Presentación de documentación por parte de la Universidad Internacional de La Rioja para la implantación/supresión y renovación de títulos oficiales
Requisitos
Presentación de documentación por parte de la Universidad Internacional de La Rioja para la implantación/supresión y renovación de títulos oficiales
Documentación
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Los plazos para las presentaciones de la documentación serán aquellos marcados por la ANECA y por la regulación vigente, así como aquellos que aseguren una coherente y adecuada gestión de las implantaciones/supresiones y renovaciones de los títulos oficiales de la Universidad Internacional de La Rioja.
Más información
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades
Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el Real Decreto 534/2013, de 12 de julio y por el Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero.
Orden 28/2009, de 7 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se determina el procedimiento para la implantación de las enseñanzas universitarias oficiales en el Marco del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Resolución de 14 de enero de 2016, de la Dirección General de Educación por la que se dictan instrucciones para la renovación de la acreditación de los títulos universitarios oficiales de Grado, Máster y Doctorado autorizados a las universidades de ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de La Rioja
No tiene
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Universidades e Investigación
Indemnización económica a los ganaderos afectados por el sacrificio obligatorio de los animales reaccionantes positivos a las pruebas diagnósticas frente a la tuberculosis, brucelosis, leucosis y perineumonía de ganado bovino y brucelosis en ganado ovino y caprino, incluidas en las campañas de saneamiento ganadero.
Requisitos
Beneficiarios
Titulares de explotaciones bovinas y ovinas-caprinas ubicadas en La Rioja que cumplan las condiciones establecidas en la normativa aplicable.
Requisitos
Todos los animales reaccionantes positivos serán sacrificados bajo control oficial, lo más rápidamente posible, y, a más tardar, 30 días después de la comunicación oficial a los ganaderos propietarios.
Se perderá el derecho a la indemnización por sacrificio de animales reaccionantes positivos, cuando, previa audiencia del interesado, se compruebe la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:
En todas estas circunstancias, la pérdida de la indemnización comprenderá todos los animales de la explotación que hayan dado positivo a las pruebas diagnósticas.
Deberá cumplirse, además, la normativa sobre movimiento pecuario e identificación animal.
Documentación
El solicitante deberá adjuntar copia de la autorización de traslado ("conduce") diligenciada por el Servicio Veterinario Oficial del Matadero.
Cuando el sacrificio se realice en la propia explotación o en lugares expresamente autorizados, los Veterinarios Oficiales de la Comarca correspondiente certificarán el mismo.
Modelo de solicitud ( 59.5 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Procedimiento no sujeto a plazo.
La copia de la autorización del traslado se deberá presentar en los Servicios Oficiales Veterinarios dentro de los cinco días siguientes al del sacrificio.
Más información
Real Decreto 389/2011, de 18 de marzo, por el que se establecen los baremos de indemnización de animales en el marco de los programas nacionales de lucha, control, o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis bovina y caprina, lengua azul y encelopatías espongiformes transmisibles.
Según normativa aplicable
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Requisitos
Beneficiarios
Los titulares de explotaciones bovinas, ovinas y caprinas ubicadas en La Rioja que hayan cumplido con la normativa vigente en materia de sanidad animal.
El sacrificio, por sospecha o confirmación de la enfermedad, dará derecho a a la correspondiente indemnización por sacrificio obligatorio, de acuerdo con los baremos oficialmente establecidos.
Documentación
Aportación de copias
Si el trámite se hace de forma presencial:
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Consultar en la Sección de sanidad animal
Más información
Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
Real Decreto 389/2011, de 18 de marzo, por el que se establecen los baremos de indemnización de animales en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles.
Impresos
Ponemos a su disposición la relación de impresos asociados a esta gestión.
Descargue los que necesite para realizar el trámite de manera presencial.
Además se pueden obtener dirigiéndose a:
Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.
Modelo de solicitud ( 39.7 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 81.3 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Tramitación de planes parciales y especiales que desarrollen planeamiento urbanístico, y su modificación, en municipios que superen los 25.000 habitantes.
Municipios con más de 25.000 habitantes
Documentación técnica y administrativa
En la documentación técnica será necesario aportar, además de la contemplada en la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja y el Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1 978 la siguiente:
Los formatos para la documentación escrita serán:.doc y .pdf
Los formatos para la documentación gráfica: (imprescindible de las dos formas):
Copia compulsada del expediente administrativo, que deberá incluir:
Cada ejemplar de planeamiento de desarrollo o de su modificación puntual deberá incluir, al menos:
Los planeamientos de desarrollo de iniciativa particular deberán incluir, además:
Aportación de copias
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010).
Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Los documentos presentados de manera presencial deberán ser digitalizados por la oficina de asistencia en materia de registros en la que hayan sido presentados, devolviéndose los originales al interesado, salvo los supuestos previstos en el artículo 16.5 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
La presentación de solicitudes se podrá realizar:
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja. Arts. 87 y 88.
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 31 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley del Suelo.
Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo.
Decreto 20/2009, de 3 de abril, por el que se regula el procedimiento administrativo de evaluación ambinetal de planes y programas.
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Tramitación de planes parciales y especiales que desarrollen planeamiento urbanístico, y su modificación, en municipios que superen los 25.000 habitantes.
Requisitos
Municipios con más de 25.000 habitantes
Documentación
Documentación técnica y administrativa
En la documentación técnica será necesario aportar, además de la contemplada en la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja y el Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1 978 la siguiente:
Los formatos para la documentación escrita serán:.doc y .pdf
Los formatos para la documentación gráfica: (imprescindible de las dos formas):
Copia compulsada del expediente administrativo, que deberá incluir:
Cada ejemplar de planeamiento de desarrollo o de su modificación puntual deberá incluir, al menos:
Los planeamientos de desarrollo de iniciativa particular deberán incluir, además:
Aportación de copias
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010).
Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Los documentos presentados de manera presencial deberán ser digitalizados por la oficina de asistencia en materia de registros en la que hayan sido presentados, devolviéndose los originales al interesado, salvo los supuestos previstos en el artículo 16.5 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Solicitud ( 88.4 Kb)
Tasa 09.14.3 por tramitación de modificaciones de planeamiento ( 55.2 Kb)
Tasa 09.14.4 por tramitación de planeamiento ( 57.6 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 37 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 63 Kb)
Sujetos obligados a recibir notificación electrónica ( 37 Kb)
Cómo tramitarlo
Además de descargar los impresos, la solicitud se puede obtener en:
La presentación de solicitudes se podrá realizar:
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Abierto todo el año
Dos meses. El plazo de dos meses se contará a partir de la fecha de entrada del expediente completo en el registro del órgano competente. El silencio se entiende favorable siempre que no incluya determinaciones contrarias a la Ley o a planes de superior jerarquía, o cuando la aprobación del plan está sometida a requisitos especiales legales o reglamentariamente establecidos.
Más información
Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja. Arts. 87 y 88.
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 31 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley del Suelo.
Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo.
Decreto 20/2009, de 3 de abril, por el que se regula el procedimiento administrativo de evaluación ambinetal de planes y programas.
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
Positivo
Modos de pago:
Número de Cuenta: ES6020387494806000189348
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
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Emisión de informe sanitario previo a la concesión de licencia de apertura de los establecimientos no sanitarios en los que se realizan técnicas de tatuaje, micropigmentación o perforación cutánea (piercing).
Requisitos
Corresponde a los Ayuntamientos la concesión de la licencia de apertura, previa solicitud de los titulares de los establecimientos, que faculte para el ejercicio de las actividades de tatuaje, micropigmentación o perforación cutánea (piercing) que se ubiquen en su término municipal, ya sean estables o provisionales.
Con carácter previo a la concesión de la licencia, el titular del establecimiento deberá solicitar ante el órgano autonómico competente en materia de salud pública que se supervisen las instalaciones a fin de que se compruebe el que se reúnen las condiciones higiénico-sanitarias debidas y demás requisitos exigidos en el presente Decreto; lo que se constatará mediante la emisión, en el plazo de un mes, de un informe preceptivo y vinculante para la concesión de la licencia de apertura; dicho informe se evacuará conforme a lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre y se remitirá al titular del establecimiento y al ayuntamiento del municipio en el que esté ubicada la actividad.
Los titulares de los establecimientos sobre la que se otorgó licencia de apertura deberán comunicar al ayuntamiento del municipio en el que esté ubicada la actividad el cese, temporal o definitivo, o cualquier modificación que se produzca de la actividad de tatuaje, micropigmentación o perforación cutánea (piercing). Los ayuntamientos darán, así mismo, traslado al órgano autonómico competente en materia de salud pública.
Documentación
Solicitud
Solicitud ( 94 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
El informe se emitirá en el plazo de UN MES
Más información
Decreto 18, de 5 de marzo, Decreto 18/2004, de 5 de marzo, por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias que deben cumplir los establecimientos no sanitarios en los que se realizan prácticas de tatuaje, micropigmentación o perforación cutánea (piercing)
Positivo
Alzada
Modos de pago:
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Dirección General de Salud Pública y Consumo
C/ Vara de Rey, 8, 1 Planta
26071 Logroño (La Rioja)
Teléfono 941 291977
Requisitos
Beneficiarios
Podrán ser titulares del Ingreso Mínimo de Inserción las personas que reúnan los siguientes requisitos:
Exclusiones
No podrán ser titulares de Ingreso Mínimo de Inserción:
Cuantía
Dicha cuantía será percibida íntegramente, salvo en los casos en los que el proyecto individualizado de inserción contemple un trabajo a tiempo parcial, o cuando el solicitante esté percibiendo pensiones compensatorias, subsidios o prestaciones de desempleo de importe inferior a la cuantía del Ingreso Mínimo de Inserción, en los que se deducirá de la cuantía el salario o pensión percibida, garantizándose, en todo caso, el 25 % de la misma.
El período máximo de percepción , incluida las prórrogas, es de dos años sucesivos o alternativos. Si el beneficiario, o cualquier miembro de la unidad de covivencia independiente, percibieran sucesivamente el Ingreso Mínimo de Inserción y las Ayudas de Inclusión Social, la duración máxima de percepción de ambas prestaciones será igualmente de dos años sucesivos o alternativos.
Suspensión
El titular podrá solicitar la suspensión temporal de la prestación cuando:
Extinción
El Ingreso Mínimo de Inserción se extinguirá por:
Documentación
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
Aportación de copias
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010)
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico.
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.
Plazos
Este procedimiento no está sujeto a un plazo específico de solicitud.
3 meses; el silencio administrativo será positivo si en la solicitud se acompaña un proyecto individualizado de inserción.
Más información
Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005.
Real Decreto Ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalización de la regulación del salario mínimo interprofesional y para el incremento de su cuantía.
Real Decreto Ley 11/2004, de 23 de diciembre, por el que se modifica, en materia de pensiones públicas, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005.
Ley 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral.
Decreto 24/2001, de 20 de abril, por el que se regulan las prestaciones de inserción social.
Decreto 31/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba la Cartera de servicios y prestaciones del Sistema Público Riojano de Servicios Sociales.
Positivo
Alzada
La presente Resolución no agota la vía administrativa. Contra la misma podrá interponerse recurso de alzada frente al Consejero de Salud y Servicios Sociales en el plazo de un mes, conforme a los artícutlos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Impresos
Ponemos a su disposición la relación de impresos asociados a esta gestión.
Descargue los que necesite para realizar el trámite de manera presencial.
Además se pueden obtener dirigiéndose a:
Téngase en cuenta que las normas reguladoras de los procedimientos pueden exigir que la presentación electrónica sea obligatoria y que por lo tanto no se admita la presentación presencial.
Solicitud de Ingreso Mínimo de Inserción ( 2147.6 Kb)
Proyecto individualizado de inserción ( 1230.2 Kb)
Informe social para la prestación del IMI ( 354.6 Kb)
Declaración responsable de ingresos y patrimonio ( 1870.1 Kb)
Informe social de evaluación del proyecto individualizado ( 1270.5 Kb)
Ficha de datos bancarios ( 387.2 Kb)
Consentimiento para la notificación electrónica ( 81.3 Kb)
Solicitud de cambio de medio de notificación ( 128.8 Kb)
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Inscripción en el Registro de instalaciones petrolíferas para suministro a vehículos con una capacidad de almacenamiento superior a: - Productos de clase B: 300 litros en interior y 500 litros en exterior de edificaciones. - Productos de clase C y D: 3.000 litros en interior y 5.000 litros en exterior de edificaciones.
Reconocimiento del carné profesional de instalador, para poder ejercer las actividades sujetas a Reglamentos de Seguridad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos
Beneficiarios:
Personas físicas (instaladores o mantenedores) que presentan declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para poder ejercer las actividades sujetas a Reglamentos de Seguridad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Requisitos:
-Ser mayor de edad
-Tener conocimientos teórico-prácticos en las materias específicas del carnet solicitado.
-Conocer la reglamentación técnica específica en la actividad a desarrollar.
-Constituirse en empresario autónomo o pertenecer a jornada completa, a la plantilla de una empresa debidamente cualificada y habilitada para ejercer la actividad a que se refiere el correspondiente certificado.
- Acreditar, mediante declaración responsable, el cumplimiento de los requisitos técnicos específicos para el desempeño de la actividad.
Trámites:
-Presentación de la documentación en la Oficina de Información y Registro de la Dirección General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio, C/ Marqués de la Ensenada 13-15, bajo.
Liquidación de la tasa correspondiente
Documentación
- Certificado acreditativo de haber superado un examen que realizará la Dirección General de Ordenación y Desarrollo Económico
- Fotocopia DNI
- Título o certificado de estudios de grado medio o superior de especialidad técnica.
- La justificación como empresario autónomo se realizará mediante la presentación de Alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de trabajadores autónomos, o de los documentos acreditativos del pago a la Seguridad Social de los últimos meses.
- La pertenencia a una empresa se justificará mediante el contrato de trabajo visado por el INEM o la declaración de cotización de la Seguridad Social (TC2) de los dos últimos meses.
- Dos fotografías tamaño carnet.
Solicitud de carné ( 137 Kb)
Renovación de carné ( 596.4 Kb)
Medio de notificación ( 30 Kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar :
de forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
de forma electrónica, desde el botón tramitar.
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Si no es Vd un sujeto obligado, se recomenda la presentación de modo presencial, en tanto se habilita el sistema de pago electrónico de las tasas del Servicio de Industria y Energía
Plazos
Tres meses: artículo 21.3 Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Más información
Orden de 29 de Julio de 1994, por la que se unifica el procedimiento para la expedición de carnés profesionales y las condiciones a cumplir por empresas instaladoras y de mantenimiento autorizadas.
Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Positivo
Alzada
-Quienes no posean la titulación exigida podrán justificar los conocimientos teóricos-prácticos mediante la asistencia a un curso Teórico-práctico sobre las materias específicas del certificado de que se trate,
-La Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, mediante Resolución publicada en el B.O.R. en el primer trimestre de cada año, fijará las fechas de realización de los exámenes sobre la Reglamentación específica que sea de aplicación en la actividad profesional correspondiente.
Para el acceso al examen de Reglamentación, junto a la solicitud individual deberá adjuntarse fotocopia del D.N.I. , fotocopia compulsada del Certificado o Título de estudios requerido. Esta documentación podrá ser sustituida por una autorización expresa a la Dirección General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio para verificar de oficio los datos personales y académicos del interesado.
En su defecto, deberá aportarse certificado acreditativo de la asistencia al curso específico sobre la reglamentación técnica aplicable y, en todo caso, justificante de pago de los derechos de examen
Una vez realizado el examen, la Dirección General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio expedirá por cada uno de los alumnos que hayan superado el mismo, un Certificado que acredite la citada superación.
Los operadores de grúas están sujetos a renovación de sus carnés cada 5 años.
La documentación a aportar varía en función de la especialidad que se solicite
Concepto: En los supuestos de renovación la tasa se reduce a la mitad
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Organismo
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Servicio de Industria y Energía
Gerardo Pérez Garrido.ext.31158
Inscripción en los cursos preparatorios para la realización de pruebas de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional.
Centros autorizados
Los centros educativos autorizados para impartir el curso preparatorio son:
Requisitos de los solicitantes
Tener 19 años o cumplirlos en el año de realización de la prueba.
Con carácter general, se presentará la siguiente documentación:
Aportación de documentos junto con la solicitud
Si el trámite se hace de forma presencial
Salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración.
El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Oficinas de Registro
Si se hace de manera electrónica
Escanee la documentación y adjúntela a la solicitud.
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
De forma electrónica desde el botón Tramitar
De forma presencial a través de:
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Del 26 de junio al 3 de julio de 2017, ambos incluidos.
Con el fin de agilizar la tramitación de las solicitudes, se presentarán en el centro educativo autorizado para impartir el curso de preparación de las pruebas de acceso a ciclos formativos solicitado en primera opción
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Natalia Sáez García