Provincia de Mendoza

  • Es necesaria la inscripción del nacimiento de menores para otorgarles su número de DNI.

    Cuándo debe realizarse

    La inscripción del nacimiento debe realizarse en el plazo de cuarenta (40) días contados desde el nacimiento. Si los padres no se presentan en la Oficina en ese plazo con el bebé, el nacimiento se inscribirá de oficio con los datos de la madre y el nombre del niño que declaró la madre en el hospital. Posteriormente, el padre podrá reconocerlo.

    Dónde realizar la inscripción

    Si el niño o la niña nació en una maternidad pública que cuenta con oficina del Registro Civil en el mismo nosocomio, entonces el nacimiento deberá inscribirse allí.

    Si nació en una clínica privada, deberá inscribir el nacimiento en la oficina a la que el hospital ha remitido el Certificado Médico de Nacimiento.

    Si el niño o niña nació sin asistencia médica, la madre deberá presentarse en un hospital público para que el médico expida un certificado en el que conste edad presunta y sexo del nacido, junto con un certificado que acredite el estado puerperal de la madre. Además, deberá presentarse en la oficina del Registro Civil con dos testigos que acrediten haber visto a la madre embarazada y al niño con vida.

    Quién realiza el trámite

    El recién nacido con la madre, padre o ambos, según sea el caso.

    Requisitos

    INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO

    Costo: - 0 sin costo

    Oficinas donde realizar este trámite Tener en cuenta: La primera copia del acta de nacimiento y el DNI del menor inscripto son totalmente gratuitos. Debe sacarse turno en el 148 del Centro de Contacto Ciudadano. Trámites asociados: Actas o Partidas de Nacimiento

  • Responsable

    Oficina: Subsecretaría de Trabajo y Empleo – Inspección de Higiene y Seguridad
    Teléfono: (0261) 4413334
    Ministerio: Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia

    INSPECCIÓN LABORAL

    Costo:
    - 89 - Aforo Inspección preventiva $3550 - 339 - Certificación de copias $5 - 440 - Ampliación del plazo para la presentación de descargos por infracciones $640

    Horario de atención: De 7 a 14h

    Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio, como así también por Mesa de Entrada de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo.

  • Responsable

    Oficina: Subsecretaría de Trabajo y Empleo – Inspección de Higiene y Seguridad
    Teléfono: (0261) 4413353
    Ministerio: Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia

    INSPECCIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD

    Costo: - 5 - 339 - Certificación de copias - 640 - 440 - Ampliación del plazo para la presentación de descargos por infracciones - 400 - 731 - Suspensión temporaria de actividades o reinicio de las mismas.

    Horario de atención: De 7 a 14h

    Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio, como así también por Mesa de Entrada de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo.

  • REQUISITOS

    Para contar el Libro de quejas, el interesado deberá concurrir sin turno previo a la Dirección de Defensa del Consumidor, ubicada en calle Pedro Molina 161 de la ciudad de Mendoza en horario de 8 a 13.

    Antes de asistir, infórmese sobre los requisitos y costos del trámite en: Libro de quejas. Procedimiento de rúbrica y carátula

  • Observaciones


    Los Centros de Emisión de Licencias Nacionales de Conducir (C.E.L.) se encuentran en funcionamiento en los Departamentos de: Gral. San Martín, San Carlos, Guaymallén, Tupungato, Lavalle, Santa Rosa y Tunuyán.


    Las personas que tengan domicilio en sus DNI, en los Departamentos en los cuales se encuentran funcionando los Centros de Emisión de Licencias Nacionales deben acudir a ellos para cualquier trámite relacionado con Licencia de Conducir.


    No son de validez los códigos utilizados para la obtención de la Licencia de Conducir Provincial.


    Actualmente los turnos se entregan por orden de llegada en cada Centro de Emisión de Licencias Nacionales (C.E.L.) Municipal.


    La Licencia Nacional de Conducir se otorga por una vigencia máxima de cinco (5) años.

  • Requisitos Generales

    • Documentación a presentar: DNI (sin excepción).
    • Los menores deberán aportar Acta o Partida de nacimiento actualizada y presentarse acompañados por representante legal o al menos uno de los padres, con el DNI de ambos progenitores. Si los padres están casados, podrá asistir sólo uno de ellos con DNI de ambos y la Partida o Acta de matrimonio actualizada.

    Observaciones

    Si extraviaste el DNI entonces deberás, en primer lugar, hacer el trámite del DNI y, una vez que esté en tus manos, podrás recién tramitar el Pasaporte.

    Formas de obtener el Pasaporte:

    PASAPORTE

    Costo:
    - Pasaporte de entrega regular: 1500.
    - Pasaporte express: 2650.
    - Pasaporte al instante: 1500 + U$S 200 (dólares estadounidenses).
    En este caso, los aranceles se abonarán con tarjeta de crédito y débito. No se acepta pago en efectivo.
    Turno:
    - Hacé clic acá o llama al 148 del Centro de Contacto Ciudadano.
    Oficinas donde realizar este trámite
    Trámites asociados:
    DNI + Pasaporte (combinados)
    DNI

  • PEDIDO DE INFORME


    Código tributario Nº 442 $190
    Código tributario Nº 443 $640
    Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio, como así también por Mesa de Entrada de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo de 8 a 13.30 hs.

  • Requisitos

    Para solicitar un Veedor la Asociación Civil deberá presentar:

    • Nota solicitando el Veedor, al menos 20 días antes de la Asamblea, la misma deberá estar firmada por autoridad competente.
    • Tasa retributiva correspondiente

    PEDIDO DE VEEDOR

    Costo: - 7100 Código Tributario N° 481

    Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio

  • Principales derechos del personal:

    – Vacaciones pagas: 14 días si su antigüedad es menor a 5 años, 21 días hasta 10 años, 28 días hasta 20 años y 35 días después de los 20 años de trabajo, a un mismo empleador.

    – Jornada laboral de 8 hs diarias y 48 semanales, con descanso de un mínimo de 9 horas seguidas para el personal que desarrolle tareas sin retiro.

    – Licencia por enfermedad (enfermedad inculpable): con goce de haberes de hasta 3 meses si su antigüedad es menor a 5 años y de 6 meses si fuera mayor su antigüedad. Deberá dar aviso durante la primera jornada de trabajo de su ausencia.

    – Salario: según la tabla de pagos mínimos de acuerdo a la carga horaria que desarrollen, instrumentado en un recibo con las formalidades que exige el régimen legal.

    – Aguinaldo (SAC): dos veces al año en el mes de junio y de diciembre, por medio sueldo en cada oportunidad.

    – Pago por despido sin justa causa: tendrá derecho al pago de un sueldo por cada año de servicio, y de un sueldo más en concepto de preaviso si este no fue otorgado mediante comunicación fehaciente.

    – Horas Extra: cuando su jornada exceda el horario convenido o el legal al valor que indica la escala para el caso de hora excedente

    Deberes del personal:

    – Cumplir las tareas que se le encargue con diligencia.

    – Cuidar los bienes y/o personas que tengan bajo su vigilancia.

    Principales obligaciones del empleador/a:

    – Respetar las licencias y los descansos diarios.

    – Otorgar las vacaciones que prevé la ley.

    – Abonar el salario al trabajador de acuerdo a la escala salarial obligatoria.

    – Extender recibo mensual de donde surjan los datos del trabajador y del empleador, salario, carga horaria.

    – Registrar la relación laboral no importa cual sea la carga horaria, sino que por el simple hecho de la prestación de servicio debe inscribirlo ante AFIP (formulario F102 y ART) y abonar todos los meses el aporte correspondiente que dará a la trabajadora derecho de acceder a una obra social y el aporte Jubilatorios.

    – Abonar el aguinaldo (sac) dos veces al año en el mes de junio y de diciembre, por medio sueldo en cada oportunidad.

    – Respetar las licencias especiales.

    – Abonar la indemnización correspondiente en caso de despido.

    – Contratar seguro de ART de afiliación del trabajador.

    Extinción del contrato de trabajo

    – Mutuo Acuerdo de las partes.

    – Renuncia del dependiente.

    – Muerte de la empleada/o.

    – Jubilación de la empleada/o.

    – Muerte del empleador.

    – Por muerte de la persona cuya asistencia personal o acompañamiento hubiera motivado la contratación.

    – Por despido dispuesto por empleador, sin causa o sin justificación.

    – Por denuncia del contrato de trabajo con justa causa efectuada por el trabajador o empleador.

    – Por abandono de trabajo.

    – Incapacidad permanente o definitiva.

    Indemnización por despido, ¿cómo se calcula?

    – Un mes de sueldo por año de antigüedad o fracción mayor de tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual, devengada en el último año o durante el tiempo de prestación de servicio si este fuere menor. En ningún caso la indemnización podrá ser inferior a un mes de sueldo.

    – Preaviso: trabajador: aviso de 10 días de anticipación, empleador: antelación de 10 días si la antigüedad del empleado es inferior a un año y 30 días si fuera mayor.

    -Proporcional de Aguinaldo, a la fecha del distracto.

    -Proporcional de Vacaciones, a la fecha del distracto.

    -Mes de Integración de Despido, en el caso de que el empleador dispusiese el despido sin preaviso y en fecha que no fuere la del último día del mes.

    Categorías y Remuneraciones

    Anexo Nº 3

    Resolución Nº 2/2019

    Resolución Nº 4/2019

    Cómo realiza una denuncia el personal de casas particulares

    Es la denuncia que pueden realizar los trabajadores de servicio doméstico, ya que su régimen legal es diferente al de los trabajadores en relación de dependencia. Se recibe la denuncia y se sigue el procedimiento según ley N° 8145, acto similar a un juicio laboral. Sin embargo, en sede central de la Subsecretaria de Trabajo y Empleo también se otorga el asesoramiento permanente de un abogado determinado (patrocinio jurídico) en forma gratuita hasta la finalización de la causa.

    Requisitos

    PERSONAL DE CASAS PARTICULARES

    Costo:

    - Código 441 - homologación de acuerdo conciliatorio (en caso de acuerdos de desvinculación): $340

    - Código 107 - valor 2% del monto acordado o mínimo (en caso de acuerdos de desvinculación) 2% o mínimo: $490

    - Código 442 - Certificación de cada firma (valor unitario por firma certificada): $190

    Horario de atención: De 7 a 14h

    Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio, como así también por Mesa de Entrada de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo.

    Denuncias sin costo llamando al 148 opción 8.

  • Responsable

    Oficina: Subsecretaría de Trabajo y Empleo – Asesoría Letrada
    Teléfono: (0261) 4413350
    Ministerio: Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia

    PRESENTACIÓN DE CRISIS DE EMPRESA

    Costo: - 1475 Código Tributario Nº 439

    Horario de atención: De 7 a 14

    Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio, como así también por Mesa de Entrada de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.