Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

  • Denominación

    Certificados fiscales. Asistencia jurídica gratuita

    Descripción

    Para la obtención de asistencia jurídica gratuita puede expedirse:

    - La certificación de figurar de alta como contribuyente

    - O la certificación de no figurar de alta como contribuyente

    Destinatarios

    Personas físicas interesadas, empadronadas en el municipio de Santa Cruz de Tenerife

    Medios de Presentación

    Presencial

    Plazo de Presentación

    Todo el año

    Documentación

    • DNI, Pasaporte o tarjeta de residente del solicitante

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    Exento

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Plazo de Resolución

    Inmediato

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 1. Información

    Observaciones

    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Atención a la Ciudadanía, Estadística y Demarcación Territorial

    Oficina de Atención e Información Ciudadana (OAIC)

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Certificaciones

  • Denominación

    Cesión gratuita de Locales e Instalaciones municipales

    Descripción

    Procedimiento general, que con carácter provisional, regula las cesiones gratuitas de inmuebles de titularidad o disponibilidad de uso municipal a favor de entidades ciudadanas

    Destinatarios

    Entidades Ciudadanas del municipio de Santa Cruz de Tenerife

    Requisitos

    Entidades Ciudadanas que cumplan los siguientes requisitos:

    • Estar inscritas y actualizadas en el correspondiente Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
    • Haber sido Declaradas de Interés Público de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife

    Medios de Presentación

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Todo el año

    Documentación

    • Solicitud
    • Certificación del acuerdo del órgano competente de la entidad por el que se solicita la cesión gratuita del local
    • Memoria descriptiva del proyecto para cuyo desarrollo se solicita la cesión gratuita

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos

    Tfno 922 606 620
    Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Patrimonio

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    Las entidades que, con anterioridad a la publicación de las normas reguladoras de este procedimiento, estuvieren utilizando inmuebles, edificios o instalaciones que no cuenten con autorización previa, deberán presentar, en un plazo no superior a nueve (9) meses, solicitud de declaración de interés público de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife y, en su caso, de cesión gratuita conforme a la presente regulación

    En caso de incumplimiento de esta obligación, se entenderá que la entidad ciudadana renuncia a la cesión en los términos del presente Decreto y, por lo tanto, se procederá a la recuperación del inmueble por parte del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos y el Servicio de Administración Interna, Patrimonio y Contratación

    Trámites Relacionados

    Tema

    Participación ciudadana

    Tipo

    Autorizaciones, licencias y permisos

  • Denominación

    Compensación y/o devolución de precios públicos de actividades deportivas y por reservas de instalaciones deportivas

    Destinatarios

    Usuarios inscritos en actividades y escuelas deportivas municipales, así como usuarios de instalaciones deportivas municipales

    • Solicitud de compensación/devolución de precios por no realizar una actividad deportiva (Escuelas municipales y Actividades anuales)
    • Solicitud de compensación/devolución de precios por anulación de reserva de uso de las instalaciones deportivas municipales y masajes

    Medios de Presentación

    Presencial

    TRASLADO PROVISIONAL DEL SERVICIO DE DEPORTES
    Del 6 junio al 14 octubre de 2018

    Con motivo de la próxima celebración en el Pabellón Municipal de Deportes Quico Cabrera de esta Capital del Campeonato del Mundo de Baloncesto Femenino
    Nueva dirección:
    Avda. de Bélgica, 3 Bajos Ed. Chapatal
    38007 Santa Cruz de Tenerife

    Plazo de Presentación

    Cuatro años a partir del día del ingreso indebido

    Documentación

    • Solicitud
      En el supuesto que el usuario sea menor de edad la solicitud debe figurar a nombre del padre, madre o tutor legal.

    En el caso que proceda la devolución (preferentemente compensación) deberá añadir solicitud:

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio de Deportes
    922 609 504 - 922 609 511 - 922 609 523 – 922 609 528
    De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
    Julio, agosto y septiembre de lunes a viernes de 8.30 a 13.00 horas

    Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía delegada en materia de Deportes

    Normativa

    Ordenanza Fiscal reguladora de los precios públicos por la inscripción en actividades deportivas organizadas y desarrolladas por el Organismo Autónomo de Deportes

    Ordenanza reguladora de los precios públicos por la reserva de espacios en las instalaciones deportivas municipales y prestación de servicios deportivos en la Piscina Municipal de Añaza

    Normativa reguladora de procedimientos de inscripción y reglas de actuación en escuelas, cursillos y actividades deportivas municipales convocadas por el Organismo Autónomo de Deportes

    Normativa reguladora del uso de las instalaciones deportivas gestionadas y administradas por el Organismo Autónomo de Deportes de Santa Cruz de Tenerife (actualmente Servicio de Deportes).

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 2. Descarga de formularios

    Observaciones

    1. Sólo procederá atender a solicitudes de compensación/devolución de precios públicos en los casos legal o reglamentariamente establecidos y, en todo caso, cuando el servicio no se preste o realice por circunstancias imputables al órgano o servicio competente en materia de deportes y no imputables al sujeto pasivo.
    2. Con carácter preferente se efectuará la compensación.
    3. En los supuestos de imposibilidad de uso de una instalación por causas de fuerza mayor, se podrá hacer uso de la misma en otra fecha, no procediendo, en ningún caso, la devolución del importe abonado.
    4. No se atenderán devoluciones de bonos de piscina.

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Deportes

    Tema

    Deportes

    Tipo

    Otros

  • Denominación

    Comunicación de alta en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica IVTM

    Descripción

    A los efectos de proceder al alta en el Padrón de IVTM en el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, es requisito imprescindible haber solicitado y obtenido el alta del vehículo en el municipio de Santa Cruz de Tenerife ante la Jefatura Provincial de Tráfico

    Destinatarios

    La comunicación de alta, en su caso, deberá ser presentada por la persona a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Sin plazo

    Documentación

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    Sin resolución

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    La Dirección General de Tráfico comunica, mensualmente, al Ayuntamiento las altas/bajas/cambios de titularidad

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Comunicación de alta en la tasa de basura de negocios

    Descripción

    Comunicación del alta en la prestación de los servicios públicos de recogida de residuos urbanos por inicio de actividad económica

    Destinatarios

    Las personas físicas o jurídicas beneficiadas por el servicio municipal de gestión de residuos sólidos urbanos, y en particular, quienes utilicen o disfruten, por cualquier título, inmuebles afectos al ejercicio de actividades económicas

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Un mes desde que se inicie el ejercicio de la actividad económica

    Documentación

    • Solicitud general
    • Alta en IAE/Censo de Actividades Económicas (Copia del modelo 036/037 o 840 presentado en la AEAT)
    • Fotocopia DNI o CIF del interesado
    • Los sujetos pasivos que residan fuera del término municipal deberán nombrar un representante, con domicilio en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, para que les represente en sus relaciones con la Hacienda Local

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    Inmediato (si consta la baja en la AEAT)

    Efectos del Silencio

    No procede

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    La tasa se devenga el primer día del período impositivo y será prorrateable por trimestres naturales en los términos señalados en los apartados 3 y 4 del artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Gestión de residuos sólidos urbanos.

    El período impositivo comienza el día en que se inició la actividad económica.
    Tarifas:

    • Cuota mínima: 20,96 €
    • Cuota variable: dependerá de la superficie y del tipo de actividad económica a que se dedique el inmueble afecto.

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria;

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Comunicación de alta en la tasa de basura de vivienda

    Descripción

    Comunicación del alta en la prestación de los servicios públicos de recogida, transporte, almacenamiento, valorización y eliminación de residuos urbanos

    Solicitar el alta en la prestación de los servicios públicos de recogida de residuos urbanos de Inmuebles destinados a vivienda

    La Tasa se devenga el primer día del período impositivo que coincide con el año natural. No obstante lo anterior, será de aplicación la siguiente regla especial:

    En los supuestos de primera ocupación de la vivienda, cuando resulte probada la ocupación de la vivienda, otorgada concesión de la licencia de habitabilidad, formalización de la escritura pública de compraventa, o cualquier otro documento traslativo de dominio, en cuyo caso, el período impositivo comenzará el día en que se produzca alguna de tales circunstancias.

    Destinatarios

    Son sujetos pasivos de la Tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, así como las entidades a que se refiere el Art. 35.4 de la Ley General Tributaria, que resulten afectadas o beneficiadas por el servicio municipal de gestión de residuos sólidos urbanos

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Comunicación del alta, en el plazo máximo de un mes, desde que se produzca la circunstancia que la motive

    Documentación

    • Solicitud general
    • Documento acreditativo del cambio de titularidad en el IBI
    • Fotocopia del DNI o CIF del interesado

    En caso de actuar mediante representante:

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    Seis meses

    Efectos del Silencio

    Caducidad del procedimiento

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    La tasa se devenga el primer día del período impositivo que coincide con el año natural y será prorrateablepor trimestres naturales en los términos señalados en los apartados 3 y 4 del artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Gestión de residuos sólidos urbanos.

    • Tarifa para inmuebles destinados a vivienda: 77,95€
    • Tarifa para el supuesto de Bonificación porque no se preste el servicio a pie de vivienda, y sea en contenedor zonal a más de 200mt (especificado en el callejero de la O. fiscal): 38,97 €
    • Tarifa para el supuesto de Bonificación por incapacidad económica: 38,97 €
    • Tarifa para el supuesto de Bonificación por familia numerosa de clase especial: 38,97€

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria

    Trámites Relacionados

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Comunicación de baja en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica IVTM

    Descripción

    A los efectos de proceder a la baja en el Padrón de IVTM en el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, es requisito imprescindible haber solicitado y obtenido la baja del vehículo ante la Jefatura Provincial de Tráfico.

    El IVTM se devengará anualmente, con efectos desde el 1 de enero de cada año y le corresponderá el abono del recibo a quién figure como titular del mismo a esa fecha.

    El período impositivo coincide con el año natural, siendo de aplicación las siguientes reglas:

    - Baja definitiva del vehículo o baja temporal por sustracción o robo del vehículo: Procederá el prorrateo de la cuota del impuesto por trimestres naturales cuando sea posible o, en caso de haber abonado el ejercicio completo, a solicitar la devolución de ingresos debidos (por prorrateo)

    En los demás supuestos de baja: No procede el prorrateo de la cuota del impuesto

    Destinatarios

    La comunicación de baja, en su caso, deberá ser presentada por la persona a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Sin plazo

    Si se desea obtener el prorrateo del recibo, en los supuestos de baja definitiva o baja temporal por sustracción o robo será necesario solicitar el recibo que corresponda a la duración efectiva del período impositivo, en el plazo de un mes, desde la finalización del período de información pública del Padrón fiscal del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. ( desde fecha fin de su publicación en el BOP, antes del inicio del periodo de cobranza)
    En caso contrario, será necesario abonar previamente el recibo íntegro y solicitar posteriormente la devolución de la parte proporcional.

    Documentación

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    Sin resolución

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    La Dirección General de Tráfico comunica, mensualmente, al Ayuntamiento las altas/bajas/cambios de titularidad

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Comunicación de baja en el ejercicio de una actividad económica (Actividades económicas)

    Descripción

    Comunicación de baja en la realización de actividades económicas en el municipio de Santa Cruz de Tenerife

    Destinatarios

    Las personas físicas o jurídicas y las Entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, siempre que realicen en territorio municipal cualquiera de las actividades que originan el hecho imponible del Impuesto sobre Actividades Económicas

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Un mes desde que se produzca la baja de la actividad en la AEAT

    Documentación

    • Solicitud general
    • Baja en IAE/Censo de Actividades Económicas (Copia del modelo 036/037 o 840 presentado en la AEAT)
    • Fotocopia DNI o CIF del interesado

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    Inmediato (si consta la baja en la AEAT)

    Efectos del Silencio

    No procede

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    Para obtener el prorrateo en la cuota (emisión de recibo únicamente por los trimestres que corresponden abonar) será necesario solicitar el recibo prorrateado dentro de los plazos previstos en la Ordenanza Fiscal General de gestión, inspección y recaudación, en lo que se refiere a la «Presentación de declaraciones de alta, baja y modificación», este es, un mes desde la finalización del período de información pública de la Matrícula del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio correspondiente.

    En caso de no haber solicitado el recibo prorrateado en el plazo legalmente establecido, será necesario abonar previamente el recibo íntegro y solicitar posteriormente la devolución de la parte proporcional.

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Comunicación de baja en la tasa de basura de negocios

    Descripción

    Comunicación de baja en la prestación de los servicios de recogida y gestión de residuos sólidos urbanos de negocios

    Destinatarios

    Las personas físicas o jurídicas beneficiadas por el servicio municipal de gestión de residuos sólidos urbanos, y en particular, quienes utilicen o disfruten, por cualquier título, inmuebles afectos al ejercicio de actividades económicas

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Un mes desde que se produzca la baja de la actividad en la AEAT

    Documentación

    • Solicitud general
    • Baja en IAE/Censo de Actividades Económicas (Copia del modelo 036/037 o 840 presentado en la AEAT)
    • Fotocopia del DNI o CIF del sujeto pasivo

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    Inmediato (si consta la baja en la AEAT)

    Efectos del Silencio

    No procede

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    El período impositivo coincide con el año natural.
    La tasa se devenga el primer día del período impositivo y será prorrateables por trimestres naturales en los términos señalados en los apartados 3 y 4 del artículo 5 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Gestión de residuos sólidos urbanos.
    Para obtener el prorrateo en la cuota será necesario solicitar el recibo que corresponda a la duración efectiva del período impositivo dentro de los plazos previstos en la Ordenanza Fiscal General de gestión, inspección y recaudación, en lo que se refiere a la «Presentación de declaraciones de alta, baja y modificación». Este es, un mes desde la finalización del período de información pública del Padrón de la Tasa de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos del ejercicio correspondiente.
    En caso contrario, será necesario abonar previamente el recibo íntegro y solicitar posteriormente la devolución de la parte proporcional.

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Comunicación de baja en la tasa de basura de vivienda

    Descripción

    Solicitar la baja en la tasa por no haber prestación de los servicios públicos de recogida de residuos urbanos de Inmuebles destinados a vivienda.

    El período impositivo coincide con el año natural, será de aplicación la siguiente regla especial:

    En los supuestos de imposibilidad sobrevenida de uso de la vivienda por razones urbanísticas, prueba de ausencia de suministros de agua y/o energía eléctrica en la misma, … en cuyo caso el periodo impositivo finalizará el día en que se produzca alguna de estas circunstancias.

    No obstante, los sujetos pasivos de esta Tasa, tendrán la obligación de comunicar a esta Corporación Municipal, cualquier variación en la situación del Inmueble, por la que se le ha dado de baja en esta Tasa, sin perjuicio, de que en caso de incumplimiento, se pueda iniciar el oportuno procedimiento inspector y la imposición de las sanciones que procedan.

    Destinatarios

    Son sujetos pasivos de la Tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, así como las entidades a que se refiere el Art. 35.4 de la Ley General Tributaria, que resulten afectadas o beneficiadas por el servicio municipal de gestión de residuos sólidos urbanos.

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Comunicación de la baja, en el plazo máximo de un mes, desde que se deje de ser sujeto pasivo de la Tasa

    Documentación

    • Solicitud General
    • Fotocopia del DNI o CIF del interesado
    • Documento que acredite ausencia de suministros de agua y/o energía eléctrica

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    Seis meses

    Efectos del Silencio

    Caducidad del procedimiento

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    Para obtener el prorrateo en la cuota será necesario solicitar el recibo que corresponda a la duración efectiva del período impositivo, en el plazo de un mes, desde la finalización del período de información pública del Padrón de la Tasa de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos del ejercicio correspondiente.

    En caso contrario, será necesario abonar previamente el recibo íntegro y solicitar posteriormente la devolución de la parte proporcional.

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria

    Trámites Relacionados

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

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