Ayuntamiento de Murcia

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    Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

    Instancia General

    Están sujetos a licencia el uso común especial o uso privativo de bienes de uso público para poder realizar determinadas actividades siempre que no menoscaben el interés público o el uso general.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Personas físicas o Entidades Jurídicas.

    Documentación relacionada

    Documentación justificativa de todas las circunstancias alegadas, que permitan otorgar el uso común especial de los bienes de dominio público.

    Forma de inicio

    Solicitud de parte con todos los requisitos contenidos en el Art. 66 ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

    Plazo de resolución

    El plazo máximo en que debe notificarse la resolución expresa es de tres meses (art. 21 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Servicio de Patrimonio del Excmo. Ayuntamiento de Murcia.

    Órgano de resolución

    Junta de Gobierno Local.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
    Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)


    Órgano de interposición:

    Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
    Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


    Plazo de presentación

    Recurso de reposición : Un mes si el acto fuera expreso.

    Si el acto no fuera expreso, el solicitante u otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que de acuerdo con su normativa especifica.

    Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    • Ley 33/2003 de noviembre, Ley del Patrimonio de las Administraciones Publicas (LPAP).

    • Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de bienes de las Entidades Locales (RBEL).

    • Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL).

    • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de régimen local (TRRL).

    • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (LRHL).

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Es necesario disponer de un titulo previo, otorgado por el Ayuntamiento, para ocupar o utilizar los bienes de dominio público, con la obligación de velar por la observancia del mismo, y con el fin de no exceder el derecho de uso otorgado por parte de la Administración; con pleno cumplimiento a los principios de objetividad, imparcialidad, publicad y transparencia.

    El plazo máximo de duración de limitado de acuerdo con sus características es de 4 años.

    Normativa aplicable: Art. 77 y 79 del RBEL, Art. 84 LPAP (carácter básico), Art. 20,1 a) LRHL.

    Requisitos de solicitud

    Solicitud de parte interesada justificando la necesidad de ocupación .

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    Instancia General

    Establece las bases, requisitos y procedimiento para la solicitud del Informe relativo a las condiciones de habitabilidad de la vivienda que constituye el domicilio del solicitante como documento necesario para la solicitud de la autorización de reagrupación familiar, renovación autorización de residencia o actualización de informe de Vivienda de ciudadanos extranjeros no comunitarios en España.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Persona extranjera no comunitaria empadronada en el municipio de Murcia que cuente con una vivienda adecuada para atender sus necesidades y las de su familia.

    Documentación relacionada

    Solicitud debidamente cumplimentada, adjuntando la siguiente documentación.

    Documentos generales:

    • Fotocopia compulsada de DNI o Tarjeta de residente/Pasaporte, en vigor del solicitante.
    • Original del Plano de situación de la vivienda, a escala 1/2000.
    • Original Volante Empadronamiento colectivo actualizado.
    • Original Nota Simple de la vivienda ocupada actualizada del Registro de la Propiedad de Murcia.
    • Fotocopia compulsada del Contrato de Arrendamiento, cesión o escrituras de propiedad de la vivienda.

    En caso de que el solicitante no sea propietario de la vivienda:

    • Fotocopia compulsada del D.N.I. / N.I.E. / PASAPORTE y fotocopia de la escritura del titular de la vivienda.

    Modelos para descargar

    En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

    Forma de inicio

    El procedimiento se iniciará a instancia del interesado obligatoriamente mediante solicitud en modelo normalizado, que será presentada en el Registro del Ayuntamiento, siendo imprescindible adjuntar a la misma toda la documentación necesaria, así como teléfono de contacto para la concertación de la visita por parte de los técnicos del Servicio.
    Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por la existencia de defectos formales o materiales, en caso de no aportación de dicha documentación de subsanación de la solicitud en el plazo de 10 días se emitiría informe desfavorable.
    Una vez examinada se envía a la Sección Técnica para concertar la visita a la vivienda con la finalidad de observar las condiciones de la misma; ésta deberá llevarse a cabo en el plazo de 10 días desde el registro de entrada de la solicitud, en caso contrario se emitiría informe desfavorable por no localización del interesado.

    Coste y forma de pago

    No existe en la actualidad Tasa asociada a la solicitud (Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha 29/octubre/2015).

    Plazo de resolución

    30 días (Artº 55 del Real Decreto 557/2011 de 20 de abril por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero de 2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009 de 11 de octubre de 2009).

    Efecto del silencio administrativo

    Informe Favorable pasados 30 días hábiles desde que se registra la solicitud en el Ayuntamiento si cumple con todos los requisitos exigidos en el modelo normalizado de solicitud y acompaña la documentación requerida.

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Servicio de Vivienda.

    Órgano de resolución

    Concejal Delegado de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de Reposición.
    Recurso Contencioso-Administrativo.

    Órgano de interposición:

    Concejal Delegado de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio.


    Plazo de presentación

    Recurso Reposición en 1 mes.
    Recurso Contencioso-Administrativo en 2 meses.

    • Artº 55 y 61.3 del Real Decreto 557/2011 de 20 de abril por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero de 2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009 de 11 de octubre de 2009
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Sección 1ª del Capítulo IV Condiciones de Uso e Higiene de la Ordenanza Municipal sobre Edificación y Uso del Suelo del Ayuntamiento de Murcia, artículos 44 y siguientes.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    La obtención de un informe emitido por el Servicio de Vivienda relativo al cumplimiento de las condiciones de salubridad y habitabilidad de la vivienda del solicitante para las solicitudes de Reagrupación familiar, renovación de autorización de residencia o actualización de informe de Vivienda, en el marco de un procedimiento ante la Administración General del Estado.

    Requisitos de solicitud

    Haber presentado solicitud en la Oficina de Extranjería para la tramitación de la autorización indicada en el procedimiento.
    Que el solicitante sea persona extranjera no comunitaria empadronada en el municipio de Murcia.
    Que el solicitante cuente con una vivienda adecuada para atender sus necesidades y las de su familia.

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    Tramitar online

    La ocupación de la vía pública en el término municipal supone un uso privativo y especial de la misma. Su autorización se encuentra sujeta a una decisión discrecional por parte del Excmo. Ayuntamiento de Murcia (Art. 2 de la Ordenanza Municipal reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y otras Instalaciones).

    info

    Mediante el presente procedimiento podrá solicitar autorización de ocupación de la vía pública por diferentes motivos:

    • Ocupación con mesas, sillas y toldos
    • Instalación de banderolas
    • Instalación de mesa petitoria, informativa o similar
    • Celebración de carreras, maratones, marchas ciclistas o similares
    • Celebración de otros eventos

    Tramitación

    • Online
    • Teléfono
    • Presencial

    A través de esta Sede Electrónica durante las 24 horas, los 365 días del año, mediante acceso con certificado electrónico.

    A través del teléfono municipal de Atención al Ciudadano, 010.

    A través de las Oficinas municipales de Atención al Ciudadano.

    Destinatarios

    Personas físicas y jurídicas.

    Documentación relacionada

    Deberá presentar el formulario de solicitud debidamente cumplimentado, junto a la siguiente documentación, según el caso:

    Ocupación con mesas y sillas

    • Declaración responsable de disponer de la licencia de apertura y funcionamiento del establecimiento, en su caso
    • Memoria justificativa de la instalación en relación con el entorno en el que pretende ubicarse, acompañada de un reportaje fotográfico del mobiliario que se desea instalar, y en la que deberá detallarse la extensión, carácter, forma, número y color del mobiliario y el periodo de actividad.
    • Croquis o plano expresivo del lugar exacto, forma de instalación y tamaño de los elementos a instalar.

    Terrazas y otras instalaciones

    • Plano de emplazamiento.
    • Título habilitante para establecimiento de hostelería o de restauración.
    • Fotomontaje a color con simulación de resultado integrado en el entorno.
    • Período de duración: anual o de temporada.
    • Número de mesas y sillas.
    • Número de toldos y/o sombrillas.
    • Otras instalaciones.

    Bandeloras

    • Diseño y contenido publicitario
    • Declaración responsable y/o certificado técnico que asegure que la ejecución y mantenimiento de la instalación se lleve a cabo mediante las adecuadas condiciones de estabilidad, seguridad, ornato y conservación

    Carreras, maratones, marchas ciclistas y similares

    • Seguro de Responsabilidad Civil: Que cubre posibles daños a terceros, establecidos en el Real Decreto 7/2001 de 12 de enero
    • Seguro de Accidentes de los participantes: se puede contratar una póliza por un día para dicho evento, con el número de participantes
    • Nombre de la actividad y en su caso número cronológico de la edición (en caso de pruebas deportivas aporta Memoria y reglamento de la misma)
    • Croquis preciso del recorrido, fecha de celebración, itinerario
    • Número aproximado de participantes previstos
    • El responsable de la seguridad vial (en caso de pruebas deportivas) deberá conocer las normas de circulación, para lo cual deberá poseer permiso de conducción en vigencia
    • En caso de MARCHAS A PIE Y CICLOTURISTAS, si el número de participantes supera los 50, deberán disponer de una ambulancia en todo el recorrido, de no ser así se podrá suspender el evento
    • Descripción del evento; stand, meta de salida y llegada, uso de instalaciones, elementos separadores.

    Celebración de eventos

    • Seguro de Responsabilidad Civil: Que cubre posibles daños a terceros y los que se pudieran causar por desperfectos o daños en servicios públicos municipales.
    • Plan de autoprotección.
    • Plan de montaje y desmontaje de estructuras.
    • Horario y Fecha de celebración, incluyendo montaje y desmontaje.
    • Aforo previsto.
    • Descripción del evento; actividades a desarrollar dentro del recinto, número de carpas, escenarios, puestos de comida ambulante...
    • Plano o Croquis descriptivo del emplazamiento y ocupación solicitada.

    Documentación necesaria del procedimiento vía presencial:

    • Presentar DNI, CIF, NIE del solicitante
    • Presentar DNI, CIF, NIE del representante y documento de representación, en su caso.

    Modelos para descargar

    En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

    Forma de inicio

    El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en la Sede Electrónica o en cualquiera de las Oficinas municipales de Información y Registro, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.

    Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por la existencia de defectos formales o materiales.

    Plazo para presentar la solicitud: Como mínimo 3 meses, antelación que es el previsto para el dictado de la resolución.

    Coste y forma de pago

    Debe efectuar pago de la tasa correspondiente por aplicación de la Ordenanza Fiscal, mediante Carta de pago por autoliquidación, que puede obtener accediendo al área de Hacienda y Tributos.

    Plazo de resolución

    Tres meses (Art. 21, Ley 39/2015, de 1 de octubre)

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24, Ley 39/2015, de 1 de octubre)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Calidad Urbana.

    Órgano de resolución

    Concejal de Modernización de la Administración, Calidad Urbana y Participación.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de reposición.
    Recurso contencioso-administrativo.


    Órgano de interposición:

    Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
    Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


    Plazo de presentación

    Recurso de reposición : Un mes desde notificación del acto administrativo.
    Recurso contencioso-administrativo: Dos meses desde notificación del acto administrativo.

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    • Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio
    • Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local
    • Art 75 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales
    • Ordenanza Municipal reguladora de la ocupación de la vía pública con terrazas y otras instalaciones
    • Ordenanza reguladora de la Tasa por aprovechamiento especial de terrenos de uso Público con mesas y sillas (2010)

    Contactar

    Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consultar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Teléfono de Información Ciudadana, 010.

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    Instancia General

    El control de las matanzas domiciliarias de cerdos para consumo familiar, es necesario para garantizar la seguridad alimentaria, evitando riesgos a la Salud Pública, Sanidad Animal y Medio Ambiente/ Campaña 1 de noviembre a 31 de marzo

    Tramitación

    • Presencial

    Sección Veterinaria de los Servicios Municipales de Salud y a través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Personas físicas.

    Modelos para descargar

    En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

    Forma de inicio

    A instancia de parte. Mediante presentación de solicitud por el interesado.

    Coste y forma de pago

    Art. 2 Ordenanza reguladora de Tasa por Prestación del Servicio de Control de Matanzas Domiciliarias.
    Importe año 2017: 120+23 € por cada cerdo a partir del segundo.

    Plazo de resolución

    Proc. Abreviado 30 días.
    Proc. Anual 3 meses.

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo, Art. 24 de la Ley 39/2015.

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Sección Veterinaria/Servicios Municipales de Salud.

    Órgano de resolución
    Alcaldía. Por delegación: Concejal-Delegado de Deportes y Salud.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
    Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)


    Órgano de interposición:

    Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
    Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


    Plazo de presentación

    Recurso de reposición : Un mes.
    Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

    • Orden C. Sanidad y P. Social de 19/11/1996.
    • Instrucción de la D.G.S. Pública 02/2013.
    • Ley 39/2015 de 1 de octubre del PAC.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    La Orden de la Consejería de Sanidad y Política Social de 19 de noviembre de 1996 faculta a los Ayuntamientos para controlar la actividad de sacrificio de cerdos en régimen de matanza domiciliaria para consumo familiar, siendo aplicable la Revisión de la Instrucción 02/2013 emitida por la Dirección General de Salud Pública para el control de la Triquinelosis en las campañas anuales de sacrificio de cerdos en régimen de matanzas domiciliarias (Octubre 2016).

    Requisitos de solicitud

    Rellenar impreso normalizado facilitado en la Sección Veterinaria de los Servicios Municipales de Salud y pagar tasa.
    Inmediatamente se envía a un veterinario para realizar inspección y controles oportunos.

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    Instancia General

    Autorización para poder llevar a cabo el servicio de transporte escolar.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Personas jurídicas.

    Documentación relacionada

    • Contrato con el centro escolar para la prestación del servicio con la identificación fiscal del contratante y periodo por el que se contrata.
    • Documentación de los vehículos, permiso de circulación, ficha técnica en vigor, seguro con cobertura de 50 millones de euros y tarjeta del vehículo en vigor.
    • Contrato para prestar el servicio con empresa colaboradora y documentación de los vehículos de ésta.
    • Itinerarios, paradas, ruta, inicio y destino final.
    • Número de expediciones y horario.
    • Vehículos afectados al servicio.

    Forma de inicio

    A instancia de la empresa.

    Plazo de resolución

    3 meses, art. 21 Ley 39/2015, de 1 de octubre.

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (art. 24 Ley 39/2015, de 1 de octubre)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Servicio Administrativo de Transportes.

    Órgano de resolución

    Teniente de Alcalde Delegado de Fomento.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de reposición.
    Recurso contencioso-administrativo.


    Órgano de interposición:

    Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
    Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


    Plazo de presentación

    Recurso de reposición : Un mes
    Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

    • Ley 10/2015 Transporte urbano e interurbano en la región de Murcia.
    • Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores.
    • Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
    • Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.
    • Ley 39/2015 de 1 de octubre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Autorización para poder prestar el servicio de transporte regular de viajeros de uso especial de escolares, para el curso escolar.

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    Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

    Instancia General

    Procedimiento para la concesión ayudas económicas a Federaciones y Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos/as de los Centros Educativos públicos, concertados y privados del Municipio de Murcia.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Federaciones y Asociaciones de padres y madres de alumnos.

    Documentación relacionada

    • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del representarte de la Entidad solicitante.
    • Fotocopia del Código de Identificación Fiscal de la Asociación y/o Federación.
    • Certificado bancario indicando IBAN
    • Para las Federaciones, listado de Asociaciones de Padres/Madres de Alumnos/as que las integran, sellado por organismo correspondiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
    • Memoria o proyecto detallado de las actividades a desarrollar, en el que deberá hacerse constar, como mínimo:

    a) Denominación.

    b) Objetivos que se pretenden conseguir.

    c) Actividades.

    d) Duración y fecha aproximada de realización.

    e) Recursos de los que se dispone.

    f) Número de personas (alumnas o alumnos y/o padres o madres) a los que va dirigida la actividad.

    g) Presupuesto económico detallado de gastos e ingresos para su realización.

    h.) Fecha y firma

    • Certificado de estar al corriente en sus obligaciones con la Agencia tributaria o autorización para recabar tales datos
    • Certificado de estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social o autorización para recabar tales datos
    • Declaración del Presidente/a de la Asociación y/o Federación de no encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones para ser considerada beneficiaria.
    • Declaración de no tener reintegros pendientes de otras subvenciones anteriores.
    • Acuerdo de los órganos representativos de la entidad solicitante, o escrito del representante del AMPA y/o la Federación que justifique la necesidad de la subvención solicitada.
    • Declaración formal del Presidente/a del AMPA y/o Federación de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas para esa actividad.

    Forma de inicio

    El procedimiento se inicia mediante solicitud presentada por el interesado en el Registro General del Ayuntamiento. (Dicha solicitud se encontrará disponible durante el plazo de inscripción en la web www.murciaeducadora.net)
    Una vez presentada la documentación se remitirá al Servicio de Educación para su revisión.

    Si la solicitud no reuniera la documentación necesaria, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días la subsane, indicándole que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud, procediéndose a su archivo.

    Coste y forma de pago

    Gratuito.

    Plazo de resolución

    El plazo de resolución es de 6 meses desde la publicación de la convocatoria en el BORM.

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (art. 24 ley 39/2015 de 1 de octubre)

    Órganos Competentes

    Concejalía de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio (Servicio de Educación)

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
    Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)


    Órgano de interposición:

    Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
    Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

    Plazo de presentación

    Recurso de reposición : Un mes.
    Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

    • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia.
    • Bases Reguladoras de la Convocatoria.
    • Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal.
    • L.39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administración Públicas.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Se pretende fomentar la participación de todos los sectores en la actividad educativa y favorecer la formación de las Asociaciones para contar con su colaboración activa en la organización y gestión de los centros.

  • Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.

    Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

    Instancia General

    Durante la vigencia de la autorización el titular podrá solicitar la renuncia voluntaria a la misma.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Interesados que dispongan de licencia previa para el ejercicio de la venta ambulante en los mercados semanales de Murcia y pedanías.

    Documentación relacionada

    Fotocopia del DNI/NIE/CIF o Pasaporte del interesado y licencia para la que se solicita la baja.

    Forma de inicio

    Solicitud de baja presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento.

    Plazo de resolución

    Tres meses (Art. 21, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Servicio de Consumo, Mercados y Plazas de Abastos.

    Órgano de resolución

    Servicio de Consumo, Mercados y Plazas de Abastos.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
    Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)


    Órgano de interposición:

    Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
    Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


    Plazo de presentación

    Recurso de reposición : Un mes.
    Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

    • Ley 3/2014, de 2 de Julio, de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia.
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Ordenanza Municipal reguladora de la Venta Ambulante en el Término Municipal de Murcia, de 2 de febrero de 2011.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Estimar la solicitud de renuncia expresa a la titularidad de las autorizaciones concedidas para el ejercicio de la venta ambulante.

    Requisitos de solicitud

    Disponer de licencia previa para el ejercicio de la venta ambulante en los mercados semanales de Murcia y pedanías.

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    Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

    Instancia General

    Establece las bases, requisitos y procedimiento para la solicitud del cambio de titularidad del contrato de la vivienda cuando se han agotado los plazos en los supuestos recogidos en la Ley de Arrendamientos urbanos. Igualmente amplia en tres supuestos donde puede solicitarse el cambio de titularidad.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Personas físicas.

    Documentación relacionada

    Solicitud normalizada y debidamente cumplimentada adjuntando la siguiente documentación:


    Documentos generales:

    • Fotocopia compulsada del DNI, Tarjeta de residente o Pasaporte, de los miembros de la unidad familiar.
    • Fotocopia compulsada del Libro de Familia o certificado de nacimiento. En el caso de parejas de hecho sin hijos en común, Certificado del Registro de Parejas de hecho.
    • Autorización firmada por todos los miembros mayores de 16 años para que el Ayuntamiento de Murcia pueda recabar sus datos ante otras administraciones.
    • Informe actualizado de la Vida Laboral completo, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, de todos los miembros de la unidad familiar, mayores de 16 años, hayan o no hayan trabajado.
    • Fotocopia completa y compulsada de la declaración de la renta del ejercicio anterior de las personas obligadas a realizarla.
    • Fotocopia de todas las nóminas del año anterior a la fecha de la solicitud y/o Certificado de Retenciones de IRPF de la empresa/s de todos los miembros que hayan trabajado ese año.
    • Declaración de componentes de la unidad de convivencia y de sus ingresos.


    Documentos específicos según circunstancias:

    • Certificado de la Condición Legal de Discapacidad (dictamen técnico), tanto del solicitante como del resto de miembros de la unida familiar que aleguen esta situación.
    • Fotocopia compulsada de la sentencia de separación y/o divorcio y del convenio regulador (ratificado por el juez).
    • Fotocopia compulsada de la sentencia sobre las medidas judiciales paterno-filiales en la ruptura de parejas con hijos en común.
    • Documento del valor de las propiedades a efectos de Transmisiones Patrimoniales.

    Ascendientes, descendientes o hermanos del titular:

    • Certificado de defunción del adjudicatario/a.
    • Para los nietos del adjudicatario/a: Fotocopia compulsada del Libro de Familia.
    • Para los padres y hermanos del adjudicatario/a: Fotocopia compulsada del Libro de Familia o partida de nacimiento Literal.
    • Renuncia a la vivienda y DNI de los demás familiares que hubieran convivido con el adjudicatario/a durante los dos años precedentes a su fallecimiento.


    Viudedad:

    • Certificado de defunción del adjudicatario/a.

    Modelos para descargar

    En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

    Forma de inicio

    El procedimiento se iniciará de oficio o a instancia del interesado mediante solicitud, que será presentada en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.
    Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por la existencia de defectos formales o materiales.

    Coste y forma de pago

    Reconocimiento de la deuda de alquiler de la vivienda, si existiera, y aceptación de pago fraccionado de la misma.

    Plazo de resolución

    Seis meses (Art. 21 de Ley 39/2015 de 1 de octubre)

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24, Ley 39/2015, de 26 de noviembre)

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Servicio de vivienda.

    Órgano de resolución

    Concejal Delegado de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Recurso potestativo de reposición.

    Contencioso-administrativo.


    Órgano de interposición:

    Concejal Delegado de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio.


    Plazo de presentación

    Recurso de Reposición en 1 mes.
    Recurso Contencioso-Administrativo en 2 meses.

    • Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL).
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Acuerdo de la Junta de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia de 3 de diciembre de 2008.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Regular, una vez finalizado el plazo establecido por la Ley de Arrendamientos Urbanos para la subrogación, los cambios de titularidad de los contratos de arrendamientos de las viviendas municipales.

    Requisitos de solicitud

    Ocupantes de la vivienda que sean ascendientes, descendientes o parientes hasta el 3º de consanguinidad o afinidad o persona que hubiera convivido con el arrendatario en análoga relación a la de cónyuge, cuando el titular haya abandonado la vivienda y se cumpla:

    • Titular en paradero desconocido o en situación de desatención
    • Abandono por causa de traslado forzoso o ingreso en centro por razones de salud o situación similar.
    • Separación de hecho sin decisión judicial acreditada documentalmente
    • Los mismos que para la inscripción en el Registro de demandantes de vivienda del Ayuntamiento.
    • Convivencia de forma habitual durante dos años consecutivos e inmediatamente anteriores al hecho causante y en el domicilio objeto del contrato, salvo para el cónyuge.
    • Reconocimiento de la deuda de alquiler si existiera.

    Formulario de solicitud

    Solicitud en modelo normalizado.
    Declaración responsable de la composición de la unidad familiar y de los ingresos mensuales y su procedencia (modelo normalizado).
    Autorización firmada por todas las personas mayores de 16 años que forman la unidad familiar, para que el Ayuntamiento de Murcia pueda recabar sus datos ante otras administraciones (modelo normalizado).

    Plazo de presentación

    Sin sujeción a plazo alguno desde la fecha del hecho causante.

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    Instancia General

    El Ayuntamiento de Murcia en casos en que la vivienda municipal adjudicada no reúna las condiciones necesarias, por cuestiones graves de discapacidad y/o salud del titular o alguno de sus miembros de la unidad familiar, o cuando la vivienda no reúna las condiciones adecuadas para el grupo familiar que lo ocupa, se podrá solicitar cambio de vivienda.

    Tramitación

    • Presencial

    A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Personas físicas.

    Documentación relacionada

    Solicitud debidamente cumplimentada, adjuntando la siguiente documentación referida a todos los miembros de la unidad familiar:
    Documentos generales:

    • Fotocopia compulsada de DNI o Tarjeta de residente/Pasaporte, en vigor de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia.
    • Fotocopia compulsada del Libro de Familia o certificado de nacimiento. En el caso de parejas de hecho sin hijos en común, Certificado del Registro Municipal de Parejas de hecho.
    • Autorización firmada por todos los miembros mayores de 16 años para que el Ayuntamiento de Murcia pueda recabar sus datos ante otras administraciones.
    • Certificado de escolarización de los menores de la unidad familiar.
    • Informe actualizado de la Vida Laboral completo, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia, mayores de 16 años, hayan o no hayan trabajado (se puede solicitar llamando al tfno. 901 50 20 50).


    Justificante de ingresos del año anterior y del año actual, de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia , según el caso:

    • Fotocopia completa y compulsada de la declaración de la renta del ejercicio anterior de las personas obligadas a realizarla.
    • Fotocopia de todas las nóminas del año anterior a la fecha de la solicitud y/o Certificado de Retenciones de IRPF de la empresa/s de todos los miembros que hayan trabajado ese año.
    • Declaración de componentes de la unidad de convivencia y de sus ingresos.


    Documentos específicos según circunstancias:

    • Fotocopia compulsada del certificado de la Condición Legal de Discapacidad (dictamen técnico), de las personas de la unidad familiar o de convivencia que aleguen esa situación.
    • Fotocopia de la sentencia de separación y/o divorcio y del convenio regulador (ratificado por el juez).
    • Fotocopia de las medidas judiciales paterno-filiales en la ruptura de las parejas de hecho con hijos en común.
    • Documentos justificativos de la necesidad de cambio.

    Modelos para descargar

    En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

    Forma de inicio

    El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.
    Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por la existencia de defectos formales o materiales.

    Coste y forma de pago

    Reconocimiento de la deuda de alquiler de la vivienda si existiera, y aceptación del pago de la misma.

    Plazo de resolución

    Tres meses (Art. 21 Ley 39/2015 del 1 de Octubre).

    Efecto del silencio administrativo

    Negativo (Art. 24, Ley 39/2015, de 1 de Octubre).

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Servicio de Vivienda.

    Órgano de resolución

    Concejal Delegado de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio.

    Recursos

    Tipo de alegación o recurso:

    Reposición con carácter potestativo y previa a la vía contencioso-administrativa.


    Órgano de interposición:

    Concejal Delegado de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio.


    Plazo de presentación

    Recurso de Reposición en 1 mes.
    Recurso Contencioso-Administrativo en 2 meses.

    • Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL)
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Acuerdo de la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 24 de octubre de 2012.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Concesión de cambios o permutas de viviendas adjudicadas en régimen de arrendamiento o cesión de uso.

    Requisitos de solicitud

    • Que el solicitante sea titular de un contrato de arrendamiento y cesión de uso.
    • Que el solicitante se encuentre al corriente de pago del arrendamiento y gastos comunes de la vivienda y plaza de garaje, en su caso.
    • Que cumpla las condiciones de uso y ocupación, y no concurra causa de resolución de contrato.
    • Que la vivienda que ocupa se encuentre en buen estado de conservación.

    Formulario de solicitud

    • Solicitud en modelo normalizado.
    • Declaración responsable de la composición de la unidad familiar y de los ingresos mensuales y su procedencia.
    • Autorización firmada por todas las personas mayores de 16 años que forman la unidad familiar, para que el Ayuntamiento de Murcia pueda recabar sus datos ante otras administraciones.

  • Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.

    Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

    Instancia General

    Obtención de datos bancarios, mediante la comunicación de los mismos por el interesado.

    Tramitación

    • Presencial

    Negociado de Caja del Ayuntamiento de Murcia/ Oficina de Atención al Proveedor y a través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

    Destinatarios

    Personas físicas o Entidades Jurídicas.

    Documentación relacionada

    Certificado de Titularidad de cuenta bancaria emitido por la Entidad Financiera en donde se encuentre abierta la cuenta.

    Modelos para descargar

    En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

    Forma de inicio

    • A instancia del interesado.
    • A solicitud del Servicio de Tesorería por ausencia de cuenta bancaria a la que tramitar pagos, actualización de la misma o subsanación de cualquier deficiencia observada en una cuenta aportada en otro momento.

    Coste y forma de pago

    Gratuito.

    Efecto del silencio administrativo

    Positivo.

    Órganos Competentes

    Unidad tramitadora

    Tesorería / Caja.

    Órgano de resolución

    Servicio de Tesorería.

    Observaciones

    Objeto del procedimiento

    Sirve para aportar la cuenta bancaria para recibir pagos del Ayuntamiento de Murcia por primera vez, para cambiar los datos bancarios de un expediente en concreto o para cualquier cambio de datos bancarios.
    En ningún caso es válido para la domiciliación del pago de tributos o acciones tributarias.

    Requisitos de solicitud

    Deberá estar correctamente cumplimentado con todos los datos solicitados y firmado por el interesado.
    Asimismo deberá venir sellado y firmado por la Entidad Financiera.

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.