Ayuntamiento de Barcelona

  • Trámite determinado por la Ley de Urbanismo durante el proceso de aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico: planes especiales urbanísticos, planes de mejora urbana, estudios de detalle, modificaciones del Plan General Metropolitano y suspensiones de licencias.

    Después de la aprobación inicial del instrumento de planeamiento, de un balance de plan o de un acuerdo de suspensión preventiva de licencias por el órgano municipal competente, se publica un anuncio de exposición al público en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y en un diario de máxima divulgación.

    En el anuncio se da un plazo, generalmente de un mes a partir de la publicación en el BOP, para poder presentar alegaciones (excepto en las suspensiones preventivas de licencias).

    Los instrumentos que se exponen se refieren a la calificación del suelo, determinación de los sistemas de gestión en su caso (expropiaciones, reparcelación, etc) y ordenación (alturas, volumen, usos, etc) todo con carácter general, no a los aspectos concretos de edificación, ni al inicio de la gestión, ni a los proyectos de urbanización o de obras (de calles, plazas...).

    ¿Qué puede hacer?

    Puede presentar alegaciones contra la aprobación de instrumentos de planeamiento urbanístico (PGM, MPGM, PMU...)

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Consulta de los instrumentos de planeamiento (PGM, MPGM, PMU...):

    1. Acceda al Buscador de Planeamiento, Calificaciones y Convenios donde encontrará el listado de los planes que estan en plazo de exposición al público a efectos de presentación de alegaciones, con una ficha resumen general del objeto y plano.
    2. También puede efectuar la consulta del documento completo en la Oficina de Información Urbanística. En este caso es necesario concertar cita previa llamando al 010, Teléfono de Información y Trámites, o bien de manera telemática, accediendo a este enlace.

    Presentación de alegaciones:

    1. La presentación de alegaciones, dentro del plazo correspondiente, se hace mediante instancia entregada en el registro de la Gerencia de Ecología o bien en cualquier Oficina de Atención Ciudadana o enviada por correo postal certificado. Se debe hacer constar en la instancia el título del plan de planeamiento contra el cual se alega.

    Después

    • Si presenta alegaciones, una vez el plan de planeamiento pase al siguiente trámite (aprovación provisional o definitiva), el interesado recibirá una notificación del acuerdo del Consejo Municipal con el informe sobre el resultado de las alegaciones y el trámite que se puede hacer contra el mismo, según sea el caso.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona puede ver el documento que se encuentra en trámite y puede presentar alegaciones.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Plazo para presentar alegaciones / interponer recurso:

    • Documento en aprobación inicial: un mes para presentar alegaciones, contado desde el día siguiente al de la última de las dos publicaciones obligatorias (BOPB o prensa de difusión diaria), o desde el día siguiente al de notificación del acuerdo. El plazo de un mes puede cambiar si el acuerdo de aprobación inicial establece otro.
    • Documento en aprobación definitiva: dos meses para interponer recurso contencioso administrativo o bien cualquier otro recurso que se considere pertinente, contados desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el BOPB.

    Plazo de respuesta por parte de la administración:

    • Dos meses, siempre que la documentación administrativa y técnica esté correcta.

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • El trámite permite presentar una alegación o recursos contra una multa impuesta por el Ayuntamiento de Barcelona debido a una infracción de civismo, (Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Barcelona), dentro del periodo voluntario de pago.

    ¿Qué puede hacer?

    • Si desea presentar alegaciones o recursos a multas en periodo voluntario de pago, puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario de solicitud, adjuntar la documentación necesaria y presentarlo todo en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.
    • Si desea presentar alegaciones o recursos a multas en periodo ejecutivo de pago (con recargo e intereses), deberá seguir el procedimiento detallado en el canal presencial del trámite.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consulte la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.

    1. Rellene el formulario y confirme los datos.

      Es necesario que en la solicitud haga constar el número de denuncia o el número de expediente contra el que quiere alegar o recurrir.

    2. Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.

      Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.

      Si lo prefiere, puede enviar la documentación por correo postal al Instituto Municipal de Hacienda.

    3. Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.

    Después

    • Posteriormente, recibirá la respuesta a su alegación o recurso por correo postal.

    ¿Quién lo puede pedir?

    La persona denunciada.

    Documentación

    Para realizar el trámite puede aportar los documentos que justifiquen su petición. Recuerde que deberá tener la documentación preparada en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.

    Fechas

    Se puede presentar la alegación o el recurso dentro de los plazos que se indican en la notificación o en la normativa aplicable.

    Precio

      Gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • El trámite permite solicitar solicitar la anulación o la modificación de una multa impuesta por el Ayuntamiento de Barcelona debido a una infracción de tráfico, ya sea en el periodo voluntario de pago o cuando se reclame en periodo ejecutivo (con recargo e intereses).

    Es muy importante tener en cuenta que una vez pagada la multa se acaba el procedimiento y finaliza la via administrativa. Por tanto, no podrán presentarse alegaciones, identificar al conductor o interponer recurso de alzada contra la liquidación de la tasa de grúa (en el caso que el vehículo haya sido retirado por una infracción de tráfico).

    Para presentar alegaciones o recursos contra multas por infracciones de ordenanzas municipales que no tengan que ver con materia de tráfico (limpieza, inspecciones de distrito, etc.), hay que seguir el procedimiento que se indica en el trámite Alegaciones o recursos a tributos o multas municipales que no estén relacionados con tráfico.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario de solicitud, adjuntar la documentación necesaria y presentarlo todo en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.

    Es necesario tener en cuenta que:

    -si ha de presentar alegaciones o recursos contra multas municipales por infracciones de tráfico impuestas a peatones o a vehículos sin motor como bicicletas y similares, deberá realizar el trámite de manera presencial.

    -si ha de presentar alegaciones o recursos contra multas municipales por infracciones de tráfico que comporten pérdida de puntos, se deberá realizar el trámite sin certificado digital.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consulte la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.

    Para realizar este trámite con certificado digital es necesario cumplir con los siguientes requisitos.

    1. Rellene el formulario y confirme los datos.

      Si la infracción de tráfico supone la retirada del vehículo a un depósito municipal y el correspondiente pago de la tasa de la grúa, en el momento de presentar la alegación contra la multa puede interponer, simultáneamente, el recurso de alzada contra la liquidación de la tasa de grúa. Será necesario especificarlo en el momento de efectuar la solicitud.

    2. Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.

      Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.

      Si lo prefiere, puede enviar la documentación por correo postal al Instituto Municipal de Hacienda.

    3. Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.

    Después

    • Posteriormente, recibirá la respuesta a su alegación o recurso por correo postal. se estima la alegación presentada y se anula la multa, en aquellos casos en que proceda, se hará la devolución, de oficio, de la tasa de la grúa abonada.
    • El Ayuntamiento ofrece un servicio de recepción de avisos por SMS en el teléfono móvil para informar de la resolución de una alegación o recurso contra una multa, independientemente de si se ha presentado presencialmente o por internet.
    • Para disfrutar de este servicio sólo hace falta hacer la suscripción mediante la Carpeta del Ciudadano o la Carpeta de las Empresas y Entidades. Tanto la suscripción al servicio como la recepción de los SMS son gratuitas.

    ¿Quién lo puede pedir?

    La persona denunciada.

    Las empresas, entidades y otras personas jurídicas han de presentar alegaciones o recursos a través de cualquiera de las opciones siguientes:

    Documentación

    Recuerde que deberá tener la documentación preparada en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.

    En algunos casos de alegación o recurso, tendrá que presentar la documentación justificativa siguiente:

    • Venta del vehículo: fotocopia compulsada del contrato de compraventa donde consten los datos identificativos de las personas implicadas, en caso de transferencia.
    • Baja del vehículo: fotocopia del documento de baja emitido por la Jefatura Provincial de Tráfico o fotocopia del certificado de cesión del vehículo a la Guardia Urbana o a un centro de desguace de vehículos homologado por la Generalitat de Catalunya.
    • Titularidad de la tarjeta de permiso de aparcamiento para vehículos que transporten personas con discapacidad: fotocopia de la tarjeta homologada expedida por la Generalitat de Catalunya.
    • Obtención del tiquet de zona azul o verde: fotocopia del resguardo del tiquet de 6 euros obtenido por la persona interesada en anular la denuncia.
    • Pago o aplazamiento en periodo voluntario: documentación acreditativa de este motivo.
    • Defunción del denunciado: fotocopia del certificado de defunción.

    Fechas

    Se puede presentar la alegación o el recurso dentro de los plazos que se indican en la notificación o en la normativa aplicable.

    Precio

      Gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • Consiste en solicitar que se anule o se modifique una multa impuesta por el Ayuntamiento de Barcelona por una infracción que no esté relacionada con tráfico ni con incumplimientos de la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana en el espacio público de Barcelona, ya sea en el periodo voluntario de pago o cuando se reclame en periodo ejecutivo (con recargo e intereses).

    ¿Qué puede hacer?

    Podrá rellenar el formulario que genera la solicitud e imprimirla para continuar el trámite presencialmente o por correo postal.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    1. Rellene el formulario y confirme los datos.

    Después

    ¿Quién lo puede pedir?

    La persona titular de la multa, o un representante debidamente autorizado.

    Documentación

    Para hacer el trámite puede aportar fotocopia de los documentos que justifiquen la petición.

    Fechas

    Se puede presentar el escrito dentro de los plazos indicados en la notificación o en la normativa aplicable.

    Precio

      Gratuito.

    Organismo responsable

  • El trámite permite solicitar la anulación o modificación de un tributo municipal o precio público, ya sea en periodo voluntario de pago o cuando se reclame en periodo ejecutivo (con recargo e intereses).

    Deberá tener en cuenta que la mera interposición de recurso de alzada no suspende la ejecución del acto impugnado.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario de solicitud, adjuntar la documentación necesaria y presentarlo en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consulte la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.

    1. Rellene el formulario.

    2. Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.

      Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.

    3. Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.

    Después

    Posteriormente, recibirá la respuesta a su alegación o recurso por correo postal.

    ¿Quién lo puede pedir?

    La persona titular del tributo o precio público.

    Documentación

    Para hacer el trámite puede aportar fotocopia de los documentos que justifiquen la petición.

    Alegación o recurso contra una autoliquidación, liquidación o un aviso de padrón:

    Error en la fecha de alta o de cese:

    - Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria donde se indique la fecha efectiva de alta o de cese.

    Para acreditar bajas o variaciones de cualquier tipo:

    - Documento acreditativo de baja o modificación de datos, modelo 036 (en el caso de no obligados tributarios), presentado ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    - Documento acreditativo de baja o modificación de datos, modelo 840 (en el caso de obligados tributarios), presentado ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    - O bien certificado de baja o modificación emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    Petición de beneficios fiscales:

    Fechas

    Contra los actos de aplicación y efectividad de los tributos locales y otros ingresos de derecho público que sean de competencia municipal, se puede interponer recurso de alzada, ante la alcaldía, con efectos de reposición, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación expresa del acto recurrido, o al de finalización del periodo de exposición pública de los correspondientes padrones o matrículas de contribuyentes u obligados al pago.

    En el caso de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, el plazo para la interposición se computa a partir del día siguiente al de finalización del periodo voluntario de pago.

    La solicitud de rectificación de una autoliquidación solo se podrá solicitar una vez presentada la correspondiente autoliquidación y antes que la Administración tributaria municipal haya practicado la liquidación definitiva, o en su defecto, antes que haya prescrito el derecho de la Administración a determinar la deuda tributaria mediante liquidación o el derecho a solicitar la devolución correspondiente. El Ayuntamiento dispone de seis meses para confirmar la autoliquidación o para proceder a su rectificación y pasado dicho plazo sin resolución expresa se entenderá desestimada la petición y se podrá interponer recurso de alzada.

    Contra la resolución que rectifica o confirma una autoliquidación se podrá interponer recurso de alzada ante la alcaldía, con efectos de reposición, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación expresa del acto recurrido.

    Una vez presentado el recurso de alzada, el Ayuntamiento dispone de un mes para resolver, a contar des del día siguiente a su interposición. La notificación se ha de realizar en el plazo de los 10 días siguientes a la fecha de resolución, El recurso se considerará desestimado una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución.

    Precio

      Gratuito.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • Contrato mensual de prestación del servicio de estacionamiento en cualquier aparcamiento municipal, con las siguientes modalidades:

    • Completo: 24 horas, todos los días del mes. También disponible para motos.
    • Nocturno: de lunes a viernes en diferentes franjas horarias nocturnas; los fines de semana y días festivos, las 24 horas.
    • Diurno: de lunes a sábado en diferentes franjas horarias diurnas.
    • Bicicletas: plazas reservadas junto a la cabina de control (24 horas).
    • Abonos para empresas: con condiciones especiales, según el volumen de abonos.
    • En algunos aparcamientos puede quedarse 24 h.
    • Domingos y festivos: 24 horas.

    Hay que consultar el precio, las franjas horarias disponibles y los posibles descuentos en la cabina de control del aparcamiento o en el teléfono deatención al cliente de B:SM.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Deberá recoger el impreso de solicitud en cualquier aparcamiento con plazas disponibles, rellenarlo y entregarlo en el mismo aparcamiento, adjuntado la documentación requerida.

    El aparcamiento hará llegar la solicitud a las oficinas centrales, que redactarán el cotrato, confeccionarán la tarjeta magnética y la entregarán al mismo aparcamiento.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona interesada.

    Documentación

    • Impreso de solicitud.
    • Fotocopia del permiso de circulación del vehículo.
    • Fotocopia del DNI o equivalente.
    • Fotocopia de los datos bancarios.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Plazo de validez: se prorroga por periodos mensuales sucesivos.

    Precio

      Las tarifas, abonos y horarios varian en función del aparcamiento.

    Organismo responsable

  • Alta en la Seguridad Social de los trabajadores que realizan su actividad sin depender de un empresario.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Debe contactarse con las administraciones de Tesorería de la Seguridad Social para pedir información de la documentación que se debe aportar según el caso.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Todas aquellas personas que realicen una actividad económica habitualmente, ya sea profesional, industrial o artística, bajo su iniciativa y responsabilidad.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • El trámite permite, al titular de un vehículo, comunicar al Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico el conductor que, de una manera habitual, hace uso del mismo. Para proceder a la inscripción, la persona física que sea conductor habitual deberá consentir de modo fehaciente.

    Esta comunicación no es obligatoria pero ofrece la ventaja que el titular no tendrá que identificar al conductor cuando este cometa una infracción con vehículo, ya que las responsabilidades y obligaciones que la ley atribuye al titular se trasladan automáticamente al conductor habitual.

    Se ha de tener en cuenta que, en el caso de titulares de vehículos en régimen de arrendamiento a largo plazo, es obligatorio incluir al arrendatario en dicho registro.

    Se considera que un vehículo está cedido en régimen de arrendamiento a largo plazo cuando permanezca arrendado a la misma persona física o jurídica por tiempo superior a tres meses dentro de un periodo de doce meses consecutivos. Se excluye del concepto de arrendamiento a largo plazo el arrendamiento financiero o lising.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede comunicar, al registro de Vehículos de la DGT, el conductor habitual de un vehículo o el titular de un vehículo en régimen de arrendamiento a largo plazo.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Las comunicaciones de datos se efectuarán de manera telemática a través del web de la Dirección General de Tránsito www.dgt.es

    No obstante, cuando el titular del vehículo o el arrendatario a largo plazo sea una persona física, podrá efectuar la comunicación mediante escrito dirigido a la DGT, que deberá presentar en cualquiera de los registros de la Jefatura Provincial de Tráfico.

    Deberá tener en cuenta que si desea comunicar un arrendatario a largo plazo, con carácter previo a su inscripción en el Registro de Vehículos será necesario asignarle una dirección electrónica vial (excepto que el arrendatario sea persona física, en cuyo caso la asignación de dirección electrónica vial es de carácter voluntario).

    ¿Quién lo puede pedir?

    La comunicación del conductor habitual se puede efectuar indistintamente por el titular del vehículo o por el arrendatario a largo plazo.

    La comunicación del arrendatario a largo plazo solo la puede efectuar el titular del vehículo.

    Documentación

    No es necesario aportar documentación, pero deberá proporcionar los siguientes datos:

    • Nombre y apellidos, o bien denominación social
    • NIF o NIE
    • Domicilio o dirección electrónica vial
    • Fecha y hora de efecto del alta

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    En cualquier momento.

    Precio

      Trámite gratuito.

    Organismo responsable

    • Administración General del Estado

  • Título de transporte que da derecho a viajar en los transportes públicos de forma gratuita o a precio reducido.

    Da derecho a obtener descuentos y/o ventajas en diferentes establecimientos adheridos e identificados con el distintivo: Targeta Rosa, fes-la servir aquí en los ámbitos de:

    • Salud: odontología, ortopedia, óptica, audiofonía, fisioterapia, podología, entre otros.
    • Comercio de proximidad: compra a domicilio en los mercados municipales, entre otros.
    • Cultura y ocio: cines y teatros, música, museos, ocio, entre otros.
    • Vivienda: mantenimiento, adaptación de la vivienda, equipamientos del hogar, servicios jurídicos, entre otros.
    • Deportes
    • Movilidad

    Para más información de los establecimientos, lugares adheridos y tipos de ventajas puede consultar la página web de Tarjeta Rosa.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede rellenar el formulario para generar la solicitud e imprimirla para continuar el trámite presencialmente o por correo postal.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    1. Rellene el formulario y confirme los datos.

    Después

    • Imprima y firme la hoja de solicitud de la Tarjeta Rosa. Debe firmarla la persona titular de la tarjeta y el cónyuge, si es el caso.

    • Escoja entre efectuar la entrega del impreso de solicitud:

    -presencialmente, en cualquier registro municipal que encontrará en las oficinas de atención ciudadana

    -por correo postal al Apartado de Correos 861 FD 08080 Barcelona. Imprima el sobre de retorrno para entregar la solicitud.

    • En caso de cumplir con los requisitos, la tarjeta rosa, tanto gratuita como reducida, será entregada en mano al titular, en su domicilio.

    • En los supuestos de tarjeta rosa gratuita se incluirá el recibo para hacer efectivo el pago de la tasa en cualquier entidad bancaria indicada, así como la orden de domiciliación bancaria para el caso de que quisiera domiciliar el pago para años posteriores.

    • La empresa de reparto hace entrega de la tarjeta en el domicilio del titular. Si la entrega no pudiera efectuarse, por no encontrar a nadie en el domicilio, se deja un comprobante donde se indica el día y la hora aproximada que volverán para entregar la targeta.

    • En caso de que la empresa de reparto, después de 2 intentos, no encuentre a nadie en el domicilio, se deja un segundo comprobante en el buzón donde se indica que, pasados 5 días hábiles (laborables de lunes a viernes), podrán pasar a recoger la tarjeta por la Oficina de Atención Ciudadana del distrito correspondiente, llevando el comprobante dejado por la empresa de reparto.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Puede solicitar la tarjeta rosa cualquier persona mayor de 60 años, con DNI o NIE, que esté empadronada en Barcelona.

    Las personas residentes en otros municipios del Área Metropolitana deberán tramitar la Tarjeta Rosa en el ayuntamiento donde estén empadronadas, para más información sobre los requisitos económicos y edad de los diferentes municipios puede consultar la web de AMB www.ambmobilitat.cat

    Requisitos económicos para la obtención de la Tarjeta Rosa para personas empadronadas en la ciudad de Barcelona

    Se toman en cuenta los ingresos totales de la unidad familiar* (pensión, salario, intereses, etc) y dependerá de estos ingresos que se optará por la Tarjeta Rosa de modalidad gratuita o reducida:

    Miembro UF*

    Tipo de tarjeta

    Hasta bruto/anual
    1gratuita 8.132
    2gratuita16.264
    3gratuita24.396
    4gratuita32.528
    1reducida16.264
    2reducida32.528
    3reducida48.792
    4reducida65.056

    * Unidad familiar (UF)

    Se considera unidad familiar el matrimonio e hijos menores de 18 años que convivan con los padres. Se consideran también miembros de la unidad familiar los hijos mayores de 18 años, siempre y cuando estén incapacitados legalmente de los que el matrimonio tenga otorgada la tutela.

    Documentación

    No hay que aportar documentación.

    Fechas

    La Tarjeta Rosa Gratuita se renueva cada año automáticamente, si no hay cambios económicos ni personales.

    La Tarjeta Rosa Reducida se renueva cada tres años automáticamente, si no hay cambios económicos ni personales.

    Precio

      Tarjeta Rosa Gratuita: 6,45 euros. El pago corresponde a los gastos de edición y seguro obligatorio de transporte.

      Tarjeta Rosa Reducida: gratuita. Siempre acompañada de la tarjeta multiviaje T4 integrada. En este caso, los gastos de edición y seguro obligatorio de transporte se pagan cuando la persona titular de esta modalidad de tarjeta rosa compra la tarjeta multiviaje T4 integrada.

    Organismo responsable

  • Título de transporte que da derecho a viajar en los transportes públicos de forma gratuita o a precio reducido.

    También puede obtener descuentos y/o ventajas en diferentes establecimientos adheridos e identificados con el distintivo: Targeta Rosa, fes-la servir aquí en los ámbitos de:

    • Salud: odontología, ortopedia, óptica, audiofonÍa, fisioterapia, podología, entre otros.
    • Cultura y ocio: cines y teatros, música, museos.
    • Comercio de proximidad: servicio a domicilio de compra en mercados municipales, entre otros.
    • Vivienda: Mantenimiento, adaptación de la vivienda, equipamientos del hogar, servicios jurídicos, entre otros.
    • Deportes
    • Movilidad

    Para más información de los establecimientos, lugares adheridos y tipos de ventajas puede consultar la página de Tarjeta Rosa

    ¿Qué puede hacer?

    Puede rellenar el formulario para generar la solicitud e imprimirla para continuar el trámite presencialmente o por correo postal.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    1. Escoja una opción:

      • Personas con discapacidad menores de edad.

      • Personas con discapacidad mayores de edad.
    2. Rellene el formulario y confirme los datos.

    Después

    • Imprima y firme la hoja de solicitud de la Tarjeta Rosa. Debe firmarla la persona titular de la tarjeta y el cónyuge, si es el caso.

    • Escoja entre efectuar la entrega del impreso de solicitud:

    -presencialmente, en cualquier registro municipal que encontrará en las oficinas de atención ciudadana

    -por correo postal al Apartado de Correos 861 FD 08080 Barcelona. Imprima el sobre de retorrno para entregar la solicitud.

    • En caso de cumplir con los requisitos, la tarjeta rosa, tanto gratuita como reducida, será entregada en mano al titular, en su domicilio.

    • En los supuestos de tarjeta rosa gratuita se incluirá el recibo para hacer efectivo el pago de la tasa en cualquier entidad bancaria indicada, así como la orden de domiciliación bancaria para el caso de que quisiera domiciliar el pago para años posteriores.

    • La empresa de reparto hace entrega de la tarjeta en el domicilio del titular. Si la entrega no pudiera efectuarse, por no encontrar a nadie en el domicilio, se deja un comprobante donde se indica el día y la hora aproximada que volverán para entregar la targeta.

    • En caso de que la empresa de reparto, después de 2 intentos, no encuentre a nadie en el domicilio, se deja un segundo comprobante en el buzón donde se indica que, pasados 5 días hábiles (laborables de lunes a viernes), podrán pasar a recoger la tarjeta por la Oficina de Atención Ciudadana del distrito correspondiente, llevando el comprobante dejado por la empresa de reparto.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Puede solicitar la tarjeta rosa cualquier persona menor de 60 años, con DNI o NIE, que esté empadronada en Barcelona y acredite una discapacidad igual o superior al 33%.

    En el caso de que el beneficiario de la tarjeta sea menor de edad, deberá disponer de DNI/NIE, ya que es el número que identifica a las tarjetas.

    Las personas residentes en otros municipios del Área Metropolitana deberán tramitar la Tarjeta Rosa en el ayuntamiento donde estén empadronadas, para más información sobre los requisitos de los diferentes municipios puede consultar la web de AMB www.ambmobilitat.cat

    Requisitos económicos para la obtención de la Tarjeta Rosa para personas empadronadas en la ciudad de Barcelona

    Se tienen en cuenta los ingresos totales de la Unidad Familiar* (pensión, salario, intereses, etc.) y en función de los ingresos obtendrá la tarjeta rosa de modalidad gratuita o la reducida:

    Miembro UF*

    Tipo de tarjeta

    Hasta bruto/anual

    1

    gratuita

    8.132

    2

    gratuita

    16.264

    3

    gratuita

    24.396

    4

    gratuita

    32.528

    1

    reducida

    16.264

    2

    reducida

    32.528

    3

    reducida

    48.792

    4

    reducida

    65.056

    * Unidad familiar (U.F)

    Se considera unidad familiar el matrimonio e hijos menores de 18 años que convivan con los padres. Se consideran también miembros de la unidad familiar los hijos mayores de 18 años, siempre y cuando estén incapacitados legalmente, así como menores de 18 años o mayores incapacitados legalmente de los que el matrimonio tenga otorgada la tutela.

    Las personas que residan en otros municipios del Área Metropolitana deben tramitar la Tarjeta Rosa en el ayuntamiento dónde estén empadronadas.

    Documentación

    Para hacer el trámite hay que aportar alguno de estos documentos:

    • Fotocopia del certificado de discapacidad del ICASS.
    • Fotocopia del certificado de la pensión de invalidez del INSS.

    Fechas

    En cualquier momento, las personas con discapacidad pueden solicitar la tarjeta rosa.

    • La Tarjeta Rosa Gratuita se renueva cada año automáticamente, si no hay cambios económicos ni personales.

    • La Tarjeta Rosa Reducida se renueva cada tres años automáticamente, si no hay cambios económicos ni personales.

    Precio

      Tarjeta Rosa Gratuita: 6,45 euros. El pago corresponde a los gastos de edición y seguro obligatorio de transporte.

      Tarjeta Rosa Reducida: gratuita. Siempre acompañada de la tarjeta multiviaje T4 integrada. Los gastos de edición y seguro obligatorio de transporte se pagan cuando la persona titular de esta modalidad de tarjeta rosa compra la tarjeta multiviaje T4 integrada.

    Organismo responsable

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