Concerniente a las actividades que, de acuerdo con el Anexo III de la Ley 3/2014, de 1 de octubre, que modifica al Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, están sujetas a Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable.
¿Quién lo puede solicitar?
Los titulares de aquellas actividades/instalaciones que estén sometidas al instrumento establecido en el Anexo III de la Ley 3/2014, de 1 de octubre, como CA-DR. La Declaración Responsable de los Efectos Ambientales para actividades/instalaciones sujetas a CA-DR es un documento que acompaña a la Declaración Responsable para la Apertura de establecimientos.
- Fecha de solicitud:En cualquier momento.
Documentación necesaria
Declaración Responsable de los efectos ambientales para actividades/instalaciones sujetas a CA-DR y memoria técnica de medidas de prevención medioambiental de acuerdo con la documentación técnica para actividades/instalaciones sujetas a CA-DR.
Procedimiento
Procedimiento presencial:
- Acudir al Área de Sostenibilidad Medioambiental, sito en Paseo Marítimo Antonio Machado n.º 12, Edificio Múltiple de Servicios Municipales, 29002 Málaga. Teléfono: 951926024.
- Atención al ciudadano
- Consulta técnica o jurídica
Presentación una denuncia ante la Policía local.
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona.
- Fecha de solicitud:En cualquier momento.
Documentación necesaria
Procedimiento
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Acudir al Grupo territorial de la Policía Local.
- Indicar la denuncia.
Procedimiento telefónico:
- Contactar con la Policía Local (092), o con el Grupo territorial de la Policía Local.
Procedimiento sin certificado digital:
- Enviar un correo electronico a la Policia Local (plocal@malaga.eu) o al Grupo territorial de la Policia Local.
Poner en conocimiento de la Administración la existencia de molestias o hechos que provoquen ruidos, insalubridad, malos olores, etc., ocasionados por animales o plagas en zonas privadas.
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier ciudadano.
- Fecha de solicitud:Todo el año.
Documentación necesaria
Instancia según modelo normalizado, con la identificación correspondiente.
Silencio Administrativo
- Órgano de instrucción: Jefe del Servicio de Vigilancia Sanitario Ambiental
Legislación aplicable
Ley 11/2003 de 24 de noviembre.
De Protección de Animales en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Ley 14/1986, 25 de abril.
General de Sanidad.
Decreto 8/1995, 24 de enero.
Por el que se aprueba el Reglamento de Desinfección, Desinsectación y Desratización Sanitarias
Ordenanza Municipal.
Reguladora de la Tenencia de Animales de Compañía y Animales Potencialmente Peligrosos.
Procedimiento
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Acudir al Servicio de Vigilancia Sanitario-Ambiental, adscrito al Área de Sostenibilidad Medioambiental, sito en Paseo Marítimo Antonio Machado n.º 12, Edificio Múltiple de Servicios Municipales, 29002 Málaga.
- Entregar y cumplimentar el impreso de denuncia, aportando el mayor número de datos posibles para facilitar su tramitación.
- Se inspeccionarán los hechos constitutivos de infracción a la normativa legal vigente en materia de animales de compañía, materia de plagas de incidencia en la salud pública o, a la Ordenanza Municipal, por alimentación de palomas de forma indiscriminada.
- En caso de detectarse situaciones de molestias por una tenencia inadecuada de animales, se realiza un apercibimiento al responsable del animal, para que tome las medidas para eliminarlas. Si estas no son adoptadas se abrirá un expediente sancionador.
- Si se trata de un problema de palomas en zonas privadas, se asesorará al interesado de las medidas que podría adoptar para resolver la situación, pero si las molestias están produciéndose por desconocimiento o negligencia de propietarios de viviendas o inmuebles deshabitados, se apercibirá al responsable del mismo a fin de que tomen las medidas necesarias para eliminar el riesgo a la salud. En la misma línea se actuará ante la constancia de personas identificadas que alimenten indiscriminadamente a las palomas para que depongan su actitud. En caso de no tomarse tales medidas, se abrirá expediente sancionador.
- En caso de detectarse situaciones en las que se sospeche o incluso se constate un problema de insalubridad o riesgo para la salud pública a consecuencia de plagas (ratas, cucarachas, garrapatas, pulgas, etc.), se realizará un apercibimiento al responsable del lugar para que se subsane la situación que dio origen a la denuncia. Por lo contrario, de no tomar las medidas necesarias, se incoará un expediente sancionador.
- A través del TRAMITA de la Web del Excmo. Ayuntamiento.
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
- Acceda al trámite: Denuncia por presencia de plagas y/o molestias ocasionadas por animales.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Presentación una denuncia ante la Policía local por malos tratos o menores.
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona que quiera presentar una denuncia sobre malos tratos a mujeres o a menores.
- Fecha de solicitud:En cualquier momento.
Documentación necesaria
Procedimiento
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Acudir al GEMAC o a uno de los Grupo territorial de la Policía Local.
- Indicar la denuncia.
Procedimiento telefónico:
- Contactar con la Policía Local (092), o con el Grupo territorial de la Policía Local.
- Se inician las diligencias a falta de la presencia del interesado.
Procedimiento sin certificado digital:
- Enviar un correo electronico a la Policia Local (plocal@malaga.eu) o al Grupo territorial de la Policia Local.
- Se inician las diligencias a falta de la presencia del interesado.
Depósito en la Oficina de Objetos Perdidos de un objeto hallado.
¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona.
- Fecha de solicitud:En cualquier momento.
Documentación necesaria
Ninguna.
Procedimiento
Procedimiento presencial:
- Acudir a la Ofcina de Objetos Perdidos. De lunes a viernes de 09:00h a 14:00h.También puede entregarse a la Policía Local o en la oficinas de Correos.
Gestión de las garantías que han de constituirse en cumplimiento del art. 10 de la Ordenanza de Promoción y Conservación de Zonas Verdes, para responder de la reposición de especies arbóreas afectadas por obras en parcelas cuya titularidad no corresponda al Excmo. Ayuntamiento de Málaga.
¿Quién lo puede solicitar?
Propietarios o sus representantes
- Fecha de solicitud:Tras la emisión del informe técnico de valoración de las especies afectadas y previo a la obtención a la licencia de obras.
- Plazo de resolución:3 meses
- Plazo de validez y recurso:- Recurso de reposición: 1 mes
- Contencioso Administrativo: 2 meses
Documentación necesaria
- Aval, justificante de transferencia o justificante de ingreso en caja municipal.
- Declaración expresa de aceptación del art. 10 de la Ordenanza Municipal de Promoción y Conservación de Zonas Verdes
Procedimiento
Procedimiento presencial:
- Garantía depositada: Aval, justificante de transferencia bancaria ó justificante de ingreso en caja municipal.
- Declaración expresa de aceptación del art. 10 de la Ordenanza Municipal de Promoción y Conservación de Zonas Verdes.
- Solicitud depósito, devolución o ejecución de garantía para reposición de especies arbóreas
Solicitud de alta o modificación de la Tasa por Entrada y Salida de Vehículos.
¿Quién lo puede solicitar?
Los propietarios de las fincas afectadas por los aprovechamientos o sus representantes.
En el caso de cambio de titularidad lo podrán presentar tanto el adquirente como el transmitente del inmueble afectado por la entrada de vehículos, siempre que en su solicitud se aporte documentación fehaciente de la compraventa del inmueble.
- Fecha de solicitud:30 días desde que se produce el alta o modificación.
- Plazo de resolución:4 meses desde su presentación.
Documentación necesaria
- Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
- Copia de escritura de propiedad.
- Fotografía de la fachada donde se encuentra el paso de vehículos.
- Plano de situación (se aportará por la Unidad gestora de la Tasa previa personación del interesado).
- Identificación del interesado (copia de DNI o equivalente, vigente).
- En caso de solicitarlo un tercero, identificación del mismo (copia del documento identificativo) y autorización del interesado.
- En caso de persona jurídica: copia de poder de representación o autorización, copia de escritura de constitución, copia de documento identificativo del representante y, en su caso, de autorizado, y copia de tarjeta de identificación fiscal.
1.- Para alta en la tasa según tarifa:
Vivienda Unifamiliar:Aparcamiento Colectivo:- Escritura de división horizontal completa
- Licencia 1ª Ocupación
Industria o Comercio:- Declaración responsable o en su defecto Licencia de Apertura
- Alta en el Censo de Actividades Económicas
Aparcamiento en Explotación:- Declaración responsable o en su defecto Licencia de apertura
- Alta en el Censo de Actividades Económicas
2.- Para cambio de titularidad según tarifa:
Aparcamiento en explotación:- Declaración responsable o en su defecto Licencia de apertura
- Alta en el Censo de Actividades Económicas
Aparcamiento Colectivo:- Escritura de división horizontal
- Licencia 1ª Ocupación
Industria o Comercio:- Declaración responsable o en su defecto Licencia de apertura
- Alta en el Censo de Actividades Económicas
Otros datos de interés:- El solicitante siempre será el propietario de la finca.
- En los casos en que sean varios titulares, lo será el que tenga una mayor participación en la propiedad o cualquiera de ellos en el caso de partes iguales.
- Si fuese una empresa la propietaria de la finca ésta actuará como solicitante y el representante legal de la misma será quien actúe en su nombre.
- En el supuesto de carga y descarga de mercancías, deberá solicitarse la oportuna autorización, determinándose el espacio a ocupar, clase de mercancía que habrá de ser objeto del traslado, horario y tiempo en el que se efectuarán estas actividades; asimismo se efectuará solicitud directamente en la sede del Área Cl. Concejal Muñoz Cerván Nº 3 - Tabacalera Módulo 5 2ª Planta - 2003 Málaga.
Legislación aplicable
Otros datos de interés
Oficina Tramitadora:
Oficinas de Atención Integral al Ciudadano
Responsable de la gestión:
Servicio de Gestión Tributaria
Departamento de Gestión de Tributos
Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu
Procedimiento
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Presentar la documentación requerida en las oficinas tramitadoras
- Se revisará la documentación, y se emitirá un informe técnico por parte del Área de Tráfico.
- En caso de que el informe técnico sea desfavorable o favorable condicionado, se le tramitará audiencia.
- Se dicta un decreto autorizando o denegando la entrada de vehículos.
- Se emite, en su caso, liquidación de la tasa.
- Recogida de placas.
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite: Entrada de vehículos. Declaración de alta/modificación de la tasa.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Solicitud de baja de la Tasa por Entrada y Salida de Vehículos.
¿Quién lo puede solicitar?
Los titulares de la tasa o sus representantes.
- Fecha de solicitud:Una vez se haya hecho desaparecer la entrada de vehículos afectada.
- Plazo de resolución:1 mes desde su presentación.
Documentación necesaria
- Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
- Copia de Plano de situación (se facilitará en ventanilla, previa personación del interesado).
- Identificación del interesado (copia de DNI o equivalente, vigente).
- Fotografía de la fachada donde se encontraba el paso de vehículos, con detalle donde se pueda apreciar la parte del acerado que afectaba a dicho paso.
- En caso de solicitarlo un tercero, identificación del mismo (copia del documento identificativo) y autorización del interesado.
- En caso de persona jurídica: copia de poder de representación o autorización, copia de escritura de constitución, copia de documento identificativo del representante y, en su caso, de autorizado, y copia de tarjeta de identificación fiscal.
Legislación aplicable
Otros datos de interés
Oficina Tramitadora:
Oficinas de Atención Integral al Ciudadano
Responsable de la gestión:
Servicio de Gestión Tributaria
Departamento de Gestión de Tributos
Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu
Procedimiento
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Presentar la documentación requerida en las Oficinas de Atención al Público.
- Hacer desaparecer de la fachada la placa identificativa de vado (no es necesario entregarla); hacer desaparecer el rebaje si lo hubiera (en tal caso, antes se solicitará el correspondiente permiso en la Gerencia Municipal de Urbanismo, para reponer la acera a su estado anterior), y en todo caso asegurar la no entrada de vehículos al antiguo aparcamiento.
- Se tramitará internamente la solicitud, comunicando finalmente la resolución al interesado.
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite: Entrada de vehículos. Declaración de baja.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.
Los propietarios de terrenos, urbanizaciones, edificaciones y carteles, deben mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro a fin de preservarlo recuperar en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo. En caso de incumplimiento el Ayuntamiento puede dictar una orden de ejecución de obras. El contenido de la orden de ejecución, alcanza la obligación de ejecutar determinadas obras, en un plazo determinado, consistentes en el mantenimiento de la edificación y sobre todo con el fin de evitar que el mal estado de un edificio o solar pueda representar riesgo de daños para las personas y las cosas.
La tipología de las órdenes de ejecución obedece a la necesidad de mantener la edificación en perfecto estado de seguridad, salubridad, ornato público y calidad ambiental, cultural y turística y en su virtud, a la ejecución de obras de reparación, mantenimiento y conservación.
¿Quién lo puede solicitar?
A instancia del interesado; persona física o jurídica que alegue daño o peligro de daños propios derivados de la situación actual de un terreno, urbanización o edificación.
De oficio, por la actuación de un servicio municipal, un informe técnico municipal o denuncia.
- Fecha de solicitud:En cualquier momento.
Documentación necesaria
a) Solicitud General de la GMU. Deberá contar con al menos la siguientes información:
a.1) Identificación del interesado: Datos Personales.
a.2) Datos del inmueble:
- Situación, localización o referencia catastral del inmueble.
- Daños que presenta el terreno, urbanización o edificación.
b) Justificante de Abono de las Tasas regulado en el art.10 de la Ordenanza Fiscal 15.
Obligaciones económicas
Tasas según la Ordenanza Fiscal nº 15.
Legislación aplicable
Norma Estatal??R.D.L. 7/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Rehabilitación Urbana.
Normativa Local?La normativa local está contenida en la "Ordenanza de Conservación e Inspección Técnica de las Edificaciones" publicada en el B.O.P. de 25 de noviembre de 2013.
R.D. 2187/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística. (Parcialmente derogada)?
Normativa Autonómica??Constituida por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre,de Ordenación Urbanística de Andalucía
Vigente y en especial en la sección 2ª del Capítulo V, reguladora de las obras de edificación y obras en bienes inmuebles en general, regulándose en los artículos 155 y siguientes el deber de conservación y rehabilitación y en el artículo 157 la situación legal de ruina urbanística. En dicha legislación se contiene así mismo la regulación de la ejecución subsidiaria, las multas coercitivas y el régimen sancionador para los supuestos de incumplimiento.?
Procedimiento
Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:
Procedimiento presencial:
- Presentar Solicitud: Acudiendo a la Gerencia Municipal de Urbanismo (Paseo Antonio Machado, 12 - 29002 (Málaga), y entregando en el Registro General o en la Oficina de Atención Ciudadana la correspondiente 'Solicitud General' de la GMU.
- Apertura de Expediente: Una vez presentada la solicitud y abonadas las tasas, se apertura el expediente por el personal administrativo del servicio y el Jefe responsable de los Técnicos, distribuye y asigna dichos expedientes.
- Visita Técnico: El técnico realiza visita de inspección al terreno, urbanización o edificación, para verificar el estado de conservación del mismo:
- Si se considera que se ha de actuar de forma urgente, se procede a tomar las medidas cautelares oportunas que se determinen y se emite Informe Técnico que es notificado al interesado identificando el plazo estimado de finalización de las actuaciones.
- Si no se considera que se ha de actuar de forma urgente, se emite Informe Técnico que es notificado al interesado identificando el plazo estimado de finalización de las actuaciones. - Una vez notificado, comienza un periodo de audiencia de 15 días para que el interesado pueda acceder al expediente.
- El interesado dispone de 15 días para presentar las alegaciones que estimes oportunas, a través de la Solicitud General de la GMU en el Registro General o en la Oficina de Atención Ciudadana.
- Resolución del órgano competente, donde se notifica la resolución al titular indicando la necesidad de ejecución de las obras para subsanar las deficiencias observadas. Para ello se deberá:
1.Liquidar el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras según correspondiente Ordenanza fiscal reguladora
2.Antes del inicio de la obra presentar:
- Hoja de encargo o documento análogo visado por colegio oficial en el que conste:
- Localización del Inmueble
- Obras a realizar.
- Identidad de la dirección facultativa.
- Proyecto Técnico y Estudio de Seguridad Suscrito por técnico competente (En aquellos casos que la obra por si entidad así lo requiera). - Recurso de reposición.
- Comunicación finalización de las obras por parte del titular:
- Mediante Solicitud General de la GMU que deberá ir acompañada de fotos o certificado técnico de finalización de obra. - Una vez finalizado el plazo estimado en el informe técnico, y siempre que el titular no haya comunicado previamente a la GMU la finalización de las obras. Se procede a la inspección por parte del técnico municipal para verificar se han llevado a cabo las actuaciones o medidas cautelares determinadas por la GMU:
- En el caso de finalización de las obras se procede al cierre y archivo del expediente.
- En el caso de incumplimiento de los plazos, o desestimación por parte del titular de las actuaciones o medidas cautelares establecidas por el técnico municipal se aplicará el procedimiento sancionador definido a tal efecto y se podrá iniciar el procedimiento de ejecución subsidiaria de las obras por parte de la GMU en aquellos casos en los que por el carácter urgente de las mismas así se estime.
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
- Acceda al trámite: Ejecución de obras de Conservación.
- Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
- Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
- Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
- Esperar la respuesta de la Administración en la Carpeta Ciudadana.
Solicitud de emisión o renovación de la tarjeta de estudiante para beneficiarse de los descuentos dirigidos a este sector de la población.
¿Quién lo puede solicitar?
Estudiantes que dispongan o quieran disponer de Tarjeta de estudiante:
- Cursar estudios de enseñanza reglada en centros de Málaga Capital.
- Tener una edad comprendida entre los 3 y 25 años inclusive.
- Fecha de solicitud:En cualquier momento dentro del periodo escolar.
- Plazo de resolución:7 días naturales. En el acto si se tramita en la oficina EMT.
Documentación necesaria
1. Solicitud de tarjeta sin contacto para estudiante.
2. Certificación académica de los estudios, o resguardo de matrícula del curso (no es necesarios para menores de 17 años).
3. Fotografía tamaño carné (para emisión de la tarjeta).
4. Fotocopia del D.N.I. (Libro de Familia para los que aún no lo tengan),(para emisión de la tarjeta).
5. Resguardo del banco de abono de 6,05 EUROS (IVA incluido).(La Cuenta Corriente en UNICAJA para el ingreso es 2103 0146 98 0030025593). Si se tramita en la oficina EMT se puede pagar allí.
Obligaciones económicas
Tarifas
Otros datos de interés
La tarjeta se reactivará varios días después de haber entregado los documentos solicitados (en el caso de renovación), en el acto si se tramita en la oficina EMT. Este proceso se realiza en los puntos de venta y recarga de tarjetas.
En el Centro de Atención al Cliente de la EMT se la realiza la emisión de las tarjetas al instante.Las tarjetas de estudiante se entregan con validez de 1 año con carácter general y de 3 años para menores de 14 años desde el 1 de Noviembre de cada año.
Procedimiento
Procedimiento presencial:
- Acudir a cualquiera de las oficinas tramitadoras.
- Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación en función del caso.
- Para emisión, recoger la tarjeta 15 días después, en la oficina donde se tramitó.
Para renovación, varios días después, renovar la tarjeta en cualquier estanco, o establecimiento concertado, y continuar con su uso normal.
Si el trámite se realiza en el Centro de Atención al Cliente de la EMT (Alameda Principal nº. 47) la entrega será en el acto.