Actividad-Autorización Previa-Cambio de Titular

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Descripción

¿Quién lo puede solicitar?

¿Cuándo iniciar el trámite?

Documentación a aportar

Medios de contacto

¿Dónde solicitarlo?

Plazo de tramitación

Precio y forma de pago

Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

Forma de iniciacion

Requisitos

Subsanación

Organismo resolutor

Observaciones

Más información

Esta solicitud es común para un Cambio de la Titularidad de una Autorización Previa.

Son Autorizaciones Previas: las que no figuren expresamente en la relación de las Actividades que requieran Comunicación Previa o Declaración Responsable.
1. Las incluidas en la Ley de Evaluación Ambiental de la C. Madrid.
2. Industriales en Edificios Exclusivos.
3. Guarderías, Centros Educativos, Centros Asistenciales.
4. Centros Religiosos.
5. Residencial Público: Hoteles, Hostales, etc.
6. Establecimientos Comerciales y de Oficinas en Edificios Exclusivos.
7. Las Actividades incluidas en la Ley Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (LEPAR) de la C. de Madrid.

Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el momento que el interesado crea conveniente.

- Esta solicitud de Cambio de Titular de Autorización Previa, por triplicado, cumplimentada y firmada.

- La documentación indicada en la solicitud.

Concejalía de Actividades.
Responsable: Julia Valdivieso Ambrona.
Plaza Constitución, 1 - Primera Planta.
Teléfonos: 91.605.24.72.
Fax: 91.698.18.13.
Horario de Atención: Los Lunes y Miércoles, de 09:00 a 14:00 horas.

Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
- Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

El plazo de tramitación es de 1 Mes

Liquidación de la Tasa: se enviará por correo certificado, revisada la Declaración de la Base Imponible presentada.
Abono: en las Entidades Bancarias que figuren en la Liquidación o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica.
Por cada Cambio de Titular de Autorización Previa o Declaración Responsable:- Tasa de Expedición de Documentos de 7,41 € y
-Tasa de la Actividad: 25% de la suma de tarifas, si no se amplía, disminuye o modifica la actividad, teniendo como base imponible:
a) Superficie afectada por la actividad, incluye la construida y resto de parcela:
Hasta 50 m2: 523,74 €.
Exceso 50 a 100 m²: 12,57 €/m².
Exceso 100 m² a 500 m²: 10,47 €/m².
Exceso 500 m² a 2.000 m²: 6,28 €/m².
Exceso 2.000 m²: 4,19 €/m².
b) Potencia eléctrica: Expresada en Caballos de Vapor, se reduce a Kilovatios, equivalencia: 1 CV = 0,736 kw.
Hasta 6 kw: 209,50 €.
Exceso 6 a 10 Kw: 26,19 €/kw.
Exceso 10 kw a 25 kw: 15,71 €/kw.
Exceso 25 kw a 100 kw: 12,57 €/kw.
Exceso 100 kw a 250 kw: 10,47 €/kw.
Exceso 250 kw a 750 kw: 6,28 €/kw.
Exceso 750 kw: 3,15 €/kw.
c) Depósitos de combustible:Hasta 1 m3: 62,85 €.
Exceso 1 m3 a 5 m3: 125,70 €/ m3.
Exceso 5 m3: 62,85 €/ m3.
d) Potencia térmica:Hasta 100 Mcal/h: 64,94 €.
Exceso 100 Mcal/h a 500 Mcal/h: 3,15 €/Mcal/h.
Exceso 500 Mcal/h a 3.500 Mcal/h: 1,57 €/Mcal/h.
Exceso 3.500 Mcal/h: 1,05 €/Mcal/h.
e) Transmisión de datos en redes de telecomunicaciones:Nodo final (hasta 125 viviendas): 68,09 €.
Nodo secundario (hasta 2.000 viviendas): 1.097,76 €.
Nodo primario (más de 2.000 viviendas): 9.322,57 €.
Coeficientes multiplicadores: a las cantidades obtenidas, se aplican coeficientes:
Actividades financieras: bancos, cajas, oficinas de seguros, compra oro, etc.: 3,4-A
Actividades de telecomunicaciones (nodos, antenas, etc.): 6-B
Actividades de pública concurrencia incluidas catálogo CM: 1,5-C
Bares especiales, locutorios: 2,3-D
Garajes asociados a viviendas o similar: 1-F
Garajes de rotación: 2,6-G
Piscinas comunitarias asociadas a uso residencial: 1-F
Actividades sometidas a procedimientos ambientales establecidos por la Ley de Evaluación Ambiental de la CM: 3,7-H
Cajeros automáticos: 5-I
Otras no incluidas en las anteriores: 1-F
Reducciones: PYME que realice su asentamiento en Parla ó amplíe las existentes y genere empleo neto a jornada completa por un periodo mínimo de un año. Los nuevos empleos deberán ser cubiertos con trabajadores procedentes del desempleo, a excepción del empresario ó autónomo. Según el nivel de empleo, se reducirá la cuota: entre 1 y 5 trabajadores: 30%; entre 6 y 10 trabajadores: 40%; más de 10 trabajadores: 50%. Plazo máximo para la admisión de las solicitudes: 10 días desde la fecha de recepción de la solicitud. Se concederá manteniendo los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación al año, contados desde el inicio de la actividad, debiendo presentar en dicho momento justificación documental de ello. En caso contrario, se efectuará liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada.
Ampliación, disminución o modificación de una actividad: la cuota a abonar se determinará, con arreglo a las tarifas, elementos y cuadros anteriores. Si la superficie vinculada a la modificación es inferior a 50 m², la tarifa aplicable será para el elemento superficie de 10,47 €/m², sin perjuicio de la cuota que resulte de la aplicación de las tarifas reseñadas, abonándose, en cualquier caso, una cuota mínima de 261,87 €.

- Ley del Suelo.

- Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 30/1992 RJAP y del Procedimiento Administrativo.

- Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

- Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

- Ordenanza Municipal de Protección Ambiental.

- Decreto 184/1998, Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.

- Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

- Ley 25/2009 modificación diversas leyes para su adaptación a la ley sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio.

Actividades
A petición del interesado

Si esta actividad está relacionada con una o varias comunicaciones de obra, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea, debiendo cumplimentar la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad).

Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

Su vigencia será indefinida hasta su revisión, modificación, por cambio de titular o baja de la actividad.

Concejalía de Actividades

Política de Privacidad

a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

Descarga de documentos

Actividad-Cambio Titular Declaración Responsable-Autorización Previa

Registro Electrónico


Oficinas de la administración

Ayuntamiento De Parla

P.ind San Jose, 5 , Parla , 28980

Tel. 916051249

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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