Real Decreto de Especialidades de Escuelas Oficiales de Idiomas

Este Real Decreto se creó para especificar las especialidades de los cuerpos docentes de Catedráticos y Profesores de las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI), en el marco de la Ley Orgánica de Educación (LOE). Su propósito es adaptar la estructura de las especialidades a las necesidades del sistema educativo en el ámbito de la enseñanza de idiomas.

  • Define las especialidades de los Cuerpos de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.
  • Establece las especialidades de los Cuerpos de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
  • Se enmarca dentro del desarrollo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).

Este real decreto afecta directamente a los docentes de las Escuelas Oficiales de Idiomas, ya que define las especialidades en las que pueden ejercer y cómo se estructuran sus cuerpos docentes. También influye en la organización de la oferta educativa de idiomas en España.

Antes de este Real Decreto, existía una regulación menos específica sobre las especialidades de los docentes de EOI. Este decreto vino a clarificar y adaptar estas especialidades a la nueva Ley Orgánica de Educación.