable:

    Procediment: Procediment conjunt de Declaració Responsable d'Obres i Declaració Responsable per a l'Apertura de l'Activitat

    Tramitat a: Servici d'Activitats

    En cas d'Obres tramitades pel procediment de Llicencia:

    Procediment: Procedimento conjunt de Llicencia d'Obres i Declaració Responsable per a l'Apertura de l'Activitat

    Tramitat a: Servici d'Activitats


    Per a Activitats tramitades pel procediment de “LLICENCIA”:

    En cas d'Obres tramitades per Declaració Responsable:

    Procediment: Procediment conjunt de Declaració Responsable d'Obres i Llicencia Ambiental d'Actividad.

    Procediment: Procedimient conjunt de Declaració Responsable d'Obres i Autorització per a l'Apertura d'Espectácles Públics i Activitats Recreatives

    Tramitat a: Servici d'Activitats

    En cas d'Obre tramitades pel procediment de Llicencia

    Procediment: Procediment conjunt de Llicencia d'Obres i Llicencia Ambiental d'Activitat

    Procediment: Procediment conjunt de Llicencia d'Obres i Autorització per a l'Apertura d'Espectácles Públics i Activitats Recreatives

    Tramitat a: Servici d'Activitats

    Així mateix, serà preceptiu comunicar a l'Ajuntament i, si és el cas, obtindre un nou document acreditatiu de l'autorització municipal (un nou títol habilitant), davant de determinades actuacions que afecten les dades bàsiques d'una activitat ja implantada:

    • Davant de canvis de titularitat de l'activitat autoritzada.
    • Davant de canvis d'ubicació i ampliacions/modificacions de les referències cadastrals associades a l'activitat autoritzada
    • Davant d'actuacions que suposen el tancament de l'Activitat. En este cas es farà entrega d'un justificant de la comunicació de tancament, i es farà constar este fet a tots els efectes de la gestió municipal.

    Termini de resolució i recursos

    Silenci Administratiu: No procedixTermini màxim de resolució: No aplica

    Ordenances

    Ordenança reguladora d'Obres d'Edificació i Activitats de l'Ajuntament de València

  • Descripció

    Orientació per a la Obertura d'Activitats (SENSE OBRA de condicionament previ o AMB OBRA ja realitzada), pel que fa al tipus de tramitació de s'ha de seguir.

    La implantació o obertura de qualsevol activitat de caràcter comercial, industrial, professional o de servicis que vaja a desenvolupar-se en el terme municipal de València, haurà de ser posada en coneixement de l'Ajuntament, per a obtindre, si és el cas la pertinent autorització municipal.

    En funció de les característiques de l'activitat que desitge implantar, vosté haurà de seguir un tipus de tramitació o un altre. Per això, és important que identifique el tipus de tramitació d'acord amb la seua activitat concreta. Veure fitxa d'orientació per a la Implantació / Obertura d'Activitats AMB obra de condicionament previ.

    NOTA: Si vosté necessita realitzar una obra de condicionament per a la implantació/obertura de l'activitat, ha d'optar pel procediment conjunt d'Obra + Activitat que corresponga al seu cas particular. Açò és necessari perquè no es produïsquen obres que puguen ser incompatibles amb la implantació posterior de l'Activitat.

    Els procediments per a obtindre l'autorització municipal per a l'Obertura d'una Activitat, són els següents:

    Comunicació Ambiental Prèvia: És el procediment més senzill. Està prevista la seua utilització per a l'exercici d'aquelles Activitats de caràcter comercial, industrial o de servicis que per la seua naturalesa o condicions de funcionament no puguen previsiblement produir molèsties, afectar les normals condicions de salubritat i higiene, o implicar danys o riscos greus a persona o béns.

    Exemples (esta relació és orientativa i sempre que no s'incorporen a l'Activitat elements addicionals que l'exclogueren dels requisits del tipus de tramitació “Comunicació Ambiental Prèvia” al requerir la presentació d'un projecte tècnic):

    Perfumeria, perruqueria, despatx de pa, ultramarins, fruiteries, herbolaris, salons de bellesa, drogueries, farmàcies, oficines bancàries, òptiques, ortopèdies, venda de material informàtic, venda menor de telefonia mòbil, videoclubs, locutoris telefònics sense jocs en xarxa, pensió, residència sense menjador, centres d'ensenyança no reglada, agències de viatges, papereria-llibreria, joieria-rellotgeria, ferreteria, sabateria, funerària, esports, jogueteria, exposició-venda i lloguer de vehicles, clíniques, venda menor de mobles,….

    Amb la presentació de la Comunicació Ambiental Prèvia, si la documentació està completa, se li entregarà un document de conformitat formal de la documentació presentada i posteriorment se li notificarà el Títol Habilitant per a l'exercici de l'activitat. Obertura d'activitats per mitjà de Comunicació Ambiental Prèvia

    Declaració Responsable: Les Declaracions Responsables són aquells documents per què un Interessat manifesta, davall la seua exclusiva responsabilitat, que complix amb els requisits exigits en la normativa vigent per al reconeixement d'un dret, que posseïx la documentació tècnica que així ho acredita, i que es compromet a mantindre el seu compliment durant el temps que dure tal reconeixement o exercici.
    Està prevista la utilització del procediment de “Declaració Responsable”, per a l'exercici d'aquelles Activitats que requerisquen la presentació d'un projecte tècnic per a la seua autorització i no siguen activitats que per la seua naturalesa necessàriament hagen de tramitar-se pel procediment ordinari (i més complex) de “Llicència d'obertura”.
    En este tipus de procediment, si tota la documentació presentada està correcta, l'obertura de l'activitat es pot realitzar en el termini màxim d'1 mes. És el procediment més usual per a l'obertura de les activitats comercials.

    El procediment de Declaració Responsable també és el règim general per a l'obertura d'espectacles públics i activitats recreatives sempre que estos es realitzen en establiments públics amb un aforament inferior a les 500 persones, que en ells no existisca una especial situació de risc, així com que no estiguen sotmesos al règim d'Autorització d'acord amb la normativa reguladora d'esta matèria (Llei 14/2010, de 3 de desembre, de la Generalitat, d'Espectacles Públics, Activitats Recreatives i Establiments Públics).

    En el moment de la presentació de la documentació que s'indica en l'Ordenança (si està completa i correctament presentada), se li farà entrega del “Resguar justificant de la sol.licitut d'Apertura”. En el termini d'un mes l'Ajuntament procedirà a la inspecció corresponent. Si tot és correcte, l'Ajuntament formalitzarà la inscripció de l'Activitat i li remetrà el Títol Habilitant per a l'exercici de l'activitat.
    En el cas que no s'haja personat la inspecció en el termini d'un mes, el Titular podrà procedir a l'obertura de l'Activitat sempre que, segons l'Ordenança municipal, realitze la corresponent “Comunicació d'Obertura”.

    No serà necessària la visita d'inspecció ni el transcurs d'un mes, si junt amb la Declaració Responsable i la documentació annexa s'aportara el certificat d'un OCA pel qual s'acredite el compliment de tots els requisits exigits per la normativa en vigor.
    Obertura d'activitats per mitjà de Declaració Responsable
    Obertura d'activitats per mitjà de Declaració responsable per a instal·lacions eventuals, portàtils i desmuntables

    Procediment de Llicència Ambiental. És el procediment per a les Activitats que per la seua naturalesa requerixen més controls i garanties per a autoritzar la seua implantació.
    Exemples:

    • Activitats amb càrrega tèrmica ponderada superior a 200 Mcal/m2.
    • Comerços de superfície útil superior a 2.500 m2.
    • Activitats d'ús hospitalari l'altura d'evacuació del qual siga superior a 20 metres o la superfície total construïda siga major de 2.000 m2.
    • Activitats d'ús administratiu l'altura d'evacuació de la qual siga superior a 28 metres o la superfície total construïda siga major de 5.000 m2.

    Quan es presente la sol·licitud degudament acompanyada de tota la documentació, l'Ajuntament procedirà a la realització de les comprovacions i tràmits pertinents. Si tot és correcte es procedirà, segons l'Ordenança, a la resolució administrativa de concessió de la llicència d'obertura per a l'Activitat, s'emetrà la llicència d'obertura i es remetrà a l'interessat.
    Obertura d'activitats per mitjà de Llicència Ambiental


    Obertura d'Establiments per mitjà d'Autorització: És el procediment excepcional per a l'obertura d'espectacles públics i activitats recreatives que es realitzen en establiments públics amb un aforament superior a les 500 persones, en aquells en què existisca una especial situació de risc o en aquells en què així s'indique expressament en la llei.
    Autorització d'Espectacles Públics

    Així mateix, serà preceptiu comunicar a l'Ajuntament i, si és el cas, obtindre un nou document acreditatiu de l'autorització municipal (una nova llicència d'Activitat), davant de determinades actuacions que afecten les dades bàsiques d'una activitat ja implantada:

    • Davant de canvis de titularitat de l'activitat autoritzada.
    • Davant de canvis d'ubicació i ampliacions/modificacions de les referències cadastrals associades a l'activitat autoritzada
    • Davant d'actuacions que suposen el tancament de l'Activitat. En este cas es farà entrega d'un justificant de la comunicació de tancament, i es farà constar este fet a tots els efectes de la gestió municipal.

    Termini de resolució i recursos

    Silenci Administratiu: No procedixTermini màxim de resolució: No aplica

    Ordenances

    Ordenança reguladora d'Obres d'Edificació i Activitats de l'Ajuntament de València

  • Descripció

    Orientación para la tramitación de las Obras según su naturaleza y complejidad.

     

    La realización de cualquier tipo de obra o actuación urbanística en el término municipal de Valencia deberá ser puesta en conocimiento del Ayuntamiento, para obtener, en su caso, la correspondiente autorización.  

    Nota Importante:
    Si usted necesita realizar una obra de acondicionamiento para la implantación/apertura de una actividad, debe optar por el procedimiento conjunto para Obra + Actividad que corresponda a su caso particular. Esto es necesario para que no se produzcan obras que puedan ser incompatibles con la implantación posterior de la Actividad.
    (Ver ficha de orientación de implantación/apertura de Actividades CON obra de acondicionamiento previo).

     

     En función de la complejidad de la obra o actuación urbanística de que se trate, deberá acogerse a uno de los siguientes tipos de tramitación:

    Obras tramitadas por Comunicación Previa

    Estarán sujetas a la presentación de una comunicación previa las obras que se citan a continuación, y que deben cumplir las siguientes condiciones:

    ·         No supondrán alteración estructural.

    ·         No afectarán a la fachada del edificio.

    ·         No se realizarán en elementos catalogados ni en trámite de catalogación.

    Supuestos:

    1.- En el interior de viviendas:


    COCINA:
    1.-Sustitución de revestimientos (pavimentos, alicatados, falsos techos).
    2.-Sustitución de muebles de cocina si requieren obra.
    3.-Fontanería.
    4.-Instalación eléctrica.

    BAÑOS Y ASEOS:
    1.-Sustitución de revestimientos (pavimentos, alicatados, falsos techos).
    2.-Sustitución de sanitarios si requieren obra.
    3.-Reparación o mejora de instalaciones eléctricas.
    4.-Fontanería.

    RESTO DE VIVIENDA:
    1.-Desconchados.
    2.-Enlucidos y pinturas.
    3.-Sustitución de pavimentos sin superposición de los mismos ni incremento de cargas.
    4.-Carpintería interior.
    5.-Falsos techos.

     

    2.-En zaguanes y escaleras comunitarias:

    1.-Sustitución de pavimentos.
    2.-Alicatados.
    3.-Mantenimiento de instalaciones ya existentes.

     

    Actualmente, en la Ordenanza de Obras de Edificación y Actividades no está contemplada la autorización de obras mediante Comunicación Previa cuando se realizan para la implantación de una Actividad ni tampoco para obras en Actividades ya implantadas.

    Procedimiento para Obras sujetas a Comunicación previa

     

    B. Obras tramitadas por declaración responsable

    No cabe la realización de actuaciones en edificios catalogados, o en trámite de catalogación, a través del procedimiento de Declaración Responsable, debiendo tramitarse a través de licencia.

    Distinguiremos las Obras tramitadas por Declaración responsable de TIPO I y las de TIPO II.

    Clasificaremos como Obras tramitadas por Declaración Responsable “de TIPO I” a las siguientes:

    ·         Reforma de edificios existentes que supongan reestructuración o modificación de elementos arquitectónicos o comunes de un inmueble, incluyendo la modificación del número de viviendas o locales que fueron autorizados por la licencia del edificio. Sin suponer sustitución o reposición de elementos estructurales. No podrán mermar las condiciones de habitabilidad o seguridad en el edificio o instalación.

    ·         El levantamiento de muros de fábrica no estructurales y vallados permitidos en los casos y bajo las condiciones estéticas que exijan las Ordenanzas de los planes reguladoras de su armonía con el entorno. Mediante este procedimiento no se podrán ocupar terrenos de dominio público, para lo cual deberá solicitarse licencia, previa obtención de la autorización o concesión de dominio público por parte del ente titular del mismo.

    ·         Instalación de invernaderos, siempre que no sean objeto de instrumento ambiental y no se encuentren en suelo no urbanizable con algún tipo de protección.

    ·         La ejecución de obras o instalaciones que afecten al subsuelo de terrenos de dominio privado, siempre que no tengan una entidad equiparable a las obras de nueva planta o de ampliación, no impliquen sustitución o reposición de elementos estructurales, ni afecten a elementos catalogados o en trámite de catalogación.

    ·         Las obras de acondicionamiento de espacios privados sin afección a la vía pública y sus infraestructuras, libre de vistas desde la vía pública, y siempre que no supongan sustitución o reposición de elementos estructurales ni afecten a edificios catalogados o en trámite de catalogación.

    Procedimiento para Obras clasificadas como "Declaración Responsable "Tipo I""

     

    Clasificaremos como obras tramitadas por declaración responsable “de TIPO II” a las siguientes:

    ·         En fachadas y cubiertas en edificios no catalogados: reparación de daños no estructurales; reposición de elementos compositivos; enfoscados, revocos, enlucidos y estucados; limpieza y pintura; cerrajería, carpintería y persianas; canalones, bajantes, vierteaguas, etc.; retejado; impermeabilizaciones; molduras, cornisas, impostas; voladizos; marquesinas. En tanto no requieran la instalación de andamios.

    ·         En el interior de los edificios, actuaciones de menos entidad constructiva que las de tipo I: reparación de daños no estructurales; acondicionamiento y redistribución de elementos privativos y/o comunes, con sujeción al cumplimiento de las exigencias normativas de accesibilidad, habitabilidad, calidad, salubridad, seguridad contra incendios, entre otros; obras que no incidan sobre el ejercicio de la actividad preexistente, o no modifiquen los términos o condiciones en que se autorizó la misma en la correspondiente licencia o comunicación. No se podrá modificar el número de viviendas o locales que fueron autorizados por la licencia del edificio.

    ·         En general: sondeos y prospecciones en terrenos de dominio privado; catas y ensayos no destructivos para determinar las capacidades físicas y mecánicas de las edificaciones existentes, siempre bajo dirección facultativa competente; tareas previas y preparación de solares (limpieza y eliminación de la capa vegetal) objeto de edificación.

    Procedimiento para Obras clasificadas como "Declaración Responsable "Tipo II""

     

    C. Obras tramitadas necesariamente por el procedimiento  de  “Licencia”

    Distinguiremos las Obras tramitadas por el procedimiento de Licencia de TIPO I y las de TIPO II.

    Clasificaremos como obras tramitadas por el procedimiento de Licencia de "TIPO I” a las siguientes:

    a) Las obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones de nueva planta.

    b) Las obras de ampliación de toda clase de construcciones, edificios e instalaciones existentes.

    c) Las obras de modificación, rehabilitación o reforma que supongan sustitución o reposición de elementos estructurales, o cambio de uso del edificio o de parte del mismo, igualmente, la instalación de estructuras estabilizadoras de fachadas cuando se lleven a cabo demoliciones parciales que requieran la sustentación temporal de las partes del edificio que deban mantenerse en pie.

    d) Las obras y los usos que hayan de realizarse con carácter provisional.

    e) La demolición de las construcciones.

    f) La primera ocupación de las edificaciones y las instalaciones, concluida su construcción, cuando sea exigible según la Ley 3/2004, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación, o legislación que la sustituya.

    g) Los actos de división de terrenos o de parcelación de fincas, salvo en los supuestos legales de innecesariedad de licencia, tanto en suelo urbano como en suelo no urbanizable.

    h) La modificación del uso de las construcciones, edificaciones e instalaciones, así como el uso del vuelo sobre los mismos.

    i) Los actos de intervención sobre edificios o elementos catalogados o en trámite de catalogación, cualquiera que sea el alcance de la obra, observando además lo establecido en el punto 2.b del presente artículo.

    j) Los desmontes, las explanaciones, los abancalamientos y aquellos movimientos de tierra que excedan lo imprescindible para la práctica ordinaria de labores agrícolas.

    k) La extracción de áridos y la explotación de canteras.

    l) La acumulación de vertidos y el depósito de materiales ajenos a las características propias del paisaje natural, salvo el acopio de materiales necesarios para la realización de obras ya autorizadas por otra licencia.

    m) El levantamiento de muros de fábrica estructurales, bajo las condiciones estéticas que exijan las Ordenanzas de los planes, reguladoras de su armonía con el entorno.

    n) La apertura o alteración de caminos, así como su modificación o pavimentación.

    o) La ubicación de casas prefabricadas, caravanas fijas e instalaciones similares, provisionales o permanentes.

    p) La instalación de invernaderos en suelo no urbanizable protegido.

    q) La ejecución de obras e instalaciones que afecten al subsuelo de terrenos de dominio público, sin perjuicio de la previa autorización o concesión demanial que sea pertinente otorgar, y las que afecten al subsuelo de terrenos de dominio privado cuando tengan una entidad equiparable a las obras de nueva planta o de ampliación, impliquen sustitución o reposición de elementos estructurales, o afecten a elementos catalogados o en trámite de catalogación.

    r) La instalación de antenas o dispositivos de comunicación de cualquier clase en edificios catalogados o en trámite de catalogación, así como las ubicadas en suelo no urbano con algún grado de protección, que se regularán por la Ordenanza Municipal Reguladora de la Instalación, modificación y funcionamiento de los elementos y equipos de telecomunicaciones que utilicen el espacio radioeléctrico, o norma que lo sustituya.

    s) La construcción de presas, balsas, obras de defensa y corrección de cauces públicos, vías públicas o privadas y, en general, cualquier tipo de obras o usos que afecten a la configuración del territorio.

    t) Las talas y abatimiento de árboles que constituyan masa arbórea, espacio boscoso, arboleda o parque, a excepción de las autorizadas en suelo no urbanizable por los órganos competentes en materia agraria o forestal.

     Licencia de Nueva Planta y/o Reforma

    Licencia de Reforma o Rehabilitación con afección estructural 

    Licencias para otras actuaciones urbanísticas

    Licencias para usos y obras provisionales

     

    Asimismo, estarán sometidas al procedimiento de licencia, las siguientes obras que clasificaremos como de "Obras de Licencia de Tipo II”.:

    ·         La instalación de andamios, salvo estructuras estabilizadoras, así como la realización de cualesquiera obras que requieran la instalación de los mismos. La autorización se entenderá incluida en la propia licencia de obras, tramitándose ambas peticiones conjuntamente.

    ·         Las intervenciones en las fachadas y cubiertas de edificios protegidos, incluida la reparación de daños no estructurales; reposición de elementos compositivos; enfoscados, revocos, enlucidos y estucados; limpieza y pintura; cerrajería, carpintería y persianas; canalones, bajantes, vierteaguas, etc.; retejado; impermeabilizaciones; molduras, cornisas, impostas; voladizos; marquesinas.

     Procedimiento para Obras tramitadas como "Licencia "Tipo II""

     Quedan tambien sometidas a licencia las intervenciones en fachadas de edificios que se hallen en el entorno de Bienes de Interés Cultural (BIC) o de Monumentos de Relevancia Local (BRL), o se hallen en un Conjunto Histórico declarado como Bien de Interés Cultural, o en un Núcleo Histórico Tradicional declarado como Bien de Relevancia Local.

     

     

     

    On dirigir-se

    Teléfono 96.352.54.78 – Extensiones:

    • Nueva Planta: 3353
    • Licencias de Intervención (protegidos): 3329 / 3336 / 3360
    • Declaraciones Responsables y Reformas: 3337
    • Reformas expedientes anteriores 2012 (Unidad B1: 3335 Unidad B2: 3339 / 3312)
    • Consultas y denuncias (LCD): 3308 / 3359
    • Antenas: 3621/ 3623
    • Administraciones Públicas: 3317 / 3319
       

  • Descripción

    Becas que tienen por objeto apoyar económicamente la labor de la investigación valenciana en los campos de la medicina, química, biología, farmacia y afines.
    Estas becas se convocan en dos modalidades:

    • Una beca de iniciación en la investigación, dotada anualmente con la cantidad de 12.000 euros, que persigue incentivar la actividad investigadora entre jóvenes con licenciatura.
    • Una beca de fomento de la actividad investigadora, dotada anualmente con la cantidad de 24.000 euros, cuyo objetivo esencial es ayudar a consolidar la labor de la investigación valenciana.

    Estas becas se conceden por un periodo de un año que podrá prorrogarse por un segundo año.

    Quién lo puede solicitar

    • Podrán optar a la modalidad de Beca de Iniciación en la Investigación jóvenes con licenciatura, que no hayan cumplido los 27 años el día en que finalice la convocatoria.
    • Podrán optar a la modalidad de Becas de Fomento a la actividad investigadora, investigadoras e investigadores que hayan adquirido el grado de doctorado, que no hayan cumplido los 33 años el día en que finalice la convocatoria

    Requisitos

    Las personas candidatas que opten a la obtención de estas Becas deben ser personas empadronadas en la ciudad de Valencia o en su defecto haber cursado sus estudios superiores, al menos parcialmente, en alguno de los Centros, Facultades y Escuelas dependientes de las universidades que existen en la Ciudad de Valencia y carecer de un puesto de trabajo remunerado.

    Cuándo solicitarlo

    La convocatoria para la concesión de estas Becas se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.

    El plazo de presentación de las solicitudes de participación en la convocatoria de éstas Becas será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia

    Convocatòria 2014: del 23 de octubre al 10 de noviembre de 2014

    Documentación a presentar

    • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o equivalente por ambas caras.
    • Fotocopia compulsada del expediente académico y de los títulos de licenciatura y doctorado, en su caso.
    • Dos avales/cartas de recomendación y aceptación de profesionales ligados o vinculados con una institución dedicada al mundo de la investigación.; para la solicitud de la ?beca de iniciación a la investigación?
    • Impreso normalizado del Currículum Vitae conforme al modelo disponible en el Anexo I de estas bases
    • Acreditación suficiente de los trabajos de investigación realizados y de su publicación.
    • Breve descripción de la labor de investigación que va a realizarse o se está realizando.
    • Acreditación del conocimiento de idiomas.
    • Aceptación por el Centro o Institución en que desee realizar su labor de investigación.
    • Acreditación, mediante declaración responsable, de no tener empleo ni percibir sueldo o salario durante el tiempo de disfrute de la beca.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Realizar la solicitud en línea con firma digital

    Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.

    Impresos

    Instancia general

    Legislación

    • Bases Carmen y Severo Ochoa 2014.

    • En el caso de la modalidad de Fomento de la Actividad Investigadora se estará a lo dispuesto en el Estatuto del personal investigador en formación, aprobado por Real Decreto 63/2006, de 27 de enero.

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE EDUCACIÓN. OFICINA ADMINISTRATIVA
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, planta baja
      Telefono: 96.352.54.78 Ext. 2131
      Fax: 96.353.99.32
      educacionadm@valencia.es

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Subvención para apoyar el desarrollo de proyectos socio-educativos, asistenciales y de inserción socio-económica promovidos por ONG´S, para personas y grupos de población en situación de exclusión del municipio de Valencia.

    Las ayudas de concederán a proyectos que, desarrollándose en la ciudad de Valencia, colaboren con los Servicios Sociales Municipales, contribuyan a la mejora de las condiciones de vida de los colectivos afectados por la desigualdad, la pobreza, la marginación y la exclusión social, planteando la superación de las dificultades de autonomía e integración en la sociedad.

    Quién lo puede solicitar

    Aquellas ONG´S que cumplan los requisitos legales y administrativos que se establecen en la Convocatoria que anualmente realiza el Ayuntamiento de Valencia.

    Requisitos

    Podrán solicitar las ayudas aquellas ONG's que cumplan los siguientes requisitos:

    • Ser una entidad de interés social, sin ánimo de lucro y con implantación municipal, cuyo ámbito de actuación sea la acción social y la atención de alguno de los grupos poblacionales considerados como de intervención prioritaria en las presentes Bases.
    • Estar legalmente constituidas y formalmente inscritas en el Registro de Asociaciones con anterioridad, al menos de un año, a la fecha de publicación en el B.O.P. de la Convocatoria.
    • Reflejar en sus estatutos que entre sus finalidades se encuentra la realización de actividades y programas orientados a la atención social de personas y grupos desfavorecidos.
    • Justificar y acreditar la figura de representante legal y disponer de una sede o delegación permanente, acreditada documentalmente, en el municipio de Valencia con estructura organizativa suficiente para garantizar el desarrollo del programa o proyecto para el que se solicita la subvención.
    • Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Valencia y la Agencia Estatal de Administración Tributaria; como también con la Seguridad Social y con las obligaciones por reintegro de subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento, si procede.
    • Haber justificado correctamente, con anterioridad a la finalización del plazo de subsanación de defectos de la presente convocatoria, cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento de Valencia, excepto en aquello casos en que no haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
    • Así como los demás previstos en el Artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.

    Cuándo solicitarlo


    Convocatoria 2012: del 20 de octubre al 13 de noviembre.

    Documentación a presentar

    Solicitud, suscrita por el representante legal de la Entidad, acompañada de la documentación descrita en las Bases que regulan la Convocatoria.
    Documentación para la convocatoria de 2012:

    Información Complementaria

    El Anuncio de convocatoria se publicará, además de en el BOP, en el ?Tablón de Anuncios Municipal? sito en Amadeo de Saboya, 11 y en el Tablón de Edictos de la Web del Ayuntamiento de Valencia, así como en el Servicio de Bienestar Social e Integración.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Realizar la solicitud en línea con firma digital

    Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.

    La publicación de las Bases de cada convocatoria se anuncia en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica.

    Puede obtenerse más información en la página web de Bienestar Social.

    Impresos

    Instancia general

    Legislación

    Oficinas de información

    • SECCIÓN PARTICIPACIÓN SOCIAL
    • C/ Pozo s/n
      Telefono: 962 082471

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Obtener una bonificación en el citado impuesto, por sustitución de vehículo antiguo sin catalizador.

    Quién lo puede solicitar

    El titular del vehículo.

    Requisitos

    • Deberá tratarse de un vehículo de nueva matriculación, con motor de gasolina sin plomo.
    • Que el titular haya dado de baja por desguace un vehículo con motor de gasolina con plomo y sin catalizador, en los seis meses anteriores.
    • Que el titular del vehículo esté al corriente en el pago de todos los tributos municipales.
    • Sólo se podrá gozar de bonificación por un vehículo.

    Cuándo solicitarlo

    Un mes a partir de la matriculación del vehículo.

    Documentación a presentar

    Para realizar el trámite presencialmente/vía telemática:

    En las Oficinas de Gestión Tributaria Integral:

    • Documento de identidad.
    • En caso de representante legal o autorizado, la escritura de poderes o autorización firmada por autorizante y autorizado, la copia del documento de identidad del obligado al pago y el documento de identidad y domicilio de comunicación del representante o autorizado.
    • Permiso de circulación del vehículo nuevo.
    • Ficha técnica del vehículo nuevo.
    • Ficha técnica del vehículo antiguo.
    • Documentación de la baja vehículo antiguo y la matriculación del nuevo.
    • Autoliquidación.
    • Nº de cuenta de entidad bancaria, en el supuesto de proceder la devolución del importe del Impuesto.

    En caso de presentación de la solicitud en un Registro Municipal

    • Se requiere instancia general acompañada de originales y fotocopias de la documentación detallada en el apartado de presentación en las Oficinas de Gestión Tributaria Integral.

    Actuaciones a realizar por el solicitante

    • Solicitud formulada presencialmente en cualquier Oficina de Gestión Tributaria Integral.
    • Solicitud del interesado presentada mediante instancia en los Registros Municipales.

    Información Complementaria

    • La bonificación será del 50% el año de la matriculación y el 25% el siguiente.
    • Los sucesivos años no tendrán bonificación.
    • La concesión de esta bonificación queda condicionada a estar al corriente en el pago de todos los tributos municipales. El incumplimiento posterior de dicha condición dará lugar a la pérdida de la bonificación.

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Económico-Administrativo

    Hacer en web

    Realizar la solicitud en línea con firma digital

    Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.

    Impresos

    Instancia general

    Ordenanzas

    Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

    Legislación

    • Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004.

    Dónde dirigirse

    Usted puede realizar la gestión directamente en cualquiera de las Oficinas de Gestión Tributaria Integral del Ayuntamiento de Valencia.
    Si desea más información, puede llamar al teléfono de Atención de Gestión Tributaria Integral, 96.389.50.79, o enviar un correo electrónico a ayuntamientovalencia_gti@valencia.es .

    Oficinas de información

    • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL - CENTRAL
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.389.50.79 Ext:7279.
      De lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas.
      ayuntamientovalencia_gti@valencia.es.
    • OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA INTEGRAL - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11
      Telefono: 96.352.54.78 - Exts: 1997, 1987, 1996, 1986.
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
      ayuntamientovalencia_gti@valencia.es.

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Otorgamiento de las autorizaciones de uso temporal de las oficinas emplazadas en el Vivero Municipal de Empresas.

    Quién lo puede solicitar

    Las personas físicas o jurídicas titulares de empresas, prioritariamente innovadoras, de nueva creación, con domicilio social en el término municipal de Valencia.

    Requisitos

    • Que desarrollen su actividad en el municipio de Valencia.
    • Haber iniciado actividad y estar dada de alta en el Censo de Obligados Tributarios.
    • Que sean de nueva o reciente creación, considerando como antigüedad máxima del negocio un año. A estos efectos, se tomará la fecha de alta en el Censo de Obligados Tributarios. Se prestará especial atención en la verificación de la antigüedad del negocio declarada.
    • La empresa ha de ser una PYME microempresa, es decir, una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros, y en la que su capital no ha de estar participado en más de un 25% por una sociedad que no sea PYME.
    • Las empresas aspirantes deberán estar legalizadas y haber iniciado actividad. Se admitirán como candidatas aquellas empresas que se hayan constituido como máximo un año antes de la solicitud.
    • Hallarse al corriente del pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
    • Estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias municipales.
    • Haber justificado cualquier subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad.
    • Deberá presentar un plan de empresa que sea informado como viable por el Servicio de Empleo y Proyectos Emprendedores, según modelo facilitado por el mismo. (Modelo de Plan de Empresa)
    • Quedan excluidas como actividades a ser desarrolladas en el Vivero las que generen externalidades que perjudiquen el desarrollo normal del mismo.
    • En especial, serán preferentes aquellas empresas:
      - Que la actividad que desarrollen sea innovadora.
      - Aquellas que generen más y mejores puestos de trabajo (duración, estabilidad).
      - Preferentemente las relacionadas con el Medio Ambiente.
      - Que contribuyan al desarrollo de nuevas actividades con proyección.

    Cuándo solicitarlo

    Desde el 23 de febrero hasta el 23 de marzo de 2012.

    Documentación a presentar

    Impreso de Solicitud de acceso al "Vivero Municipal de Empresas", acompañada de la documentación indicada en las Normas.

    Tasas

    Solicitud gratuita.
    Los que resulten adjudicatarios/as quedarán obligados a consignar una fianza en metálico que se fija en la cantidad de CIEN EUROS (100.-?) por puesto adjudicado.
    Quedarán asimismo obligados a satisfacer un canon semestral, cuyo importe se establece en función de los m2 que ocupe, a razón de 3,7811 ?/m2 mensual.

    Información Complementaria

    El Vivero Municipal de Empresas se encuentra ubicado en Paseo Petxina 15.
    En el se ofrecen los siguientes servicios: Alojamiento, Asesoramiento, Recepción e información, Atención telefónica y desvío de llamadas, Limpieza de las instalaciones, Distribución de electricidad y agua, Fax y fotocopiadora, Infraestructura para telefonía e Internet, Seguimiento de la evolución de la empresa y Sala de reuniones.
    La duración de la autorización de uso temporal de los despachos será de seis meses. Este tiempo podrá ser prorrogado semestralmente, previa petición y justificación del interesado/a, hasta completar un máximo de dos años.

    Plano de las instalaciones

    Importe de los despachos

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Realizar la solicitud en línea con firma digital

    Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.

    Legislación

    Normas reguladoras de las condiciones que han de servir de base a las autorizaciones de uso temporal y gestión del ámbito de los despachos y sus puestos del vivero municipal de empresas.

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE EMPLEO Y EMPRENDIMIENTO
    • Amadeo de Saboya, 11 ? Nave Oeste ? 1ª planta.
      Telefono: 96.208.17.25
      Lunes a viernes, de 8:30 a 14 horas

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Solicitar autorización con el fin de poder ejercer la actividad de venta en cualquiera de los mercados extraordinarios regulados al efecto en la vigente Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta no Sedentaria.

    Quién lo puede solicitar

    Lo pueden solicitar las personas que ostenten la condición de comerciantes.

    Requisitos

    • Permanecer de alta en el Censo de Actividades Económicas de la Agencia Tributaria en el epígrafe o epígrafe correspondientes.
    • Permanecer de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social y encontrarse al corriente en el pago de las cuotas.
    • Permanecer inscrito en el Registro General de Comerciantes de la Conselleria.
    • Satisfacer la tarifa correspondiente para la venta no sedentaria establecida en la correspondiente Ordenanza fiscal.

    Cuándo solicitarlo

    Cuando se haga una oferta pública de autorización de venta.

    Documentación a presentar

    Instancia de Solicitud, acompañada de la siguiente documentación:

    • Fotocopia del D.N.I o permiso de residencia y de trabajo por cuenta propia.
    • 3 fotografías tamaño carné.
    • Justificante de estar al corriente en el pago de la tasa correspondiente.

    Tasas

    Las establecidas al efecto en el anexo ? tarifa de la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas Aplicables en Mercados Extraordinarios, Mercadillos, Rastros, y cualquier otro tipo de venta no sedentaria.

    Información Complementaria

    Los mercados extraordinarios se clasifican en las siguientes modalidades:

    • Mercados extraordinarios fijos: son aquellos en los que se venden artículos no comestibles y que se celebran en los lugares y días de la semana descritos en la Ordenanza Reguladora de la Venta no Sedentaria.
    • Mercados periódicos tradicionales: Navidad y Reyes. Se celebra en los alrededores del mercado Central (desde el 1 de diciembre al 6 de enero) y en los alrededores del mercado del Cabañal (desde el 3 al 6 de enero).
    • Mercados periódicos festivos: son los celebrados los domingos y festivos en el rastro y plaza redonda.
    • Mercados artesanales instalados en la vía pública: son los creados al amparo de una actividad específica y común para todos los titulares, de carácter artesanal. Se realizarán en el mercado de Plaza Merced (Plaza Merced y calle Cedaceros) y en el denominado Mercado Gregorio Gea (Calle Profesor Beltrán Báguena).

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Impresos

    Instancia general

    Ordenanzas

    Tasas aplicables en Mercados extraordinarios, Mercadillos, Rastros y cualquier otro tipo de venta no sedentaria en la Ciudad de Valencia
    Ordenanza Municipal Reguladora de la venta no sedentaria

    Legislación

    - Ley 33/2003 de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
    - Decreto 175/1989, de 24 de noviembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regula el ejercicio de la venta fuera de establecimiento comercial, en su modalidad de venta no sedentaria.

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE COMERCIO Y ABASTECIMIENTOS
    • Plaza del Mercado, 6-BJ
      Telefono: 96.352.54.78 - 4765, 4735
      Fax: 96 353 99 43
      Atención al público: de 9:00 a 13:30 horas.

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Promover la inserción laboral por cuenta propia o por cuenta ajena de los participantes en los planes de formación y empleo realizados por el Servicio de Empleo, tanto a jornada completa como a tiempo parcial, estableciendo ayudas económicas destinadas a tal fin.

    Quién lo puede solicitar

    A las ayudas a la inserción por cuenta ajena, podrán concurrir aquellas personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan contratar a cualquier persona que haya participado o esté participando en los programas de formación y empleo desarrollados por el Servicio de Empleo durante 2013, 2014 y 2015. Las contrataciones por cuenta ajena deberán haberse efectuado a partir del 1 de octubre de 2014 y antes del 30 de septiembre de 2015. Para acceder a esta convocatoria será necesario que el contrato esté vigente en la fecha de la presentación de la solicitud.

    A las ayudas a la inserción por empleo autónomo podrán concurrir, aquellas personas que hayan participado o estén participando en los programas de formación y empleo desarrollados por el Servicio de Empleo durante 2013, 2014 y 2015 y que hayan comenzado su actividad autónoma a partir del 1 de octubre de 2014 y antes del 30 de septiembre de 2015. Para acceder a esta convocatoria será necesario que la actividad esté vigente en la fecha de la presentación de la solicitud.

    Requisitos

    • Mantener el empleo creado durante seis meses o un año, según el tipo de contrato, como mínimo (en el caso ayudas a la inserción por cuenta ajena)
    • Mantener la actividad profesional durante un mínimo de un año (en el caso de ayudas a la inserción de empleo autónomo).
    • No haber solicitado u obtenido otras subvenciones, ayudas o ingresos de carácter municipal para la misma finalidad.
    • Haber participado o estar participando en los programas de formación y empleo desarrollados por el Servicio de Empleo durante 2013, 2014 y 2015.
    • Las personas deberán estar empadronadas en la ciudad de Valencia con carácter previo a la contratación o al momento del alta en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social, en ambos casos, el empadronamiento que deberá mantenerse, como mínimo, hasta la fecha de concesión de la ayuda.

    Cuándo solicitarlo

    Desde el día siguiente a su publicación en el BOP y hasta el 30 de septiembre de 2015. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de 2 meses desde la fecha de la contratación o del inicio de la actividad respectivamente. Para casos en que la contratación o el inicio de la actividad se hubieran realizado entre el 1 de octubre de 2014 y la publicación de las Bases en el BOP, el cómputo del plazo de 2 meses se iniciará a partir del día siguiente de su publicación.

    Publicado en el BOP de fecha 30 de marzo de 2015.

    Documentación a presentar

    Solicitud según modelo oficial normalizado, acompañada de la documentación indicada en las Bases.

    Información Complementaria

    1. Las ayudas por la formalización de cada contrato por cuenta ajena a tiempo completo ascienden a la siguiente cuantía:

    • 2.500 ? para solicitudes que especifiquen un mantenimiento mínimo de la contratación de seis meses, por cada persona contratada. En caso de que la persona contratada tenga hasta 30 años o a partir de 45 años, la ayuda por cada contrato a tiempo completo es de 3.000 ?.
    • 5.000 ? para solicitudes que especifiquen un mantenimiento mínimo de la contratación de doce meses, por cada persona contratada. En caso de que la persona contratada tenga hasta 30 años o a partir de 45 años, la ayuda por cada contrato a tiempo completo es de 6.000 ?.

    2. Las ayudas por la formalización de cada contrato por cuenta ajena a tiempo parcial, con una duración mínima de 20 horas semanales, ascienden a la siguiente cuantía, dependiendo de la duración del contrato:

    • 1.500 ? para solicitudes que especifiquen un mantenimiento mínimo de la contratación de seis meses, por cada persona contratada. En caso de que la persona contratada tenga hasta 30 años o a partir de 45 años, la ayuda por cada contrato a tiempo parcial será de 2.000 ?.
    • 3.000 ? para solicitudes que especifiquen un mantenimiento mínimo de la contratación de doce meses, por cada persona contratada. En caso de que la persona contratada tenga hasta 30 años o a partir de 45 años, la ayuda por cada contrato a tiempo parcial será de 4.000 ?.

    3. Estas ayudas quedan limitadas a 5 contrataciones por empresa o persona autónoma.

    4. Las ayudas a la inserción de empleo autónomo, tendrán una cuantía de 5.000 ? por actividad.

    La concesión de ayudas se efectuará hasta agotar el crédito disponible

    Recursos

    • Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
    • Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)

    Hacer en web

    Realizar la solicitud en línea con firma digital

    Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.

    Legislación

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE EMPLEO
    • Amadeo de Saboya, 11 ? Nave Oeste ? 1ª planta.
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1707 y 1981
      Lunes a viernes, de 8:30 a 14 horas.
      ayudasempleo@Valencia.es.

    Oficinas para presentar

    • JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
    • C/. Alberique, 18
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.66.91
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
    • JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
    • C/ Miguelete, 1
      Telefono: 96.208.17.37
      Fax: 96.352.65.66
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
    • C/. Guardia Civil, 19
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.360.17.36
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
    • C/ Francisco Cubells, 58
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.367.27.48
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
    • C/. Beato Nicolás Factor, 1
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.07
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
    • C/ Matías Perelló, 7
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.352.65.22
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
    • JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
    • C/ Conde Lumiares, 5
      Telefono: 96.352.54.78
      Fax: 96.353.99.16
      De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - PL. AYUNTAMIENTO
    • Edificio Casa Consistorial entrada por C/ Sangre
      Telefono: 96.352.54.78 Ext: 1046
      De 8.30 a 14.00 de lunes a viernes
    • REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
    • Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste
      Telefono: 96.352.54.78 - ext: 2036
      De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
    • C/ Caudete, 15
      Telefono: 96.162.00.66
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
    • Av. de los Pinares, 1
      Telefono: 96.183.02.95
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIFARAIG
    • C/ Ferrer y Bigné, 47
      Telefono: 96.363.52.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BENIMAMET-BENIFERRI
    • Pl. Dr. Ximeno, 1
      Telefono: 96.348.67.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves y viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
    • Pl. Moreral, 8
      Telefono: 96.390.17.47
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
    • C/ Apóstol San Pedro, 21
      Telefono: 96.185.71.94
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h.Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO MASSARROJOS
    • C/ Cura Bau, 10-12
      Telefono: 96.139.41.49
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
    • Av. de las Gaviotas s/n
      Telefono: 96.177.78.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO FORN D´ALCEDO
    • C/ Guadalquivir, 15 (esquina Alabau, 2)
      Telefono: 96.376.09.36
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA PUNTA
    • C/ Jesús Morante Borrás, 176
      Telefono: 96.367.36.58
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: jueves de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
    • C/ Benidoleig s/n
      Telefono: 96.396.33.17
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
    • Carrera del Riu, 263
      Telefono: 96.324.89.64
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO POBLE NOU
    • Camino de Moncada, 205
      Telefono: 96.366.66.89
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASAS DE BÁRCENA
    • Carretera de Barcelona, 108
      Telefono: 96.185.42.05
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
    • ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
    • C/ Poetisa Leonor Perales s/n
      Telefono: 96.344.76.47
      Fax: 96.336.23.75
      De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horasRegistro: martes de 9:00 a 14:00 horas

  • Descripción

    Procedimiento mediante el cual, ya sea de oficio o a instancia de parte, se declara, previa audiencia al titular y de manera motivada, la caducidad del título habilitante como consecuencia del no ejercicio de la actividad durante el periodo de tiempo señalado en la ley.

    En el Anexo V de la “Ordenanza de Obras de Edificación y Actividades del Ayuntamiento de Valencia”, consultable en el apartado “Ordenanzas” de esta misma página, se resume el trámite procedimental.
     

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas y jurídicas

    Documentación a presentar

    Instancia solicitando la caducidad del título habilitante, acompañada de los documentos probatorios en los que fundamente su solicitud.

    Hacer en web

    Realizar la solicitud en línea con firma digital

    Si dispone de certificado digital de la Generalitat Valenciana o DNI electrónico puede realizar el trámite en línea pulsando el botón Iniciar trámite situado al inicio de esta página, adjuntando aquellos documentos que se indiquen en este Catálogo de Trámites.
     

    Legislación

    • Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
    • Decreto 52/2010, de 26 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley 4/2003, de la Generalitat Valenciana.
    • Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental.
    • Decreto 127/2006, de 15 de septiembre, de desarrollo de la Ley 2/2006,de 5 de mayo de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental.

    Dónde dirigirse

    La documentación se podrá presentar en cualquiera de las formas admitidas en la normativa básica de procedimiento administrativo, así como por cualquier medio electrónico, informático y telemático de los que disponga el Ayuntamiento de Valencia para relacionarse con los ciudadanos, no obstante el inicio de los plazos se computará a partir de la entrada en el registro auxiliar especializado.

    Oficinas de información

    • SERVICIO DE ACTIVIDADES.
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, planta baja
      Telefono: 963525478. Cuestiones administrativas exts. 1773 - 1862 y 3123 - 3138. Transmisiones de Licencia y Cambios de Titularidad ext. 3125 y 3121. Oficina Urbanística y Técnica ext. 3230 y 3235. Jefatura de Servicio 3122 y 3130.

    Oficinas para presentar

    • REGISTRO AUXILIAR DE ACTIVIDADES
    • Amadeo de Saboya, 11. Patio B, planta baja
      Telefono: 96.352.54.78
      Lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas

Cinco Días
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EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.