Ayuntamiento de Alcobendas

    • Telemática
    • Telefónica
    • Presencial

    A través del sistema de Sugerencias, Reclamaciones y Felicitaciones usted puede manifestar cualquier queja, insatisfacción, denuncia o disconformidad con la actuación del Ayuntamiento, así como cualquier sugerencia de funcionamiento o felicitación por el trato recibido o por el servicio prestado. Con este sistema pretendemos la mejora continua de nuestros procesos y servicios.

    No se tramitan por esta vía las quejas o reclamaciones por los servicios prestados por empresas privadas que se tramitan ante Consumo (Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC): Reclamaciones de Consumo

    No se tramitan por esta vía los pliegos de descargo sobre multas de tráfico, para ello utilice la opción Presentación pliego de descargo de multas de tráfico

    Forma de tramitación

    Plazo de tramitación

    10 días naturales.

    Otros datos de interés

    Informes sobre Sugerencias, reclamaciones y felicitaciones

    • Telemática
    • Presencial

    El Ayuntamiento de Alcobendas y sus Organismos Autónomos (Patronato Sociocultural, Patronato de Bienestar Social y Patronato Municipal de Deportes) está adherido a la plataforma de facturación electrónica (FACE) de la Administración General del Estado, por lo que es obligatorio presentar las facturas superiores a 2.000 euros en formato electrónico.

    Obligados a presentar factura electrónica

    Proveedores que tengan que presentar facturas por importe superior a 2.000 euros (IVA incluido), y que revistan alguna de las siguientes formas:

    - Sociedades anónimas.

    - Sociedades de responsabilidad limitada.

    - Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.

    - Establecimientos no permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria.

    - Uniones temporales de empresas.

    - Agrupación de interés económico. Agrupación de interés económico europea. Fondo de Pensiones. Fondo de capital riesgo. Fondo de inversiones. Fondo de utilización de activos. Fondo de regularización del mercado hipotecario. Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

    Forma de tramitación

    • Telemática: Imprescindible certificado electrónico reconocido. Puede hacerlo en línea a través del Punto general de entrada de facturas electrónicas (FACE). Es necesario que identifique los códigos de la Oficina contable, el Órgano gestor y la Unidad tramitadora a la que se dirijan. También puede hacerlo descargando la aplicación "Gestión de factura electrónica" (dirigida especialmente a PYMES microPYMES y autónomos), donde se le indican los formatos y requisitos técnicos que debe cumplir, esta aplicación permite también la generación previa de facturas electrónicas de una manera cómoda y sencilla.
    • Códigos para la presentación de facturas electrónicas
      Oficina contable Órgano gestor Unidad tramitadora
      L01280066 Departamento de Contabilidad L01280066 Concejalía de Hacienda L01280066 Contabilidad y Presupuestos
      LA0000730 Contabilidad Patronato Bienestar Social LA0000730 Presidencia de Patronato Bienestar Social LA0000730 Administración Patronato Bienestar Social
      LA0000728 Contabilidad Patronato Sociocultural LA0000728 Presidencia de Patronato Sociocultural LA0000728 Administración de Patronato Sociocultural
      LA0000729 Contabilidad Patronato Municipal de Deportes LA0000729 Presidencia de Patronato Municipal de Deportes LA0000729 Administración de Patronato Municipal de Deportes
    • Presencial: Exclusivamente para facturas de menos de 2.000 euros en el Registro General en las Oficinas del Servicio de Atención Ciudadana.

    Observaciones

    No se admitirán en el registro general o en los registros auxiliares del ayuntamiento o sus entes dependientes la presentación en formato papel de facturas cuya presentación resulte obligatoria en formato electrónico.

    Más información

    En la página web del Punto General de entrada de facturas electrónicas (FACE). Podrá consultar el listado de todos los órganos gestores y unidades tramitadoras que aceptan facturas, y el resto de la documentación informativa y de ayuda para la utilización del sistema (manuales, folleto explicativo, documentación de integración, ejemplos, etc.).

    Normativa.

    - Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Alcobendas

    - Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

    - Real decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

    - Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

    - Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

  • Se podrán reservar instalaciones deportivas en:

    1. Polideportivo José Caballero: Pistas de Tenis. Pistas de Pádel, Pádel Single. Tenis de Mesa. Pistas de Frontón. Pistas de Minifrontón. Pistas de Squash. Masajes. Billar.
    1. Ciudad Deportiva Valdelasfuentes: Pistas de Tenis. Pistas de Pádel. Snooker. Pista de Frontón. Masajes.

    • Telemática

    El ayuntamiento de Alcobendas con el fin de mejorar el acceso rodado a través del Ps Conde de los Gaitanes (acceso desde la M-12), ha establecido un control de paso que se realizará con medios telemáticos para acceder a la Moraleja.

    La restricción de paso será los días laborables lectivos de 8:00 a 9:30 horas.

    Consulte folleto informativo

    Vehículos autorizados

    - Vehículos dados de alta en el IVTM en Alcobendas.

    - Vehículos de dos ruedas, autobuses, microbuses, auto taxis y resto de vehículos de transporte colectivo de viajeros.

    - Vehículos de asistencia sanitaria, de emergencias, de seguridad y de servicios públicos del Ayuntamiento de Alcobendas o sus organismos.

    - Vehículos de Servicio Público autorizados por la Comunidad de Madrid.

    - Vehículos con destino a colegios de la Urbanización previamente dados de alta en el sistema SICAM.

    - Vehículos del personal adscrito a los inmuebles de empresas, comercios, sociedades, embajadas, clubs y en general personas jurídicas radicadas en la urbanización de La Moraleja que lo acrediten fehacientemente; excluidos proveedores de servicios o mercancías, así como clientes, socios o partícipes de aquellos.

    - Vehículos del personal adscrito al servicio doméstico que trabajen en los inmuebles radicados en la urbanización de La Moraleja y que lo acrediten fehacientemente.

    Documentación a aportar

    ? Autorización vehículos dados de alta en IVTM en Alcobendas, vehículos de dos ruedas, autobuses, taxis, asistencia sanitaria, emergencias y de seguridad:

    Ninguna

    ? Vehículos de Servicio Público autorizados por la Comunidad de Madrid:

    - Fotocopia de la tarjeta de transporte de la Comunidad de Madrid.
    - Fotocopia del alta en el I.A.E

    ? Vehículos con destino a los colegios de la urbanización:

    Los padres entregarán los datos de sus vehículos en los centros escolares y estos remitirán un listado al departamento de Tráfico incluyendo las matrículas de los vehículos del personal que trabaje en estos centros, por lo tanto no tendrán que realizar ninguna solicitud en el Ayuntamiento.

    ? Residentes (personas físicas) con vehículos sin alta en el IVTM de Alcobendas:

    Deberán justificar su condición de residentes aportando contrato de alquiler, certificado de la autoridad diplomática, etc., o cualquier otro documento que acredite la residencia de solicitante.

    ? Residentes (personas físicas) que utilicen vehículos de renting o de empresa:

    ? Solicitud razonada a través de instancia.
    ? Copia del permiso de circulación del vehículo .
    ? Si el vehículo es de RENTING, LEASING, O SIMILAR, deberá aportar copia del contrato a su nombre.
    ? Si se trata de un vehículo de empresa o sociedad, deberá aportar la documentación que acredite la relación profesional o laboral con la empresa:
    - Copia del contrato laboral o escritura de ser titular del negocio o sociedad.
    - Certificado de apoderado de la empresa en que se acredite el uso por el peticionario del vehículo.
    - Si la empresa posee el vehículo a titulo de renting o leasing o similar, además, copia del contrato suscrito a nombre de la empresa o sociedad.

    ? Vehículos de trabajadores de empresas, comercios, sociedades, embajadas, clubs o personal del servicio doméstico en inmuebles radicados en La Moraleja

    Además de la establecida en el punto anterior, documento que acredite fehacientemente la relación laboral o empresarial (contrato laboral, copia de escritura o poder, certificado de empresa, etc.)

    Otros datos de interés

    Consulte aquí si su vehículo está autorizado

    Los accesos alternativos son los siguientes:

    - Por Arroyo de la Vega: calles Camino Ancho, Nardo, Caléndula o Salvia.

    - Por A1 y Carretera de Fuencarral: calles Caléndula y Yuca.

    - Por Encinar de los Reyes: Paseo de los Parques.

    El control de paso se realizará con medios telemáticos. El acceso a la vía de un vehículo no autorizado podrá ser objeto de denuncia de acuerdo con lo ordenado en el art. 152 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre por infringir lo establecido en la señalización viaria, pudiendo ser sancionado con multa pecuniaria de hasta 80 ?.

    La validez de la autorización será indefinida y se realizará mediante la inclusión de la matrícula en la lista de autorizados por SICAM.

    Forma de denegación: Mediante acto motivado del Delegado de Seguridad Ciudadana notificado al interesado.

    El solicitante será el interesado o bien su representante legal.

    Sanciones: El acceso a la vía de un vehículo no autorizado podrá ser objeto de denuncia de acuerdo con lo ordenado en el art. 152 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de Noviembre por infringir lo establecido en la señalización viaria, pudiendo ser sancionada de acuerdo al cuadro municipal de multas existente (código CIR 152-5D), por no obedecer señal de entrada prohibida a vehículos a motor, sancionable con 80 ?.

    Forma de tramitación

    Plazo de tramitación de la autorización

    15 días

    Normativa.

    Decreto nº 113/2014, del Delegado de Seguridad Ciudadana, Tráfico y Protección Civil, sobre Aprobación de Medidas de Restricción y Control de Tráfico en Urbanizaciones (SICAM)

  • La Oficina Tributaria Virtual permite a las Gestorías realizar las autoliquidaciones de vehículos (IVTM) de nueva matriculación. Para ello es necesario solicitar el alta en este servicio.

    Información importante

    Al cumplimentar la solicitud es imprescindible que indique expresamente:

    - Los datos del titular del certificado digital con el que vaya a operar a través de la OTVA, ya sea persona física o jurídica.

    - Dirección de correo electrónico con la que quiere operar.

    - Teléfono móvil.

    Otros datos de interés

    Para realizar las autoliquidaciones de vehículos a través de la OTVA es necesario disponer de certificado digital.

    Los pagos se realizan con tarjeta bancaria.

    Forma de tramitación

    • Telemática: Si está registrado en Clave o dispone de certificado digital, D.N.I. electrónico o Tarjeta de Alcobendas puede cumplimentar la solicitud electrónica.

    Plazo de tramitación

    3 días laborables

  • Forma de tramitación

    Plazo de tramitación

    Sus solicitudes de información serán contestadas de manera inmediata en nuestras oficinas o telefónicamente. Si en ese momento el Servicio no dispone de la información, nos comprometemos a averiguarla y hacérsela llegar por el canal que usted nos indique.

    Si la solicitud se realiza telemáticamente será contestada en el día siguiente hábil al de su recepción, excepto cuando sea derivada a otro departamento municipal,que según el tipo de consulta realizada establecerá el plazo de contestación.

  • La Tarjeta de Alcobendas facilita el acceso a servicios deportivos, transporte escolar, familia numerosa, Bolsa de Empleo y otras gestiones administrativas y tributarias. Junto con la tarjeta se entrega una clave personal que proporciona un acceso seguro a internet y permite la realización de gestiones desde la web municipal. Para realizar el pago de los servicios que ofrece basta con disponer de cualquier tarjeta Visa, Visa Electrón, Maestro o Mastercard.

    Requisitos

    Estar empadronado en Alcobendas.

    Los solicitantes de Bolsa de Empleo / Agencia de Colocación de Alcobendas no empadronados después del alta en dicho servicio puede obtener clave de acceso presencialmente en las oficinas del SAC.

    La clave de acceso solo se facilita a mayores de 14 años.

  • La ciudadanía tiene derecho a acceder a documentos y contenidos que obren en poder del Ayuntamiento de Alcobendas y sus entes públicos, siempre que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones. Con la presentación de la solicitud recogida en este trámite, se inicia el procedimiento de acceso a la información pública regulado en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

    Consulte información de interés relativa al derecho de acceso a la información pública.

    Para información general sobre gestiones, programas, actividades y servicios municipales utilice otro canal: Solicitud de Información

    Requisitos

    • No es necesario motivar la solicitud.
    • No se requiere identificación con certificado electrónico ó DNI-e.

    Forma de tramitación

    Consulta del estado de tramitación

    Si desea conocer en qué estado de la tramitación se encuentra su solicitud de acceso a la información pública relativa a la Ley de Transparencia, realice la consulta de su expediente. Dispone de dos tipos de acceso: sin identificación electrónica o con identificación electrónica.

    Plazo máximo de resolución

    20 días laborables. Este plazo podrá ampliarse por un mes más en el caso de que el volumen o la complejidad de la información solicitada lo haga necesario, previa notificación al solicitante.

    Notificación de la resolución

    Se realizará por correo postal con acuse de recibo.

    Por motivos de agilidad, se enviará también un correo electrónico en el que se incluirá los enlaces y/o archivos adjuntos si procede.

    Reclamaciones y Recursos

    Si el Ayuntamiento no le contesta, o si contestando, la resolución del Ayuntamiento fuera denegatoria, o no está conforme con la información notificada, podrá presentar:

    • Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución, o desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
    • Recurso ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses.

    Formulación de quejas / sugerencias sobre el acceso a la información pública

    A través del sistema de Sugerencias y Reclamaciones usted puede manifestar cualquier insatisfacción o disconformidad con la actuación del Ayuntamiento , así como cualquier sugerencia de funcionamiento relativa al derecho de acceso a la información pública.

    La presentación de quejas no supone, en modo alguno, la renuncia al ejercicio de otros derechos y acciones que puedan ejercer los ciudadanos.

    Normativa de aplicación

    Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

  • Información sobre el proceso de escolarización en las Escuelas de Educación Infantil de Alcobendas pertenecientes a la Red Pública (Curso 2017-2018).

    Con el objetivo de unificar en una sola oferta pública las plazas vacantes de las distintas Escuela Infantiles de Alcobendas pertenecientes a la red Pública, se ha constituido la Comisión de Escolarización encargada de valorar las solicitudes. Se presentará una única instancia por alumno en la Escuela solicitada en primera opción y se indicará por orden de preferencia otras escuelas de las citadas en la que quieran obtener plaza.

    Pueden solicitar plaza en las Escuelas Infantiles Públicas, los padres o tutores de los niños y niñas cuyas edades correspondan a los niveles de primer ciclo de Educación Infantil, residentes en la Comunidad de Madrid, nacidos o cuyo nacimiento se prevea para fecha anterior al 1 de enero de 2018. La admisión en estos casos estará condicionada al nacimiento efectivo del niño. Si finalizado el plazo de matrícula el niño admitido no hubiera nacido, pasará a formar parte de la lista de no admitidos, con su correspondiente puntuación. La incorporación a los Centros de primer ciclo de Educación Infantil de los niños y niñas admitidos se realizará, al menos, con tres meses de edad cumplidos.

    Podrán admitirse solicitudes de plaza para niños y niñas en trámite de adopción o acogimiento condicionadas a la presentación de la filiación del alumno en el momento de efectuar la matrícula.

    Las escuelas infantiles podrán integrar alumnos con necesidades educativas especiales. Para ello se reservarán plazas vacantes en número suficiente como para que en cada una de las unidades del centro pueda escolarizarse un niño de estas características.

    Con carácter general, los alumnos con necesidades educativas especiales ocuparán dos plazas en las aulas correspondientes a alumnos de uno y dos años y una sola plaza cuando se trate de aulas de alumnos menores de un año.

    La determinación de alumnos de necesidades educativas especiales la realiza el equipo de atención temprana de Alcobendas-San Sebastián de los Reyes (Avda. Rosa de Luxemburgo esquina García Lorca s/n 28700, San Sebastián de los Reyes, teléfono/fax 91 654 18 14.

    Consulte las plazas libres de cada una de las Escuelas de Educación Infantil

    Consulte las jornadas de puertas abiertas de las diferentes Escuelas

    Consulte información de interés sobre proceso de escolarización

    ? Solicitudes de nuevo ingreso: Del 19 de abril al 5 de mayo de 2017

    ? Listas provisionales de admitidos y excluidos: 23 de mayo de 2017

    ? Reclamaciones: 24, 25 y 26 de mayo de 2017.

    ? Publicación de lista definitiva de alumnos admitidos y excluidos por los centros: 6 de junio de 2017.

    ? Formalización de matrícula: 7 al 30 de junio de 2017

    • Telefónica


    La empresa Cespa presta el servicio de retirada de muebles y enseres a particulares.

    La recogida se realizará previa llamada de los particulares, con el compromiso de retirada en un plazo variable de tres a cinco días como máximo.

    Requisitos

    Los muebles y enseres deberán ser depositados en la vía pública la noche antes previa a su recogida.

    Importe del pago

    Gratuito.

    Otros datos de interés

    Los muebles y enseres también podrán depositarse en el Punto Limpio, donde serán trasladados por los interesados.

    Forma de tramitación

    • Telefónica: en el teléfono gratuito 900703010.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.