Real Decreto-ley 12/2011

Este Real Decreto-ley se creó para adaptar la legislación española al Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques y para regular las competencias de las comunidades autónomas en la gestión del dominio público hidráulico, abordando así tanto aspectos de derecho marítimo como de gestión de recursos hídricos.

  • Modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para la aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques.
  • Regula las competencias de las comunidades autónomas en materia de policía de dominio público hidráulico.
  • Establece un marco legal para el embargo preventivo de buques en línea con los estándares internacionales.
  • Define las responsabilidades de las comunidades autónomas en la protección y gestión de los recursos hídricos.

Este Real Decreto-ley afecta principalmente a las empresas navieras y a las administraciones públicas encargadas de la gestión de los recursos hídricos. Para las empresas navieras, implica un marco legal más claro para el embargo preventivo de buques. Para las administraciones autonómicas, define sus competencias en la protección del dominio público hidráulico.

Antes de este Real Decreto-ley, existían lagunas legales en la aplicación del Convenio Internacional sobre el embargo preventivo de buques y una definición menos clara de las competencias autonómicas en materia de policía de dominio público hidráulico.

No se identifican controversias significativas en relación con este Real Decreto-ley.