Actualización anual Artículos 19 y 20 Resolución SAGYP N° 39/14

Actualizado el 26 de enero de 2020
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En caso de conformar con otras empresas Grupo Empresario en los términos establecidos en el Artículo 4°, inciso h) del Régimen General de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC) aprobado por la Resolución Nº 1 de fecha 24 de enero de 2013 del Consejo Federal Pesquero, el mismo deberá ser denunciado ante la Dirección Nacional de Coordinación Pesquera y cada una de las empresas integrantes del mismo deberá realizar una declaración anual

¿A quién está dirigido?

Todas la empresas que conformen un Grupo Empresario en los términos del Régimen General de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC).

¿Qué necesito?

Acta societaria de autoridades vigentes.

Acreditación de personería y representación.

Nota de conformidad y autorización a favor de una de las partes para tramitar la solicitud en caso de ser Multipersonal Persona Física/Jurídica - Multipersonal Mixta.

Además se deberán completar con carácter de declaración jurada los formularios que requiere el sistema.

Se podrá adjuntar toda documentación respaldatoria de las declaraciones formuladas.

¿Cómo hago?

1

Ingresá a TAD

2

Completa la documentación solicitada.

3

Una vez finalizado selecciona continuar.

4

Cuando termines, se generará un número de expediente que les permitirá realizar el seguimiento del mismo.

Vigencia


La declaración debe realizarse anualmente.

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