Ministerio de Transporte

  • Inscribir un contrato que transfiere la calidad de explotador sobre una aeronave. Se traspasa al menos la tenencia de la aeronave, a los fines de deslindar la responsabilidad civil, penal e infraccional devengados del uso de aquella.

    ¿A quién está dirigido?

    Cualquiera de las partes interesadas, o sus apoderados o autorizados.

    ¿Qué necesito?

    1- Formulario de Inscripción(101-C) debidamente cumplimentado.

    2- Formulario para la prevención de lavado de activos y de la financiación de terrorismo

    ¿Cómo hago?

    1

    1.- Presentar los formularios en la Mesa de Entradas del Registro Nacional de Aeronaves, Avenida Paseo Colón 1452, PB, CABA.

    2.- Pagar el arancel en la caja de la Dirección de Administración Financiera y Control y presentar el comprobante de pago en la Mesa de Entradas.

    3.- Retirar copia de la carátula del expediente y copia sellada de la nota de presentación.

    4.- El Registro Nacional de Aeronaves procederá a la calificación profesional de la documentación, efectuando el análisis y la calificación legal de la misma.

    Si todo está correcto, se confeccionará la Constancia de Inscripción.

    5.- Retirar la Constancia de Inscripción en la Mesa de Entradas del Registro Nacional de Aeronaves.

    Si falta documentación complementaria, se emite constancia de inscripción provisoria. Si falta documentación esencial o no es correcta la presentada. Siempre se devuelven los expedientes con una nota explicando los motivos de la inscripción provisoria o el rechazo.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    El arancel es del 0,3% del monto total del contrato, con un mínimo de $200.-

    Con relación a la forma de efectuar los pagos, así como las conversiones de moneda extranjera, deberá remitirse al Departamento de Tesorería de la ANAC, contactándose con la Contadora Daniela Paola VERGANI

    Correo electrónico: dvergani@anac.gov.ar

    Tel. 011-5941-3000/9, interno 69251.

    Vigencia

    Si es una anotación provisoria: 60 días hábiles.

    Si es una anotación definitiva: el plazo del contrato.

  • El artículo 1 del Decreto-Ley N° 19.492 establece que la navegación, comunicación y comercio de cabotaje nacional serán practicados únicamente por barcos de bandera Argentina. Podrán solicitar la excepción prevista en el artículo 6° de dicha Ley, ratificado por la Ley N° 12.980, el cargador, recibidor, usuario, operador, transportista o agente marítimo que requiera de un buque o equipo de bandera extranjera.

    Tu solicitud va a estar disponible durante 48 horas para que los armadores nacionales puedan ofertar el traslado de tu mercadería. Si en este plazo no hubiera ofrecimientos de equipos nacionales, se habilitará automáticamente la continuidad del trámite de excepción.

    ¿A quién está dirigido?

    A todo interesado en realizar una operación de Cabotaje por vía fluvial y/o marítima

    ¿Qué necesito?

    CUIT y Clave Fiscal

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresa a TAD

    2

    Buscá el trámite Pedido de Excepción al Cabotaje Fluvial y Marítimo

    3

    Ingresar con CUIT y clave fiscal.

    4

    Seleccionar si es nuevo o renovación.

    5

    Si es renovación, necesitás el número de tu Excepción por Disposición, es el número identificatorio del acto administrativo por el cual se ha otorgado la excepción original.

    6

    Completa la información y documentación solicitada para este trámite.

    Podés seguir el estado del trámite ingresando el número de expediente en la solapa “Consultas”

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    Deberá consignar las fechas entre las que se desarrollará la operación para la que se solicita la excepción. Conforme la Resolución N° 870/2018 MTR la solicitud deberá gestionarse al menos diez (10) días previos a la realización de la operación y no más de noventa (90) días previos.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

  • El Registro Nacional de Puertos es el trámite inicial donde los puertos y demás sujetos de la Ley 24.093 deben registrarse de forma obligatoria, logrando realizar futuros trámites a distancia ante la Dirección Nacional de Control de Puertos y Vías Navegables de manera rápida y simple. Este organismo evaluará tu solicitud y, de corresponder, aprobará el legajo correspondiente dentro del Registro Nacional de Puertos.

    ¿A quién está dirigido?

    Todos los ámbitos acuáticos y terrestres naturales o artificiales e instalaciones fijas aptos para las maniobras de fondeo, atraque y desatraque y permanencia en buques o artefactos navales para efectuar operaciones de transferencia de cargas entre los modos de transportes acuático y terrestre o embarque y desembarque de pasajeros, y demás servicios que puedan ser prestados a los buques o artefactos navales, pasajeros y cargas. Quedan comprendidas dentro del régimen las plataformas fijas o flotantes para alijo o completamiento de cargas.

    ¿Qué necesito?

    Contar con CUIT y Clave Fiscal

    Completar el formulario “Datos técnicos del puerto”, se deja un detalle a continuación:

    • Para completar la latitud y longitud del muelle se deberá tomar de referencia el punto medio del muelle.

    Adjuntar el documento Memoria Descriptiva, se debe incluir:

    • La actividad del puerto, las formas operativas, los tipos de cargas opera, el equipamiento y otros datos de interés.
    • Los aspectos físicos del puerto, la descripción de las instalaciones y su funcionamiento.
    • Accesos terrestres (ferroviarios y viales) y acuáticos (canales de conexión con mar abierto o vías troncales, radas o sitios de fondeo para los buques, aclarando si son auxiliares o pertenecientes a otro puerto)

    Adjuntar el documento Plano de la Jurisdicción Portuaria:

    • Incluir obras acuáticas y terrestres - instalaciones portuarias comprendidas dentro de la poligonal que sirvió de base para la mensura (con indicación de los lados y los ángulos correspondientes).

    Adjuntar el documento Plano de planta general:

    • De existir, incluir reserva para futuras ampliaciones.
    • Incluir:
      • Accesos terrestres: ferroviarios y viales.
      • Accesos acuáticos: canales de conexión con mar abierto o vías troncales, radas o sitios de fondeo para los buques, aclarando si son auxiliares o pertenecientes a otro puerto.

    De contar con el mismo, adjuntar la Última Batimetría del puerto.

    Adjuntar Fotos actuales del puerto.

    Adjuntar Descripción del plan de Emergencia

    En caso de consulta, comunicate a control@transporte.gob.ar

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá a TaD

    2

    Buscá el trámite denominado “Inscripción al Registro Nacional de Puertos”, dentro de los trámites del Ministerio de Transporte.

    3

    Ingresa tu CUIT y Clave Fiscal

    4

    Completá el formulario y adjuntá la documentación requerida

    5

    Se creará un expediente digital, el cual será evaluado por la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES la que, de corresponder, aprobará la incorporación del legajo dentro del Registro Nacional de Puertos, generándose un número de identificación para el Puerto en cuestión.

    6

    La DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES te va a entregar una constancia de inscripción digital a través de TAD

    Vas a poder seguir el estado de tu trámite ingresando el número de expediente en la solapa “Consultas”

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia


    Este registro es válido hasta que haya cambios en la implantación física del puerto o de carácter jurídico, como cambios de titularidad

    Iniciar trámite en TAD

  • Con este trámite podés declarar y/o modificar las autoridades vigentes y el correo electrónico oficial.

    ¿A quién está dirigido?

    Empresas de transporte automotor.

    ¿Qué necesito?

    Acta de directorio inscripta ante IGJ relacionada a autoridades, poderes y todo cambio societario pertinente.

    Formulario de declaraciones juradas de datos básicos F01 - F02.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la documentación a través de TAD.

    No requerís la asistencia de un gestor para la realización del trámite, es ágil y sencillo.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Iniciar trámite en TAD

  • Si sos representante de una empresa extranjera, con flota ya permisionada, podés modificar datos de los vehículos.

    ¿A quién está dirigido?

    A transportistas de carga extranjeros con permiso complementario vigente, que realiza transporte de cargas en forma bilateral con la República Argentina o en tránsito por Argentina, con destino a Brasil, Uruguay, Paraguay, Bolivia, Chile y/o Perú

    ¿Qué necesito?

    Fax notificación

    Nota de solicitud

    Formulario CI2

    Poder de representación en caso de corresponder

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la documentación a través de TAD.

    No requerís la asistencia de un gestor para la realización del trámite, es ágil y sencillo.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Iniciar trámite en TAD

  • Si tenés una empresa nacional, con flota ya permisionada, podés modificar datos de los vehículos.

    ¿A quién está dirigido?

    A empresas argentinas de transporte de carga con permiso originario.

    ¿Qué necesito?

    Título de propiedad

    Reválida de RUTA vigente

    Formulario CI2

    Nota de solicitud

    Poder de representación en caso de corresponder y no estar registrado

    RTO en caso de corresponder

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la documentación a través de TAD.

    No requerís la asistencia de un gestor para la realización del trámite, es ágil y sencillo.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Iniciar trámite en TAD

  • Los servicios de turismo son aquellos que se efectúan con el fin de satisfacer la demanda de transporte de pasajeros a nivel nacional con una programación turística o viajes en ocasión de un evento.

    Los servicios de oferta libre son aquellos que se caracterizan por ser servicios de trasporte de pasajeros no regulares en el ámbito urbano y suburbano.

    Conocé las modalidades de turismo y oferta libre.

    ¿A quién está dirigido?

    • Personas jurídicas con permiso de Oferta Libre y/o Turismo
    • Personas físicas con permiso de Oferta Libre y/o Turismo vigente con hasta dos vehículos

    ¿Qué necesito?

    Estatuto, contrato social o estado institucional

    Acta poder o poder notarial para representantes o apoderados (en caso de corresponder)

    Última acta de autoridades (en caso de corresponder)

    Informe especial de contador público

    Declaración jurada de material rodante - ANEXO A

    Declaración jurada de conductores, empleados y miembros - ANEXO B

    Formulario F01

    Formulario F02

    Para modalidades de oferta libre

    Si el transporte es chárter, podés modificar:

    Si el transporte es contratados, podés modificar:

    • Contrato

    Si el transporte es de gestión estatal, podés modificar:

    Para modalidades de turismo nacional

    Si el transporte es para turismo aventura se puede modificar:

    ¿Cómo hago?

    1

    • Podés realizar la solicitud por TAD.

    No requerís la asistencia de un gestor para la realización del trámite, es ágil y sencillo.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Iniciar trámite en TAD

  • Se trata de la modificación de información del o los vehículos de un parque móvil informado previamente.

    ¿A quién está dirigido?

    A todas aquellas empresas permisionadas que cuenten con un parque móvil ya informado.

    ¿Qué necesito?

    Tacógrafo

    Reimpresión cédula

    • Denuncia por robo / extravío

    Cambio número de interno o línea

    • Formulario de cambio de interno
    • Cédula de la unidad que pide el cambio de interno (no corresponde la cédula para las líneas urbanas de pasajeros)
    • Cambio de línea: sólo para las líneas urbanas de pasajeros

    Motor o chasis

    Cambio expediente de carrocería

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la documentación a través de TAD.

    Si tenés consultas o dudas sobre temas relacionados a Parque Móvil, podés enviarnos un mail a transportistas@cnrt.gob.ar , y te contestaremos a la brevedad posible.
    Si necesitás saber si tu empresa posee algún bloqueo que te impida realizar algún movimiento, debés comunicarte con las áreas correspondientes al (011) 4819-3000:
    Balance: Área Económica Financiera
    TASA o multa: Recaudaciones
    Planes judiciales: Sumarios

    No requerís la asistencia de un gestor para la realización del trámite, es ágil y sencillo.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Iniciar trámite en TAD

  • Este trámite es necesario en dos ocasiones:

    • Si renovás o cambiás la clase de licencia de conductor en un municipio distinto al que te la otorgó.

    • Cuando te vas a radicar a otro país y vas a tramitar tu licencia en el exterior.

    No necesitás el certificado de legalidad si tu licencia ya es nacional o si el municipio donde lo vas a tramitar también otorga la licencia nacional.

    ¿A quién está dirigido?

    A quien ya tiene otorgada una licencia de conducir no nacional.

    ¿Qué necesito?

    Documento identificatorio:

    • Si sos argentino: DNI. La constancia de Documento en trámite no acredita identidad.

    • Si sos extranjero:

      • sin residencia: pasaporte sólo en CABA; en el interior del país con DNI;
      • con residencia permanente: DNI.

    ¿Cómo hago?

    1

    Solicitá el certificado en los Centros Emisores de Licencia Nacional (CEL) o por teléfono al 0800-122-2678.

    2

    Retirá el certificado en la fecha en que te indiquen.

    Tené en cuenta:
    Si vas a conducir en otro país, es necesario el permiso internacional.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

  • Para ser conductor de transporte ferroviario tenés que realizar un curso en escuelas de concesionarios o empresas ferroviarias.

    ¿A quién está dirigido?

    Concesionarios y empresas de transporte ferroviario de pasajeros, de cargas y/o trabajadores que realizan trabajos en vías ferroviarias.

    ¿Qué necesito?

    Ser mayor de 21 años

    Poseer título de educación secundaria. No obstante, la autoridad de aplicación podrá contemplar excepciones para los postulantes referidos en los incisos e), f), g) y h) del artículo 6°

    Saber leer y escribir en el idioma nacional

    Haber superado satisfactoriamente los exámenes de conocimientos de tracción y categoría correspondientes, según el procedimiento que se indica en el capítulo IV del presente reglamento y lo dispuesto en el reglamento de capacitación vigente

    Tener aprobada y vigente la evaluación psicofísica que lo habilita como conductor ferroviario. Dicha evaluación tiene una validez de 1 año, debiéndose renovar tanto para presentarse a rendir un examen como para mantener la condición de conductor habilitado.

    Nombres, apellidos y fotocopia del DNI de los postulantes

    Apto psicofísico vigente:

    • Hoja con membrete, logo, línea o empresa o centro de medicina laboral
    • Apellido y nombre del agente
    • Número de DNI
    • Función (ayudante / conductor)
    • Tipo de aptitud
    • Fecha realización
    • Fecha de vencimiento
    • Observaciones (si las hubiere)
    • Firma del médico, sello aclaratorio, matrícula nacional, línea o empresa o centro de medicina laboral

    Foto actualizada a color, de frente, sin lentes ni piercings (en caso que use), con fondo blanco, celeste o liso claro. La foto puede ser enviada al mail del centro de exámenes, adjuntando la nota de solicitud.

    Comprobante de pago:

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá una nota en nuestra sede central ubicada en Maipú 88, CABA o por correo electrónico a centrodeexamenes@cnrt.gob.ar, dirigida a la Gerencia de Control Técnico Ferroviario, Ing. Horacio Faggiani, especificando el tema que van a rendir, los nombres, apellidos y DNI de los postulantes.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.