Autorización publicidad sanitaria

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Autorización publicidad sanitaria

Departamento / Organismo Autónomo

Sanidad y Consumo


Órgano gestor

Dirección de Gestión del Conocimiento y Evaluación


Objeto

Regular la forma con que han de realizarse los mensajes publicitarios que tengan repercusión para la salud.

Destinatarios/as

Todo tipo de publicidad sanitaria realizada en cualquier medio de comunicacin (prensa, radio, TV, revistas, publicaciones locales, buzoneo, carteles, etc.) que hagan referencia a cualquiera de los epgrafes que se incluyen en el artculo 2 del Decreto 550/1991, de 15 de octubre, por el que se regula la publicidad sanitaria (BOPV n 223 de 6 de noviembre), además de:

  • Empresas de prevención de riesgos laborales.
  • Ortopedias.
Normativa reguladora
  • Ley 344/1988 general de publicidad.
  • Ley 29/2009, de 30 de diciembre, por la que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios.
  • Real Decreto 1416/1994, que regula la publicidad d elos medicamentos de uso humano.
  • Real Decreto 2208/1994, por el que se regula los medicamentos homeopáticos de uso humano (inlcuida su publicidad).
  • Real Decreto 414/1996, por el que se regulan los productos sanitarios (incluida su publicidad).
  • Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto.
  • Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre.
  • Decreto legislativo 5/1986, sobre publicidad engañosa (pdf, 294 KB). (BOPV 176; 15/09/1986).
  • Decreto 550/1991 de 15 de octubre (pdf, 504 KB), por el que se regula la publicidad sanitaria (BOPV n 223, de 6 de noviembre), por el que se regula la publicidad sanitaria (BOPV 223, 6/11/1991).
  • Decreto 112/1994, de 8 de marzo, por el que modifica el Decreto que regula la publicidad sanitaria (pdf, 211 KB). (BOPV 57; 23/3/1994)
  • Decreto 7/1996, de 9 de enero, por el que se procede a la segunda modificación del Decreto que regula la publicidad sanitaria (pdf, 21 KB) (BOPV 33; 15/2/1996).
  • Decreto 44/1998, de 17 de marzo, por el que se procede a la tercera modificación del Decreto que regula la publicidad sanitaria (pdf, 16 KB). (BOPV 61 (31/3/1998).
  • Decreto 274/2003, de 11 de noviembre, por el que se procede a la cuarta modificación del Decreto que regula la publicidad sanitaria (pdf, 54 KB) (BOPV 231; 26/11/2003).
  • Decreto 31/2006, de 21 de febrero, de autorización de los centros, servicios y establecimientos sanitarioas (pdf, 108 KB) (BOPV 52; 15/3/2006).

Personas de contacto

Dirección de Gestión del Conocimiento y Evaluación

Servicio de Ordenación y Acreditación Sanitaria
C/ Donostia-San Sebastián, 1
Tel.: 945 01 92 30. Fax: 945 01 92 80
e-mail: Secplan-san@ej-gv.es

Documentación a aportar
  1. Formulario de solicitud de autorización administrativa de publicidad sanitaria.
  2. Copia de la titulación académica oficial del personal sanitario del centro.
  3. Copia del carnet de colegiación del personal sanitario del centro.
  4. Resguardo del pago de las tasas.
  5. Texto íntegro del anuncio a publicitar.

Tasas a aplicar

Autorización: 95,51 ? por cada uno de los textos.
Renovación de un texto autorizado: 47,75 ?. (en los mismos términos en los que se autorizó en su día).
Números de cuenta en donde se realizará el ingreso, dependiendo del Territorio Histórico de donde provenga la solicitud.

BIZKAIA BBK 2095.0631.51.3239068030.
GIPUZKOA Caja Laboral 3035.0060.47.0600900359.
ALAVA Caja Laboral 3035.0056.40.0560900123.

Plazo de presentacion

Todo el año.


Lugar presentación solicitudes
  • Departamento de Sanidad y Consumo. Dirección de Gestión del Conocimiento y Evaluación. Servicio de Ordenación y Acreditación C/ Donostia-San Sebastin, 1. 01010 Vitoria-Gasteiz. (Alava).
  • Subdirección Territorial de Salud Pública de Álava. C/ Santiago, 11. 01002 Vitoria-Gasteiz (Alava).
  • Subdirección Territorial de Salud Pública de Bizkaia. C/ Alameda Rekalde, nº 39 A. 48008 Bilbao (Bizkaia).
  • Subdirección Territorial de Salud Pública de Gipuzkoa. C/ Avenida de Navarra, 4. 20013 Donostia-San Sebastián (Gipuzkoa).

Asimismo, la solicitud podrá presentarse en los demás lugares y formas indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Descripción de los trámites
  1. Alta en el registro del Departamento de Sanidad y Consumo de la documentación de solicitud de autorización de publicidad sanitaria.
  2. En el plazo de los 10 das siguientes, se notificar por escrito al interesado que se ha recibido su solicitud y/o se le solicitar cualquier documentacin adicional que se precise o no hubiera presentado.
  3. Resolución del Director de Gestión del Conocimiento y Evaluación.
  4. El expediente se incluye en el Registro de Publicidad Sanitario con el número que corresponda.

Órgano que resuelve

Director de Gestión de Conocimiento y Evaluación del Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco.


Plazo de resolución

2 meses, contados a partir de la fecha de entrada de la documentación en el registro del Departamento de Sanidad.

Efectos del silencio

Estimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

Recurso de Alzada


Formularios Otros documentos

(Ver "documentación a aportar").


Observaciones

En el caso de tratarse de un centro sanitario, deberá de contar con la preceptiva autorización de apertura y funcionamiento del centro, conforme al Decreto 396/1994, de 11 de octubre.

Una vez concedida la autorización de publicidad sanitaria, esta deberá de hacerse constar en todos los anuncios que se realicen, incluyendo o reflejando en todos ellos el número de Registro de Publicidad Sanitario o R.P.S.

Estas autorizaciones tienen una validez de cinco años y deberán de renovarse una vez concluido este periodo o antes si se quisiera realizar alguna modificación que alterase de modo sustancial el contenido del mensaje publicitario.

Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

18/04/2011



Oficinas de la administración

Organización Sanitaria Integrada Bilbao-Basurto

Avenida Montevideo 18, 48013, Bilbao

Tknika-Centro de Innovacion para la Formacion Profesional

Barrio Zamalbide S/N, 20100, Errenteria

Artatzu Goiko Irale Irakastegia

Camino Artazu 5, 48003, Bilbao

Elika Fundación Vasca para la Seguridad Agroalimentaria

Calle Granja Modelo s/n, 01194, Alegría-Dulantzi

Centro Territorial de Gipuzkoa

Camino Maldatxo S/N, 20012, Donostia/San Sebastián

Centro Vasco de Transfusiones y Tejidos Humanos

Barrio Labeaga S/N, 48960, Galdakao

Delegacion Territorial de Araba-Educacion

Calle San Prudencio 18, 01005, Vitoria-Gasteiz

Cip Samaniego IPI

Calle Monseñor Estenaga 1, 01002, Vitoria-Gasteiz

Ivei-Instituto Vasco de Evaluacion e Investigacion Educativa

Calle Asturias 9, 48015, Bilbao

Fundación Basque Team Fundazioa.

Avenida De los Chopos S/N, 48992, Getxo

Unibasq - Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco

Calle San Prudencio 8, 01005, Vitoria-Gasteiz

Delegación Territorial de Bizkaia

Calle General Ochoa 23, 48010, Bilbao

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.