Gobierno de Canarias

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Autorizar la realización de programas de mantenimiento con opiáceos por centros o servicios sanitarios públicos o privados sin ánimo de lucro.
    A quién está dirigido:
    Administración y Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • El Decreto 232/1993, de 29 de julio (B.O.C. 124 de 27-09-1993) estableció en su Disposición Adicional Segunda qué tipo de centros o servicios sociosanitarios son los que pueden realizar estos programas: los centros hospitalarios públicos; los centros y servicios, públicos o privados, sin ánimo de lucro, previamente autorizados y clasificados dentro del apartado b) del artículo 3 del Decreto 118/1992, de 9 de julio; y los centros penitenciarios o establecimientos de carácter no estrictamente sanitario.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud de Acreditación de Centros y Servicios Sanitarios en los que se realicen tratamientos con opiáceos.

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial


    • Otra documentación de interés:
      • Programa terapéutico.
      • Relación de recursos disponibles y objetivos propuestos.
      • Planos de las instalaciones y plan de equipamiento.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio Coordinación Administrativa

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Consejería de Sanidad
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 6º.2 del R.D. 75/1990, de 19 de enero, por el que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes de los mismos.
      Recursos:
      Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Normativa autonómica

      DECRETO 68/1990, 19 abril, por el que se crea la Comisión de acreditación, evaluación y control de centros o servicios sanitarios en los que se realicen tratamientos con opiáceos (B.O.C. n. º 53 de 30-04-1990).

      DECRETO 5/2016, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Sanidad (B.O.C. n. º 37 de 24-02-2016).

      LEY 9/1998, de 22 de julio, sobre prevención, asistencia e inserción social en materia de drogodependencias. (BOC nº 94, de 28.07.1998)

      Normativa estatal

      REAL DECRETO 1131/1990, de 14 de septiembre por el que se modifica el artículo 3.3 del Real Decreto 75/1990 de 19 de enero por el que se regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes de los mismos (BOE nº 224, de 18.09.1990)

      REAL DECRETO 75/1990, de 19 de enero, que regulan los tratamientos con opiáceos de personas dependientes de los mismos (BOE nº 20 de 23.01.1990).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1776
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220729

  • Objeto

    Acreditación de aquellas entidades privadas que, con voluntad de permanencia, asuman la titularidad de centros y servicios que mejoren las condiciones de autonomía personal, normalización e integración social de los usuarios o beneficiarios, con carácter exclusivo o conjuntamente con el desarrollo de actividades de otra naturaleza.
    A quién está dirigido:
    Asociaciones, Empresas y Administración
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 2: Descarga formularios
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Modelo normalizado de solicitud de acreditación de centros y servicios para personas dependientes, debidamente cumplimentada, firmada y sellada.
      • Modelo normalizado de solicitud de dispensa de entrada en funcionamiento de centros y servicios para personas dependientes.
      • Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante y en su caso de la representación que ostenta.
      • Reglamento de régimen interno regulador de la organización del centro o servicio que incluya como mínimo derechos y deberes normas de convivencia y órganos de participación en su caso.
      • Memoria descriptiva de la actividad según modelo facilitado en la que se indique como mínimo: - Cartera de servicios del centro o el servicio. - Programa de actividades. - Recursos humanos equipamiento.
      • Modelo de contrato entre el usuario o su representante legal y el centro o servicio.
      • Modelo de expediente personal de cada usuario.
      • Relación del personal
      • Relación del personal
      • Protocolos básicos de atención adaptados al usuario y a la tipología de centro o servicio.
      • Documento justificativo que justifique que se cumplen las disposiciones vigentes en materia de de manipulación, conservación, higiene, y tratamiento de alimentos e documento que lo sustituya cuando sea necesario.
      • Póliza de seguros
      • Plan de autoprotección (sólo para centros).
      • Planos acotados y firmados por técnico competente de distribución y mobiliario (sólo para centros).
      • Compromiso de formación del personal (hasta el 2015 no se exige que el personal esté completamente formado).
      • Compromiso de implantar un Plan de gestión de calidad (esto se exige para el 2015).

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Inspección y Registro de Centros

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Secretaría General Técnica
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio administrativo:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 67/2012, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los Centros y Servicios que actúen en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en Canarias.

      Normativa estatal

      Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

      Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, modificada por el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección de déficit público.

      Normativa europea

      Directiva 2006/123/CE del Parlamenteo Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Con la finalidad de erradicar las plagas producidas por los agentes nocivos Rhynchophorus ferrugineus (Olivier) y Diocalandra frumenti (Fabricius), las empresas de mantenimiento o de nueva construcción de espacios verdes deberán solicitar acreditación de la Dirección General de Agricultura para hacer nuevas plantaciones y trasplantes de las especies Phoenix canariensis, Phoenix dactylifera y Washingtonia spp. de más de 25 cm de estípite.
    A quién está dirigido:
    Empresas y Administración
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Tener personal acreditado para hacer podas y otras prácticas culturales en palmeras.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Memoria justificativa
      • En caso de actuar mediante representante:
        • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

      Otra documentación de interés:

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Solicitud
      • Memoria justificativa
      • En caso de actuar mediante representante:
        • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)

      Otra documentación de interés:

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Sanidad Vegetal

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Agricultura
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Conceder la acreditación definitiva a aquellas entidades especializadas que pretendan actuar como servicios de prevención ajenos a las empresas. Inscripción de la entidad especializada en el Registro de servicios de prevención ajenos.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • - Disponer de la organización, instalaciones, personal y equipo necesarios para el desempeño de su actividad.
    • - Constituir una garantía que cubra su eventual responsabilidad.
    • - No mantener con las empresas concertadas vinculaciones comerciales, financieras o de cualquier otro tipo, distintas a las propias de su actuación como servicio de prevención, que puedan afectar a su independencia e influir en el resultado de sus actividades, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 22 del reglamento de los servicios de prevención.
    • - Obtener la aprobación de la Administración sanitaria, en cuanto a los aspectos de carácter sanitario
    Tasas:
    (170) Tasa por servicios administrativos
    • (4) Inscripción en registros oficiales

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Tasa por servicios administrativos (Concepto 170. 4 - Inscripción en registros oficiales)
      • Nombre o denominación social, número de identificación fiscal y código de cuenta de cotización a la Seguridad Social.
      • Aspectos de la actividad preventiva que pretende efectuar, especificando los tipos de actividad que tienen capacidad de desarrollar.
      • Ámbito territorial y de actividad profesional en los que pretende actuar.

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial

      • Previsión de dotación de personal para el desempeño de la actividad preventiva.
      • Identificación de las instalaciones, de los medios instrumentales y de su respectiva ubicación.
      • Compromiso de tener suscrita una póliza de seguro o garantía financiera equivalente que cubra su responsabilidad.
      • Contratos o acuerdos a establecer, en su caso, con otras entidades para la realización de actividades que requieran conocimientos especiales o instalaciones de gran complejidad.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Trabajo
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Desestimatorio Artículo 25.5 del Reglamento de los Servicios de Prevención aprobado por Real Decreto Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, de conformidad con el artículo 31.6 de la Ley 31/ 1995, de 8 de noviembre de Prevención de riesgos laborales.
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. 98, de 10.8.1994; c.e. B.O.C. 67, de 29.5.1995). Artículo 28

      Normativa estatal

      Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (artículos 23 a 28)

      Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.

      Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        1241
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221064

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Acreditar la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias en la Comunidad Autónoma de Canarias.
    A quién está dirigido:
    Empresas, Asociaciones, Administración y Ciudadanos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • 1.- Deberá presentarse, con un mínimo de 15 dias de antelación a la fecha de inicio de la actividad, en los lugares y formas previstos en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • 2.- Domicilio Social en la Comunidad Autónoma de Canarias.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

      • Solicitud
      • Anexo de solicitud

      Otra documentación de interés:
      • La primera vez que solicite la acreditación
        • Datos de constitución, estatutos fundacionales
      • Fotocopia del CIF de la entidad proveedora
      • En caso de trabajadores autónomos
        • Documentación que acredite su situación regular en Hacienda y Seguridad Social

      La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.

    Presencial


    • Otra documentación de interés:
      • La primera vez que solicite la acreditación
        • Datos de constitución, estatutos fundacionales
      • Fotocopia del CIF de la entidad proveedora
      • En caso de trabajadores autónomos
        • Documentación que acredite su situación regular en Hacienda y Seguridad Social

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    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Unidad de Apoyo

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Recursos Humanos
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Observaciones

    • Las solicitud de acreditación de la formación deberán presentarse en modelo normalizado en los lugares y formas previstos en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
      Las solicitudes serán examinadas por la Secretaría Técnica de la Comisión Canaria de Formación Continuada. En el supuesto de que precise subsanarse o completarse la solicitud o la documentación se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas..

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 17/2010, de 25 de febrero, por el que se crea la Comisión Canaria de Formación Continuada de las profesiones sanitarias y se regula el procedimiento de acreditación de la formación continuada de las profesiones sanitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias. (BOC nº51, de 15.03.2010)

      ORDEN de 16 de julio de 2012, por la que se corrigen errores de la Orden de 7 de mayo de 2012, que desarrolla determinados aspectos relativos al procedimiento de acreditación de actividades de formación continuada de las profesiones de la Comunidad Autónoma de Canarias. (BOC nº 150, de 01.08.2012)

      ORDEN de 7 de mayo de 2012, por la que se desarrollan determinados aspectos relativos al procedimiento de acreditación de actividades de formación continuada de las profesiones de la Comunidad Autónoma de Canarias.(BOC nº105, de 29.05.2012)

      Normativa estatal

      REAL DECRETO 1142/2007, de 31 de agosto, por el que se determina la composición y funciones de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias y se regula el sistema de acreditación de la formación continuada

      Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias

      Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud

      Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud

      LEY 30/1999, de 5 de octubre, de Selección y provisión de plazas de personal estatutario de los Servicios de Salud

      Normativa europea

      DIRECTIVA 2001/19/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2903
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220556

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Reconocer la condición de entidades de voluntariado a todas aquellas personas jurídicas que, careciendo de animo de lucro, desarrollan actividades en áreas de interés social de forma ordinaria y permanente, fundamentalmente a través de personas voluntarias.
    A quién está dirigido:
    Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Solicitud
      • Certificación acreditativa, suscrita por el secretario o representante de la entidad.
      • Certificación de su inscripción en el Registro de Asociaciones de Canarias o en el que esté inscrita la entidad a los efectos de publicidad contemplados en el artículo 22.3 de la Constitución Española.
      • Certificación, en su caso, de su inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras en la materia correspondiente.
      • Relación nominal y número de DNI del personal retribuído de la entidad.
      • Memoria expositiva.
      • Relación nominal de los miembros que componen el organo de gobierno de la entidad y copia del acuerdo en el que fueron designados o certificación relativa a tal circunstancia expedida por el secretario de la entidad.
      • Estatutos Sociales y, en caso de que no se incluya en los mismos, documentación que recoja los derechos y deberes de la entidad y de las personas voluntarias.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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    Quién tramita

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias.(BOC Nº063, de 25.5.1998).

      Decreto 13/2002 de 13 de febrero por el que se desarrolla la Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias.(BOC Nº026, de 25.2.2002).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2165
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221270

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • Reconocer la condición de entidades de voluntariado a todas aquellas personas jurídicas que, careciendo de animo de lucro, desarrollan actividades en áreas de interés social de forma ordinaria y permanente, fundamentalmente a través de personas voluntarias.
    A quién está dirigido:
    Asociaciones
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    No se exigen
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

      • Solicitud
      • Solicitud
      • Certificación acreditativa, suscrita por el secretario o representante de la entidad.
      • Certificación de su inscripción en el Registro de Asociaciones de Canarias o en el que esté inscrita la entidad a los efectos de publicidad contemplados en el artículo 22.3 de la Constitución Española.
      • Certificación, en su caso, de su inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras en la materia correspondiente.
      • Relación nominal y número de DNI del personal retribuído de la entidad.
      • Memoria expositiva.
      • Relación nominal de los miembros que componen el organo de gobierno de la entidad y copia del acuerdo en el que fueron designados o certificación relativa a tal circunstancia expedida por el secretario de la entidad.
      • Estatutos Sociales y, en caso de que no se incluya en los mismos, documentación que recoja los derechos y deberes de la entidad y de las personas voluntarias.

      (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias.(BOC Nº063, de 25.5.1998).

      Decreto 13/2002 de 13 de febrero por el que se desarrolla la Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias.(BOC Nº026, de 25.2.2002).

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        2165
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        221270

  • Objeto

    • Acreditación de méritos del proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Arquitectos e Ingenieros Técnicos, Especialidad de Ingenieros Técnicos Agrícolas (Grupo A, Subgrupo A2) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por Turno Libre.
    A quién está dirigido:
    Empleados públicos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Haber superado la fase de oposición de las pruebas selectivas para el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Arquitectos e Ingenieros Técnicos, Especialidad de Ingenieros Técnicos Agrícolas (Grupo A, Subgrupo A2) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por Turno Libre. (B.O.C: 18/04/2018)
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 11/9/2019 0:0

    Fecha Fin: 24/9/2019 23:59

    Por internet

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Selección y Provisión de Personal Funcionario

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Decreto 8/2011, 27 enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Ley 2/1987, 30 marzo, de la Función Pública Canaria.

      ORDEN de 21 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las bases generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Resolución, 11 abr 2018, de la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se convocan pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingenieros y Arquitectos de la Comunidad Autónoma (Grupo A, Subgrupo A1), especialidades Arquitectos, Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, Ingenieros de Montes, Ingenieros Agrónomos, Ingenieros de Minas y Telecomunicaciones, así como en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Arquitectos e Ingenieros Técnicos (Grupo A, Subgrupo A2), especialidades Arquitectos Técnicos, Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, Ingenieros Técnicos Industriales, Ingenieros Técnicos Forestales, Ingenieros Técnicos Agrícolas, Ingenieros Técnicos de Minas y Telecomunicaciones.

      Decreto 152/2016, 12 diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016.

      Resolución, 28 jun 2016, de la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se hacen públicos los criterios generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y especialidades previstos en el Decreto 46/2015, 9 abril (BOC 74, 20.4.2015), que aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015.

      Decreto 46/2015, 9 abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015.

      Normativa estatal

      Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

      Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

      Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        5875

  • Objeto

    • Acreditación de méritos del proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad Técnicos de Prevención (Grupo A, Subgrupo A2) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por Turno Libre.
    A quién está dirigido:
    Empleados públicos
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Haber superado la fase de oposición de las pruebas selectivas para el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, Especialidad Técnicos de Prevención (Grupo A, Subgrupo A2) de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por Turno Libre.(B.O.C: 18/04/2018)
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
    Plazo de presentación:

    Fecha Inicio: 11/9/2019 0:0

    Fecha Fin: 24/9/2019 23:59

    Por internet

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Selección y Provisión de Personal Funcionario

    Quién resuelve

    Normativa

    • Normativa autonómica

      ORDEN de 21 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las bases generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Resolución, 11 abr 2018, de la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se convocan pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Técnicos Facultativos Superiores, en las especialidades de Tecnología de la Información y de Técnicos de Prevención (Grupo A, Subgrupo A1), así como en el Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio, Escala de Técnicos Facultativos de Grado Medio, en las especialidades de Técnicos de Prevención y de Trabajador Social (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Decreto 152/2016, 12 diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2016.

      Resolución, 28 jun 2016, de la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, por la que se hacen públicos los criterios generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y especialidades previstos en el Decreto 46/2015, 9 abril (BOC 74, 20.4.2015), que aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015.

      Decreto 46/2015, 9 abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015.

      Decreto 8/2011, 27 enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

      Ley 2/1987, 30 marzo, de la Función Pública Canaria.

      Normativa estatal

      Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

      Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

      Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

      Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        5876

  • Trámite electrónico

    Objeto

    • El interesado obtiene autorización de expedir los volantes de circulación para el movimiento de palmeras susceptibles en Canarias, exceptuando las especies Phoenix canariensis, Phoenix dactylifera y Washingtonias spp. de más de 25 cm de estípite, entendiendo desde el cuello de la planta hasta el borde donde salen las hojas.
    A quién está dirigido:
    Empresas
    Inicio del trámite:
    Interesado
    Grado de administración electrónica:
    Nivel 4: Tramitación electrónica completa
    Se publica en la Ventanilla Única Europea:
    No
    Requisitos previos:
    • Estar inscrito en el Registro de Productores de Plantas de Vivero.
    Tasas:
    No se exigen

    Medios de presentación

    Electrónico:
    Presencial:
    Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    Plazo de presentación:
    Todo el año

    Por internet

    Presencial

    • (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

      Es necesario la descarga de Adobe Reader.

    Quién tramita

    • Órgano que tramita:
      Servicio de Sanidad Vegetal

    Quién resuelve

    • Órgano que resuelve:
      Dirección General de Agricultura
      Plazo de resolución:
      3 meses
      Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
      Estimatorio
      Recursos:
      Recurso de Alzada

    Observaciones

    • - Los centros de producción, comercialización, importación y acopio de palmeras estarán obligados a facilitar a los inspectores, el libre acceso a las instalaciones y campos de cultivo de palmeras para la realización de sus funciones, aportando la información de los tratamientos y otras medidas establecidas.
      - La validez de la acreditación será de seis (6) meses.

    Normativa

    • Normativa autonómica

      Resolución de 24 de marzo de 2015, por la que se aprueba la modificación del modelo normalizado de solicitud aprobado por la Orden de 29 de octubre de 2007, que declara la existencia de las plagas producidas por los agentes nocivos Rhynchophorus ferrugineus y Diocalandra frumenti y establece las medidas fitosanitarias para su erradicación y control. (BOC nº 133, de 10.07.2015)

      Orden de 29 de octubre de 2007, por la que se declara la existencia de las plagas producidas por los agentes nocivos Rhynchophorus Ferrugineus (Olivier) y Diocalandra Frumenti (Fabricius) y se establecen las medidas fitosanitarias para su erradicación y control. (BOC nº 222, de 06.11.2007)

      Códigos identificativos

      • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

        4217
      • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

        220854

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