Real Decreto sobre Ordenación de Aeropuertos de Interés General

El Real Decreto se creó para desarrollar el artículo 166 de la Ley 13/1996, estableciendo un marco regulatorio para la ordenación de los aeropuertos de interés general y sus zonas de servicio, con el objetivo de garantizar la seguridad, eficiencia y sostenibilidad en la gestión aeroportuaria.

  • Define los aeropuertos de interés general y su ámbito de aplicación.
  • Establece criterios para la planificación y gestión de los aeropuertos.
  • Regula las zonas de servicio aeroportuarias y sus actividades.
  • Determina las competencias de las administraciones públicas en materia aeroportuaria.
  • Fomenta la coordinación entre los diferentes agentes implicados en la actividad aeroportuaria.

Este Real Decreto afecta a la planificación y gestión de los aeropuertos, influyendo en la calidad de los servicios aeroportuarios, la seguridad de las operaciones y el desarrollo económico de las regiones donde se ubican los aeropuertos.

Antes de este Real Decreto, la ordenación de los aeropuertos de interés general carecía de una regulación específica y detallada, lo que generaba incertidumbre y dificultades en la gestión aeroportuaria.

No se identifican controversias significativas en relación con este Real Decreto.