Acreditación de Representación por vía telemática

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Objeto

Acreditar ante el Ayuntamiento la representación de una o varias personas (físicas o jurídicas) para formular peticiones, presentar escritos, realizar diligencias y recibir todo tipo de comunicaciones de la Administración Local a través del canal telemático (Ventanilla Virtual)

Unidad Tramitadora

(02) Servicio de Asistencia Ciudadana

Documentación a aportar

  • Para la representación de personas físicas o que carezcan de capacidad de obrar
    • DNI o NIE de la persona que autoriza
    • Acreditación de la representación de persona física (puede obtener este documento en el apartado "Descargas y Enlaces"). Necesario si no dispone de Poder Notarial
  • Para la representación de personas jurídicas
    • Escritura o poderes donde se acredite la representación legal
    • Documento de identidad de la Entidad poderdante (NIF, CIF)
  • Para la representación de herencias yacentes, comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica
    • DNI o NIE del representante legal de la entidad
    • Escritura o poderes donde se acredite la representación legal
  • En caso de Representación de Menores de Edad
    • Libro de familia
    • Acreditación de la guardia y custodia
    • Documento acreditativo supuestos de: tutela, acogida, adopción y similares u otros tipos de representaciones válidas

* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite

Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
5 Representación
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
45 Representación legal
46 Posibilidad de representación

Quién puede realizar la solicitud

Cualquier persona física o jurídica.

Cómo lo puede presentar

El trámite puede ser instado por:
• Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
• Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas…)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.

Fechas en que lo puede solicitar

Presencialmente, cualquier día hábil del año en los horarios establecidos oficialmente

Dónde lo puede presentar

1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
• En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
• En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73 Fax: 928.328.761
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54 Fax: 928.33.96.00
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59 Fax: 928.38.35.80
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público:lLunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29 Fax: 928.46.45.64
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24 Fax: 928.67.05.50
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Atención a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.

Obligaciones económicas

Ninguna

Notificación

Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la solicitud o mediante notificación electrónica.

Observaciones

Tanto en relación a un procedimiento concreto como a título general, la persona representante autorizada podrá recibir las cantidades que indebidamente se hayan ingresado por la representada y que se acuerden en el presente procedimiento, formular peticiones, solicitudes, presentar escritos, interponer alegaciones, reclamaciones, recursos, desistir de ellos, renunciar a otros derechos, suscribir diligencias y otros documentos que pueda extender el órgano competente, recibir todo tipo de comunicaciones y, en general, realizar cuantas actuaciones correspondan a la persona representada en el curso de dicho procedimiento.
Con este escrito la persona representante acredita la representación conferida y responde de la autenticidad de la firma de la persona otorgante así como de la/s copia/s del DNI o documento equivalente de identificación de extranjeros que acompañan a este documento.
La vigencia y efectividad de la documentación aportada junto con el presente documento será hasta tanto en cuanto los datos contenidos en el mismo no hayan sufrido variación. En caso de experimentar cualquier tipo de variación deberá presentarse de nuevo la acreditación de la representación.

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