Devolución de ingresos indebidos por duplicidad

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Nombre del procedimiento

Devolucion de ingresos indebidos por duplicidad

Resumen

Procedimiento por el cual se solicita la devolución de impuestos y tasas pagados indebidamente por duplicidad por el/la solicitante.

Descripción del procedimiento

Devolución de ingresos indebidos por duplicidad

Organismo que inicia el procedimiento

Tesorería

Organismo instructor

Tesorería

Puesto instructor/a expediente

Tesorero/a

Organismo que resuelve

Sr./Sra. Alcade/sa o persona en quien delegue

Pasos a realizar por el ciudadano

  • Rellenar formulario de solicitud
  • Incorporación de documentación necesaria
  • Presentar solicitud

Documentación

  • Recibo original
  • Copias de los recibos pagados
  • Autorizacion del derecho al cobro por la persona titular del recibo en caso de que quiera que se page a un tercero distinto y la copia de su DNI

Formularios

Clase de iniciación

A instancia de parte

Efectos del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos que proceden

  • Recurso potestativo de reposición.
  • Recurso contencioso-administrativo.

Información sobre el estado de la tramitación

1. En el Registro de entrada de este Ayuntamiento de Cádiz, sito en plaza de San Juan de Dios, s/n. 11005 - Cádiz; 2. Accediendo desde la Web municipal a la carpeta de ciudadano; 3. En el teléfono de Tesoreria: 956241014.

Plazos y caducidades

Normativa

  • Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local
  • Decreto 183/2003 de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos
  • Ley 58/ 2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
  • Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación
  • Real Decreto 209/2003 de 21 de febrero, por el que regulan los registros y notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos
  • Ley 59/2003, de 19 de Diciembre, de Firma Electrónica
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
  • Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Resoluciones-Notificaciones

  • 6 meses (art. 19 RGRA 520/2005) desde la entrada en registro de la solicitud

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